Información
Equipo Nizkor
        Tienda | Donaciones online
Derechos | Equipo Nizkor       

18feb15


La Audiencia de Madrid extravía la causa que investiga el borrado de los discos duros de Bárcenas


Las diligencias que investigan la destrucción por parte del PP de los discos duros de los ordenadores de Luis Bárcenas ha seguido la misma 'suerte' que dicho material informático; no se sabe dónde está. El secretario del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid ha dictado este miércoles una diligencia de ordenación por la que cita a los abogados de las acusaciones personadas en la causa para que se presenten el próximo viernes y entreguen toda la documentación y escritos que hubieran presentado desde que ésta se abrió en octubre de 2013. El objetivo es "la reconstrucciones de las actuaciones", una expresión judicial que reconoce la pérdida de todo o parte de las mismas.

Así lo han confirmado a Vozpópuli Juan Moreno, el abogado que representa a Izquierda Unida en el caso de los 'papeles de Bárcenas' y que presentó la denuncia para que se investigara al PP por la polémica destrucción del material informático. La pérdida de la causa es calificada por Moreno como "un auténtico escándalo" y asegura que no descarta pedir al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que estudie medidas disciplinarias contra la juez por una actuación que califica de "negligente".

El escrito del juzgado, al que ha tenido acceso este diario, detalla que hace unos días el representante legal de UPyD, que ejerce otra de las acusaciones particulares, se personó en el juzgado para asegurar que en la Audiencia Provincial de Madrid, donde debía haber sido elevada la causa para resolver un recurso de diciembre de 2013 contra el archivo de la misma, no habían llegado las actuaciones. Las gestiones posteriores del juzgado permitieron determinar que la funcionaria responsable de realizar el trámite había remitido los tres tomos de los que constaban ya las diligencias al Decanato de los Juzgados de Madrid el 31 de marzo de 2014 mediante una providencia en la que figuraba, precisamente, el sello de entrada de la oficina de este último órgano judicial. Sin embargo, el Decanato aseguraba poco después que en sus registros no constaba la entrada de ningún documento, mientras que desde la Audiencia Provincial se insistía que tampoco allí habían sido recibidas las actuaciones.

El Juzgado reconoce en el escrito que en el trámite de remisión de la documentación hubo al menos una irregularidad. En concreto, que en lugar de enviarla mediante un oficio "como así se hace normalmente", la funcionaria lo hizo mediante una providencia y, además, enviando "los autos originales". Por ello, ahora debe iniciar "la reconstrucción de las actuaciones". Como primer paso, ordena unir tanto la providencia que precedió a la pérdida de las actuaciones, como copias de todas las resoluciones dictadas en la causa que consten en el sistema informático de Justicia, así como los resguardos de los ingresos bancarios de las fianzas que tuvieron que presentar las acusaciones para personarse. Además, junto a la petición a las partes para que se personen el próximo viernes en los Juzgados para que entreguen copia de la denuncia, documentos y escritos que hubieran aportado a la causa, libra un oficio al Juzgado Central de Instrucción número 5 para que "con carácter urgente reproduzcan el tesminio" con el que se inhibió en la investigación en su colega de Plaza Castilla. Desde el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se insistía este miércoles que al ser "un procedimiento sin práctica de prueba y sin declaraciones", su reconstrucción será sencilla. No obstante, el Juzgado ha ordenado abrir un "expediente gubernativo" para averiguar si "hubo cualquier error o funcionamiento anormal" y los posibles responsables del mismo.

Desde agosto de 2013

Una nueva polémica que sumar a un caso derivado de los célebres 'papeles de Bárcenas' y que se inició el 19 de agosto de 2013. Entonces, el PP respondió al requerimiento que el juez Pablo Ruz le había hecho unos días antes dentro de la investigación por los apuntes contables del extesorero para que el partido le entregara los ordenadores que éste utilizaba y que estaban custodiados en Génova 13. El partido remitió aquel día los dos equipos informáticdos, un Mac y un Toshiba, y junto a ellos un escrito en el que informaba de que habían borrado los discos duros de los mismos en cumplimiento de su protocolo de seguridad informática. La destrucción de todos estos elementos se produjo después de que, unos meses antes, en abril, un juzgado ordinario fallara a favor del PP en la denuncia por robo que interpuso el extesorero cuando no pudo recoger los ordenadores en la sede del partido. Aquel magistrado justificó su decisión en que consideraba que ese material informático era propiedad del partido y no del empleado.

Tras aquella notificación, el juez Ruz dictó a medidados de octubre de 2013 un auto de once páginas en el que apreciaba posibles delitos de encubrimiento por destrucción de pruebas y daños informáticos en la decisión del PP de eliminar los datos de las ordenadores de su extesorero. El magistrado estimaba también que la investigación por estos hechos no era competencia de la Audiencia Nacional sino de los juzgados de Instrucción de Madrid, por lo que se inhibía en el órgano judicial ordinario de la capital al que correspondiera el caso por turno de reparto. En su escrito, el magistrado era cauto a la hora de valorar los hechos, pero consideraba necesario efectuar "una valoración acerca de si en los hechos acaecidos es posible apreciar la concurrencia de indicios que hagan presumir, siquiera a modo apriorístico, su eventual relevancia penal". Según Ruz, una "primera aproximación y análisis" de los hechos no permitía "descartar" su "relevancia penal".

Primer archivo de la causa

El caso terminó recayendo en la titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, María Esperanza Collazos, quien pocos días después acordaba el sobreseimiento provisional y archivo de la causa al considerar que no concurrían los delitos de daños ni encubrimiento a los que apuntaba su compañero de la Audiencia Nacional. En un auto ndel 30 de octubre de 2013, la juez hacía suya la posición de la Fiscalía de Madrid, que poco antes había presentado un escrito en el que dejaba clara que no entendía que hubiese delito en aquel borrado informático. Así, la instructora indicaba que en su opinión no había pruebas que pudieran llevarse a cabo en esta causa para "determinar la titularidad" de los discos duros y destacaba que había que presumir que pertenecían al titular del inmueble en el que se encontraban, "con lo que, hallándose los ordenadores en la sede del PP, a él le pertenecen sobre prueba en contra".

La decisión de la magistrada fue recurrida por los abogados de IU, que fueron los que presentaron la denuncia. En primer lugar, en reforma ante la propia magistrado y, ante el rechazo de ésta a reabrir las diligencias, el 26 de diciembre de 2013 en apelación ante la Audiencia Provincial. Tras este último recurso, la juez dictó una providencia de febrero de 2014 en el que comunicaba que elevaba la causa, a través del Decanato de los Juzgados de Madrid, a aquel órgano judicial para que decidiera. Éste es el único documento que ahora se ha hallado. Fue precisamente la falta de pronunciamiento sobre dicho recurso lo que llevó a los letrados de las acusaciones a insistir ante el juzgado, sin obtener respuesta hasta que este miércoles a primera hora se les entregaba la citación en el que se les citaba para el próximo viernes a las 9:30 de la mañana para que aporten la documentación y escritos presentados desde octubre de 2013 y "reconstruir las actuaciones". La polémica está servida.

[Fuente: Por López Fonseca, Vozpópuli, Madrid, 18feb15]

Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Espaņa
small logoThis document has been published on 19Feb15 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.