Procuraduria de los Derechos Humanos de Guatemala
Procuraduria de los Derechos Humanos de Guatemala



REF. EXP. EIO. 28-98/DI



Resolución sobre ostigación a miembros de la Iglesia

PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS: Guatemala, once de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

Se tiene a la vista para resolver el expediente iniciado de oficio, con base en la publicacion periodistica de Diario El Grafico de fecha veintiuno de agosto del presente año, relacionada con la supuesta violacion al Derecho a la Seguridad, por los actos intimidatorios de que esta siendo objeto Monseñor Efrain Hernandez Valle, Vicario General de la Arquidiocesis de Guatemala y Canciller de la Curia Eclesiastica, como un hostigamiento hacia la Iglesia Catolica

RESUMEN DE LOS HECHOS:

Afirma la nota periodistica que Monseñor Efrain Hernandez Valle, fue victima de persecucion por parte de personas desconocidas que se transportaban en un vehiculo y varias motocicletas, cuando salia de la Parroquia del Calvario Nuestra Señora de los Remedios, ubicada en la dieciocho calle y sexta avenida de la zona uno, rumbo al Arzobispado de Guatemala en la septima avenida y sexta calle, de la zona uno.

DILIGENCIAS PRACTICADAS:

I. El veintiseis de agosto del año en curso, personal de esta Institucion se constituyo en las Oficinas del Arzobispado, estableciendose lo siguiente: A) El Licenciado Nery Estuardo Rodenas, Coordinador del Area Legal de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala, manifesto que al tener conocimiento de los hechos que originaron esta investigacion, se puso en contacto con el Ministerio Publico en donde le informaron que no existia ninguna orden de captura en contra de Monseñor Hernandez Valle. Agrego el Licenciado Rodenas, que ignora de donde pueda provenir este tipo de amenazas. B) En la Curia Eclesiastica el Licenciado Edwin Noel Pelaez Cordon, Asesor Juridico del Arzobispado, indico que las amenazas efectuadas a Monseñor no han sido por medios directos sino en forma solapada; continuo manifestando que el veintiuno de agosto de este año, Monseñor Hernandez fue visitado por el Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, quien se identifico como Asesor Juridico de la Comisaria numero Quince, de la Policia Nacional Civil del Municipio de Villa Nueva, acompañado de un Agente de la Policia Nacional Civil, expresando que era un Oficial de alto rango. Le preguntaron al Licenciado Muñoz Noriega cual era el objeto de su visita, manifestando: "quiero aconsejarle a Monseñor que se calle la boca, se juegan grandes intereses de Gobierno, quiero aconsejarle como debe comportarse, todos sabemos como es la practica de persecucion; lo que ellos quieren es que usted se vaya del pais." Continuo manifestando el Licenciado Pelaez Cordon que personeros de MINUGUA llegaron a la Curia y, al enterarse de la visita del relacionado profesional ingresaron al despacho con el objeto de participar en la conversacion, motivo por el cual el Licenciado Pelaez Cordon le pregunto nuevamente cual era el objeto de la visita, enseguida cambio el tono de voz y expreso que habia llegado a titulo de amigo personal de Monseñor, no quiso dar el nombre del agente que lo acompañaba y se retiro del lugar, pero si tuvo la oportunidad de gravar la conversacion de la cual se entrego una copia. C) Por otra parte, el Licenciado Pelaez Cordon expreso que el diecinueve de agosto del año en curso, vecinos de la Parroquia del Calvario Nuestra Señora de Los Remedios, alertaron que varios individuos armados, estaban en las cercanias de la mencionada parroquia y que al momento de salir el vehiculo de Monseñor Hernandez Valle, el cual era conducido por el piloto Rafael Antonio Escobar, dichos individuos emprendieron la persecucion en un vehiculo Hyundai Accent, color verde con placas de circulacion P trescientos cuarenta y seis mil noventa y cinco; y dos motos, una grande negra sin placas y la otra marca Susuki con placas de circulacion M noventa y cuatro mil ochocientos setenta y ocho, al llegar a Catedral parquearon sus motos frente al Arzobispado, permaneciendo en la Plaza Mayor por espacio de varias horas; cuando Monseñor Hernandez se retiro, tomo la sexta avenida y al llegar a la catorce calle en la entrada a la Direccion General de la Policia Nacional Civil, estaba un sujeto de los que lo habian vigilado, identificandolo por la ropa que vestia. D) Personal de esta Institucion entrevisto a Monseñor Hernandez quien ratifico lo manifestado por el Licenciado Pelaez, y que tenian una filmacion de los hechos sucedidos, haciendo entrega de una copia del videocasete.

II. El veintisiete de agosto del año en curso, se le solicito al Director General de la Policia Nacional Civil, Licenciado Angel Antonio Conte Cojulun, remitir informe circunstanciado del hecho relacionado.

III. El treinta y uno de agosto del año en curso, personal de la Institucion realizo las siguientes diligencias: A) Se constituyo en el Departamento de Placas de la Policia Nacional Civil, donde se establecio que la matricula de circulacion del vehiculo anteriormente descrito, corresponde al vehiculo tipo pick-up, marca Datsun, color blanco, modelo mil novecientos ochenta, registrado a nombre de la señora Emerita Francisca Serrano. B) Se entrevisto al Licenciado Jose Toledo Paz, quien esta a cargo de la Defensa del Sacerdote Mario Orantes, indico que en dicho proceso no existe ninguna orden de captura contra Monseñor Efrain Hernandez. C) Se constituyo en la residencia de la señora Emerita Francisca Serrano, con el objeto de establecer si el citado vehiculo habia sido robado o si existia alguna anomalia con este, sin embargo, fue atendido por el señor Francisco Ambrosio, quien indico que en dicho lugar no reside la señora Serrano ni la conocen. D) En la Fiscalia de Asuntos Especiales del Ministerio Publico, a cargo del Licenciado Otto Ardon, se solicito revisar el expediente relacionado con el caso de Monseñor Gerardi al Fiscal Auxiliar, Alvaro Matus, con el objeto de establecer si se vincula a Monseñor Hernandez Valle en el proceso; quien indico que esta Institucion no es parte del proceso y por lo tanto no procedia acceder a lo solicitado. E) Se entrevisto a Monseñor Efrain Hernandez Valle, quien manifesto que el vehiculo marca Hyundai se ha visto con diferentes placas de circulacion, considera que dichas amenazas provienen del Servicio de Investigacion Criminal de la Policia Nacional Civil. F) Finalmente, se entrevisto al Director General de la Policia Nacional Civil, Licenciado Angel Antonio Conte Cojulun, quien manifesto que Monseñor Efrain Hernandez Valle no aparece como sindicado o sospechoso en la investigacion de Monseñor Gerardi, por lo que no se le vigila, ratificando lo expresado por el Jefe del Servicio de Investigacion Criminal, señor Raul Estuardo Fuentes Velazquez. Agrego el Licenciado Conte Cojulun que el Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, es Asesor Juridico de la Comisaria numero Quince y que el actuo a titulo personal y como amigo en la visita efectuada a Monseñor Hernandez, indicando que fue una torpeza de su parte; asimismo, hizo entrega de una fotocopia del informe rendido por el Jefe de la Comisaria Quince, Fredy Enrique Flores Lemus, relacionada con dicha visita, en donde se establece que el Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega en compañia de Jesus Marinel Castillo Salazar, visitaron en el Palacio Arzobispal a Monseñor Efrain Hernandez; que en el lugar se encontraban miembros de MINUGUA y un abogado, quienes inquirieron su presencia al verlo acompañado de un oficial de la Policia Nacional y que esta era por la amistad que tiene con dicho Monseñor.

IV. El cinco de septiembre del año en curso, personal de esta Institucion se comunico via telefonica con el Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, con el objeto de obtener una entrevista, quien manifesto que lo mismo diria por telefono que personalmente, indicando que la visita que le hizo a Monseñor Hernandez fue en base a una amistad de hace veinte años, y fue de cortesia como amigos. Le molesto que lo hayan privado de una amistad de años y en lugar de ser positiva fue negativa para su persona, ya que le ha repercutido en su trabajo.

V. El tres de septiembre de los corrientes, personal de esta Institucion se entrevisto con personeros de Minugua, indicando la Oficial Politico Consuelo Gil, que estuvo en el Despacho de Monseñor Hernandez el veintiuno de agosto de este año, dia en que el Licenciado Muñoz Noriega llego a hablar con el, que le llamo la atencion el hecho de que se anunciara como Asesor Juridico de la Policia Nacional Civil, y se hiciera acompañar por un agente, quien ingreso con el a hablar con Monseñor, la señora Gil considera que dicha visita fue intimidatoria.

VI. Con fecha nueve de septiembre del año en curso personal de esta institucion entrevisto a Monseñor Efrain Hernandez Valle y al Licenciado Edwin Hernandez Valle, a efecto de obtener mayor informacion, al respecto manifesto Monseñor que desea agregar que conoce al Licenciado Muñoz Noriega, pero no le une ninguna amistad y que anteriormente nunca lo habia visitado. Asimismo agrego que lo acontecido esta vinculado con el hostigamiento de que esta siendo objeto la Iglesia Catolica, opinion que comparte el Arzobispo Prospero Penados Del Barrio.

VII. El quince de mayo de mil novecientos noventa y ocho el Procurador de los Derechos Humanos, inicio de oficio la investigacion del expediente numero EIO 19-98/DI relacionado con el supuesto hostigamiento y amenazas de que esta siendo objeto la Iglesia Catolica. Dentro de la investigacion efectuada ha establecido que a partir de la muerte de Monseñor Gerardi Conedera, integrantes de la Iglesia Catolica han sido amenazados e intimidados, entre ellos se encuentran Monseñor Prospero Penados del Barrio, Arzobispo Metropolitano, miembros del equipo de exhumaciones del Proyecto Interdiocesano Recuperacion de la Memoria Historica (REMI), el Padre Pedro Nota, Parroco de la Iglesia Nuestra Paz, Colonia el Limon de la Zona dieciocho de esta Ciudad, quien tuvo que salir del pais por las graves amenazas de muerte que era objeto, y Monseñor Efrain Hernandez Valle. En cuanto se concluya la investigacion del mencionado expediente se emitira la resolucion pertinente.

CONSIDERANDO:

El Procurador de los Derechos Humanos, es un Comisionado del Congreso de la Republica de Guatemala, para la defensa de los Derechos Humanos establecidos en la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala, siendo una de sus atribuciones, iniciar de oficio las investigaciones que considere necesarias en los casos que tenga conocimiento sobre violaciones a los Derechos Humanos.

CONSIDERANDO:

La Constitucion Politica de la Republica de Guatemala preceptua en sus articulos segundo y tercero que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la Republica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepcion, asi como la integridad y la seguridad de la persona. La Declaracion Universal de Derechos Humanos, la Convencion Americana de Derechos Humanos, y la Declaracion de Derechos y Deberes del Hombre establece que: es deber del Estado proteger y garantizar a los habitantes, la vida, la integridad, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo de la persona. Para los efectos anteriores, la Constitucion Politica de la Republica establece que los funcionarios solo son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial sujetos a la Ley y jamas superiores a ella. En consonancia con estas disposiciones, el Codigo de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, aprobado por las Naciones Unidas, incluye dentro de estos funcionarios a agentes de policia y autoridades militares uniformados o no, y fuerzas de Seguridad del Estado y declara que dichos funcionarios deben respetar y proteger la dignidad humana, mantener y defender los Derechos Humanos de las personas; cumplir en todo momento los deberes que la Ley les impone, sirviendo y protegiendo a las personas de actos ilegales, conforme al alto grado de responsabilidad que su profesion exige.

CONSIDERANDO:

Que es del conocimiento del Procurador de los Derechos Humanos, las amenazas, actos de intimidacion y coacciones de que ha sido objeto la Iglesia Catolica de Guatemala, a partir de la muerte de Monseñor Gerardi, con el proposito de provocar intencionalmente a sus integrantes temor fundado de sufrir una violacion de alguno de sus derechos fundamentales, por la actitud de denuncia que han asumido ante el total irrespeto a los Derechos Humanos de la poblacion guatemalteca.

CONSIDERANDO:

Que todo funcionario publico cuando tenga conocimiento de hechos delictivos tiene obligacion de denunciarlos; pues de no hacerlo incurriria en el delito de omision de denuncia. Queda evidenciado que el Asesor Juridico, de la Comisaria numero Quince de la Policia Nacional Civil, del municipio de Villa Nueva, Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, acompañado del Oficial II de la Policia Nacional Civil, Jesus Marinel Castillo Salazar se constituyeron en presencia de Monseñor Efrain Hernandez Valle, para proferir las amenazas que habian o estaban preludiadas por un grosero hostigamiento que si bien es cierto, es constitutivo de flagrante violacion a los Derechos Humanos, es tambien representativa de conductas delictivas desplegadas por las personas supra identificadas, pero es preciso que la investigacion penal determine si actuaban por ordenes superiores o por propia cuenta, lo que no es posible habida cuenta la duda sobre que interes podia impulsarlos a actuar como lo hicieron. De ahi, que la investigacion por la naturaleza de la cadena de mando debe involucrar al señor Director de la Policia Nacional Civil, Licenciado Angel Antonio Conte Cojulun y el antejuicio correspondiente al señor Ministro de Gobernacion, Licenciado Rodolfo Adrian Mendoza Rosales.

LEYES APLICABLES:

Articulos: 2, 154, 274 y 275 de la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala; 1, 2 y 8 del Codigo de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley; 8, 13, 14, 20, 21, 24, 25, 27 y 29, parrafo 1º. y 31 del Decreto 54-86, reformado por el Decreto 32-87, ambos del Congreso de la Republica de Guatemala.--------

POR TANTO:

El Procurador de los Derechos Humanos sobre la base de lo considerado y leyes citadas al resolver DECLARA: I. Violacion al Derecho a la Seguridad por las amenazas y actos de hostigamiento de que ha sido objeto Monseñor Efrain Hernandez Valle y otros altos jerarcas de la iglesia. II. Responsabiliza de dicha violacion al Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, Asesor Juridico de la Comisaria Quince de la Policia Nacional Civil, ubicada en el Municipio de Villa Nueva, y el Oficial II de la Policia Nacional Civil Jesus Marinel Castillo Salazar, al Director General de la Policia Nacional Civil Angel Conte Cojulun, y Señor Ministro de Gobernacion Licenciado Rodolfo Adrian Mendoza Rosales, por la naturaleza de la cadena de mando. III. Por evidenciarse la existencia de la Comision de Hechos Delictivos como las amenazas y coaccion, debe certificarse lo conducente al Ministerio Publico para que inicie la persecucion penal contra el Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega, Asesor Juridico de la Comisaria Quince de la Policia Nacional Civil, y el Oficial II de la Policia Nacional Civil Jesus Marinel Castillo Salazar, Licenciado Angel Antonio Conte Cojulun Director General de la Policia Nacional Civil, y pedir se plantee el antejuicio contra el Licenciado Rodolfo Adrian Mendoza Rosales, Ministro de Gobernacion. IV. Se exige la inmediata destitucion de sus cargos a los autores materiales del hecho Licenciado Cesar Romeo Muñoz Noriega y Oficial Jesus Marinel Castillo Salazar y, se espera el resultado que arroje la investigacion para lo que haya lugar. V. Por considerar en el presente caso la comision de hechos delictivos certifiquese lo conducente al Ministerio Publico para lo que haya lugar. VI. Notifiquese y Archivese


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