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DERECHOS


05feb03


Derecho penitenciario de ocasión.


Este año político -marcadamente electoral- se inaugura con iniciativas jurídicas tendentes a conseguir que los terroristas y otros delincuentes mayores "se pudran en la cárcel" y que los pequeños delincuentes "sean barridos de la calle..."-en dirección a la cárcel, se entiende.

En toda sociedad democrática, quien comete un delito no hace otra cosa que quebrantar un pacto de pacífica convivencia que tiene suscrito con sus iguales, afrentando alguno de los valores que la Constitución protege, y lo hace incurriendo en alguna de las conductas que la sociedad entiende intolerables. Por eso que a tan grave transgresión, la ley anuda una reacción igualmente grave, la pena. Y, cuando eso ocurre, el Estado pone en marcha los mecanismos adecuados para la reeducación del infractor y su resocialización.

Así ocurre en nuestro país, en el que existe una Administración penitenciaria en la que se integran equipos de expertos que, contando con el recluso, lo estudian y someten a un tratamiento individualizado que haga posible su rehabilitación social, así como unos jueces -de vigilancia penitenciaria- cuyo cometido esencial es el de garantizar, desde su total imparcialidad y a través de resoluciones motivadas, que se cumplan en las cárceles la Constitución -su art. 25.2 dice que "las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social..."- y la ley penitenciaria -de 1979, y que trata ya de concretar aquél mandato constitucional-.

No cabe la menor duda que esa tarea organizada de reinserción social del delincuente comporta para éste sacrificios de diversa índole durante la ejecución de ese tratamiento -son los efectos retributivos inherentes a toda pena-, el más primario el vivir como prisionero; tampoco que ese proceso de readaptación al medio social al que le dio la espalda al delinquir continúa una vez que es excarcelado al gozar de beneficios penitenciarios. El resultado, de ser exitoso, es satisfactorio para el delincuente y para la sociedad: para aquél porque reencuentra el camino de la convivencia; para ésta porque gana a un integrante que de ella se había alejado.

Ahora, con la improvisación que da el momento político, se ofrece a la ciudadanía un "paquete" de reformas legislativas basado en el endurecimiento penitenciario "porque sí" de grandes y pequeños delincuentes a través de la estandarización y el encorsetamiento de ese tratamiento que, inevitablemente, va a dejar de ser lo individual que era, con lo que de injusticia acarrea.

Se pretende luchar contra ETA y contra la inseguridad ciudadana y desde unos datos objetivos que nadie niega: por una parte, la inmensa mayoría de los terroristas reinsertados han abandonado la lucha armada y todos han sido repudiados y acosados por la banda terrorista, que ha llegado en algunos casos a ejecutar a alguno -Yoyes-; por otra, la ausencia de una decidida política de seguridad pública ciudadana -que es prevención más investigación- ha hecho que, en los últimos años, en este país las tasas de criminalidad se disparen y que el índice de respuesta penal sea insuficiente -entre el 70 y el 85 %, según las fuentes, de los delitos denunciados no pueden enjuiciarse por desconocerse al autor.

Uno, desde su ignorancia de jurista persa, con esos datos se pregunta si en materia penitenciaria la mejor política antiterrorista no es la de la reinserción, y si la seguridad ciudadana como compromiso social no incumbe siempre, antes y más, a los poderes ejecutivo y legislativo que al judicial y que, cuando a éste le toca actuar, no ha de hacerlo caso a caso.

Se pregunta uno, en suma, si no es posible que la reflexión abra paso a la razón antes de que caigamos en el ciego error histórico de un Derecho de ocasión que, no nos engañemos, puede acabar dando al traste con la filosofía humanista penitenciaria forjada a lo largo de siglos. Un paso atrás en el tiempo en el que las cadenas atenazaban tanto la dignidad del hombre como que le impedían andar erguido.

[Fuente: JpD. Juan Luis Rascón, magistrado y portavoz de Jueces para la Democracia publicados en el Día de Córdoba, Diario de Sevilla, Europa Sur de Algeciras y Huelva Información el 05feb03]

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Este documento ha sido publicado el 14mar03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights