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22may09


Gobierno y PP pactan la reforma legal que limitará la jurisdicción universal


La ley limitará la aplicación del principio de justicia universal a aquellos casos en los que haya víctimas españolas o se constate «algún vínculo de conexión relevante con España», quede «acreditado» que los presuntos responsables del delito están en nuestro país y los hechos no estén siendo investigados por otro Estado o por un tribunal internacional. Este es el contenido de la enmienda a la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sobre la que Gobierno, PSOE y PP han cerrado un preacuerdo, que será refrendado la próxima semana, antes de su debate en la Comisión de Justicia.

La enmienda devuelve a los jueces españoles a la situación previa a la sentencia del Tribunal Constitucional que abrió la puerta al enjuiciamiento de cualquier delito de lesa humanidad cometido en el extranjero con independencia de la nacionalidad de las víctimas (Guatemala, Tíbet o Israel), y que más de un desencuentro diplomático ha causado al Gobierno español.

Junto a la enmienda sobre la justicia universal, PSOE, PP y CiU dejaron redactadas también las relativas a los aspectos más polémicos de la macrorreforma de leyes procesales destinada a permitir el desarrollo de la nueva oficina judicial.

Una de ellas, la única de la que se ha desmarcado CiU, establecerá como requisito previo a la interposición de los recursos un «depósito». En palabras del ministro Francisco Caamaño, «una tarifa plana» cuyo objetivo es «disuadir a los recurrentes que abusan». Si el recurso se gana, el depósito (que oscila entre 25 y 50 euros) será devuelto al justiciable; si se pierde, se destinará a financiar la justicia gratuita y modernización.

Otra enmienda se refiere a la agenda de señalamientos (hasta ahora competencia exclusiva de los jueces) y establece que será elaborada por los secretarios judiciales según «los criterios e instrucciones» fijados por el tribunal.

Para resolver la controversia surgida en torno a la fe pública se ha optado por prescindir del secretario judicial en los juicios (ahora su presencia es obligatoria) «salvo que lo hubieren solicitado las partes» o que «excepcionalmente lo considere necesario».

El ascenso forzoso, otro caballo de batalla de los jueces junto con los señalamientos, se solventa permitiendo a los afectados «optar» por permanecer en su destino.

Otra enmienda prevé la creación de una bolsa de jueces de «adscripción territorial» que limite la interinidad.

[Fuente: Diario ABC, Esp, 22may09]

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