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05oct12


Reforma a la Constitución y el estatuto de las RED son ilegales


La legislación que crea la Regiones Especiales de Desarrollo (RED) entran en conflicto con la Constitución, convenios y tratados internacionales, según la resolución de la Sala de lo Constitucional que declaró con lugar el recurso de inconstitucionalidad contra las también llamada Ciudades Modelo.

La referida acción de inconstitucionalidad fue presentada el 18 de octubre del año pasado por los abogados Oscar Humberto Cruz, Jari Dixon Herrera, Fredín de Jesús Fúnez, Rodolfo Antonio Zamora y Foad Alejandro Castillo, todos pertenecientes a la Asociación de Juristas para el Estado de Derecho. El escrito que resuelve la petición de inconstitucionalidad establece que la normativa de las Ciudades Modelo vulnera al territorio Nacional como elemento esencial del Estado, cuya naturaleza irreformable lo expresa el artículo 107 de la Constitución.

La resolución indica que también hay vulneración a la forma de gobierno como elemento esencial del Estado de carácter irreformable expresado por el artículo constitucional 374. En uno de los considerando, la Sala de lo Constitucional indica que esta normativa aprobada por el Congreso Nacional viola garantías constitucionales citadas por los recurrentes.

Objetan areas previstas

Los magistrados explican que la violación a preceptos constitucionales se registra cuando las Ciudades Modelo se ubicarían en áreas determinadas del territorio nacional que incluyen zonas urbanas y rurales. Manifiestan que las RED también se sitúan en zonas adyacentes a las fronteras territoriales, islas y cayos, violentándose artículos directamente relacionados con el territorio como elemento esencial de la estructura del Estado de Derecho.

"El Congreso Nacional no tiene dentro de sus facultades la de otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República, por lo que el contenido del decreto 283-2010 atenta contra esta disposición constitucional", señala la resolución. Los magistrados expresan que "lesionan la integridad territorial al conceder a las RED parte de nuestro territorio, al otorgar autonomía territorial en las diferentes áreas administrativas, judicial y financiera a las mencionadas Regiones Especiales de Desarrollo, lo cual es prohibido por disposición constitucional".

Concesiones son prohibidas

"El territorio no se puede dar en concesión bajo ninguna modalidad, asimismo, afecta la soberanía que emana del pueblo y que la ejerce en todo el territorio nacional", destacan. Aseguran que esta disposición se vería afectada en virtud de que los hondureños ya no podrán circular libremente por esas zonas y deberán sujetarse a las autoridades de las RED. "Se colige fácilmente de autos la procedencia expresa de ambos cauces procesales para declarar de pleno derecho la inconstitucionalidad, tanto de la reforma constitucional como de la ley ordinaria llámese Estatuto Constitucional", precisan.

Concluyen en que a la luz de lo expuesto los referidos decretos entran en conflicto con la Constitución, convenios y tratados internacionales aprobados y ratificados. Por tal razón, resuelven declarar con lugar el recurso de inconstitucionalidad por mayoría de votos.

Importante

  • Los magistrados que votaron a favor de la inconstitucionalidad son: José Francisco Ruiz Gaekel, José Antonio Gutiérrez Navas, Edith María López (integrante sustituta de Rosalinda Cruz Sequeira) y Gustavo Enrique Bustillo Palma.

  • Mientras que Oscar Fernando Chinchilla Banegas, quien fue recusado por haber evidenciado interés en la Ciudades Modelo, votó en contra que se otorgará la inconstitucionalidad.

  • Este juicio deberá ventilarse en el pleno de la Corte Suprema de Justicia en virtud que en la Sala Constitucional no hubo unanimidad de los cinco magistrados.

  • La Sala de lo Constitucional deberá pronunciarse también en torno a unos 60 recursos de inconstitucionalidad que se presentaron el mes pasado.

    [Fuente: El Tiempo, Tegucigalpa, 05oct12]

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    small logoThis document has been published on 09Oct12 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.