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07ago03


Helen Mack pide sancionar por negligentes a magistrados de la Sala Cuarta de Apelaciones.


Los acusa de haber incumplido los deberes propios de su cargo al emitir sentencia sin fundamento en el caso Myrna Mack

Helen Mack presentó ayer una denuncia ante la Junta de Disciplina Judicial contra los magistrados de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, Willevaldo Contreras Valenzuela, Luis Felipe Hernández Gonzáles y Rosa María de León Cano, para que sean sancionados al tenor de lo que establece el artículo 39 literal d) de la Ley de la Carrera Judicial.

De acuerdo con la denuncia presentada, los magistrados incurrieron en negligencia en el cumplimiento de deberes propios de su cargo, cuando el pasado 07 de mayo emitieron la sentencia de segundo grado en el caso Myrna Mack, sin haberla razonado o fundamentado como lo mandan el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal.

En esa sentencia, los magistrados de la Sala Cuarta confirmaron la absolución que en sentencia de primera instancia se había otorgado a favor del general Edgar Godoy Gaitán y el coronel Juan Guillermo Oliva Carrera; y absolvieron de todo cargo al coronel Juan Valencia Osorio, quien había sido condenado en la sentencia de primera instancia porque se le encontró responsable del asesinato de Myrna Mack en calidad de autor.

Desde ese primer momento se rechazó la sentencia de los magistrados de la Sala Cuarta porque no estaba fundamentada. Ellos absolvieron a Valencia sólo con base en la cita limitada y general de cierta teoría dogmática, pero en ningún momento la aplicaron al caso Myrna Mack en concreto; y tampoco sustentaron por qué al condenado no le era aplicable la teoría de la imputación objetiva, ni la relación de causalidad. Además, se apoyaron en una supuesta contradicción en la sentencia de primer grado, lo cual es falso. No existe contradicción alguna.

Helen Mack sostiene que, al emitir una sentencia sin fundamento, sin establecer una relación correcta entre las premisas y las conclusiones y los hechos probados, y con base en hechos falsos, la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones violó el artículo 12 de la Constitución que se refiere a las garantías del debido proceso y menciona entre ellas la obligación de que toda resolución judicial esté debidamente fundamentada y razonada. También violó el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal, por las mismas razones.

La sentencia de los magistrados no es imparcial, no está razonada y se fundamenta en hechos falsos. Por eso, incurrieron en falta disciplinaria. La sentencia que absolvió a Valencia no tiene viabilidad jurídica y es ilegítima, viola el debido proceso y causa daño extremo a la justicia. Por eso, Helen Mack demanda que la Junta de Disciplina Judicial dé tramite a su denuncia y, conforme a la ley, sancione la negligencia y la falta en que incurrieron los magistrados Contreras Valenzuela, Hernández Gonzáles y De León Cano.

Guatemala, 07 de agosto de 2003
Fundación Myrna Mack

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Este documento ha sido publicado el 07ago03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights