EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


jun11


Del Silencio a la Memoria
Revelaciones del Archivo Histórico de la Policía Nacional
Volumen 1 [Primera Parte]


ÍNDICE

Prefacio

Agradecimientos

Prólogo

Introducción

Estructura del Informe

Capítulo I
Estructura y funcionamiento de la Policía Nacional, 1975-1985

Capítulo II
Relaciones entre las fuerzas de seguridad del Estado

Capítulo III
El papel de la Policía Nacional en el marco del conflicto armado interno, 1975-1985

Capítulo IV
Expedientes de investigación

Consideraciones finales

Siglas utilizadas

Bibliografía


PREFACIO

En 1999, la Comisión para el Esclarecimiento Histórico publicó el Informe intitulado “Guatemala, memoria del silencio”. Los resultados de esas pesquisas fueron vertidos en doce conmovedores tomos que evidencian muchas de las innumerables violaciones de los Derechos Humanos llevadas a cabo por personal al servicio de los poderes públicos, encomendados a la sazón a funcionarios que, en forma deliberada y sistemática, dieron las órdenes respectivas. Sin embargo a pesar de la seriedad y la veracidad del contenido de dicho Informe, quienes, tanto en el sector público como en el privado, han tenido el deber de darle la más amplia difusión y ponerlo al alcance de toda la ciudadanía, dejaron de actuar o lo han hecho con visible desinterés o, en ciertos casos, con el afán de que se desvanezcan y escapen a su mención en la historia de Guatemala.

El hallazgo, fortuito y por demás importante, del enorme cúmulo de documentos que componen el Archivo Histórico de la Policía Nacional (AHPN), ha sido decisivo para que las investigaciones continúen en forma seria, científica e imparcial, gracias al esfuerzo de quienes trabajan en la recuperación de dicho acervo documental. Es necesario destacar el apoyo y acompañamiento que ese proceso ha recibido de parte de connotados especialistas de diferentes países, cuya capacidad es reconocida en el ámbito internacional.

Es por ello que, al fin de terminar con esos silencios el Consejo Consultivo Nacional (CCN) del AHPN coadyuva a la publicación del Informe “DEL SILENCIO A LA MEMORIA, Revelaciones del Archivo Histórico de la Policía Nacional”, que contiene valiosos registros de hechos que constan en la documentación rescatada. La misma suministra datos de suma importancia para un conocimiento veraz de múltiples pasajes históricos y su consiguiente sistematización e integración a los textos académicos, al tiempo que pueden constituir elementos certeros de prueba en los juicios que, eventualmente se ventilen ante los tribunales de justicia. Lo anterior es factible ya que la recuperación de los documentos disponibles proviene de un trabajo, serio y responsable, que devuelve a la memoria colectiva el conjunto de hechos que durante el siglo recién pasado y, en especial, de 1960 en adelante segaron la existencia de miles de compatriotas y no solo desquiciaron las vidas individuales de sus deudos, sino trastocaron la solidaridad de muchas comunidades conminadas a la dispersión.

El CCN, integrado por personas pertenecientes a diferentes ámbitos académicos y culturales, participa en la difusión de la documentación del AHPN sin más interés que el de hacer partícipe a la ciudadanía en general, y a quienes necesitan servirse de la información contenida en la misma, de la historia nuestra que todos debemos conocer. Ello no sólo para impedir que se esos hechos se repitan sino para sentar sobre cimientos veraces nuestra memoria colectiva a fin de contribuir a la salvaguarda de nuestros derechos fundamentales y contribuir al enaltecimiento de nuestra dignidad humana.

Nueva Guatemala de la Asunción, mayo de 2011


CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL

Alvaro Pop Ac

Carlos Guzmán Böckler

Edelberto Torres Rivas

Fredy Peccerelli

Gustavo Palma Murga

Hilda Morales Trujillo

Iduvina Hernández Batres

Irma Alicia Velásquez Nimatuj

Jorge Luján Muñoz

Lucrecia Arriola de Paniagua

Marina de Villagrán


AGRADECIMIENTOS

El Archivo Histórico de la Policía Nacional de Guatemala (AHPN), por este medio patentiza su reconocimiento:

  • Al pueblo de Guatemala, a las víctimas de la represión y la violencia, a los familiares de tantas y tantos desaparecidos por su lucha en busca de la verdad y la justicia.
  • Al Ministerio de Cultura y Deportes
  • Al Ministerio de Gobernación
  • A los miembros de los Consejos Consultivos Nacional e Internacional del AHPN.
  • A la comunidad internacional sin cuya confianza y respaldo político, técnico y económico este trabajo no hubiese sido posible. Especialmente a:

      * Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)
      * Gobierno de Suecia y su Embajada en Guatemala
      * Gobierno de Holanda y la Embajada Real de los Países Bajos en Guatemala
      * Gobierno de Suiza y su Embajada en Guatemala
      * Gobierno del País Vasco
      * Gobierno de la República Federal de Alemania y su Embajada en Guatemala
      * Gobierno de la Generalitat de Catalunya a través de la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (ACCD)
      * Embajada de los Estados Unidos de América
      * Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos
      * Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID)
      * Servicio Alemán de Cooperación Social-Técnica (DED)
      * Cooperación Técnica Alemana (GTZ) a través del Programa de Apoyo al Proceso de Paz y Conciliación Nacional (PCON)
      * OXFAM Gran Bretaña
      * Comités de Solidaridad de Canadá
      * Archivos Federales de Suiza
      * Médico Internacional, Alemania
      * Universidad de Texas en Austin

  • A los expertos asesores que aportaron mucho más que sus conocimientos:

      * Dra. Trudy Huskamp Peterson, Asesora Archivista Internacional Certificada
      * Kate Doyle y el National Security Archives (NSA)
      * Dr. Patrick Ball, Tamy Guberek, Daniel Guzmán, Megan Price y en general al Grupo Benetech, Expertos Asesores en Investigación Cuantativa
      * Ana Cacopardo, Directora Ejecutiva, Comisión Provincial por la Memoria, Provincia de Buenos Aires, Argentina
      * Dr. Antonio González Quintana, Experto Asesor para el Acceso a la Información
      * Jean-Marc Comment, Asesor en Seguridad Informática
      * Josef Erwin Oberholzer, Asesor en Restauración y Conservación
      * Hugh Daniel, Experto Informático
      * Asociación Americana de Estadística (ASA), en especial a los Estadísticos Paul Zador y Gary Shapiro

  • A las organizaciones de derechos humanos que nos apoyaron con trabajadoras y trabajadores voluntarios y otras acciones de solidaridad:

      * Centro de Análisis Forense y Ciencias Aplicadas (CAFCA)
      * Seguridad en Democracia (SEDEM)
      * Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH)
      * Grupo de Apoyo Mutuo (GAM)
      * Familiares Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA)
      * Movimiento Nacional para los Derechos Humanos
      * Sinergia N’oj
      * Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG)

  • A las siguientes personas, instituciones y organizaciones:

      * Archivo Nacional de Centroamérica (AGCA)
      * Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG)
      * Fundación Myrna Mack
      * Club Rotario Guatemala Oeste
      * Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
      * Oficiales Ana Corado y Olga Estela Trejo y las y los agentes del Área Histórico de la PNC
      * Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psico-Social - ECAP
      * Anna Carla Ericastilla, Directora del AGCA y Directora Nacional del AHPN
      * Marco Tulio Álvarez. Director Archivos de La Paz - DAP
      * Kate Doyle y Carla Villagrán por su valiosa contribución a la construcción y publicación de este Informe
      * Michael Moerth de CAFCA
      * Christina Elich, ex Oficial de Programa PNUD
      * Jean-Pierre Villard, ex Embajador de Suiza en Guatemala

  • A los trabajadores y trabajadoras del AHPN por su compromiso, dedicación y esfuerzo para trabajar en condiciones difíciles y bajo permanente presión.

    A todos y todas: ¡Muchísimas Gracias!


    PRÓLOGO

    El 7 de noviembre de 1983, Fray Augusto Ramírez Monasterio, superior-párroco de la iglesia de San Francisco el Grande en Antigua Guatemala, fue asesinado. Los responsables de su muerte nunca fueron identificados. En julio de 2005, pocos días después que se hiciera pública la noticia del hallazgo del Archivo Histórico de la Policía Nacional, AHPN, los familiares de Fray Augusto solicitaron información acerca de los documentos recientemente encontrados, con la esperanza que en ellos pudiera ubicarse información relacionada con el hecho que los enlutaba desde hacía más de veinte años atrás. Con el paso de los días, eventos semejantes se repetirían decenas de veces.

    En aquel momento, la respuesta que los familiares del padre Ramírez Monasterio recibieron podría parecer desalentadora. Se les dijo: “...los miles de documentos que hemos encontrado se hallan en un pésimo estado de conservación, no tienen un índice para saber dónde podemos buscar y aún no sabemos cómo empezar a buscar, ni cuánto tiempo nos pueda llevar encontrar información...”. Fue necesario pedirles que siguieran esperando, no sin antes preguntarles acerca de cuáles eran sus expectativas respecto al AHPN, qué esperaban que los documentos les pudieran decir. Entonces, de forma clara e inmediata respondieron: “sólo queremos saber por qué,… sólo queremos saber por qué lo mataron”.

    Actualmente y luego de más de cinco años y medio de arduo trabajo, se tiene un inventario topográfico que permite saber dónde están ubicados los documentos del AHPN que ya han sido identificados, preservados, clasificados, ordenados y descritos. Se encuentra implementado un sistema archivístico que cumple con los más altos estándares de la normativa internacional en la materia. El AHPN cuenta con equipo humano altamente capacitado que tiene las habilidades necesarias para identificar, procesar y analizar documentos, que contienen información relacionada con hechos constitutivos de violaciones a los derechos humanos. Posee, además, equipo y conocimiento tecnológico de punta que permite digitalizar documentos a razón de dos millones ochocientos mil folios al año. Hoy, es posible decirle a la familia del padre Ramírez Monasterio, que tiene una nueva oportunidad para indagar si los documentos del AHPN pueden darle la respuesta que durante tanto tiempo ha esperado.

    En 1980, con pocos días de diferencia entre un hecho y el otro, Anastacio Sotz Coy y Vicente Hernández Camey, ambos campesinos, originarios de Comalapa y San Martín Jilotepeque, Chimaltenango, respectivamente, fueron capturados luego que el autobús en que viajaba el primero y la moto que conducía el segundo, fueran detenidos en uno de los puestos de registro que el Ejército solía instalar en las carreteras del país. Si bien vecinos del lugar y testigos de los hechos informaron a las familias acerca de lo sucedido, madres, esposas, hijos e hijas nunca volvieron a saber qué fue de sus seres queridos.

    Ahora es posible conocer la verdad de lo acontecido. Gracias al trabajo realizado por más de 150 personas que han limpiado, clasificado, ordenado, descrito, digitalizado y analizado más de doce millones de imágenes, se puede informar a las familias Sotz Coy y Hernández Camey, que desde 1980 la policía supo acerca del destino de sus familiares y lo ocultó. Los documentos así lo evidencian. Después de treinta años de sufrir las implacables y dolorosas consecuencias de la desaparición forzada y de mantener viva la esperanza de que tal vez, algún día, podrían saber acerca de Anastacio y Vicente, confiamos que la información que ofrece el trabajo realizado en el AHPN, sea la ocasión para empezar a cerrar profundas heridas.

    En 1985, cuando el Grupo de Apoyo Mutuo -GAM- presentó un recurso de exhibición personal a favor de 763 víctimas de desaparición forzada, la policía respondió a los jueces a cargo de las diligencias, que ninguna de esas personas se encontraba recluida en los centros de detención del país. Hoy, gracias a los documentos hallados en el AHPN, es posible saber que desde 1980 las más altas autoridades de la Policía Nacional, instruyeron a todas sus dependencias para que, bajo ningún motivo, pusieran los libros de detenidos a disposición de los jueces encargados de las diligencias correspondientes a cualquier proceso de exhibición personal. De allí que éstos resultaran infructuosos, permitiendo el encubrimiento y garantizando la impunidad.

    El 18 de febrero de 1984, Edgar Fernando García, dirigente estudiantil y miembro del sindicato de trabajadores de la fábrica de vidrios CAVISA, fue capturado en la ciudad capital, en el marco de un operativo instalado por la Policía Nacional. Esa fue la última vez que su familia supo de él y, a pesar de la valiente y tenaz lucha protagonizada por su madre y su esposa junto a cientos de otros familiares de desaparecidos, fueron necesarios más de veinticinco años y el hallazgo del Archivo Histórico de la Policía Nacional, para que las instituciones de justicia del país cumplieran con su deber de investigar e identificar qué fue de Fernando García. Gracias a los documentos aportados por el AHPN, aceptados por primera vez como pruebas en un tribunal nacional, además del trabajo realizado en coordinación con el Ministerio Público (MP), otras instituciones del país y familiares de la víctima, dos ex integrantes de las fuerzas policiales fueron condenados a cuarenta años de prisión, como responsables materiales de esta desaparición forzada.

    En 2005, cuando el AHPN fue descubierto, el señor Carlos Vielman, en ese entonces Ministro de Gobernación, expresó: “para qué perder el tiempo en ese montón de papeles viejos”. Efectivamente así fueron encontrados, amontonados en el suelo, víctimas del tiempo, la humedad, la indolencia y las plagas, pero sobre todo, del secreto y el ocultamiento. Desde el primer momento, el compromiso adquirido por quienes trabajamos en el Archivo Histórico de la Policía Nacional, no se ha limitado a liberar del polvo esos “papeles viejos” sino, por encima de todas las cosas, a rescatarlos del secreto y del olvido para penetrar en su contenido. La sociedad guatemalteca tiene derecho a recuperar la verdad, a dignificar a sus víctimas y a querer conocer el pasado, para empezar a sanar. Los pueblos que no conocen su historia, no entienden su presente y no saben quiénes son.

    Este inmenso patrimonio documental es poseedor de un incalculable valor histórico, que ahora se encuentra a salvo de muchas de las amenazas que entonces lo acechaban. Sin embargo, requerirá de un trabajo incansable de muchos años más, para garantizar su preservación y para que el Estado guatemalteco comprenda a cabalidad las enormes dimensiones de este tesoro que recién ahora se empieza a conocer. El AHPN es el más grande de su tipo en América Latina, sus documentos dan cuentan de casi 116 años de historia del país y de la institución policial. Su potencial en términos de investigación es inagotable.

    Una sociedad, donde la impunidad predomina, no es capaz de mirarse al espejo ni de encaminar su futuro con la frente en alto y la conciencia tranquila. El AHPN es una de las múltiples oportunidades de trascender nuestro pasado para construir un futuro diferente. Ciertamente es un recurso más, pero uno de los de mayor importancia. Más que “un montón de papeles viejos”, el AHPN es memoria viva, parte de lo que hemos sido, de lo que somos y, puede ser parte también, de lo que queremos ser y dejar de ser.


    INTRODUCCIÓN

    Los trabajos desarrollados por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH) y particularmente su Informe Guatemala, memoria del silencio, marcan un hito en la historia de nuestro país en los esfuerzos para investigar las violaciones a los derechos humanos que tanto dolor han causado a la población guatemalteca. La CEH nació como producto del proceso de negociaciones para el logro de la paz firme y duradera. El acuerdo de Oslo, del 23 de junio de 1944, establece como una de las tres finalidades de la CEH la de “Formular recomendaciones específicas encaminadas a favorecer la paz y la concordia nacional en Guatemala. La Comisión recomendará, en particular, medidas para preservar la memoria de las víctimas, para fomentar una cultura de respeto mutuo y observancia de los derechos humanos y para fortalecer el proceso democrático”.

    Las múltiples investigaciones que llevó a cabo la CEH debieron sustentarse, primordialmente, en los testimonios de las víctimas sobrevivientes y sus familiares, porque los diferentes organismos del Estado obstaculizaron y en muchos casos impidieron el acceso a los archivos y a otras fuentes documentales. Por ello reconocemos el incalculable valor de los relatos de los miles de personas que se atrevieron a contar las experiencias extremadamente dolorosas que se vieron obligadas a callar durante tantos años.

    La CEH proclamó que “… la memoria histórica, individual y colectiva, es el fundamento de la identidad nacional. La memoria de las víctimas es un aspecto fundamental de la memoria histórica y permite rescatar los valores y las luchas por la dignidad humana.” Asimismo señaló que el Informe Guatemala, memoria del silencio “…si bien ha de constituir un referente fundamental en la investigación histórica del pasado de Guatemala, no cierra en sí mismo la investigación y el análisis que los guatemaltecos deben realizar del enfrentamiento armado, de sus causas, del alcance de la violencia y de sus efectos. El informe de la CEH debe servir de plataforma para la continuación de la investigación.”

    Esos son precisamente los compromisos y responsabilidades que ha asumido el equipo de mujeres y hombres empeñados en la recuperación del Archivo Histórico de la Policía Nacional (AHPN). Este acervo documental permite continuar las investigaciones que ayudarán al esclarecimiento de hechos que, al permanecer en el silencio y la impunidad, constituyen un obstáculo fundamental para la plena vigencia del Estado de derecho y la paz entre las y los guatemaltecos. El Informe Del Silencio a la Memoria busca contribuir a los procesos que deberán permitir el irrestricto acceso ciudadano a los archivos de la administración pública. En otras palabras, ayudar a hacer que los documentos oficiales rompan el silencio para hacer valer los derechos a la memoria, la verdad y la justicia, que deben ser el sustento de la conciliación nacional.

    1. Antecedentes

    En julio de 2005, delegados de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) descubrieron un voluminoso archivo que corresponde a la documentación histórico-administrativa de la disuelta Policía Nacional (PN). El hallazgo fue fortuito, pues al verificar una diligencia relacionada con el almacenaje de explosivos que representaban un riesgo latente para la población, los investigadores de la PDH localizaron la existencia de cuantiosa documentación que constituía el Archivo Histórico de la Policía Nacional (AHPN). Los documentos se encontraban apilados en muy malas condiciones para su conservación, en las instalaciones de lo que se proyectó fuera, en algún momento, el edificio del Hospital de la Policía Nacional en la zona 6 de la ciudad capital de Guatemala.

    De inmediato, la PDH tomó las medidas necesarias para resguardar el cúmulo de documentos y obtuvo una resolución judicial que le autorizó a acceder ilimitadamente a los registros, con el fin de iniciar una investigación que permitiera documentar las violaciones a los derechos humanos. Para el efecto constituyó un equipo de investigadores que se dedicó inicialmente a buscar, identificar y sondear, lo cual produjo el hallazgo de los primeros documentos de importancia, relacionados con la estructura organizativa de la PN y con varias personas víctimas de desaparición forzada.

    Posteriormente se procedió a procesar, ordenar e integrar la documentación bajo rigurosos estándares archivísticos, con el apoyo asesor de profesionales en la materia; acciones que a la fecha, siguen en progreso. Paralelamente se prosiguió con la investigación, produciendo resultados que han permitido aportes significativos a los expedientes abiertos por la PDH, en los casos de averiguación especial designados a esa Institución.

    En diciembre de 2009 el AHPN alcanzó certeza jurídica a través del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Gobernación y el Ministerio de Cultura y Deportes. Dicho Convenio, identificado con el número 24-2009 y firmado por los Ministros respectivos, establece “…el traslado del Archivo Histórico de la Policía Nacional al Ministerio de Cultura y Deportes, que será la Institución encargada del resguardo y conservación de dichos archivos, con la finalidad de hacerlo accesible a la ciudadanía en general, en cumplimiento con la legislación vigente, a través de la creación de la Unidad de Acceso a la Información Pública.”

    En esa misma fecha el Convenio en mención fue ratificado, mediante el Acuerdo Ministerial Número 1052-2009. El cambio de titularidad y la rectoría del AGCA, sentó las bases para entrar de lleno a una fase superior de desarrollo del AHPN la que puede caracterizarse por los propósitos y las acciones orientados hacia la institucionalización, la estabilización archivística, el acceso público a la información y la utilización de documentos de archivo en procesos judiciales.

    El acervo documental de la institución policial, que mide más de 7 mil novecientos metros lineales de paquetes o legajos de documentos, se encontraron registros que datan de finales del siglo XIX (1882) y se extienden hasta 1997. Los aproximadamente 80 millones de folios reunidos, que se encuentran en proceso de rescate, tienen una importancia incuestionable desde el punto de vista histórico, cultural y científico.

    Desde la perspectiva de los derechos humanos, este enorme acervo documental resulta particularmente importante, puesto que constituye una fuente casi inagotable de información. Permite investigar el período histórico correspondiente al conflicto armado interno, durante el cual la Policía Nacional fue reiteradamente señalada, por familiares de víctimas y organizaciones nacionales e internacionales de defensa de los derechos humanos, de ser un cuerpo ejecutor de graves y sistemáticas violaciones que aún no se ha podido esclarecer.

    2. Derecho a la información, al esclarecimiento de la verdad y a la justicia

    El Estado de Guatemala ha ocultado sistemáticamente información importante que permitiría, establecer con claridad, cómo se produjeron las violaciones a los derechos humanos contra las más de doscientas mil personas que fueron blanco de masacres, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y torturas, así como en contra de otros miles de víctimas de persecución, desplazamiento y exilio. Son hechos cuyas consecuencias aún afecta a una población temerosa y fragmentada, que requiere con urgencia recuperarse de las heridas del pasado e iniciar, mediante el conocimiento de la verdad y la aplicación de la justicia, el ejercicio de las libertades y garantías inherentes al estado de derecho.

    En múltiples ocasiones diferentes organismos del Estado, negaron la existencia de archivos o acervos documentales, que facilitaran la investigación de presuntas violaciones a los derechos humanos. Este fue el caso del Ministerio de Gobernación y la Policía Nacional, durante el período de actuación de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), instancia que, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, tuvo por mandato demostrar violaciones a los derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado interno.

    Los graves delitos cometidos en contra de la población guatemalteca permanecen en completa impunidad, ante la negativa de poner a disposición pública toda la información referida a las actuaciones de los cuerpos de seguridad del Estado, como el Ejército, el Estado Mayor Presidencial (EMP), el Estado Mayor General del Ejército (EMGE), el Centro Regional de Telecomunicaciones, la Policía Nacional y todos sus cuerpos operativos, así como la información de funcionarios de gobierno, principalmente la correspondiente al período 1975-1985. Sólo recientemente (en muchas ocasiones más de 25 años después de sucedidos los hechos y a casi 15 de finalizado el conflicto armado) se abordaron los primeros pasos en procesos judiciales contra victimarios del conflicto armado interno, fruto de lo cual resultaron ya tres sentencias condenatorias por el delito de desaparición forzada.

    Hasta ahora, los mayores avances en la investigación respecto al pasado inmediato, se hallan en los informes de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, Guatemala, memoria del silencio y del Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG), Guatemala Nunca Más. Ambos documentos se fundamentan primordialmente en los testimonios de las víctimas; revelan los principales acontecimientos en el marco del conflicto armado interno y proporcionan datos acerca del contexto en que se ubicaron las violaciones a los derechos humanos cometidas en Guatemala durante ese período.

    No obstante, como ya se señaló, la CEH tuvo grandes dificultades en obtener la documentación necesaria para cumplir su mandato; ante sus reiterados requerimientos de información, las instituciones implicadas la negaron sistemáticamente. Es más, en el caso de la PN se aseveró repetidamente que no existía documentación alguna que pudiera ser útil para esclarecer éstos hechos.

    Familiares de muchas víctimas han buscado inútilmente, algún indicio que les permita recuperar la esperanza de saber qué pasó con sus seres queridos. Las múltiples exigencias de investigación formuladas por ellos ante las autoridades correspondientes, han tropezado invariablemente con un muro infranqueable de impunidad que ha negado, a la mayoría de víctimas y sus familiares el derecho a la información, el derecho a la verdad y el derecho a la justicia.

    Hay que señalar que la reiterada postura del Ejército, de impedir el acceso a archivos y documentos en los que se podría conocer información relevante, viola la Constitución Política de la República de Guatemala, que en su artículo 30 establece: “todos los actos de la administración son públicos. Los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo, informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar”.

    El mismo artículo plantea la restricción de este derecho, cuando “se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional”. Sin embargo este argumento no es válido si se utiliza para ocultar delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado, el cual violó el ordenamiento legal transgrediendo importantes convenios internacionales de derechos humanos, en el curso del conflicto armado interno.

    La situación no ha cambiado mucho, a pesar de que el Congreso de la República aprobó en 2008 la Ley de Acceso a la Información Pública. Los responsables de la institución armada continúan esgrimiendo el mismo argumento: la seguridad nacional y, además, la inexistencia o pérdida de documentos como planes militares y otros relativos al conflicto armado interno. A pesar de ello empezaron a filtrarse documentos del Ejército, en fotocopias e Internet, como el Plan de Operaciones Sofía (1982) y el Plan Firmeza 83. Además, se instaló la Comisión de Desclasificación de los Archivos Militares, con el objetivo de seleccionar documentos que deben y pueden ser de acceso público.

    Ante esta circunstancia, es comprensible el alto nivel de intolerancia que sigue prevaleciendo en la sociedad guatemalteca, y que entorpece el ineludible proceso de una verdadera reconstrucción del tejido social y del fomento de una cultura de paz, necesaria para cualquier proyecto de país que pretenda un equitativo desarrollo económico, político, social y cultural para su población.

    Mantener en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad, conlleva serias consecuencias; en tanto las prácticas represivas que pasan por encima del marco de la legalidad y el estado de derecho, tienden a reproducirse si no se sientan los precedentes históricos que las penalicen para que jamás se repitan. En otras palabras, el Estado guatemalteco se halla ante la urgente necesidad de emprender con decisión y voluntad política, el camino del esclarecimiento de la verdad y de acceso a la justicia para cimentar las bases de un proceso de verdadera conciliación.

    Los resultados de la impunidad son perceptibles en las actuales estadísticas de violencia: las desapariciones forzadas que se siguen cometiendo, los cadáveres con las manos atadas y señales de tortura que aparecen a diario, la violencia extrema contra mujeres o las llamadas operaciones de limpieza social, la existencia de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad que, cuando menos, confirman la continuidad de estas prácticas que en no pocas ocasiones, involucran a elementos de las fuerzas armadas y de la actual Policía Nacional Civil (PNC).

    La consecuencia de lo sucedido también se manifiesta entre los familiares de las víctimas, pues muchos de ellos aún mantienen hermetismo respecto a lo acontecido y se les ha vedado la posibilidad de reivindicar la dignidad de sus seres queridos. En otros casos, los parientes han envejecido o muerto sin conocer el destino de quienes un día salieron del hogar y nunca volvieron o fueron ejecutados en las calles, sin que nadie fuera llevado ante los tribunales como responsable de estos hechos.

    Así como se ha abierto a la consulta pública la información que contiene el AHPN, es de importancia capital que se ponga los archivos de los demás cuerpos de seguridad, a disposición de todas las víctimas de la represión y la sociedad en general. Ello es fundamental en función de ofrecerles la oportunidad de saber qué pasó y así tener ocasión de reconocer, en su justa dimensión, el horror de las prácticas de violaciones a sus derechos humanos. Igualmente, la medida abriría la posibilidad de apreciar el valor humano de tantas personas muertas y desaparecidas durante ese período.

    El Archivo Histórico de la Policía Nacional es depositario de un enorme volumen de documentos oficiales de carácter administrativo, y por ende, públicos, que reflejan con gran detalle el funcionamiento, las líneas jerárquicas, acciones rutinarias y colaboración en operaciones y labores de inteligencia que corresponden a la represión estatal. Asimismo, provee información respecto al trabajo coordinado con otras fuerzas de seguridad, particularmente con el Ejército.

    Es entonces imprescindible garantizar a la sociedad guatemalteca, a la comunidad internacional y, principalmente, a las víctimas y familiares de víctimas, el derecho a saber y a tener, por fin, acceso a la verdad y a la justicia. Esto será trascendente en la medida en que permita sanar las heridas que dejó el conflicto armado interno.

    Los familiares de las víctimas han realizado cuantiosos esfuerzos por esclarecer la verdad y determinar el paradero de sus seres queridos. Desde mediados de 1984 las madres, esposas, hijas e hijos de los detenidos desaparecidos gritaron: “¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos!”. En la década de 1990, se iniciaron los procesos de exhumación e inhumación de víctimas del conflicto armado interno, que a la fecha suman más de mil investigaciones antropológico-forenses realizadas en todo el país, lo cual constituye una de las rutas para conocer “la verdad bajo la tierra”.

    Diversas agrupaciones de familiares, con el acompañamiento de organizaciones de derechos humanos, ante la ineficacia del sistema judicial guatemalteco, han enderezado procesos en las cortes nacionales e internacionales, con el fin de llevar ante los tribunales, a quienes resultasen ser los autores intelectuales y materiales de las atrocidades cometidas por el Estado. Ciertos esfuerzos por perseguir penalmente a los autores materiales han dado resultados positivos —algunos parcialmente—, como ocurrió en los sumarios por el asesinato de la antropóloga Myrna Mack en septiembre de 1990, la masacre de Xamán en 1995, las masacres de Las Dos Erres y Río Negro en 1982 y el asesinato de Monseñor Juan Gerardi, dos días después que presentara el informe Guatemala Nunca Más en abril de 1998.

    El presente Informe, que ahora se pone a disposición de la sociedad guatemalteca y la comunidad internacional, examina y analiza la información localizada en fuentes oficiales de la Policía Nacional. De esta manera, aporta nuevos datos y evidencias a los esfuerzos realizados y dados a conocer en los informes de la CEH y el REMHI a finales de la década pasada. Igualmente apoya la lucha incansable de los familiares de las víctimas y las organizaciones de derechos humanos que trabajan por el derecho a la memoria, por el esclarecimiento de la verdad y la aplicación de justicia en Guatemala.

    3. La investigación en el AHPN sobre violaciones a los derechos humanos

    Una vez concluido el conflicto armado y como parte de lo suscrito en los Acuerdos de Paz, en julio de 1997 se instaló la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, cuya misión fue la de comprobar y testimoniar las violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del conflicto armado interno; preparar el informe correspondiente producto de las investigaciones y aportar una serie de recomendaciones referentes a la construcción de la paz, el respeto a los derechos humanos y la preservación de la memoria de las víctimas.

    En febrero de 1999, esta comisión presentó el informe Guatemala, memoria del silencio, en el cual sistematizó una enorme cantidad de testimonios de víctimas, y algunos victimarios, de violaciones a los derechos humanos, particularmente delitos de lesa humanidad, entre otros. La Comisión pudo reunir suficientes elementos para afirmar que se cometieron actos de genocidio.

    Como preámbulo para el análisis de causas y efectos del conflicto armado interno, organizó rutas de trabajo para recopilar evidencias documentales, señalando que: “La información proporcionada por el Ministerio de Gobernación, la Policía Nacional y el Organismo Judicial acerca de las investigaciones de algunos casos ha sido extremadamente pobre, mostrando la ausencia de investigaciones en casos de graves violaciones de los derechos humanos que deberían ser perseguidas de oficio”.

    El Archivo de la Policía Nacional, durante años, funcionó como depósito documental de la institución, bajo el manto del silencio. El Estado, en general, y la PN, específicamente, negaron su existencia o proporcionaron escasa información cuando les fue requerida por la CEH. De haber existido voluntad política del Estado, la labor de investigación en sus propios archivos hubiese resultado insoslayable.

    Una vez descubierto el AHPN, era incierta la posibilidad de acceder a este archivo, por lo que la necesidad de resguardar la inmensa documentación llevó a que el 12 de julio de 2005, la PDH solicitara una orden judicial que le permitiera investigar en materia de derechos humanos. Dicha solicitud fue autorizada ese mismo día por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, según Providencia de Urgencia 58-2005.

    Posteriormente, al percatarse que las autoridades de gobierno pretendían trasladar los documentos a otro lugar, la PDH solicitó un amparo a fin de impedir la movilización del depósito documental. El mismo juzgado, constituido en Tribunal Extraordinario de Amparo, otorgó un resguardo provisional en el proceso número 68-2005, de modo que el Ministerio de Gobernación debió abstenerse de sus pretensiones.

    Además de estar fundamentadas en el orden constitucional vigente, las investigaciones también se apoyan en la doctrina y normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, aceptados como instrumentos de derecho, y que los Estados están obligados a respetar independientemente de si las hayan o no suscrito o ratificado, en tanto que son derechos inherentes a la persona humana.

    3.1 Objetivos de la investigación

    La investigación sobre violaciones a los derechos humanos, profundizada por el AHPN desde mediados de 2009, ha perseguido varios propósitos fundamentales con la certeza que sin ellos no tendría sentido el resguardo y conservación de su acervo documental.

  • Contribuir al esclarecimiento de posibles violaciones a los derechos humanos cometidas por la PN y otras fuerzas de seguridad del Estado.

  • Aportar al conocimiento y entendimiento de las estructuras, sistemas de trabajo, planes de operación y patrones de actuación de la PN.

  • Promover y aplicar el respeto al derecho a la información sustantiva que históricamente le ha sido negada a la ciudadanía guatemalteca.

  • Consolidar la memoria histórica, a través del esclarecimiento de la verdad y su divulgación.

  • Coadyuvar en procesos judiciales contra los responsables de delitos de lesa humanidad, con base en los registros documentales del AHPN.

  • Apoyar las exigencias de justicia de las víctimas sobrevivientes de violaciones a sus derechos y los de sus familiares.

  • Reafirmar la importancia del AHPN en el contexto de lo establecido en los Acuerdos de Paz.

    3.2 Delimitación temporal de la investigación

    Ante la abrumadora cantidad de documentos contenidos en el AHPN y con el propósito de contar con resultados de la investigación en un tiempo prudencial, aún considerando las condiciones adversas en las que se hallaba la documentación, fue menester delimitar el período temporal sobre el cual iban a versar las pesquisas.

    Desde la perspectiva de las ciencias sociales y los informes de derechos humanos sobre Guatemala, es generalmente aceptado que entre noviembre de 1960 y diciembre de 1996, el país vivió un conflicto armado interno que tuvo su origen en graves desigualdades sociales y económicas, en restricciones de participación y expresión política y en reiteradas violaciones a los derechos humanos de los guatemaltecos.

    Luego de la contrarrevolución y la intervención norteamericana de 1954, las políticas represivas de los subsiguientes gobiernos propiciaron el surgimiento de un movimiento que buscaba el cambio político por la vía armada. Esta larga confrontación concluyó en 1996 con la firma de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera. Si bien las acciones bélicas entre insurgentes y ejército duraron 36 años, se determinó concentrar las investigaciones en el período 1975-1985, años que fueron señalados por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, como los de mayor número de violaciones a los derechos humanos.

    Los presidentes Lucas García (1978-1982), Ríos Mont (1982-1983) y el jefe de Estado Mejía Víctores (1983-1986), extendieron y profundizaron la militarización del Estado y sus instituciones. Las fuerzas de seguridad actuaron al amparo de una política contrainsurgente que se sirvió de métodos inhumanos para alcanzar sus objetivos, tales como la desaparición forzada, la ejecución extrajudicial, la tortura y el genocidio, los cuales ya fueron señalados de manera sistemática en diversos informes testimoniales. A raíz de ello, familiares, madres, hijos, hijas y cónyuges de las víctimas de la represión, continúan movilizándose para conocer el paradero de los desaparecidos durante ese período y para exigir el reconocimiento de la verdad y su derecho a la justicia.

    La represión estatal desatada en el país entre 1975 y 1985, se dirigía a activistas de diversos sectores. Las víctimas de estos hechos fueron principalmente hombres y mujeres que se involucraban en política, sindicalismo, movimientos estudiantiles y de pobladores, organizaciones campesinas, Iglesia Católica y agrupaciones guerrilleras. Muchos de estos hechos han sido atribuidos, por testigos y familiares de las víctimas a elementos de la PN. Por esa razón se impuso priorizar este período para emprender los primeros esfuerzos de investigación. De ningún modo esto significa que otros años sean menos importantes como objeto de averiguación, pero la inmensidad de la tarea a desarrollar obliga a delimitar el período a abordar.

    3.3 Otras delimitaciones de carácter técnico

    Además de la definición del período prioritario de estudio, la investigación para este informe estaba sujeta a procesos técnicos de limpieza, identificación, clasificación, ordenamiento y descripción de los fondos documentales, que permiten acceder a los documentos, conocer su contenido y determinar su utilidad para la búsqueda.

    Al 15 de marzo de 2011, se ha identificado 55 de esos fondos documentales que corresponden cada uno, a un conjunto de documentos producidos o recibidos por una dependencia de la PN. Además, nueve colecciones específicas y un elevado número de documentos de diverso soporte como placas de circulación de vehículos, placas de pecho de ex agentes, fotografías, impresos y otros.

    El avance de los procesos mencionados, además de la digitalización de los documentos, se ha extendido a registros de los fondos correspondientes a las siguientes estructuras de la PN:

    1) De las 21 jefaturas departamentales, únicamente se ha procesado la documentación correspondiente al Departamento de Quetzaltenango;

    2) De los siete fondos correspondientes a igual número de cuerpos de la PN en la ciudad de Guatemala, se ha trabajado la totalidad del fondo del Cuarto Cuerpo y el 70% del Segundo, en lo que atañe a los años comprendidos entre 1975 y 1985;

    3) Entre los 26 fondos restantes, que reúnen la documentación de otras estructuras, se ha aplicado el proceso archivístico a: Dirección General, Inspectoría General, Gabinete de Identificación, Centro de Operaciones Conjuntas (COCP) y Departamento de Investigaciones Criminológicas (DIC).

    4) El penúltimo paso del proceso archivístico a que se somete la documentación es la conversión de cada folio en una imagen digital. El último paso consiste en posibilitar el acceso a los documentos, precisamente mediante estas imágenes. Al 15 de marzo de 2011 se ha digitalizado 12 millones 44 mil 640 imágenes de documentos del AHPN.

    De manera que la relación de los temas incluidos en este Informe, se hizo en medio de un continuo y permanente esfuerzo por procesar archivísticamente los documentos de la antigua PN. Incluye parte de la información sistematizada y analizada hasta inicios de 2009.

    Las anteriores circunstancias, referentes al proceso archivístico y al análisis de la información, sientan las bases para que en subsiguientes investigaciones mucho de lo afirmado en este informe pueda ser complementado, ampliado o incluso rectificado con base en nueva información, proveniente de documentos que puedan examinarse conforme avance el proceso de rescate del Archivo.

    3.4 Análisis de las prácticas violatorias de los derechos humanos

    Como punto de partida para esclarecer la comisión o no de violaciones a los derechos humanos, ya sea por la participación directa o por la negligencia en el cumplimiento de los deberes y funciones de las agencias de seguridad del Estado, se utilizó la información que se encuentra en los documentos elaborados o recibidos por la institución policial. Las pesquisas se realizaron a través de la asociación de fragmentos de información, de manera que cualquier indicio, por insignificante que pareciera a primera vista, al ser coligado con otros datos o documentos, permitiera construir una visión más completa de las actuaciones de la PN.

    Este proceso siguió una lógica deductiva. Partió de la información comprendida en cada fondo documental, para luego pasar a la definición de temáticas articuladas alrededor del objetivo de la investigación. Se buscaba establecer la participación o no de la PN y otras agencias de seguridad del Estado, en hechos que pudieron constituir o derivar en violaciones a los derechos humanos. A continuación se detalla las distintas fases del proceso de investigación:

    a) Investigaciones de fondos: fueron concebidas como indagaciones enfocadas en cada conjunto documental y las relaciones de cada uno con otros fondos documentales. Esto con el objeto de reconstruir las relaciones jerárquicas, operativas y de coordinación dentro de la institución policial.

    b) Investigación y análisis de temas específicos: después de una etapa sistemática de exploración, que duró alrededor de tres meses, fueron definidos los principales temas relacionados con la investigación de derechos humanos:

    1) Mecanismos de coordinación entre la PN y el Ejército en el marco del conflicto armado interno.

    2) Funciones y operativos de la PN frente al movimiento popular entre 1975 y 1985.

    3) Funciones y operativos de la PN frente a las organizaciones revolucionarias entre 1975 y 1985.

    4) La PN como fuente de información de inteligencia en el marco del conflicto armado interno.

    5) Asesoría externa recibida por la PN.

    6) Participación de la PN en prácticas de violaciones a los derechos humanos.

    7) Control social.

    c) Informes sustantivos de investigación: los equipos de investigación de los ocho fondos documentales que han sido trabajados, elaboraron informes sustantivos de los temas anteriormente enumerados.

    d) Espacios de análisis y reflexión: fue el medio utilizado por los investigadores de los fondos documentales para presentar los hallazgos de sus indagaciones, al igual que para intercambiar información y elaborar nuevas interrogantes. En jornadas especiales organizadas para el efecto, se discutía a profundidad uno a uno los temas enumerados en el inciso b. Los investigadores daban a conocer los principales hallazgos revelados en los distintos fondos documentales, eventualmente a partir de preguntas generadoras elaboradas con antelación, con el propósito de propiciar el cotejo de apreciaciones relacionadas con problemáticas específicas.

    Con el cúmulo de información y apreciaciones que significó el proceso expuesto, otro equipo de investigadores procedió al ordenamiento y análisis de la información. Desde la perspectiva de los derechos humanos, se dio prioridad a la identificación de los mecanismos de coordinación entre las agencias de seguridad del Estado y a la descripción minuciosa de las prácticas y acciones de la Policía Nacional a lo largo del período objeto de investigación. Con la ayuda de otras fuentes documentales y la confrontación de éstas con las del AHPN, se encontraron indicios que llevan a presumir la comisión de prácticas de violaciones a los derechos humanos por parte del Estado.

    Entre las prácticas violatorias de los derechos humanos, se analizaron principalmente, pero no con exclusividad, aquellas que contravinieron el derecho a la libertad y el debido proceso, como en el caso de las detenciones ilegales. Del mismo modo se examinaron aquellas acciones que atentaron contra el derecho a la vida, la integridad y la seguridad de las personas, particularmente las posibles ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas.

    3.5 Expedientes y casos de investigación

    En la medida en que los equipos de investigación conocieron, analizaron y sistematizaron la información disponible en el AHPN, se asociaron los datos con hechos conocidos con anterioridad, lo que facilitó la conformación de expedientes virtuales de investigación sobre personas que fueron víctimas de violaciones a sus derechos humanos. En el AHPN, se definió este tipo de expediente como “la agrupación de imágenes de varios documentos que tratan sobre un mismo asunto o persona. Los documentos podrán provenir de diferentes fondos”. Es entonces la asociación de las imágenes de documentos de diferente procedencia —dispersos en más de un fondo—, en torno a un hecho cometido en contra de una persona identificada en un lugar y tiempo definidos.

    Más que buscar documentos relacionados con algún hecho o persona previamente determinada, han sido integrados estos expedientes conforme salían a luz los datos respectivos durante la revisión de documentos. De manera que, cuando personal del archivo encuentra en un documento de la PN el nombre de una persona, que fue víctima de violaciones a los derechos humanos, se abre expediente agregándosele posteriormente las imágenes de nuevos documentos, incluso provenientes de otras dependencias de la institución, que refieren al mismo hecho y persona.

    En otro orden, también se ha creado la figura del “Caso de Investigación” que es básicamente un compilado de varios expedientes de investigación relacionados entre sí. Cada caso puede “originarse a partir de hechos, personas, instituciones, entre otros. Es la agrupación más global, la que siempre es temática y colectiva. Los casos de investigación pueden estar conformados por registros que provengan de diferentes fondos”. De tal manera que los documentos con datos sobre determinada víctima forman un expediente de investigación y, al mismo tiempo, estos registros pueden integrar un caso de investigación cuando los hechos o patrones de conducta implicaron a más de una víctima. Así, puede mencionarse como casos de investigación un hecho de desaparición masiva o el Diario Militar.

    En este Informe son presentados algunos expedientes, con el propósito de ejemplificar los aportes y las revelaciones que proporcionan las fuentes documentales del AHPN. Además de la violación sufrida por las víctimas, se describe detalladamente las actuaciones de la PN, como responsable directa de los hechos o comprometida por omisión de sus funciones.

    3.6 Criterios de selección de documentos en los procesos de investigación

    En consideración al volumen de documentos y la variedad de información administrativa que éstos registran, para el análisis se seleccionaron aquéllos cuya elaboración original se ubicaba dentro del rango temporal de 1975 a 1985, como ya se ha aclarado. En ocasiones, sin embargo, se analizaron documentos fuera del período indicado, principalmente porque aportaban al esclarecimiento de determinados hechos o políticas. Asimismo fue necesario consultarlos para conocer antecedentes de la evolución de las estructuras de la PN. Estos criterios rigen también la conformación de los expedientes y casos mencionados anteriormente.

    Para el análisis de la información, los investigadores partieron del escrutinio de los siguientes fondos documentales en proceso de limpieza, identificación, clasificación, ordenación, descripción y digitalización:

    Dirección General de la PN (Fondo GT PN 30)
    Centro de Operaciones Conjuntas de la Policía Nacional (GT PN 51)
    Gabinete de Identificación (GT PN 49)
    Segundo Cuerpo de la ciudad capital (GT PN 24)
    Cuarto Cuerpo de la ciudad capital (GT PN 26)
    Jefatura Departamental de Quetzaltenango (GT PN 09)
    Departamento de Investigaciones Criminológicas (GT PN 50)
    Inspectoría General (GT PN 32)

    Se adoptaron diversos criterios para la selección de los documentos, cuando estos proporcionaban información relacionada con las funciones de cada estructura, o cuando daban indicios acerca del papel que las mismas desempeñaron. También se consideraron los documentos que informaban sobre la organización de cada dependencia y sus relaciones internas, así como con otras fuerzas de seguridad del Estado. Un criterio de carácter general, es descubrir la existencia de indicios de prácticas violatorias a los derechos humanos y las nóminas del personal de alta en cada una de las estructuras presuntamente involucradas.

    Al tratarse de fuentes documentales de carácter oficial, es de suma importancia examinar el origen o procedencia del documento, el autor o autores del mismo y sus destinatarios. Asimismo, otros datos como indicaciones manuscritas o sellos que permiten comprender los procedimientos administrativos de la PN y relacionar el orden jerárquico con los funcionarios que tuvieron conocimiento de la información registrada.

    3.7 Criterios para consignar los nombres que aparecen en los documentos del AHPN

    Para efectos de redacción del presente informe, se reflexionó profunda y seriamente acerca de la conveniencia o no de incluir los nombres y apellidos, tanto de elementos de la Policía Nacional como de particulares, víctimas u otros. Los argumentos legales a este respecto constituyeron parte fundamental de los elementos considerados. La decisión final adoptada fue la de no ocultar ningún nombre que aparezca en los documentos del AHPN y que sirva para fundamentar el contenido de este Informe.

    El conflicto armado interno y las prácticas represivas, caracterizaron un período de la historia reciente de Guatemala, que afectó y sigue afectando enormemente a la sociedad. Frente a esta realidad resulta inevitable concluir que los acontecimientos políticos acaecidos entre 1960 y 1996 forman parte de la historia colectiva de la Nación. Ésta debe ser conocida en su justa dimensión, sin que nadie tenga el derecho a ocultar la información que proviene de las acciones del Estado y sus funcionarios. Ello constituye un voto decidido en contra de la pretensión de “borrón y cuenta nueva”, es decir, la tendencia de enviar al olvido lo pasado y enfocarse únicamente en el porvenir.

    Para víctimas sobrevivientes, familiares de víctimas y otras personas e instituciones con un interés profundo en conocer la verdad sobre los hechos, debe reiterarse que el saber acerca de lo acontecido es un derecho inalienable del individuo, tal como está garantizado en la Constitución Política de la República (artículos 30 y 31).

    Los documentos depositados en el AHPN son de carácter público, pues fueron producidos en el marco de la actividad administrativa de una institución estatal. De manera que, con apego a la ley, deben estar a disposición de toda persona que requiere acceso a ellos. Además de lo indicado en diversos artículos de la Constitución, se está actuando con base en lo preceptuado en la Ley de Acceso a la Información Pública. Ésta reafirma el acceso a la información pública como derecho humano fundamental (artículo 46). En el artículo 9, incisos 3 y 4, se define el derecho de acceso a la información pública como universal respecto a la población del país, y el habeas data como la aplicación de este derecho en la verificación de los datos personales que están registrados y archivados en determinadas instancias públicas.

    Si bien, en ambos instrumentos legales se menciona el acceso restringido a información confidencial y reservada, en el artículo 24 de la Ley de Acceso a la Información Pública se estipula, que ninguna información que contribuya al esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos fundamentales puede señalarse como confidencial o reservada. Lo mismo establece en relación a los casos de delitos de lesa humanidad. El AHPN es el archivo de una de las fuerzas de seguridad del Estado implicada en la represión contra la población civil, por lo que su documentación no puede someterse al calificativo de “confidencial” o “reservada”.

    Con base en los argumentos citados, el Archivo Histórico de la Policía Nacional incluye expresamente en sus informes, los nombres y apellidos de todos los actores activos y pasivos mencionados en los documentos, sean funcionarios o empleados públicos (en el caso de la Policía Nacional y otros entes estatales como el Ejército), colaboradores confidenciales, personas particulares en calidad de víctimas y sus familiares, denunciantes, personas fichadas y peticionarios, entre otros.

    3.8 La utilidad de otros informes de derechos humanos sobre Guatemala

    Si bien la fuente principal para la elaboración de este informe ha sido los hallazgos revelados en los documentos oficiales del AHPN, también se consideró la información y apreciaciones aportadas por otras fuentes nacionales e internacionales. En muchos casos, para formarse una visión más completa sobre la existencia de prácticas violatorias a los derechos humanos, resultó ventajoso cruzar información con otras fuentes documentales. Entre ellas puede citarse: informes especiales sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala formulados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH/OEA), reportes de Amnistía Internacional (AI) y el informe La práctica de la desaparición forzada de personas en Guatemala presentado por la Asociación Centroamericana de Familiares de Detenidos-Desaparecidos en 1988. En el ámbito nacional, los informes de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, Guatemala Nunca Más, hecho público en 1998 y Era tras la vida por la que íbamos… Reconocimiento a jóvenes del movimiento estudiantil guatemalteco, publicado en el año 2004. Son invaluables los aportes de la CEH en el informe Guatemala, memoria del silencio. Se citan además estudios publicados por académicos y por otras instituciones que han documentado algunas de las temáticas discutidas en este informe.

    3.9 Aportes de otros archivos oficiales

    Lo señalado por la CEH con relación a la “precaria y no satisfactoria” colaboración del Ejército durante las investigaciones que realizó, sigue siendo válido para otros esfuerzos, incluyendo las necesidades que se derivan de las investigaciones realizadas en el AHPN.

    En muchos de los procesos judiciales que tramitan familiares de las víctimas o las diferentes organizaciones activas en este tema, los querellantes han chocado contra la valla insalvable del pretendido secreto de Estado. El Ministerio de la Defensa Nacional (MINDEF) se ha negado sistemáticamente a proporcionar información a las autoridades, utilizando para ello el argumento de que se trata de información clasificada como secreta y que su desclasificación atentaría contra la seguridad nacional.

    Sin embargo la escasez de información alternativa se compensa, en cierta forma, por el flujo de comunicación entre la PN y las dependencias del Ejército y el Estado Mayor Presidencial hallado en el AHPN. Los documentos reflejan la planificación y ejecución de operativos en conjunto, así como la prevalencia de la institución armada sobre la policial. Es necesario acceder a otras fuentes oficiales, para progresar en el esfuerzo permanente por esclarecer la verdad y determinar el paradero de los desaparecidos, así como construir una memoria histórica integral respecto al conflicto armado interno.

    Desde los primeros meses, tras el hallazgo del archivo, la organización estadounidense National Security Archives (NSA) ha colaborado de diversas maneras con el AHPN. A través de su analista Kate Doyle fundamentalmente, dicha Institución ha realizado aportes invaluables para el proceso de recuperación del archivo y el de investigación, por medio de actividades de asesoramiento archivístico, análisis, investigación y facilitación de información |1|. Determinados documentos desclasificados del gobierno de Estados Unidos, obtenidos y divulgados por el NSA y facilitados expresamente al AHPN han sido de enorme ayuda para el cotejo de datos con otras fuentes. Particular interés revisten los documentos relacionados con el Ejército y las acciones de coordinación operativa con la PN.

    Otra fuente auxiliar es el Dossier de la muerte, también denominado Diario Militar. Este documento fue hecho público por el NSA en mayo de 1999. Contiene una lista de 184 desaparecidos (algunos liberados posteriormente con el propósito de obligarlos a cooperar con sus captores) con fechas extremas comprendidas entre agosto de 1983 y marzo de 1985. Tal como han demostrado sucesivos peritajes especializados, existen sobradas razones para creer que se trata de un documento de control de una instancia militar sobre sus objetivos políticos. Dado el detallado nivel de información que contiene, este documento permite confrontar registros del AHPN sobre detenciones efectuadas por la PN, con la lista de personas que figura en el Diario.

    3.10 Estudio cuantitativo

    Desde el inicio de los procesos archivístico e investigativo, el AHPN ha contado con la asesoría técnica y científica del Grupo Benetech |2|, para llevar a cabo exploraciones estadísticas. Para el efecto se diseñó un proyecto de investigación a partir de los siguientes interrogantes:

    a) ¿Cómo funcionaba la cadena de mando, quién sabía, decidió o dijo qué, cuándo, dónde, cómo y en qué medida?,
    b) ¿Cuáles eran las relaciones entre las diversas instancias de la institución policial y con otras dependencias del Estado?,
    c) ¿Cómo evolucionó la organización institucional de la PN durante el período objeto de investigación?

    El estudio permitió determinar qué proporción de los hechos registrados en los documentos del AHPN y correspondientes al tiempo transcurrido entre 1960 y 1996, constituyen presuntas violaciones a los derechos de la población, y cuáles fueron las prácticas violatorias más frecuentes.

    Asimismo se obtuvo datos acerca del estado físico de los documentos, los tipos documentales existentes, si se trata de originales o copias, hechos de interés reportados y el movimiento o flujo de los documentos.

    Dada la cantidad y heterogeneidad de los contenidos en la documentación del Archivo, el AHPN y el Grupo Benetech consideraron apropiado recurrir a un método aleatorio de muestreo probabilístico para este estudio cuantitativo.

    El estudio de muestras es preferible a un censo, cuando el universo es muy numeroso y se imposibilita analizarlo en su totalidad y porque sus características pueden variar si se prolonga demasiado tiempo. El método de muestreo aleatorio también conlleva la ventaja de reducir los costos de las pesquisas, al mismo tiempo que hace factible contar con resultados confiables en un período de tiempo menor que recurriendo a un censo.

    El universo del estudio incluye los 80 millones de folios. Sin embargo, se delimitó el registro sistemático de datos, al período comprendido entre 1960 y 1996, durante el cual se desarrolló el conflicto armado interno. Los documentos cuya fecha está fuera de este rango, son considerados en función de la proporción porcentual entre unos y otros.

    Respecto al procedimiento, el estudio se ha desarrollado en distintas etapas de extracción aleatoria de información, su codificación y digitación. A la fecha se ha efectuado once de estas etapas. Un equipo especializado es el responsable de extraer la muestra, siguiendo los criterios y procedimientos establecidos y codificando los elementos clave de cada documento. Con el objeto de asegurar la veracidad y uniformidad de este proceso, se intercala ejercicios de confiabilidad entre codificadores, para garantizar que los encargados interpreten fenómenos similares de la misma manera. Otro equipo está a cargo de digitar la información.

    En agosto de 2009 fueron expuestos los resultados parciales sustentados en las primeras nueve fases (iteraciones) del estudio. Esta primera presentación pública se desarrolló en el marco del Joint Statistical Meeting en Washington D.C. La actividad despertó una expectativa particular debido al novedoso método que se construyó específicamente para este estudio.

    Cada fase concluye con la revisión de datos, análisis de los mismos, cálculo de los pesos muestrales y la inferencia de resultados. Precisamente esos resultados, permiten sustentar científicamente datos estadísticos como los siguientes:

  • El AHPN alberga, aproximadamente, 31 millones de documentos fechados entre 1960 y 1996.

  • El 10.4% de los documentos no presenta fecha de creación; el 9.6% no presenta autor; el 28.5% no presenta receptor. El 1.3% (unos 400 mil documentos) no presenta autor, ni receptor, ni fecha.

  • El 21% de los documentos del período 1960-1996 menciona por lo menos uno de los siguientes hechos: detención, secuestro, tortura, asesinato, homicidio, violación, desaparición.

  • En los documentos donde se menciona desaparición, secuestro y/o exhibición personal, la mayoría reporta secuestro (400 mil documentos), luego desaparición (250 mil documentos), seguido de exhibiciones personales (75 mil documentos).

  • De los 31 millones de documentos del período 1960-1996, el 0.6% (más de 175 mil documentos), evidencia comunicación entre el Ejército y la Policía Nacional.

    4. Acceso público a la información del AHPN

    El 24 de marzo de 2009, tras cerca de cuatro años de arduas labores de resguardo, rescate y conservación del Archivo Histórico de la Policía Nacional, se inauguró el Servicio de Referencias sobre Violaciones a los Derechos Humanos (SEREVIDH). Este acto permitió que familiares de víctimas, víctimas sobrevivientes, investigadores, instancias públicas y otros, tuvieran acceso a las imágenes de los documentos digitalizados.

    A partir de ese momento se volvieron palpables las esperanzas de hallar indicios y datos sobre hechos acaecidos entre 1975 y 1985, especialmente con relación a desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y detenciones ilegales con la presunta participación de la PN.

    En julio de 2009, cumpliendo con la Ley de Archivos, el AHPN fue puesto bajo la titularidad del Ministerio de Cultura y Deportes. A partir de ese cambio, el servicio al público se lleva a cabo a través de la Unidad de Acceso a la Información (UAI) sustentada en la Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008).

    Dado que la razón de ser del AHPN es el servicio público, son alentadoras las cifras de requerimientos y entregas de información en la UAI. De enero de 2009 al 15 de marzo de 2011 ingresaron 4,368 solicitudes de investigación acerca de personas específicas.

    El Ministerio Público (MP) es la institución que más requerimientos ha presentado a la UAI durante el período indicado: 1,257 (30%). Le siguen los usuarios particulares, especialmente familiares de víctimas con 965 (22%). Diversas organizaciones de la sociedad civil con 806 (18%). Instituciones estatales han presentado 433 requerimientos (10%). La Policía Nacional Civil (PNC) 321 (7%). La Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) 307 (7%). Archivos de la Paz 216 (5%). Instituciones internacionales e investigadores académicos, 63 (1%).

    En total se ha proporcionado a los usuarios las imágenes de 38,841 documentos del AHPN, que contienen 156,325 páginas. En el 78% de los requerimientos pudo localizarse y entregarse alguna información a los usuarios, es decir, las investigaciones correspondientes fueron exitosas. Si se toma en consideración que todos los días se está procesando y conociendo nuevos documentos, es posible que en el futuro la información que se ofrezca pueda dar respuesta a los requerimientos que ahora no ha sido posible satisfacer.

    5. Aporte de pruebas en procesos judiciales

    En marzo de 2009, a partir de la orden judicial respectiva, fueron capturadas dos personas sindicadas de la detención ilegal y desaparición forzada, del sindicalista Edgar Fernando García. El 18 de febrero de 1984, fecha en que ocurrió el hecho, ambas personas fungían como agentes de la disuelta Policía Nacional.Del Silencio a la Memoria - Revelaciones del AHPN 45

    La orden de captura se fundamentó exclusivamente en documentos aportados por el AHPN, en el marco de la averiguación especial de este caso, impulsada por la PDH por mandato de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), fundamentado en el Decreto 51-92. Con base en esa información el Ministerio Público formuló la respectiva solicitud de aprehensión ante el juez designado, quien estimó que se reunían suficientes indicios como para emitir la orden.

    En julio de 2010, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, que conocía el caso, ordenó la apertura a juicio contra los presuntos implicados en la desaparición forzada de Edgar Fernando García. A finales de octubre de ese año, los dos acusados fueron declarados culpables del delito y condenados a cumplir 40 años de cárcel.

    Es la primera ocasión en que documentos oficiales descubiertos en el AHPN fueron considerados como factor determinante para abrir una causa judicial y lograr una sentencia condenatoria, en el caso de una desaparición forzada acontecida durante el conflicto armado interno.

    Los documentos del AHPN son de carácter administrativo y reflejan funciones y actividades de la PN. Por ello resulta novedoso el uso de los mismos, en los tribunales de justicia, tomando en cuenta que corresponden a esa institución que desapareció hace trece años. Lo anterior determina que el AHPN deba contribuir también con la presentación y defensa de dictámenes periciales.

    La designación de uno o varios peritos está regulada en el Código Procesal Penal (artículos 225-237). Por lo tanto, el Ministerio Público precisa de peritajes archivísticos que entre otros propósitos, permiten determinar la autenticidad y la confiabilidad de los documentos provenientes del AHPN. Ello autoriza comprobar que el documento es auténtico, que efectivamente fue creado o recibido en la institución y pertenece al acervo documental legado por la Policía Nacional. La confiabilidad, por otro lado, se refiere a diversos aspectos que puedan confirmar el valor probatorio del documento. Entre ellos pueden mencionarse la coherencia entre éste y reglamentos de procedimiento y funciones legales de la institución, el prolongado y reiterado empleo de sellos, firmas y otras características, y la ratificación de que la institución está ligada con el contenido.

    Es decir, el peritaje archivístico ubica uno o varios documentos en su contexto como parte de un conjunto, pues un documento aislado carecería de confiabilidad, aún teniendo la probabilidad de ser auténtico. Al igual que otras pericias, éste peritaje fundamenta el valor probatorio de los documentos aportados como prueba en el curso de un proceso judicial.

    Puede afirmarse con propiedad que, aparte de la reconstrucción de la memoria histórica y de la lucha por garantizar el derecho al esclarecimiento de la verdad, el AHPN inició una etapa de genuina y significativa incidencia en el sistema judicial del país, facilitando elementos cruciales para responder a la demanda de justicia a favor de las víctimas. Cinco años y medio después de su descubrimiento, el AHPN ha llegado a tener la capacidad de contribuir sustantivamente por la vía judicial, al esclarecimiento de acciones encubiertas, impunes y contrarias al derecho internacional.


    ESTRUCTURA DEL INFORME

    El Informe Del Silencio a la Memoria, se encuentra organizado en cuatro capítulos. En el primero, titulado “Estructura y funcionamiento de la Policía Nacional, 1975-1985”, se presenta algunos datos de interés acerca de la historia de la institución policial, desde que se originó a finales del siglo XIX. Luego se analiza los fundamentos legales, la estructura y el funcionamiento de la Policía Nacional que rigieron durante ese período, con el propósito que, a través de la descripción de las funciones que la legislación confería a la institución policial, el lector pueda formarse una idea del quehacer formal de la misma. También, se proporciona una introducción a los diferentes tipos de documentos o tipos documentales que existen en el AHPN y que se consultaron con más frecuencia para efectos de esta investigación.

    En el capítulo II, “Relaciones entre las fuerzas de seguridad del Estado”, se examina el origen del trabajo conjunto de las agencias de seguridad del Estado guatemalteco en el marco de la estrategia contrainsurgente. Esto incluye el papel desempeñado por el gobierno de los Estados Unidos en las asesorías y capacitaciones a la PN, con el objeto de garantizar la efectividad del trabajo coordinado interinstitucionalmente. Se describe las estructuras institucionales creadas dentro y fuera de la Policía Nacional, vinculadas al trabajo conjunto a nivel operativo. Se expone elementos acerca de los planes de seguridad y de operaciones que figuran entre los principales mecanismos de coordinación, así como las implicaciones que, en la cadena de mando, tuvo la coordinación entre las diversas agencias de seguridad del Estado.

    El capítulo III, “El papel de la Policía Nacional en el marco del conflicto armado interno, 1975-1985”, ofrece una descripción detallada de las acciones protagonizadas y los patrones de conducta de la Policía Nacional durante el período objeto de investigación. Se describe los procedimientos aplicados para el registro y fichaje masivo de la población, la vigilancia y control de las personas, las estructuras instituidas para la persecución de la oposición política, ya fuera de carácter reivindicativo o armado. Por último, se analiza cómo la PN llegó a contar con una red de inteligencia que, en determinado contexto, constituyó la fuente primordial de información para el trabajo centralizado que llevaban a cabo las fuerzas de seguridad.

    En el Capítulo IV, “Expedientes de investigación”, se presenta siete ejemplos de investigación, a partir de la conformación de expedientes digitales sobre nueve individuos. El conjunto de estos casos permite mostrar circunstancias bajo las cuales se produjeron violaciones a los derechos humanos, donde la Policía Nacional pudo estar involucrada directa o indirectamente. Los elementos característicos que pueden evidenciarse a partir del análisis archivístico son: sistemas de control y seguimiento hacia líderes y dirigentes políticos de oposición; impunidad y arbitrariedad en la investigación de crímenes, en el esclarecimiento de la verdad y en la aplicación de la justicia; altos niveles de subordinación de la PN frente a los requerimientos y órdenes del Ejército; encubrimiento entre ambas instituciones; excesos cometidos por parte de las fuerzas de seguridad en la aplicación de políticas y acciones contrainsurgentes; omisión y aquiescencia de las autoridades frente a delitos y violaciones de derechos humanos, entre otros.


    Archivo Histórico de la Policía Nacional
    Avenida La Pedrera 10-00 Zona 6, Ciudad de Guatemala
    Guatemala, C.A.
    Teléfono: (502) 22690628 Fax: (502) 22702098
    Email: archivo.historico.pn@gmail.com
    ISBN: 978-9929-8065-3-5

    El proceso de investigación que ha permitido producir este informe, ha sido posible gracias al invaluable apoyo de: Reino de Suecia, Países Bajos, Confederación Suiza, Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo -ACCD-, Servicio Alemán de Cooperación Social-Técnica –DED-, Gobierno del País Vasco y el Programa Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD.

    Con el apoyo financiero de:
    GIZ
    Ziviler Friedensdienst - Servicio Civil para la Paz
    Stewart R. Mott Foundation.

    Los contenidos en este documento no representan necesariamente la posición de las entidades que contribuyeron con su realización.


    Notas

    1. El Archivo de Seguridad Nacional (NSA por sus siglas en inglés) es una organización no gubernamental e independiente con sede en la Universidad George Washington en Washington, D.C., que se dedica a la recopilación legal y estudio de documentos gubernamentales desclasificados de Estados Unidos y apoya procesos similares en otros países. Su misión consiste en garantizar el derecho a saber, tanto de las sociedades en general, como de víctimas, de violaciones a los derechos humanos o sus familiares. Ha sido premiado en diversas ocasiones por su búsqueda de la verdad y la divulgación de documentos y análisis.

    Al igual que lo hecho en el caso del AHPN, la organización apoya la preservación e investigación en acervos documentales de archivos de cuerpos de seguridad involucrados en hechos de represión estatal. Además, la directora del Proyecto Guatemala, Kate Doyle, y otros miembros del NSA han preparado y presentado peritajes documentales en doce países, tanto de desclasificados gubernamentales de Estados Unidos como de otras naciones, en procesos judiciales contra ex agentes de gobiernos represivos (incluyendo casos enderezados contra ex presidentes).

    Respecto a Guatemala, Kate Doyle presentó testimonios periciales en el juicio contra los autores del asesinato de la antropóloga Myrna Mack Chang y ante el juez español Santiago Pedraz acerca del documento militar guatemalteco “Plan de Operaciones ‘Sofía’”, en el caso del genocidio perpetrado en Guatemala.

    Su apoyo a la PDH y el AHPN se ha concretado en la asesoraría en diversas tareas, entre otras, la estrategia para establecer el acceso público a la documentación del AHPN y en la elaboración del primer informe del PRAHPN al igual que del presente documento. [Volver]

    2. Organización tecnológica sin ánimo de lucro, con sede en Palo Alto, California, Estados Unidos. Una de sus áreas más importantes es el Grupo de Análisis de Datos en Derechos Humanos (HRDAG, por sus siglas en inglés), el cual enfatiza el uso de la tecnología para mejorar las vidas de las personas, con la aplicación objetiva y científica de la ciencia estadística y la matemática enfocada exclusivamente en derechos humanos.

    El Programa de Derechos Humanos de Benetech desarrolla programas informáticos de bases de datos, estrategias de recolección de información y técnicas estadísticas para apoyar a los defensores de los derechos humanos en la construcción de argumentos basados en evidencia. Este programa es dirigido por el doctor Patrick Ball, quien tiene 18 años de experiencia en la organización y el análisis de proyectos de derechos humanos a gran escala. La tecnología y el análisis de Benetech han sido utilizados por siete comisiones de la verdad (Haití, Sudáfrica, Guatemala, Perú, Ghana, Sierra Leone y Timor-Leste), el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y organizaciones no gubernamentales de derechos humanos en todo el mundo.) [Volver]


  • Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

    DDHH en Guatemala
    small logoThis document has been published on 31Aug11 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.