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31jul98

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Tenemos que aniquilar este monstruo


Votar en contra de la Corte Penal Internacional no es suficiente.

Los Estados Unidos debieran intentar acabar con ella.

La decisión estadounidense de mantenerse fuera del Tratado de Roma por el que se establece una Corte Penal Internacional en el marco de las Naciones Unidas ha sido lo más adecuadado que se ha podido hacer. No obstante, desde la ceremonia de firmas en Roma, varios gobiernos han expresado su convencimiento de que los EE.UU. acabarán cediendo a las presiones internacionales para unirse al Tratado, mientras que otros, esperan que nos limitemos a mirar hacia el otro lado y que no interfiramos en los esfuerzos para el establecimiento y la legitimación de la Corte. Los Estados Unidos no pueden permitirse ni una ni otra cosa.

Rechazar el Tratado de Roma no es suficiente. Los Estados Unidos tienen que combatir el Tratado. Lloyd Axworthy, Ministro de Exteriores de Canadá, hizo una buena pregunta en Roma: "La cuestión es si [los EE.UU.] tratarán [a la Corte] con benigna negligencia, o si emprenderán una oposición agresiva". Tenemos que oponernos agresivamente porque, incluso si los EE.UU. nunca se unen a la Corte, el Tratado de Roma acarreará serias implicaciones para la política exterior estadounidense.

El Tratado de Roma es un documento peligroso y con numerosas fisuras. Entre los crímenes que contempla incluye algo llamado "agresión", un crimen que fue incorporado a pesar de que los países que negociaron el Tratado no fueron capaces de alcanzar un acuerdo acerca de lo que es.

Debemos tener claro lo que lo que constituirá una "agresión" a los ojos de la Corte: habrá crimen de agresión cuandoquiera que Estados Unidos emprenda una acción militar en defensa de sus intereses nacionales, salvo que los EE.UU. soliciten y obtengan el permiso de la Corte.

Esta Corte pretende someter a juicio la política de seguridad nacional de los Estados Unidos. ¿Pueden Vds. imaginar lo que hubiera ocurrido si este tribunal hubiera estado ya en funcionamiento durante la invasión estadounidense de Panamá?, ¿o la de Granada?, ¿o el bombardeo de Trípoli?. En ninguno de estos casos los EE.UU. solicitaron el permiso de las Naciones Unidas para defender nuestros intereses. Y mientras yo siga respirando, los Estados Unidos nunca permitirán -y repito, nunca- que sus decisiones sobre seguridad nacional sean juzgadas por una Corte Penal Internacional.

Cualquiera que dude de que la Corte intentará actuar de este modo no tiene más que echar un vistazo a la historia reciente. En la década de los 80, la Corte Internacional de la Haya intentó declarar que el apoyo de los Estados Unidos a la contra nicaragüense constituía una violación del Derecho Internacional. La administración Reagan hizo caso omiso, sabiamente, a esta Corte, ya que carecía de jurisdicción y, por lo tanto, no tenía autoridad en el asunto.

Pues bien, la Corte Penal Internacional declara que el pueblo americano está sometido a su jurisdicción, sin importar lo que diga el Gobierno de los Estados Unidos. Los delegados en Roma incluyeron un tipo de "jurisdicción universal" en el Estatuto de la Corte, lo que se traduce en que, incluso si EE.UU. nunca firma el Tratado, o si el Senado rehúsa ratificarlo, los países parte en el Tratado seguirán afirmando que los soldados y ciudadanos americanos están bajo la jurisdicción de la Corte.

Esto es un ultraje y tendrá graves consecuencias en nuestras relaciones con cada país que firme y ratifique el Tratado. Piensen en lo siguiente: Alemania ha sido la autora intelectual de esta provisión de jurisdicción universal. Los EE.UU. tienen miles de soldados estacionados en Alemania. ¿Considerará ahora el Gobierno alemán a estas fuerzas bajo la jurisdicción de la Corte Penal Internacional?. Me inclino por mantener nuestras tropas en Alemania, pero nunca si Alemania insiste en exponerlas a la jurisdicción de la CPI.

De hecho, la administración Clinton tendrá ahora que renegociar el status de nuestros acuerdos militares no sólo con Alemania, sino con todo otro Estado signatario donde tenemos soldados destacados. Y debemos dejar claro a estos gobiernos que su negativa a proceder de este modo nos llevará a reconsiderar nuestra decisión de estacionar tropas en su territorio, participar en operaciones para el mantenimiento de la paz y cumplir con nuestros compromisos en el marco del Artículo Cinco de la Carta de la OTAN.

Este Tratado supone también una masiva disolución de la autoridad del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y del veto de los Estados Unidos en el seno del Consejo. En palabras del representante de la India, los delegados en Roma decidieron que "cualquier papel preeminente del Consejo de Seguridad constituye [constituiría] una violación de la igualdad soberana... [a causa de] la composición del Consejo de Seguridad y el poder de veto concentrado en los cinco miembros permanentes es una anomalía que no puede ser reproducida y reconocida por la Corte Penal Internacional".

Increíblemente, durante las negociaciones, los Estados Unidos acompasaron este esfuerzo para diluir los poderes del Consejo de Seguridad dando el visto bueno a una propuesta de Singapur que da vuelta al Consejo de Seguridad. Según el Tratado adoptado en Roma, los EE.UU. no pueden vetar un caso del que conozca la Corte. Por el contrario, el bloqueo de un caso requerirá el apoyo de la mayoría del Consejo, así como del consenso de todos los miembros permanentes. Esta disolución del poder de veto en el Consejo de Seguridad es inaceptable y los Estados Unidos deben combatirla.

Debido a que esta Corte tiene tan amplias implicaciones para los EE.UU., incluso aunque nunca seamos parte en el Tratado, intento obtener garantías de la administración Clinton de que:

  • Los EE.UU. nunca votarán en el Consejo de Seguridad la remisión de un caso a la Corte.
  • Los EE.UU. no prestarán ningún tipo de ayuda a la Corte, se trata de financiación, de donaciones voluntarias o de cualquier otro tipo de asistencia jurídica.
  • Los EE.UU. no extraditarán a ningún individuo a la Corte o no remitirán, directa o indirectamente, un caso a la Corte.
  • Los EE.UU. incorporarán en todos sus tratados bilaterales de extradición una disposición que prohíba al socio del tratado la extradición de cuidadanos estadounidenses a la Corte.
  • Los EE.UU. renegociarán cada uno de sus acuerdos militares con vistas a incluir una disposición que prohíba a cada socio en estos tratados la extradición de soldados estadounidenses a la Corte, y no estacionará fuerzas en cualquier país que se niegue a aceptar esta prohibición.
  • Los EE.UU. no permitirán que sus soldados participen en operaciones de la OTAN, de las NN.UU. o en cualquier misión internacional para el mantenimiento de la paz, en tanto en cuanto no haya llegado a un acuerdo con todos los aliados de la OTAN y las NN.UU. que establezca que ningún soldado estadounidense estará sometido a la jurisdicción de la Corte.

La Corte Penal Internacional es una amenaza para los intereses nacionales de los Estados Unidos. No podemos tratarla con la "benigna negligencia" que espera el Sr. Axworthy. Tal y como expusiera como conclusión un delegado holandés "no diré que hemos creado un monstruo, pero la criatura tiene algunos defectos".

Está equivocado. La CPI es de hecho un monstruo, y tenemos la responsabilidad de descuartizarlo antes de que crezca y acabe devorándonos.

[Fuente: Por Jesse Helms, Financial Times, Londres, 31jul98. Traducción realizada a partir del original en inglés por el Equipo Nizkor.]

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Corte Penal Intl
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