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DERECHOS


17oct02


El Gobierno canario deberá indemnizar por 'daños morales' a un profesor de religión despedido por la Iglesia.


Un 'comportamiento antisindical burdo y ostensible' y la 'finalidad amedrentadora' de algunos despidos le va a costar al Gobierno de Canarias 90.150 euros de indemnización por causar 'daños morales' a un profesor de religión despedido en julio de 2001 por la Iglesia, que lo había contratado diez años antes como docente de catolicismo en el instituto Arnao, de Telde (Las Palmas). La Consejería de Educación deberá pagar, además, los salarios atrasados desde la fecha del despido, con efectos a partir del 30 de septiembre de 2001 y hasta su 'efectiva readmisión, a razón de 77,53 euros por día'.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), comunicada a los interesados el pasado día 8, confirma una anterior del Juzgado de lo Social número 5 de Las Palmas y es la séptima que se produce en esa comunidad desde que el Gobierno del PP y los obispos acordaron en 1999 un nuevo régimen laboral de los profesores de religión católica en la escuela pública. Ayer mismo se dio a conocer otra resolución judicial condenando 'a la Consejería de Educación y al Obispado de la Diócesis de Canarias' por otro despido 'de radical nulidad'. En ambos casos, el protagonista es el profesor Rafael Ramírez Santana, dirigente de la Intersindical Canaria y miembro del comité de empresa del personal laboral de la provincia de Las Palmas, al que el obispado excluyó de su empleo el curso pasado 'sin causa legal' y 'con falta o ausencia de una decisión razonada y motivada', dice la sentencia de primera instancia.

Ramírez Santana había ganado en 2001 un anterior pleito a Educación, que recurrió el fallo ante el Tribunal Superior. La sentencia emitida ahora por la Sala de lo Social del TSJC rechaza las pretensiones de la Administración regional con tal contundencia que ayer mismo la Intersindical Canaria reclamó la dimisión del consejero de Educación 'como máximo responsable de estos atentados a derechos fundamentales'. La sentencia del TSJC deja sentado que se produjeron 'daños morales por la intensidad y agresividad del comportamiento sindical de la Administración, su carácter burdo, evidente y ostensible y por la finalidad amedrentadora del despedido y del resto de profesores de religión'.

Fuente: Juan G. Bedoya para el Diario El País, Madrid, España - 17oct02

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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Este documento ha sido publicado el 05nov02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights