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05oct09


PSOE y PP suprimen una mención errónea a los crímenes de guerra en la LOPJ


El PSOE y el PP han acordado hoy suprimir la mención a los "crímenes de guerra" que figuraba por error en el texto del proyecto de ley de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que el Congreso había remitido al Senado y que limita la jurisdicción universal de los tribunales españoles.

El texto que hoy ha sido corregido señalaba que la jurisdicción española será competente para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de ser tipificadas, según la ley española, como "genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra".

La alusión a los crímenes de guerra, sin embargo, no debía figurar en el proyecto de ley aprobado el pasado 25 de junio por el pleno del Congreso, pero se coló "por error" en el texto final remitido al Senado por la Cámara baja.

Para corregirlo, los grupos parlamentarios socialista y popular en el Senado han pactado y aprobado esta mañana en la comisión de Justicia de la Cámara alta una enmienda transaccional que suprime la mención a los crímenes de guerra.

Ambos grupos han acordado también modificar otro punto del proyecto de ley, que señalaba que los tribunales españoles son competentes para conocer de cualquier delito que, "según los tratados y convenios internacionales", deba ser perseguido en España.

En la nueva redacción, el artículo 23.4.h se refiere a "cualquier otro (delito) que, según los tratados y convenios internacionales, en particular los Convenios de derecho internacional humanitario y de protección de los derechos humanos, deba ser perseguido en España".

Con la reforma de la LOPJ, que será votada por el Senado en el pleno que comenzará mañana por la tarde, la jurisdicción universal de los tribunales españoles quedará limitada a los delitos en los que se acredite que sus responsables están en territorio nacional o que existen víctimas españolas o algún otro vínculo "de conexión relevante" con España.

También se exigirá que en cualquier otro país competente o en el seno de un tribunal internacional no se haya iniciado procedimiento que suponga "una investigación y una persecución efectiva, en su caso, de tales hechos punibles", lo que supondría el sobreseimiento provisional de la causa abierta en España.

La comisión del Senado también ha aprobado hoy, para su votación en el pleno de mañana, el proyecto de ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial.

[Fuente: El Confidencial, EFE, Madrid, 05oct09]

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