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05ene22


Rodríguez recurre su inhabilitación ante el TC: "Batet aplicó la sanción que se le antojó"


El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha recurrido su inhabilitación ante el Tribunal Constitucional. En su escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, carga contra la presidenta del Congreso Meritxell Batet por privarle de su escaño y la acusa de "aplicar la sanción que a ella se le antojó". Rodríguez solicita al tribunal que le sea devuelta su acta de diputado de manera cautelar "para evitar el daño irreparable" y que se celebre una vista pública para tomar una decisión al respecto.

En octubre, el Tribunal Supremo condenó a Rodríguez a 45 días de prisión por un delito de atentado a la autoridad al considerar probado que dio una patada a un policía durante una protesta en 2014. La sentencia le aplicó la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso y la pena de cárcel se sustituyó por una multa de 540 euros, pero con la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público durante el tiempo de la condena. A la vista de este último punto, Batet le retiró el escaño el 22 de octubre.

Esa es la decisión que Rodríguez recurre ahora ante el Constitucional, pero al mismo tiempo avisa de que también presentará un nuevo escrito contra la sentencia del Supremo: "Sobre el contenido de la sentencia no debemos entrar en esta concreta demanda de amparo --lo haremos en otra específica--". Pero, por el momento, centra su crítica en Batet. "La decisión de la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados Dña. Meritxell Batet i Lamaña, ha vulnerado los derechos fundamentales del recurrente". "Todas las vulneraciones de derechos fundamentales que se denuncian son imputables a la Excma. Sra. Batet i Lamaña como presidenta del Congreso".

Una resolución "arbitraria"

Según argumenta Rodríguez en su recurso, la decisión de Batet de retirarle el escaño fue "unilateral, infundada y, por ende, arbitraria". Para reforzar esta idea, denuncia siete aspectos de la misma: se tomó "sin ninguna motivación", supuso crear "una nueva pena" al margen de la del Supremo, la misma es "claramente mucho más lesiva que la impuesta" por el tribunal, la presidenta de la cámara baja "no tiene competencias para ello", se apartó del "informe emitido por los Letrados del Congreso", no cuenta con "ningún otro informe ni consejo" y solo se apoya en "un escrito firmado por el secretario general de las Cortes tres días después de dictada la resolución".

Rodríguez insiste, además, en que el artículo 6 de la Ley del Régimen Electoral General en ningún caso contempla inhabilitaciones para casos como el suyo. "La Sra. Batet i Lamaña se inventó una causa, no prevista en la Ley, para privar de su escaño a mi mandante", asegura. También subraya que "la pena --incluso indebidamente impuesta-- quedó extinguida inmediatamente por el pago de la multa", por lo que considera que, a partir de ese momento, no cabe aplicar la accesoria de inhabilitación.

"Nuestro ordenamiento jurídico no prevé que se ejecute la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo mediante la privación del escaño", argumenta. Su recurso destaca para ello la propia resolución de la Junta Electoral Central, en la que se concluyó que "no podrá concurrir como candidato a procesos electorales durante el periodo de duración de la pena impuesta en dicha sentencia", sin entrar en ningún momento en que la misma obligue a expulsarle del Congreso.

El mensaje que traslada al Constitucional es claro: "En evidente vulneración del principio de legalidad --careciendo de cualquier norma habilitante-- la Sra. Batet i Lamaña adoptó una decisión que no solo no está prevista en el ordenamiento, sino que, además, carece de cualquier competencia para dictarla".

[Fuente: Por Pablo Gabilondo y Beatriz Parera, El Confidencial, Madrid, 05ene21]

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