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30ago01


El obispo de Málaga declara que si no se está de acuerdo con el despido de una profesora de religión que se revise el acuerdo entre España y la Santa Sede de 1979.


MADRID, 30 agosto 2001 (ZENIT.org).- El obispo de Málaga y ex presidente de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis, monseñor Antonio Dorado Soto, defendió hoy al de Almería, monseñor Rosendo Álvarez Gastón, en relación con su decisión de no renovar el contrato a una profesora de Religión católica, que se casó con un divorciado.

En declaraciones a Europa Press, monseñor Dorado consideró «absolutamente desproporcionadas y carentes de fundamento» las reacciones que se están dando en relación con la decisión del obispo de Almería de retirar a la citada profesora.

«Creo --subrayó monseñor Dorado-- que el obispo de Almería ha procedido con absoluta legalidad. Parece que la gente que critica a monseñor Álvarez Gastón ignora el contenido del acuerdo entre España y la Santa Sede de 1979 que asegura la enseñanza religiosa en la escuela, según el cual la propuesta que se hace y el contrato que tienen los profesores de Religión es por un año, al término del cual el obispo es absolutamente libre para proponer a una persona u otra».

Recordó monseñor Dorado una sentencia del Tribunal Supremo que establece que el obispo no tiene por qué dar razones para proponer a una persona u otra.

En opinión del ex presidente de la Comisión Episcopal de Enseñanza, decir que la decisión del obispo de Almería es una injusticia es desconocer la naturaleza de la enseñanza religiosa escolar que es enseñanza religiosa católica y, por consiguiente, confesional. «No consiste en dar clase de religión, sino que tiene que ser la religión católica, que supone no solo la enseñanza, sino de alguna manera testimonio de esa vida», añadió.

Dorado resaltó que «relativizar la situación de esta profesora que se ha casado con otra persona divorciada y, por consiguiente, casada es desconocer la naturaleza de esa situación desde el punto de vista moral, que la Moral católica siempre lo califica como un adulterio. Por tanto, no se reúnen las condiciones para que el obispo le conceda la misión canónica».

Para el obispo de Málaga, el hecho de que la profesora llevara un número de años en la clase de Religión no crea antigüedad ni derechos. Reconoció que es una situación «absolutamente atípica, como también lo es la naturaleza de esta asignatura. Así está legislado por el Parlamento español. Si no se está de acuerdo, que se revise el acuerdo. Hay que atenerse a la legalidad».

Por último, monseñor Dorado señaló que el obispo lo que hace en estos casos es, de cara a los padres católicos, señalar que el profesor que van a tener sus hijos le ofrece la garantía de que va a transmitir la fe de la Iglesia.

«Si la enseñanza en vez de ser confesional fuese religiosa, no tendría nada que intervenir. Aquí se trata de una enseñanza católica, que es lo que los padres piden», concluyó.

Fuente: Oficina de Prensa, Obispado de Tenerife, 20ago01 - ZS01083011, vía Agencia Zenit.

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 04abr02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights