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Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
sobre los avances de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear


Naciones Unidas
Asamblea General

A/RES/71/258

Distr. general
11 de enero de 2017

Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 98 del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2016
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/71/450)]

71/258. Avances de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear

La Asamblea General,

Recordando sus resoluciones 67/56, de 3 de diciembre de 2012, 68/46, de 5 de diciembre de 2013, 69/41, de 2 de diciembre de 2014, y 70/33, de 7 de diciembre de 2015, relativas a los avances de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear a fin de establecer y mantener un mundo sin armas nucleares,

Profundamente preocupada por las catastróficas consecuencias humanitarias de cualquier empleo de las armas nucleares,

Profundamente preocupada también por los riesgos relacionados con la existencia de las armas nucleares,

Recordando la Declaración del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, primer período extraordinario de sesiones dedicado al desarme |1|, en la que se afirma, entre otras cosas, que todos los pueblos del mundo tienen un interés vital en el éxito de las negociaciones sobre desarme y que todos los Estados tienen derecho a participar en las negociaciones sobre desarme,

Reafirmando el papel y las funciones de la Conferencia de Desarme y la Comisión de Desarme, establecidos en el Documento Final del Décimo Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General |2|,

Recordando la Declaración del Milenio |3|, en la que se afirma, entre otras cosas, que la responsabilidad de la gestión del desarrollo económico y social en el mundo, lo mismo que en lo que hace a las amenazas que pesan sobre la paz y la seguridad internacionales, debe ser compartida por las naciones del mundo y ejercerse multilateralmente y que, por ser la organización más universal y más representativa de todo el mundo, las Naciones Unidas deben desempeñar un papel central a ese respecto,

Acogiendo con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miembros para asegurar el progreso del desarme multilateral y el apoyo del Secretario General a esos esfuerzos, y recordando a este respecto la propuesta de cinco puntos del Secretario General sobre el desarme nuclear,

Recordando que el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares |4|, que es la piedra angular del régimen de no proliferación y desarme nucleares, se negoció considerando la devastación que una guerra nuclear infligiría a la humanidad entera y la consiguiente necesidad de hacer todo lo posible por evitar el peligro de semejante guerra y de adoptar medidas para salvaguardar la seguridad de los pueblos,

Recordando también las obligaciones de los Estados partes en el Tratado y sus compromisos reflejados en los documentos finales de la Conferencia de 1995 de las Partes encargada del Examen y la Prórroga del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares |5|, de las Conferencias de las Partes de 2000 |6| y de 2010 |7| encargadas del Examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares,

Destacando la importancia de que los Estados partes en el Tratado cumplan de forma plena y efectiva los diversos compromisos asumidos en las conferencias de examen,

Reafirmando la validez absoluta de la diplomacia multilateral en la esfera del desarme y la no proliferación, y decidida a promover el multilateralismo como medio fundamental de desarrollar las negociaciones sobre la regulación de los armamentos y el desarme,

Teniendo presente que no se han obtenido resultados concretos en las negociaciones multilaterales de desarme nuclear desarrolladas en el marco de las Naciones Unidas durante dos decenios, y teniendo presente también que incumbe a los Estados la obligación de entablar negociaciones de buena fe sobre medidas efectivas encaminadas al desarme nuclear,

Reconociendo que el panorama internacional actual hace que cada vez sea más urgente prestar una mayor atención en el ámbito político a las cuestiones de desarme y no proliferación, la promoción del desarme multilateral y el modo de avanzar hacia el objetivo de un mundo sin armas nucleares,

Acogiendo con beneplácito la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el desarme nuclear, celebrada el 26 de septiembre de 2013 con arreglo a su resolución 67/39, de 3 de diciembre de 2012, en la que se resaltó el deseo de la comunidad internacional de seguir avanzando en este ámbito, y haciendo notar su resolución 68/32, de 5 de diciembre de 2013, como medida de seguimiento de esa reunión,

Acogiendo con beneplácito también el informe sobre la labor del Grupo de Trabajo de Composición Abierta encargado de elaborar propuestas para hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear a fin de establecer y mantener un mundo sin armas nucleares, presentado de conformidad con su resolución 67/56 |8| y citado en su resolución 68/46, y observando con aprecio el informe presentado por el Secretario General de conformidad con su resolución 68/46 |9|, en el que se recogen las opiniones de los Estados Miembros sobre el modo de hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear, incluidas las medidas que han tomado ya los Estados Miembros a tal fin,

Acogiendo con beneplácito además los esfuerzos desplegados por todos los Estados Miembros, las organizaciones internacionales y la sociedad civil para continuar enriqueciendo los debates sobre el modo de hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear en los órganos de las Naciones Unidas que se ocupan del desarme y la paz y la seguridad,

Consciente de que un instrumento jurídicamente vinculante que prohibiera las armas nucleares supondría una importante contribución al desarme nuclear completo,

Consciente también de que, a fin de establecer y mantener un mundo sin armas nucleares, sería necesario adoptar medidas adicionales, de carácter práctico y jurídicamente vinculantes, para la destrucción irreversible, verificable y transparente de las armas nucleares,

Destacando la importancia de la inclusividad, y acogiendo con beneplácito la participación de todos los Estados Miembros en la labor dirigida a lograr un mundo libre de armas nucleares,

Poniendo de relieve la importancia y urgencia del avance sustantivo en las cuestiones prioritarias de desarme y no proliferación,

Teniendo presente el Artículo 11 de la Carta de las Naciones Unidas, relativo a sus funciones y poderes para considerar y hacer recomendaciones, incluso sobre el desarme,

1. Observa con satisfacción que el Grupo de Trabajo de Composición Abierta encargado de los avances de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear, establecido por la Asamblea General en su resolución 70/33, que se reunió en Ginebra en 2016, mantuvo debates estructurados y sustantivos de forma completa, inclusiva, interactiva y constructiva;

2. Acoge con beneplácito el informe del Grupo de Trabajo establecido por la Asamblea General en su resolución 70/33 |10|;

3. Reconoce la valiosa participación y contribución de las organizaciones internacionales y la sociedad civil para hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear, demostrada durante la labor del Grupo de Trabajo;

4. Reitera que el objetivo universal de hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear sigue siendo establecer y mantener un mundo sin armas nucleares, y pone de relieve la importancia de abordar las cuestiones relativas a las armas nucleares de una forma completa, inclusiva, interactiva y constructiva a fin de hacer avanzar las negociaciones multilaterales de desarme nuclear;

5. Reafirma la urgencia de que las negociaciones multilaterales de desarme nuclear avancen de forma sustancial;

6. Subraya que pueden y deben hacerse esfuerzos adicionales para elaborar las medidas, disposiciones y normas jurídicas eficaces y concretas que será necesario adoptar para establecer y mantener un mundo sin armas nucleares, reafirma la importancia del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares |11| y los compromisos recogidos en él y considera que la adopción de cualquiera de esas medidas, disposiciones y normas debería complementar y fortalecer el régimen de desarme y no proliferación nucleares, incluidos los tres pilares del Tratado;

7. Recomienda que los Estados consideren la posibilidad de aplicar, según proceda, las diversas medidas sugeridas en el informe del Grupo de Trabajo que puedan contribuir al avance de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear, entre ellas medidas de transparencia relacionadas con los riesgos derivados de las armas nucleares existentes, medidas para reducir y eliminar el riesgo de que se produzcan detonaciones accidentales, por error, no autorizadas o intencionales de armas nucleares, medidas adicionales para aumentar la sensibilización y la comprensión acerca de la complejidad de la amplia gama de consecuencias humanitarias que pueden derivarse de cualquier detonación nuclear y la relación entre ellas, y otras medidas que puedan contribuir al avance de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear;

8. Decide celebrar en 2017 una conferencia de las Naciones Unidas para negociar un instrumento jurídicamente vinculante que prohíba las armas nucleares y conduzca a su total eliminación;

9. Alienta a todos los Estados Miembros a que participen en la conferencia;

10. Decide que la conferencia se celebre en Nueva York, conforme al reglamento de la Asamblea General a menos que la conferencia acuerde otra cosa, del 27 al 31 de marzo y del 15 de junio al 7 de julio de 2017, con la participación y contribución de las organizaciones internacionales y los representantes de la sociedad civil;

11. Decide también que la conferencia celebrará lo antes posible un período de sesiones de organización de un día en Nueva York;

12. Exhorta a los Estados participantes en la conferencia a que hagan todo lo posible por concertar cuanto antes un instrumento jurídicamente vinculante que prohíba las armas nucleares y conduzca a su total eliminación;

13. Decide que la conferencia le presente, en su septuagésimo segundo período de sesiones, un informe en el que se evalúen los progresos realizados en las negociaciones y se determine el rumbo a seguir;

14. Solicita al Secretario General que preste el apoyo necesario para celebrar la conferencia y que transmita su informe a la Conferencia de Desarme y la Comisión de Desarme y a la conferencia internacional de alto nivel de las Naciones Unidas sobre el desarme nuclear prevista en el párrafo 6 de la resolución 68/32;

15. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo segundo período de sesiones, en relación con el tema titulado "Desarme general y completo", el subtema titulado "Avances de las negociaciones multilaterales de desarme nuclear".

68ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2016


Notas:

1. Resolución S-10/2, secc. II. [Volver]

2. Ibid, secc. IV. [Volver]

3. Resolución 55/2. [Volver]

4. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 729, núm. 10485. [Volver]

5. Conferencia de 1995 de las Partes encargada del Examen y la Prórroga del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares, Documento Final, Primera parte [NPT/CONF.1995/32 (Part I)]. [Volver]

6. Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del Examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares, Documento Final, vols. I a III [NPT/CONF.2000/28 (Parts I-IV) y (Parts I-II)/Corr.1]. [Volver]

7. Conferencia de las Partes de 2010 encargada del Examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares, Documento Final, vols. I a III [NPT/CONF.2010/50 (Vols. I-III)]. [Volver]

8. A/68/514. [Volver]

9. A/69/154 y Add.1. [Volver]

10. A/71/371. [Volver]

11. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 729, núm. 10485. [Volver]


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