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28may06


Doña Bertha la ignorante.


El día jueves 20 de Abril de 2006 apareció en este mismo rotativo en la columna Pulso de la Nación en su página 13 la noticia titulada ...COFADEH. Billy Joya detrás del sistema de seguridad nacional...

A raíz de la mención de mi nombre en esa cobertura noticiosa decidí invocar mi derecho a replica para pedirle a la dirección de este rotativo sea publicada la presente carta.

En mi titular ...Doña Bertha la ignorante... lejos de querer usar la palabra “ignorante” en forma ofensiva la utilizo en su concepto etimológico cuando se aplica a persona alguna que desconoce o ignora consciente o inconscientemente datos o información que orientan a esa persona a emitir juicios especulativos que tienen como propósito afectar la imagen y los derechos de otras personas.

En su contenido la generadora de la noticia, la señora Bertha Oliva manifestó haber enviado una carta al Señor Presidente de la Republica por sentirse “sorprendida” de que mi persona esté asesorando en temas de seguridad al señor secretario en el Despacho de Seguridad y aduce o dá a entender que esto no puede ser posible en vista de que me encuentro acusado por varios delitos ante los Tribunales de la República.

Si los argumentos de doña Bertha pudiesen tener algún ápice de fundamento jurídico o lógico, bastaría que un ciudadano fuese denunciado o acusado para que con ello perdiera el goce de sus derechos civiles o ciudadanos.

Con la intención de sacarla de su ignorancia jurídica, de la que siempre ha hecho gala, creo, intencionadamente en mi contra, que podría remitirle la copia de los documentos de libertad que poseo en los que reza ...queda en libertad... y vuelve al ejercicio ciudadano...

Estar en pleno uso de los derechos civiles y ciudadanos implica: poder ejercer el sufragio, tener libre locomoción y derecho a trabajar libre y legalmente, para referencia suya doña Bertha le informo que en los últimos 17 años me he dedicado al oficio y la especialidad de seguridad a través de la consultoría, lo que me ha permitido en ese período servir más de 63 consultorías en el sector privado de la banca, el comercio y la industria nacional y extranjera.

Si titulo esta carta ...Doña Bertha la ignorante... es porque usted no solamente ignora sino que violenta mis derechos constitucionales al olvidar lo que rezan los artículos de la Carta Magna que imprimen.

Artículo 89: Toda persona es inocente mientras no se haya declarado su responsabilidad por autoridad competente... Y el más significativo que es el Artículo 90: Nadie puede ser juzgado sino por juez o tribunal competente con las formalidades, derechos y garantías que la ley establece...

Hago hincapié en el Artículo 90 de nuestra Constitución porque en su reiterada conducta de desprestigio informativo hacia mi persona, usted quiere hacer creer a la opinión pública mediante el chantaje subliminal de que basta que una persona haya sido denunciada o acusada para que ello implique la supresión de sus derechos civiles y ciudadanos, generando con ello un nuevo tipo de estilo y norma jurídica.

En consecuencia la pregunta es ¿Sí, Billy Fernando Joya Améndola incurre en delito o falta alguna al trabajar libre y legalmente estando en pleno uso de sus derechos civiles y ciudadanos?, o en consecuencia ¿Incurre un particular, empresa o institución del Estado en delito o falta alguna al contratar a un ciudadano en el pleno uso de sus derechos civiles y ciudadanos? Como verá doña Bertha su ignorancia es obvia y la respuesta es, no.

Sin embargo, puedo darle un consejo, en vez de estar generando campañas de chantaje y presión, y en vista de que usted me tiene acusado en dos casos ante los Tribunales de la Republica, mi consejo es que oriente sus esfuerzos y recursos en probar sus versiones ante los tribunales competentes, pues dudo que sus tácticas de desinformación y chantaje público vaya a lograr algún objetivo o victoria jurídica.

Doña Bertha, para finalizar, voy a recordarle lo que en otros escritos le he dicho antes, y que se inscribe en la Declaración Universal de Derechos Humanos que usted debería saber respetar mejor que muchos, por su naturaleza de abanderada de esa causa y como aspirante al premio Nobel de la Paz.

Artículo 11: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.

Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias...ni de ataques a su honra o a su reputación...

Artículo 23: Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo... y a la protección contra el desempleo.

Como verá Doña Bertha Oliva, una vez más reacciono a la manipulación que usted intenta hacer de la información, para desprestigiarme y violentar mis derechos constitucionales y humanos, y le reitero, mediante esta carta, mi actitud de defender siempre mis derechos ciudadanos. “Hasta la próxima, Doña Bertha la Ignorante.”

Billy Joya

[Fuente: El Heraldo, Tegucigalpa, 24abr06]

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