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DERECHOS


10nov03


Se presenta denuncia por difamación y otros actos que ponen en peligro a dirigentes populares y sus organizaciones.


Se presenta denuncia por acciones constitutivas de calumnia, difamación y otros actos que ponen en peligro la integridad personal y la vida de dirigentes populares y de las organizaciones sociales que representan.

Abogado Roy Edmundo Medina Fiscal General de la República

Nosotros, CARLOS H. REYES, JUAN BARAHONA, EULOGIO CHáVEZ, SERGIO RIVERA, JORGE FRANCO, RENé ANDINO Y P. ISMAEL MORENO, SJ, todos mayores de edad, hondureños y vecinos de esta ciudad, en nuestra condición personal y como miembros de la COORDINADORA NACIONAL DE RESISTENCIA POPULAR; muy respetuosamente comparecemos ante Usted a denunciar una serie de actos que atentan contra nuestra seguridad e integridad personal, debido a una campaña sistemática y selectiva de desprestigio impulsada desde las Secretarías del Estado, para concitar el odio público en contra nuestra. Fundamos la presente denuncia en los hechos y considera­ciones legales siguien­tes:

HECHOS.

PRIMERO: La Coordinadora Nacional de Resistencia Popular (en adelante la Coordinadora Nacional) es un espacio de coordinación creado por diversas organizaciones populares del país para realizar acciones conjuntas, tendientes a manifestar nuestro repudio y descontento por las políticas públicas neoliberales que el actual gobierno del Presidente Ricardo Maduro viene aplicando en contra de la vida y dignidad de la población más pobre y en detrimento de las conquistas y derechos que diversos sectores sociales del país han logrado a través de largos años de lucha. Se trata que este es un gobierno autoritario que implementa duras normas de austeridad para la mayoría y concesiones a gran escala para los mas ricos, en particular para el capital transnacional, VIOLENTANDO CON ESA POLíTICA LA CONSTITUCIóN DE LA REPUBLICA, LO CUAL HACE OBLIGATORIA Y NECESARIA LA RESISTENCIA POPULAR, TAREA QUE SE NOS QUIERE IMPEDIR VIA DIFAMACIóN, CALUMNIA, INTIMIDACIóN, CARCEL Y REPRESIóN.

SEGUNDO: Que dentro del marco constitucional para el ejercicio de nuestro derecho a la libertad de expresión y a manifestarnos públicamente de forma pacífica, el día veintiséis de agosto de dos mil tres, la Coordinadora Nacional, convocó y realizó “La Marcha por la Dignidad Nacional”, en la que exigimos al gobierno un alto a la implementación de las políticas y leyes que lesionan los intereses nacionales, especialmente de las grandes mayorías. En esa Marcha PACíFICA se dieron disturbios, por los que fueron detenidas diez personas y acusadas de sedición. Esta situación ha sido aprovechada por el gobierno central para responsabilizarnos de los lamentables hechos; para ello, ha utilizado los recursos estatales y su poder de influencia en ciertos medios de comunicación social para implementar una propaganda tendenciosa que constituye una incitación al odio nacional en contra nuestra, con spot publicitarios en canales de televisión pagados por el Ministerio de Seguridad, con mensajes subliminales donde en el fondo aparecen personas destruyendo vitrinas y lanzando piedras e intercalando la imagen de los líderes sindicales y gremiales CARLOS H. REYES, ODESA HERNRÌQUEZ, EULOGIO CHÀVEZ Y LUIS SOSA quienes no aparecen en ninguno de los actos violentos, atentando de esta forma a nuestro derecho al honor y a la imagen, así como a la libertad de expresión y libre circulación de ideas y opiniones reconocidos en los artículos 76 y 72 de la Constitución de la República, respectivamente, y en diversos instrumentos internacionales ratificados por el Estado hondureño, tales como, la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 19), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 19 y 20), la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (artículo 4), la Convención para la prevención y la sanción del delito de Genocidio (artículo III), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Artículo 13), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Artículo IV), entre otros. El ejercicio de este derecho ha sido considerado fundamental por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien declaró que “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática”1.

TERCERO: Que a su vez, el día 27 de octubre del mismo año (2003), el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad Pública, Sr. Oscar álvarez, declaró a los diferentes medios de comunicación masiva lo siguiente: “Lo que se observa en las protestas de otros países es que el dinero proviene del narcotráfico, no lo dice el Ministro de Seguridad, sino el ex presidente Lozada de Bolivia, con el objetivo de desestabilizar gobiernos y democracias en Latinoamérica”. Estas declaraciones tendenciosas del Sr. Secretario fueron ofrecidas horas antes de la manifestación pacífica convocada por la Coordinadora Nacional para el pasado 28 de octubre, sin haber practicado una investigación previa. A la Coordinadora Nacional le preocupa este tipo de aseveraciones, sobre todo porque proceden de una alta autoridad del Estado y llevan - a nuestro juicio - el objetivo de confundir a la sociedad y legitimar acciones de represión en contra nuestra, tales como, detenciones arbitrarias, espionaje, persecución, montaje de acciones delictivas – como tenencia y tráfico de drogas – secuestro, atentados y hasta asesinatos. “El Ministro de Seguridad, Oscar álvarez, dijo que se hacen investigaciones para determinar el apoyo del narcotráfico en este tipo de manifestaciones publicas. Nosotros tenemos información de que militares del Frente Armado Revolucionario DE COLOMBIA (FARC), se ha estado reuniendo con algunas personas, dijo álvarez. Agregó que tienen los números de pasaportes de esos extranjeros así como otras pruebas que se están investigando, pero el que no la debe no la teme”.

CUARTO: Las acusaciones calumniosas del Ministro han llegado al extremo de responsabilizarnos de la muerte de un menor de edad y un vigilante asesinado en un asalto ocurrido el día 28 de octubre, lo cual tiene la intencionalidad de dañar la imagen y reputación del Sr. Reyes y de todo el movimiento social aglutinado en la Coordinadora Nacional, porque las mismas se han dado a priori, sin investigar los extremos de forma objetiva y científica, el Ministro dedicó mucho de su tiempo a brindar declaraciones tendenciosas sin haber hecho una lectura de las autopsias o dictámenes médicos practicados a las personas que murieron ese día,

QUINTO: Este tipo de propaganda desarrollada por el gobierno constituye un amedrentamiento a nuestra libertad de expresión al criminalizar nuestro ejercicio legítimo y constitucional de manifestación pública, tal como lo ha señalado el Relator Especial para la Libertad de Expresión y Opinión de la Organización de Estados Americanos en el sentido de que, “resulta en principio inadmisible la criminalización también per se de las demostraciones en la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la libertad de expresión y al derecho de reunión... Es importante recordar que la criminalización podría generar en estos casos un efecto amedrentador sobre una forma de expresión participativa de los sectores de la sociedad que no pueden acceder a otros canales de denuncia o petición como ser la prensa tradicional o el derecho de petición dentro de los órganos estatales donde el objeto del reclamo se origina. El amedrentamiento a la expresión a través de (entre otras medidas) la imposición de penas privativas de la libertad para las personas que utilizan el medio de expresión antes mencionado, tiene un efecto disuasivo sobre aquellos sectores de la sociedad que expresan sus puntos de vista o sus criticas a la gestión de gobierno como forma de incidencia en los procesos de decisiones y políticas estatales que los afecta directamente”2 (el subrayado es nuestro).

SEXTO: También consideramos necesario recalcar que de acuerdo al artículo 13 numeral 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos3 se prohíbe toda “[…] apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”. A su vez, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas ratificó esta prohibición en su Observación General número 11 en relación a “[…] toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia”; sin embargo, el Sr. Secretario Oscar álvarez, con estas propagandas tendenciosas, ha faltado a su promesa constitucional de “[…] ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”4, y a sus obligaciones contempladas en su propia Ley Orgánica de la Policía Nacional que le exige el cumplimiento de sus funciones con estricto respeto a los Derechos Humanos de todos los habitantes del país5, los cuales son las prerrogativas del individuo en una sociedad democrática que limitan el ejercicio del poder estatal para preservar su dignidad como ser humano, fin supremo de nuestra sociedad en virtud del artículo 59 constitucional6. Por tanto, el ejercicio de autoridad que le otorga la ley al Sr. Secretario Oscar álvarez, no le otorga licencia para quebrantar la misma, ni aún con el pretexto de combatir el crimen o la violencia, peor aún cuando se trata de hondureñas y hondureños que ejercemos de manera PACíFICA nuestro derecho constitucional de manifestarnos públicamente, lo cual “[…] se ha constituido como herramienta de petición a la autoridad pública[…]”7, derecho que también es reconocido por diversos instrumentos internacionales ratificados por el Estado hondureño, como ser, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 20), la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (artículo 27), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 21) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 15).

SéPTIMO: En virtud de todo lo anterior, nos personamos ante Usted Honorable Fiscal General, para que en el marco de sus atribuciones y como representante de la sociedad, tome todas las medidas conducentes a la protección de nuestros derechos constitucionales al honor e imagen, participación y libre expresión, ya que con este tipo de propagandas que incitan al odio y a la discriminación, pues a raíz de esta campaña, el Sr. Carlos H. Reyes ha sido sujeto de amenazas a muerte y amenazas veladas. El pasado 06 de noviembre cuando viajaba de San Pedro Sula a Tegucigalpa, sus compañeros en el STIBYS recibieron una llamada anónima que les anunciaba que Carlos había sufrido un atentado, noticia que era falsa pero que alarmó a la dirigencia sindical. Juan Barahona, Coordinador del Bloque Popular ha sido sujeto de persecución por carros altamente sospechosos, en los últimos días, cuando se dirige a reuniones del Bloque Popular. Consideramos que nuestra integridad y libertad personal así como nuestra vida se encuentran en peligro, más aún si tomamos seriamente en cuenta los siguientes antecedentes que también deben ser investigados para deducir las responsabilidades del caso:

El dos de junio de dos mil tres, hombres no identificados allanaron la casa de la profesora ELISA MARINA GONZáLEZ, ex esposa del dirigente magisterial SERGIO RIVERA. En esta acción no se llevaron objetos de valor, solamente fotografías del álbum familiar.

El diecisiete de junio del mismo año, SERGIO RIVERA informó a los organismos de Derechos Humanos que continuaba recibiendo amenazas a muerte por la vía telefónica, tanto en su teléfono particular, en su celular, así como en las oficinas del COLEGIO DE PROFESORES DE EDUCACIóN MEDIA DE HONDURAS (COPEMH) y en su centro de trabajo. En meses anteriores, hombres desconocidos que se conducían en un carro doble cabina sin placas y vidrios polarizados, filmaron su casa a las seis de la mañana.

En el mes de mayo de dos mil tres, JUAN CARLOS CáLIX, Coordinador del BLOQUE POPULAR en la zona fronteriza y dirigente activo del COPEMH, fue víctima de un atentado fallido, cuando en forma deliberada, le sustrajeron las fricciones delanteras de las llantas de su vehículo.

El seis de agosto de dos mil dos, un presunto Policía anónimo que se identificó como LEMPIRA, envío a las oficinas del COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH), un documento manuscrito donde detalla una conspiración dirigida desde las oficinas de la DIRECCCIóN GENERAL DE INVESTIGACIóN CRIMINAL (DGIC) contra las organizaciones populares y magisteriales, que para ese momento libraban un fuerte conflicto con el gobierno. El documento revelaba que el Director de la DGIC, NAPOLEóN NAZZAR HERRERA (ex integrante del Batallón de Inteligencia 3-16) había reunido a personal de su confianza como ELVIN ORLANDO SALINAS, EMERSON FLORES ANDINO, SANTOS DAMIáN GALINDO, MARIBEL MARTíNEZ AGUILAR, áLVARO ERNESTO GARCíA, FáTIMA ULLOA BECERRA Y WALTER JAIRO ZúñIGA – este último asesinado meses más tarde- para asignarles la misión de elaborar perfiles de los dirigentes magisteriales, populares y de algunos periodistas que no eran afines al gobierno. Ante una objeción presentada por WALTER JAIRO ZúñIGA, Nazzar explicó que por seguridad nacional, a la DGIC le correspondía saber qué hacen los dirigentes populares; así mismo le dijo que la orden emanaba del entonces Viceministro de Seguridad OSCAR áLVAREZ. Un par de semanas más tarde, todos habían cumplido con la misión, la información recabada comprendía lo siguiente: dónde vivían, dónde trabajaban, qué hacen, con quiénes se llevan y sus familiares más cercanos. Entre los investigados figuraban CARLOS H. REYES, JORGE FRANCO, JUAN BARAHONA, LUIS SOSA, SERGIO RIVERA, EULOGIO CHáVEZ, RENé ANDINO, entre otros. Cumplida la primera fase sostuvieron una segunda reunión con Nazzar para recibir nuevas instrucciones que consistieron en realizar trabajo de inteligencia, identificando si estas personas tenían enemigos y provocar enfrentamientos públicos que terminaran en forma trágica con la muerte o detención de uno de ellos. El documento también detalla que a WALTER JAIRO ZúñIGA, Nazzar le ofreció bolsitas de cocaína para ponérselas a CARLOS H. REYES. Zúñiga se negó a cumplir la orden y renunció a su puesto de trabajo. El once de julio desapareció y su cuerpo fue encontrado en la morgue del Ministerio Público el tres de agosto de dos mil dos a donde había sido ingresado desde el doce de julio del mismo año. El cadáver fue levantado de una cuenca en la colonia Rodríguez de Comayagüela y presentaba dos balazos en la nuca como si se tratase de una ejecución.

Entre los meses de agosto y septiembre de 2002, agentes encubiertos perseguían y tomaban fotografías de los dirigentes magisteriales del COPEMH y recibieron múltiples amenazas a muerte por la vía telefónica; las amenazas se hicieron extensivas a sus familiares. Verónica Esperanza Chávez, hermana de EULOGIO CHáVEZ denunció haber recibido amenazas en contra de su hermano.

El veinte de mayo de dos mil dos agentes de seguridad penetraron a una reunión del Consejo Consultivo del COPEMH y amenazaron con armas a los presentes.

El veintidós de mayo, el agente NELSON VíCTOR MARTíNEZ MENDOZA, con placa N° 1906 fue descubierto en las oficinas del COPEMH haciendo labor de inteligencia por orden del Coronel RIGOBERTO SALGADO de la Unidad de Análisis de la Policía Nacional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

Fundamos la presente denuncia en los artículos 18, 59, 61, 65, 68, 72, 74, 78, 79, 80 y 100 de la Constitución de la Republica; 7 de la Ley General de Administración Pública; 2.1, 6.1, 7, 9, 14.1, 17, 19.1, 19.2, 20.2, 21, 22, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1.1, 4.1, 5.1, 7.1, 8.1, 11.1, 11.2, 13.1, 13.5, 15, 16, 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 25, 414, 415, 416 y demás aplicables del Código Procesal Penal; 155, 156, 160, 161 del Código Penal.

PETICION.

Al Honorable Fiscal General de la República, reiterando nuestro respeto PEDIMOS: Admitir la presente denuncia junto con la documentación que se acompa­ña; y teniendo en cuenta la gravedad y la situación descrita, especialmente cuando las estructuras policiales del país están siendo rectoradas por ex agentes del Batallón 3-16 y el peligro inminente que representan las amenazas a la integridad física y moral de todos los líderes sociales que firmamos esta denuncia, solicitamos se dirija al Sr. Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad Pública, Oscar álvarez para lo siguiente:

Primero: Que presente las pruebas de los extremos de los cuales nos acusa en el sentido de que las manifestaciones públicas y pacíficas que coordinamos están siendo financiadas con dinero del narcotráfico, y que las mismas ocasionaron las muertes antes referidas; y en caso, de no hacerlo, se proceda a deducirle las responsabilidades que conforme a ley correspondan.

Segundo: Que se solicite a la Secretaría de Seguridad, la suspensión inmediata de la campaña de difamación y actos intimidatorios y amenazantes en contra de la dirigencia social aglutinada en la Coordinadora Nacional de Resistencia Popular, y que se investigue y se sancione a quienes la han estado ejecutando y financiando con los dineros del pueblo.

Tercero: Que se inicie en forma expedita una investigación exhaustiva de todos los hechos expuestos y la tramitación de los requerimientos fiscales que correspondan, incluyendo el procedimiento constitucional establecido para los funcionarios que gozan de inmunidad.

Respetuosamente nos suscribimos de Usted, aprovechando la oportunidad para reiterarle las muestras de nuestra mayor consideración y estima.

Tegucigalpa, M. D. C., 10 de noviembre de 2003.
Carlos H. Reyes; Juan Barahona; Eulogio Chávez; Sergio Rivera; René Andino y P. Ismael Moreno, sj y Sergio Rivera

Con copia para el Doctor Ramón Custodio López, Comisionado Nacional de Derechos Humanos

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Este documento ha sido publicado el 28nov03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights