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DERECHOS


12may05


Anuncio de recurso de casación contra la sentencia por crímenes contra la humanidad interpuesto por el abogado Jaime Sanz de Bremond en nombre de
Ana Cristina Stefano Martínez.


Audiencia Nacional
Sala de lo Penal
Sección Tercera
Rollo de Sala nº. 139/1997
Sumario nº. 19/97
Jdo. Central de Instrucción nº 5

A LA SALA

DOÑA SILVIA AYUSO GALLEGO (col. 1.484), Procuradora de los Tribunales de esta capital, y de DOÑA ANA CRISTINA STEFANO MARTÍNEZ personada en los autos al margen señalados en concepto de ACUSACIÓN PARTICULAR, ante la Sala comparece y para como mejor proceda en Derecho DICE:

Que habiéndosenos notificado la Sentencia nº 16/2005, de fecha 19 de abril de 2005, dictada por esta Ilma. Sala en la causa al margen señalada, por la que se condena a FRANCISCO ADOLFO SCILINGO, como autor responsable de un delito contra como autor de un delito de lesa humanidad: 1º con causación de 30 muertes alevosas a 30 penas de 21 años de prisión por cada una de ellas; 2º con también realización de detención ilegal a la pena de 5 años de privación de libertad, 3º con causación de tortura grave igualmente a la penal de 5 años de privación de libertad. Con la accesoria de absoluta durante el tiempo de duración de las penas; y estimando que la misma, dicho sea con los debidos respetos y en términos de defensa, es contraria a Derecho y perjudicial a los intereses de nuestros representadas, venimos por medio del presente escrito a PREPARAR RECURSO DE CASACIÓN contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 847, 855 y 856 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en adelante, L.E.Cr.), artículo 5.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en adelante, L.O.P.J.) y artículo 24, 1 y 2, de la Constitución Españolaren adelante, C.E.).

Por ello, y a tenor de lo establecido en los artículos 855 y 856 de la L.E.Cr., se interesa de la Ilma. Sala a al que nos dirigimos que se libre, por su Secretario, un testimonio de la Sentencia ahora recurrida, así como de este escrito preparatorio y de la resolución que sobre el mismo recaiga, ordenando se me entreguen tales testimonios al efectuarse el emplazamiento previsto legalmente.

Al amparo del art. 857 L.E.Cr. consignamos formal y solemnne promesa de constituir el depósito que previene el artículo 875 de la Ley de ritos.

Según ordena el párrafo primero del artículo 855 de la L.E.Cr. manifiesta esta parte las clases de recursos que trata de utilizar:

2. RECURSO DE CASACIÓN POR INFRACCIÓN DE LEY AL AMPARO DEL Nº. 1 DEL ARTICULO 849 DE LA L.E.CR.

Por todo lo expuesto,

A LA SALA SUPLICA que habiendo por presentado este escrito, se" sirva admitirlo y, en su virtud, tenga por PREPARADO RECURSO DE CASACIÓN AL AMPARO DE LOS ARTÍCULOS 849, 1 DE LA L.E.CR., contra la Sentencia recaída en las presentes actuaciones, ordenando se expida y se me entregue testimonio de la misma, así como certificación o testimonio del presente escrito y de la resolución que sobre el mismo recaiga, acordándose remitir a la Sala Segunda del Tribunal Supremo la certificación a que se refiere el párrafo segundo del articulo 861 de la L.E.Cr., emplazándose a las partes para su comparecencia ante el Alto Tribunal dentro del término legal.

Por ser de hacer en Justicia, que se pide en Madrid a doce de mayo de 2005.

Ltdo.: Jaime Sanz de Bremond y Mayáns
Col nº 16.296

Proc.: Silvia Ayuso Gallego
Col. Nº 1.484


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