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09oct03


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid resta capacidad a los obispos respecto a los profesores de Religión.


El Tribunal establece que la Consejería de Educación es la única instancia competente para decidir sobre las cuestiones laborales de estos docentes.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid es la única instancia competente para efectuar la designación o adjudicación de un profesor de Religión a un centro educativo o puesto de trabajo. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reconoce, no obstante, la capacidad del Obispado para proponer cada curso a la Administración los candidatos que, a su juicio, resulten idóneos para impartir enseñanza católica.

La sentencia, que admite recurso ante el Supremo, ha sido recibida por el sindicato USIT, uno de los promotores del recurso ante el TSJM, como "un golpe de aire fresco para el colectivo de profesores de Religión, sometidos a injustas limitaciones de sus derechos laborales", según ha declarado a los medios de comunicación su secretario general, Alfredo Sepúlveda.

[Fuente: Escuela Española, 09oct03]

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Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 16sep03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights - In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.