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20nov21


Neurona: la Audiencia corrige al juez y ordena citar a los dos testigos clave


Golpe de efecto en el caso Neurona. La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido al magistrado que investiga los trabajos de la consultora para Podemos y le ordena librar una comisión rogatoria a México para tomar declaración a Waldemar Aguado y Germán Cobos. De esta forma da la razón al administrador de Neurona en España, Elías Castejón, así como a Podemos y hasta la acusación Vox. Todos ellos reclamaron al juez Juan José Escalonilla que contara con su testimonio para aclarar los pormenores de esta contratación que investiga la Justicia.

Los magistrados de la Sección 30 explican en su respuesta, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, que las testificales son "necesarias" en lo que respecta a Castejón. La Audiencia de Madrid sostiene que el titular del Juzgado de Instrucción número 42 no concreta los indicios para seguir manteniéndole como investigado y, por ese motivo, sería conveniente escuchar a estos dos empleados de la matriz de Neurona en México. De este modo estima el recurso del administrador de la filial en España, el cual razonó en su escrito que Germán Cobos tenía "un papel esencial en el núcleo de lo investigado".

La posible participación en la causa de Aguado y Cobos viene de lejos. En diciembre del año pasado, el instructor consideró pertinente librar comisión rogatoria al país norteamericano para dar con su paradero y tomarles declaración por videoconferencia. No obstante, en junio, y siguiendo el criterio de la Fiscalía, cambió su parecer al entender que ya se habían esclarecido las dudas que podrían resolver estos dos testigos. Castejón, no obstante, llevó el asunto ante la Audiencia de Madrid alegando que ambos eran determinantes para arrojar luz sobre el aspecto troncal de la causa.

Esto es, si la contratación de la mercantil para las elecciones generales de 2019 correspondía a servicios reales o, por el contrario, se estaría ante un presunto desvío de fondos electorales. Al respecto, Castejón explica que fue Cobos quien, "actuando por mandato de los dueños de la consultora" fichó sus servicios en calidad de gestor. De este modo, le remitió un borrador de contrato para que éste lo firmara en calidad de administrador de Neurona en España.

Los investigadores pronto advirtieron de irregularidades, al constatar que el borrador se envió el 27 de febrero, fecha en la que todavía no se había constituido en el registro Neurona Comunidad. Al respecto dudaron de que la filial en España se creada 'ad hoc' para dar soporte a esta contratación, si bien Castejón insiste en que se trató de un error de mes (debería haberlo fijado en marzo y no en febrero) y que Cobos puede corroborarlo.

Las dudas del contrato

"En este escenario se plantea la hipótesis de que mi mandante pudiera ser cooperador necesario en el delito electoral que, supuestamente, habrían cometido los administradores electorales de Podemos. Habiéndose sugerido por alguna acusación la idea de que podría tener la condición de testaferro. Planteamiento sin sentido (...). Elías carece de vínculo político alguno y, desde luego, no era el beneficiario último de los ingresos obtenidos por dicha mercantil", expuso su defensa en el recurso que ahora ha resuelto la Audiencia Provincial de Madrid.

Al respecto indica que Cobos puede explicar cual era el papel de Castejón y cómo toda la actividad llevada a cabo en relación a Neurona Comunidad "fueron actuaciones completamente ordinarias en el tráfico mercantil". En relación a Aguado, el gestor asegura que éste podrá "dar fe" no solo de la prestación de los trabajos, sino también de cuando llegó a la mesa de Podemos el contrato firmado de su puño y letra y remitido por servicio de mensajería urgente el día 28 de marzo de 2019", fecha que, según sostiene, es la correcta.

A su reclamo se adhirieron también tanto Vox, en calidad de acusación, como Podemos, en su condición de imputado. Aunque ambos buscan que declaren los dos testigos, cada uno emplea argumentos opuestos. Así, mientras la formación que lidera Santiago Abascal asegura que las diligencias son "necesarias y procedentes" a tenor de la presunta cuantía desviada, Podemos insiste en que Aguado y Cobos podrán demostrar que los trabajos encargados para los comicios en los que concurría Pablo Iglesias de candidato, fueron reales y se realizaron por empleados de la consultora contratada.

Testimonio clave

En concreto la defensa de la formación morada sostiene que, desde prácticamente el inicio de esta causa, ha aportado numerosa documental que vendría a probar que el trabajo de asesoramiento se prestó. Se refieren, entre otros extremos, a los billetes de avión de los empleados que vinieron a España para la campaña electoral, los hospedajes o las declaraciones de algunos de los empleados que confirmaron el trabajo conjunto. Con todo, también es importante que los dos testigos se pronuncien en relación a Creative Advice, mercantil radicada en México y sin experiencia en el ámbito electoral que fue la destinataria final de los 300.000 euros pagados por el trabajo.

Mientras tanto, el avance de la causa ha llevado al magistrado Escalonilla a encargar a una pericial para acotar el verdadero valor de los trabajos. El instructor expuso en uno de sus últimos autos que no podía acreditar que los trabajadores de Neurona realizaran los servicios para los que fueron contratados con motivo de las elecciones de abril de 2019. Más bien al contrario, sostiene que estos fueron elaborados, en su mayoría, por empleados de Podemos y por terceras empresas contratadas para tal fin.

Al respecto precisó que, de los metadatos obrantes en los archivos aportados por Podemos, se concluía que solo cinco vídeos aparecen realizados por trabajadores contratados por la consultora mexicana. También da por acreditado que Waldemar Aguado realizó un total de 48 diseños para la campaña de Unidas Podemos. Precisamente, este material es uno de los que se someterá a la pericial de un diseñador gráfico con el fin de que precise el valor real de este material. La otra pericia versará sobre el coste de cobertura de los siete actos electorales y recaerá en un técnico o mercantil especializada en edición de vídeos con experiencia electoral.

[Fuente: Por Gema Huesca, Vozpópuli, Madrid, 20nov21]

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