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28ene02


Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre la renegociación de los acuerdos jurídicos entre el Estado español y la Iglesia Católica española, así como con el Estado Vaticano.


La Presidencia de la Cámara, en el ejercicio de la delegación conferida por la Mesa, en su reunión del día 18 de diciembre de 2001, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(162) Proposición no de Ley ante el Pleno

AUTOR: Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

Proposición no de Ley sobre la renegociación de los acuerdos jurídicos entre el Estado español y la Iglesia Católica española, así como con el Estado vaticano. Teniendo en cuenta el contenido del escrito registrado con el número 60273, así como la retirada del cuarto punto de la iniciativa mediante escrito número de registro 60485, y considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno, y publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, así como notificarlo al Grupo proponente.

En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2002.--P. D. La Secretaria General del Congreso de los Diputados, Piedad García-Escudero Márquez.

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentado Federal de Izquierda Unida presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre «la renegociación de los acuerdos jurídicos entre el Estado español y la Iglesia Católica española, así como con el Estado vaticano.»

Los pasados meses han sido prolijos en escándalos públicos en los que la Iglesia Católica española se niega a cumplir con la legislación vigente en España. La jerarquía católica española (que no debe ser confundida en este caso con el conjunto de los católicos españoles) ha realizado unas interpretaciones extensivas y un tanto ofensivas al sentido común y al rigor jurídico del Concordato firmado entre España y la Santa Sede en el año 1979, así como de otros acuerdos internacionales, normas y convenios administrativos que rigen las relaciones entre las Administraciones públicas españolas y las autoridades católicas en España. Todo ello con la intención última de escapar a la acción de los tribunales y el parlamento español.

La tesis de la jerarquía católica española es la siguiente: las relaciones entre la Iglesia Católica y el Estado español están regidas por unos acuerdos internacionales especiales que están al margen de la Constitución española de 1978, así como también del ordenamiento jurídico que emana de nuestra Carta Magna. Amparándose en esta teoría jurídica, propia de tiempos previos a la secularización del Estado europeo, la jerarquía católica ha violado, no sólo sus propios códigos éticos y morales, sino también los derechos constitucionales de los españoles.

Casos bien conocidos como el de los despidos de profesores de religión pagados con fondos públicos e 15 integrados en colegios públicos o concertados por motivos en clara confrontación con los derechos y libertades consagrados en nuestra Constitución son buena muestra de lo expuesto. De la misma manera, el hecho de que parte de las subvenciones que recibe la Iglesia Católica española (que hay que recordar constituyen la mayor parte de los recursos de la misma) hayan sido aplicados a sucias y oscuras tramas de especulación financiera, ponen de relieve que algo no funciona de manera correcta. Por si todo lo anterior no fuese poco, notables jerarcas católicos españoles se han permitido mentir ante una Comisión de Investigación del Congreso de los Diputados o negarse a colaborar con la actuación investigadora de los tribunales españoles en relación al caso Gescartera.

Pero lo más grave no es todo lo hasta aquí explicado. Al fin y al cabo no estamos sino ante una organización privada, una asociación humana de fines religiosos, pero compuesta por hombres y mujeres de carne y hueso, que trata de evitar las obligaciones que impone la ley, amparándose en supuestos estatutos jurídicos privilegiados y al margen de la Constitución. Lo más grave es que el Gobierno de la Nación, con su Ministerio de Justicia a la cabeza, permanezcan sin hacer nada, permitiendo con su inacción que la jerarquía de la Iglesia Católica se ría abiertamente del orden jurídico a cuya protección el Gobierno de la Nación debe estar dedicado de forma preferente. Lo grave no es que un ecónomo o un obispo se crean por encima de la Constitución española. Lo realmente grave es que el Presidente del Gobierno o el Ministro de Justicia no pongan a esas personas en su sitio y les obliguen a cumplir todos y cada uno de los mandatos de la Constitución.

Lo grave no es que haya infractores de la ley, sino que los encargados de velar por el respeto a la ley se limiten a mirar para otro lado cuando ésta es infringida.

En este punto conviene recordar que España es un Estado de Derecho (artículo 1.1 de la Constitución); en el que ciudadanos y poderes públicos sin excepción están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico (artículo 9.1 de la Constitución), el que ninguna confesión tiene carácter estatal (artículo 16.3 de la Constitución), en el que los derechos y libertades reconocidos en la Carta Magna son piedra angular de la misma «inter alia» artículos 10 y 53 de la Constitución), en el que un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución no puede ser ratificado sin previa reforma de la Constitución (o debe ser denunciado y modificado para que cumpla con la Constitución antes de ser ratificado), tal y como reza el artículo 95.1 de la Carta Magna, o en el que es obligatorio para todos sin excepción cooperar con las actuaciones de los tribunales (artículo 118 de la Constitución).

Pues bien, tanto el Gobierno de la Nación como el Fiscal general del Estado se niegan a cumplir con sus funciones en este caso. Ni el Gobierno de la Nación denuncia los acuerdos internacionales con la Iglesia incompatibles con la Constitución para su posterior renegociación, ni el Fiscal general del Estado emprende las acciones legales necesarias para defender la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el interés general (artículo 124 de la Constitución), ni la Administración pública modifica los convenios administrativos contrarios a nuestra Carta Magna.

Ante la gravedad de esta situación, así como la alarma social generada por todos estos hechos, se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a realizar las gestiones necesarias para modificar, a la mayor brevedad posible, los acuerdos internacionales con la Santa Sede que son contrarios a los mandatos de la Constitución española, al objeto de conseguir que los mismos sean compatibles con nuestra Carta Magna.

2. De la misma manera, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar los pasos conducentes a la reforma de las leyes y modificación de los reglamentos y convenios administrativos que puedan llegar a permitir, aunque sea de forma indirecta a través de la interpretación extensiva de una parte (la Iglesia Católica española) y la pasividad de la otra (el Gobierno de la Nación), a la Iglesia Católica vivir al margen de los mandatos de la Constitución española, tal y como está sucediendo en estos momentos.

3. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de la Nación a que interese del Fiscal General del Estado, en los términos del artículo 8 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, las acciones necesarias para proteger la Constitución y el ordenamiento jurídico ante la actitud cercana a la insumisión jurídica de la jerarquía de la Iglesia Católica española.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2002.- José Luis Centella Gómez, Diputado. - Felipe Alcaraz Masats, Portavoz del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.


Fuente: BOCG, Congreso de los Diputados, serie D, núm. 295, de 28 de enero de 2002 (Número de expediente 162/000412)

Conflicto enseñanza religiosa - DDHH en España

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