Informe 1998
Informe DDHH en Paraguay 1997

PARTICIPACIÓN POLÍTICA. DERECHOS POLÍTICOS EN PARAGUAY

Luis Villavera. Decidamos


Indice

Sistema electoral

Tribunales electorales

Elecciones internas por partido

Pros y contras del sistema

Conclusiones y recomendaciones


Introducción

El informe del año pasado reflejó la vigencia, avances y retrocesos de los derechos políticos en nuestro país con una mirada puesta en la transición iniciada en 1989 y con detenimiento en los hechos más resaltantes de 1989, a fin de tener una perspectiva más general del proceso político

Asumimos en esa ocasión que la vigencia de os derechos políticos posibilita la construcción y consolidación de la ciudadanía. Y según Marshall el derecho político, es el derecho que tienen todas las personas de participar en el ejercicio del poder político, como miembro investido con autoridad política o como elector de dicho cuerpo.

El ejercicio pleno de los derechos políticos permite también el disfrute de los derechos civiles y la conquista de los derechos sociales.

Este informe se limita a exponer la realidad del país en uno de los elementos cuya vigencia permite reafirmar que somos ciudadanos y ciudadanas con el poder de gobernar y decidir quién gobierna.

Respeto a la soberanía popular

"La democracia no consiste simplemente en el respeto a la soberanía popular, en el sentido de su legitimación por el apoyo de la mayoría de votos recogidos en un proceso electoral libre y en igualdad de condiciones par los participantes. La democracia también exige el respeto a las instituciones propias de la democracia. Nadie es demócrata simplemente porque acepta el principio de la mayoría para legitimar el poder político, sino porque respeta los derechos de la minoría, el Estado de Derecho, y los valores sobre los que se fundamenta la democracia: la libertad, el irrenunciable derecho al disenso y el absoluto respeto a la dignidad de la persona".

"Hemos cometido, entre otros muchos errores, la perversa equivocación de definir a la democracia simplemente como un régimen político en donde la mayoría manda y ese error se infiltra en la realidad de nuestra vida política. El dictador se ufanaba de decir:'en democracia la mayoría manda'".

"El error no tenía solo un contenido semántico, en el sentido del significado del termino mandar. Aún cuando cambiemos ese término por el de gobernar, el error continúa allí vigente, pleno. Si bien el apoyo de la mayoría en las elecciones es clave, en un régimen democrático, no es suficiente, se requiere también asegurar la continuidad de las instituciones democráticas y fundamentalmente la neutralidad política y la excelencia de quienes interpretan y administran justicia".(Morínigo, José N., Noticias El Diario, 12/X/97)


1. Régimen Legal

El marco legal está dado principalmente por la Constitución Nacional. Este año la Carta Magna cumple cinco años de vigencia. Para no pocos analistas la constitución es aceptablemente democrática. Incorpora por ejemplo en su parte dogmática el tema de la igualdad, que en una sociedad como la nuestra fundamentalmente desigual, contrapone esa realidad lamentable a un ideal necesario.(Rodríguez, José C. Ultima Hora, 21/VI/97)

La Constitución Nacional en sus artículos 187 y 229 establece que las autoridades nacionales (Legislativo y Ejecutivo) durarán cinco años improrrogables en el ejercicio de sus funciones, a contar desde el 15 de agosto siguiente a las elecciones. Cualquier prórroga al mandato de las autoridades nacionales es inconstitucional.

En el año 1996 se cometió un error grave con la prorroga de las elecciones municipales, sentando un antecedente negativo que se encuentra fuera del marco legal y a contramano del proceso político que intenta consolidad el sistema democrático.

El Código Electoral. Ley 834

Esta ley sigue vigente aunque con algunas modificaciones que apuntan principalmente a mejorar los mecanismos de control y transparencia en las elecciones. Organiza el régimen de partidos, movimientos, alianzas políticas y todo lo relativo al sistema electoral.

Es posible mejorarla, pero antes que eso es importante que se cumpla.

A nivel internacional, el gobierno paraguayo ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1992), presentando un informe en mayo de 1994. Este informe presenta un panorama de la situación real de la vigencia o no de estos derechos.


2. Sistema Electoral, denuncias y papel de la justicia

La Justicia Electoral sorteó con creces su primera prueba de fuego el año pasado. Cumplió sus metas y cronogramas trazados, entre ellos: la renovación total del registro cívico permanente, y más importante aún, le cupo un desempeño bastante elogiado en la organización, dirección, supervisión, vigilancia y juzgamiento en las elecciones municipales pasadas.

Este año el programa se presentó un tanto más difícil, año de internas partidarias, con miras a las elecciones generales del año próximo. Lo que está en juego es de vital importancia para los diferentes actores políticos y sociales. Para los colorados se trata de mantener su hegemonía, consolidarla más allá de os 50 años que llevan en el poder; y para la oposición el desafío de poner fin a esa hegemonía y entrar al siglo XXI con el proyecto de la "alternancia".

Este contexto político puso al descubierto dos aspectos del sistema electoral. 1) Que el poder económico sigue imponiendo candidaturas (mejores lugares en las listas), y 2) El poder político hace posible sacar algún provecho de "pactos y negociaciones políticas", sobre todo cuando se trata de trabar, dilatar, agilizar y hasta resolver favorablemente alguna acción judicial. A modo de ilustración basta mirar los hechos. Prácticamente todos los partidos cuyas internas se realizaron en este año apelaron las decisiones se sus respectivos tribunales electorales.

2.1 Justicia Electoral

La justicia electoral tuvo una impecable actuación el año pasado. Hay que recordar que fue conformada en base a acuerdos entre los partidos políticos tradicionales con escaños en el Congreso. Si bien esta constitución pluralista es buena no garantiza la actuación justa que se requiere. Este año el desenvolvimiento de la justicia Electoral fue muy cuestionado justamente por la pugna partidaria que también se reflejó en su interior.

2.2 TSJE convocó a elecciones generales

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) convocó a la ciudadanía paraguaya, en edad de votar que está inscrita en el Registro Cívico Permanente, a comicios generales para el domingo 10 de mayo de 1998.

En la resolución Nº 439/97 firmada por Carlos Mojoli, Alberto Ramírez Zambonini y Expedito Rojas, se especifica que serán electos:

  • Un presidente y vicepresidente de la República
  • 45 senadores titulares y 30 suplentes
  • 80 diputados titulares y 30 suplentes
  • 17 gobernadores
  • 17 juntas departamentales

La fecha tope par inscribir candidaturas es el 5 de marzo de 1998

El 10 de marzo Tribunales Electorales deben entregar resoluciones con candidaturas oficializadas al TSJE.

El padrón definitivo deberá imprimirse 30 días antes de las elecciones, es decir, el 10 de abril de 1998.

2.3 Cambios en el sistema electoral. Una urna para cada a cargo electivo

El tribunal Superior de Justicia electoral decidió asignar una urna por cada cargo electivo para las elecciones generales a realizarse en mayo del 98.

Para el día de las elecciones cada mesa receptora de votos tendrá cinco urnas de colores distintos y correspondientes a los colores de los boletines de voto para cada cargo electivo. Los colores definidos son verde claro para presidente y vicepresidente, lila claro para senadores, marrón claro para diputados, gris para gobernadores y amarillo claro para juntas departamentales.

Algunas de las ventajas son: a)Cada urna tendrá un distintivo con el mismo color que el boletín correspondiente, lo que facilitará la correcta inserción en la urna incluso para los anlfabeto. b) Al tiempo del escrutinio, los votos estarán diferenciados, en consecuencia será más rápido el conteo. c) Las urnas de acrílico pueden reutilizarse d) Son fácilmente montables.

Posible problemas: a)No son irrompibles ni transparentes como indica la ley, ya que están hechas de cartón con una ventana de acrílico. b) La resolución del TSJE dice que se "dispone la asignación de cinco urnas por cada mesa" y la ley establece que habrá una sola urna por cada mesa receptora de votos. c) no está definido claramente si alguien introduce erróneamente la boleta de votación en la urna que no corresponde a ese voto, atendiendo a que se deben cerrar las actas una vez contados los votos por "compartimiento". (Noticias El Diario, 11/XI/97)

Otras medidas para combatir el fraude electoral

Para combatir el fraude electoral con boletines de voto falsificados y premarcados, así como el voto "calesita", a base de la compra de boletines auténticos, el TSJE dispuso la utilización de sellos en vez de bolígrafo.

La marca en el boletín se hará con un sello (único para cada mesa) y almohadilla que serán entregados a el o la votante por las autoridades de la mesa. Mientras esta marca su preferencia, la mesa le retiene la cedula para evitar el robo de estos materiales.

La entrega de los sellos será en sobre cerrado, las autoridades deberán imprimirlos en la parte superior del Acta de Apertura para definir cuáles serán las marcas válidas.

Otra de las medidas adoptadas para evitar la inmensa cantidad de votos nulos, es que el elector o electora puede sellar su voto en cualquier parte dentro del recuadro que corresponde a la candidatura. (Noticias El Diario, 19/XI/97)

Posibles problemas. a) Que el sello manche el boletín de voto, b) retrasar la votación por olvido del sello y/o almohadilla, c)perder más tiempo al explicar el mecanismo a cada elector/a.

Pretenden eliminar votos "golondrina" y doble afiliación

Un proyecto de modificación de la LEY 834, Código Electoral, por el cual se pretende eliminar la doble e incluso la triple afiliación a partidos políticos fue presentado en la Cámara de Diputados por el liberal Hermes Saguier.

La exposición de motivos señala que "es posible constatar la doble incluso la triple afiliación de algunos ciudadanos y el ejercicio simultaneo del derecho a voto en los tres partidos politicos para elegir candidatos para la misma elección".

El proyecto de ley modifica el art.5.1 y señala que a partir de lavigencia de este código el formulario de solicitud de afiliación y el de aceptación deberá contener, cundo menos, los siguientes datos: nombres, apellidos, nacionalidad, domicilio.

"El domicilio de los afiliados consignados en los padrones partidarios deben coincidir con los domicilios denunciados por los en el padrón nacional".

Asimismo, indica que se deberá realizar la certificación de que los datos y la firma consignados en la solicitud de inscripción son auténticos.

Finalmente el art.55 señala que no podrán afiliarse a partido político alguno los que no estuvieren inscritos en el padrón electoral.

Organos distritales en lugar de Juntas Cívicas

El diputado liberal Carlos Ramírez Montalbeti presentó un proyecto de ley por el que se modifica el Código Electoral en algunos artículos a fin de permitir que las funciones de las denominadas Juntas Cívicas sean absorbidas por las oficinas distritales del Registro Electoral. Estas se erigirían en cada distrito.

Igualmente propone crear la figura de los delegados electorales que harán un trabajo de supervisión en los locales de votación el día de las elecciones.

Con los delegados electorales habrá una presencia física de la autoridad electoral que podría recibir las quejas de los apoderados políticos, controlar el trabajo de la policía y el área de influencia del local de votación.

El proyectista aclaró que no son cargos a crear y que solo se concretarán el día de las elecciones con la gente que disponga los jueces electorales a prepuesta de los partidos políticos.

Prohibirán proselitismo en oficinas públicas

El pasado 17/X/97, quedó sancionada la ley que "prohíbe el uso de los símbolos partidarios en las instituciones públicas y entes autárquicos del Estado paraguayo".

El proyecto pretende acabar con la vieja práctica del proselitismo en oficinas estatales, que hasta las internas partidarias pasadas se implementó.

El artículo primero de la ley prohíbe la realización de actos políticos, la instalación de símbolos e insignias partidarias, elementos de propaganda política electoralista y cualquier otro elemento propio de la política partidaria, dentro de los edificios y predios de las instituciones de la administración pública y entes autárquicos del Estado Paraguayo.

Igualmente, se prohíbe a los miembros de la administración pública y personal dependiente el uso de los símbolos referidos.

2.4. - Falta de fondos puede afectar comicios generales del '98

El Tribunal Superior de la Justicia Electoral (TSJE) desde hace cuatro meses viene reclamando una ampliación presupuestaria de 30.000 millones, pero el Congreso aprobó la entrega en esta año de solo 10.000 millones de guaraníes.

El presidente del TSJE, Dr. Carlos Mojoli, advirtió en varias ocasiones que la falta de fondos afectará la buena organización de los comicios generales a realizarse el 10 de mayo del año próximo.

Subsidio electoral a partidos políticos

El pasado 29 de octubre los partidos políticos recibieron una parte del subsidio electoral establecido por el Código Electoral.

Subsidio destinado a los Partidos Políticos

Partidos Montos entregados Faltante Totales
ANR Gs. 5.264.541.797 3.842.359.280 9.106.901.077
PLRA Gs. 4.365.351.231 3.494.467.528 7.859.818.759
PEN Gs. 1.061.006.972 832.418.664 1.893.425.636
PRF 0 0 0
10.690.899.000 8.169.245.472 27.204.077.731
  • ANR - Asociación Nacional Republicana o Partido Colorado
  • PLRA - Partido Liberal Radical Auténtico
  • PEN - Partido Encuentro Nacional
  • PRF - Partido Revolucionario Febrerista

Hasta el momento el PRF no recibió monto alguno ya que no solucionó su conflicto interno. El presidente del citado partido, Carlos María Ljubetic, aún no puede asumir debido a la oposición del ex titular, Víctor Sánchez Villagra.

Puntos a tener en cuenta sobre el subsidio

1. Es importante que el Estado subsidie a los partidos políticos.

2. También el Estado debe controlar el uso, o destino que los partidos le dan a ese subsidio.

3. Se debe revisar en todo caso los montos a ser asignados, para que no sean muy elevados.

4. ¿Cuál es la filosofía que está detrás de esta medida? La preocupación pasa por el hecho de que si el Estado no subsidia, los partidos quedan a expensas de personas o grupos con gran poder económico o incluso de la mafia, en el caso del paraguayo.

La posición contraria a este argumento es que en nuestro país, aún con los subsidios nadie duda que sectores con inmenso poder económico han logrado ubicar senadores, diputados y hasta presidentes de la república. Partiendo del principio de que los partidos son instituciones de interés nacional se debe evitar al máximo de que los mismos estén sometidos a los poderes económicos legales e ilegales.

Aquí se debe establecer qué montos son los más razonables y los mecanismos de control claros y transparentes.

Lo mismo debe aplicarse a las campañas electorales, en nuestro caso se da un verdadero descontrol. No basta con la simple presentación de un balance de los gastos realizados; se debe investigar a fondo, de lo contrario sencillamente se fraguan los montos.

2.5.- Justicia Electoral cuenta con Centro de información, Documentación y Educación Electoral

Auspiciado por la Fundación Internacional para Sistema Electorales (IFES), el 12 de noviembre se inauguró el Centro de Información, Documentación y Educación Electoral (CIDEE) de la Justicia Electoral, el cual contará con una fiable base de datos referidos a los procesos electorales desde el año 1989.

Será un espacio abierto para ofrecer al público interesado información electoral, sobre el sistema político, democracia y educación cívica.

También ofrecerá estadística electoral, información electoral de la prensa escrita nacional, estructura y organización de la Justicia Electoral, educación cívica, registro de la memoria histórica de procesos electorales y de democratización, legislación y bibliografía comparada, acceso a internet.

2.6.- Inscripciones

El periodo de inscripción en el Registro Cívico Permanente arrancó en marzo y se prolongó hasta el 26 de octubre de este año. El objetivo que se propuso la Dirección de Registro Electoral consistió en inscribir a 250.000 personas no inscriptas y en edad de ejercer su derecho al voto.

Según un estudio realizado por la Fundación Internacional de Sistemas Electorales (IFES) y proporcionado a la Justicia Electoral cerca de 770.000 potenciales electores/as faltaría anotarse para sufragar en mayo de 1998.

La campaña de inscripción duró ocho meses y en ese lapso se anotaron en el Registro Cívico Permanente aproximadamente 352.000 personas.

La campaña fue cuestionada en los primeros meses por su escaso resultado. Posteriormente se sumaron al trabajo de la Justicia Electoral, Organizaciones No Gubernamentales y organizaciones sociales diversas. Estas ensayaron acciones mejor articuladas potenciando las posibilidades y las funciones que le son propias a ciertas instituciones públicas y los gobiernos locales. Paralelamente se puso en marcha en forma mucho más intensa la difusión masiva de mensajes motivadores a fin de llegar principalmente a jóvenes y mujeres, el sector menos inscripto según las investigaciones.

Hay que recordar también que el año pasado en ocasión a la renovación total de los padrones, por única vez el TSJE subsidió a los partidos políticos con representación parlamentaria para planificar e implementar sus propias campañas de inscripción y movilizar a sus afiliados/as. Sin embargo este año los partidos se preocuparon más de sus elecciones internas.

Como era de esperar, en el último mes de la campaña, el número de inscriptos repuntó notablemente y fue le período en el cual las acciones se orientaron llegar a la ciudadanía. Así se instalaron mesas de inscripción en los locales de votación de la internas de la ANR, el PEN y el PLRA, en lugares de concentración masiva de gente, partidos de fútbol, conciertos, fiestas, mercados, terminal de ómnibus, etc.

La ANR, planteó en el senado la prórroga por 30 días del período de inscripciones que finalmente fue rechazada.


3.- Tribunales Electorales

El Tribunal Superior de Justicia Electoral, junto con los tribunales, juzgados y fiscalías constituyen la máxima autoridad electoral y están encargadas de la convocatoria, juzgamiento, organización, dirección, supervisión y vigilancia de los actos y cuestiones de las elecciones generales, departamentales, y municipales, Actúa además como organismo consultor en asuntos relativos a elecciones y funcionamiento de partidos y movimientos políticos.

Se espera de ellos un desempeño correcto e imparcial en los casos que atiende. En los últimos días están recibiendo todo tipo de denuncias, amparos, pedidos de nulidad, recusaciones referidas a las internas partidarias de los diversos partidos políticos, que buscan en la mayoría de los casos no la restitución de sus derechos, sino a través de "chicanerías" la posibilidad de sacar provecho de esa situación.

3.1.- Juzgamiento por los Tribunales Electorales

Tribunal Electoral de la Capital (TEC)

El Tribunal Electoral de la Capital fue el blanco de todo tipo de denuncias y pedidos de anulación parcial y total de las elecciones internas de la ANR, PEN y PLRA.

Visto los intereses que están en juego, nada menos que la posibilidad de acceder el poder político de la República, los apoderados también ensayaron recusaciones y se cuidaron de recurrir a las instancias que pudieran fallar favorablemente. De todas maneras el panorama aún se presenta incierto, y de nuevo la Justicia electoral, así como en el '96 se enfrenta a su segunda prueba de fuego, dirigir un juicio y fallar con estricta justicia.

- Asociación Nacional Republicana - ANR

Elecciones coloradas podrían ser anuladas

Los comicios internos del Partido Colorado del pasado 7 de setiembre podrían ser anulados en cualquier momento, debido a la cantidad de denuncias de irregularidades que actualmente superan el 20%.

Las denuncias de irregularidades están siendo estudiadas por el Tribunal Electoral de la Capital tanto en la primera como en la segunda sala.

Hasta el momento hay un total de 148.112 votos cuestionados que corresponden a Asunción, el departamento Central y Alto Paraná.(Noticias El Diario, 24/XI/97)

Actas adulteradas en comicios de la ANR

El Movimiento de Reconciliación Colorada amplió la demanda en el expediente 686 referente a anulación de cómputos definitivos de los comicios colorados y presentó gran cantidad de actas supuestamente adulteradas. Igualmente, ofreció la prueba pericial de la documentación que confirma la adulteración. La prueba estuvo a cargo del perito Roberto Zárate Peña.

El abogado argañista menciona en su escrito: "Aparece demostrado que el autor material de las falsificaciones que concretamente se denuncian en esta ampliación de demanda es la misma persona física que prestó su servicio fraudulento en los comicios internos recientes de los tres partidos políticos ANR, PLRA Y PEN".

Los hechos ilícitos se habrían cometido en los departamentos de Caaguazú, Alto Paraná, Central, Itapúa, San Pedro, Cordillera, Guairá, Capital y Concepción.

Fiscal recomendó realizar nuevas elecciones en Presidente Hayes

El fiscal electoral Carmelo Caballero recomendó la realización de nuevas elecciones para los cargos de gobernador, diputados y miembros de Junta Departamental en Presidente Hayes. Sostiene que corresponde hacer lugar a la acción de nulidad parcial planteada por UNACE contra la resolución 682 del Tribunal Electoral Partidario de la ANR.

La fiscal electoral Matilde Da Costa, entenderá la acción que busca anular los cómputos definitivos de las elecciones internas de la ANR, Aunque el fiscal Caramelo Caballero rechazó la tercera recusación argañista, decidió apartarse del caso por decoro y delicadeza.(ABC Color, 25/XI/97)

- Partido Liberal Radical Auténtico - PLRA

TEI rechazó denuncia sobre actas

El Tribunal Electoral Independiente del PLRA según la resolución 7/97, rechazó la solicitud de anulación de las actas electorales hecha por el candidato a senador Ing. Daniel Pérez.

La resolución señala que la denuncia fue presentada en forma extemporánea, no obstante, es norma del tribunal esclarecer debidamente los hechos denunciados. Según el artículo 77 del estatuto partidario, las resoluciones del TEI son irrecurribles y que los candidatos ganadores ya fueron proclamados por resolución No 5/97.

Respecto al informe del perito Roberto Zárate Peña, la resolución del TEI señala que el mismo fue elaborado en base a fotocopias; que el perito no analizó las firmas puestas al pie de las actas mencionadas y solo se limitó a decir que el llenado de las actas fue hecho o antes del estampado de las firmas o después del mismo; que el informe pericial carece de análisis pormenorizado de los rasgos de las letras que permita al tribunal arribar a una conclusión asertiva.(ABC Color, 24/X/97).

Pérez solicitó al TEC nulidad parcial de comicios del PLRA

Daniel Pérez quien pugnó en las internas del PLRA como candidato a senador, solicitó la nulidad parcial de las elecciones internas de su partido en varios distritos y mesas de la capital y de los departamentos de San Pedro, Cordillera, Alto Paraná, Central, Canindeyú, Presidente Hayes y Caaguazú, ante el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala.

PLRA recusa a miembros del TEC

José María Cardozo, en nombre del PLRA, recusó a los miembros del TEC, solicitó la remisión a la Segunda Sala del Tribunal para que se declare la nulidad del expediente "por extemporáneo" y luego se eleven los autos al TSJE para que se dicte resolución definitiva. Por su parte Pérez se presentó ante la Justicia Electoral para solicitar el rechazo de la recusación planteada por Cardozo.

Desestiman adulteración de actas electorales del PLRA

Daniel Pérez no se presentó el pasado 18 de noviembre a la audiencia pública convocada por el PLRA para aclarar la denuncia de adulteración de actas electorales hechas por él. Unas 20 personas que oficiaron de autoridades de mesa en los comicios del 28 de setiembre pasado reconocieron como suyas las firmas de las actas supuestamente elaboradas por una misma persona. Para la dirigencia liberal lo de Pérez es una estrategia para desacreditar al partido de cara a los comicios del '98. (ABC Color, 19/XI/97)

- Partido Encuentro Nacional - PEN

Actas adulteradas

Las actas de las internas del PEN que revisó el perito calígrafo Roberto Zárate Peña para concluir que fueron hechas por la misma persona que elaboró actas del PLRA y la ANR son falsas, confirmó el senador Diego Abente. Indicó que si bien los datos son los mismos, las firmas y el formato del acta de Encarnación publicada es diferente al que se tiene en el Tribunal Electoral del Partido.

Según Abente evidentemente se está buscando desprestigiar a la clase política y en particular a los partidos, "esta es la demostración más clara, porque con actas falsas quieren hacer creer que hubo vicios en el proceso electoral interno del partido". Accionarán legalmente para aclarar todo el caso. (ABC Color, 24/XI/97)

Cuestionaron diseño de los boletines de votación

Varios movimientos internos cuestionaron el diseño de los boletines de votación que fueron utilizados en los comicios del PEN, ya que decidieron imprimir solamente con los números y nombre de las listas en pugna.

Tanto Basilio Nikiphoroff, como Euclides Acevedo ambos candidatos a senadores por el Frente Encuentrista Popular y la Convergencia Democrática Encuentrista respectivamente señalaron que "la gente no vota números ni colores, sino nombres". Calificaron al Tribunal Electoral de "manejo mezquino y no lo suficientemente imparcial".

Caso similar en ANR

Un caso similar ocurrió en las internas coloradas cuando los candidatos Enrique Riera del Movimiento Democrático Republicano (MDR) y Bernardino Cano Radil del Coloradismo Unido (CU) señalaron que la inclusión del número y nombre del movimiento sólo iba a perjudicarles a ellos y beneficiaría a las listas con mayor caudal de votos a nivel nacional.

Causales de nulidad de las elecciones

Según el Código Electoral, Ley 834 en su art. 307 señala como causales de nulidad "la realización generalizada del escrutinio y cómputo en lugares distintos a los establecidos y también la distorsión generalizada de los escrutinios por causa de error, dolo o violencia".

El art. 308 dice: "la declaración de nulidad, en base a las causales mencionadas en el artículo anterior podrán limitarse a la mesa, el distrito, o el colegio electoral que hubiese padecido tales vicios. Pero si la cantidad de ellas represente más del veinte por ciento del total de electores se declara la nulidad de toda la elección".

Y el art. 309 señala: "son causales de nulidad de las elecciones realizadas ante las mesas electorales: a) la ausencia, destrucción o desaparición de la documentación prevista en el artículo 230 de éste código (padrón de electores, acta de constitución de mesa, acta de incidencia y acta de escrutinio). Y b) la adulteración fraudulenta de tales documentos". (Noticias El Diario, 21/XI/97)

3.2 Delitos electorales

Delitos cometidos en las municipales

Más de 400 personas que no figuraban en el padrón electoral votaron en las elecciones municipales el año pasado, incluso algunos se pegaron el lujo de sufragar dos veces. Asimismo, 301 ciudadanos habilitados votaron varias veces en mesas distintas, según detectó el departamento de informática electoral. El fiscal electoral accionará para que se sancione ejemplarmente a los infractores que inevitablemente irán a la penitenciaría porque los delitos electorales no son excarcelables.

Las personas que sufragaron dos veces lo hicieron en la mesa que les correspondía y también en las casillas especiales para veedores y miembros de mesa, por lo que existe responsabilidad también de los integrantes de mesa.

El Código Electoral establece que los delitos electorales no son excarcelables. Asimismo, señala que los miembros de mesa sufrirán la pena de seis meses a un año de penitenciaría, más una multa equivalente a 300 jornales mínimos y la inhabilitación especial para ser elector o elegible por tres años, por admitir el voto de electores cuyo nombre no figura en el padrón de la mesa o permitir que alguien vote más de una vez.

El artículo 323, dice: "sufrirá la pena de uno a tres años de penitenciaría, más una multa equivalente a 200 jornales, la persona que en una misma elección vota más de una vez, ya sea en la misma mesa o en otra o en distritos electorales diferentes". (ABC Color, 20/VI/97)

Delitos cometidos en las internas partidarias

- Dueños de cédulas alquiladas votaron en internas de ANR

El pasado 8 de noviembre, Damasio Valázquez Duré, operador político de Lino Oviedo fue detenido en Clorinda (Argentina), con una veintena de cédulas que no le correspondían. Dichas cédulas fueron utilizadas para cargar votos a favor de Lino Oviedo en las internas coloradas pasadas, esto pudo comprobarse al cotejar las cédulas requisadas en Clorinda con el padrón. Según fuentes periodísticas el mismo Velázquez tenía intenciones de llegar a Buenos Aires para devolver los documentos a sus correligionarios, que ante la imposibilidad de llegar a nuestro país habían enviado sus cédulas para que otros voten por ellos.

- Viejos vicios

Las denuncias acerca de la compra de votos, el voto "calesita", la introducción en el local de papeletas marcadas y la utilización de propaganda dentro o frente a los locales de votación no estuvieron ausentes de los actos comiciales.

Los Tribunales Electorales de los tres partidos fueron cuestionados por su juzgamiento de los comicios y la complicidad de algunos de sus miembros en la adulteración de documentos electorales especialmente el Tribunal Electoral Partidario (TEP) de la ANR y el Tribunal Electoral Independiente (TEI) del PLRA. Mientras que el Tribunal Electoral del PEN fue cuestionado por privilegiar a la alianza PAIS/MIE/IPC.

Delitos imputados a la prensa

- Accionan contra el Código Electoral por violar la libertad de prensa

El director del diario Ultima Hora, Demetrio Rojas, accionó ante la Corte Suprema de Justicia contra los artículos 305 y 329 del Código Electoral, por considerarlo violatorio del 26 de la Constitución Nacional, que se refiere a la libertad de prensa y expresión.

El art. 305 señala: "queda prohibida la difusión de resultados de encuestas de opinión desde los quince días inmediatamente anteriores al día de las elecciones. Las publicaciones deberán contener la correspondiente ficha técnica".

El art. 329 dice: "Los directivos o responsables de encuestas que realizan sondeos de opinión o encuestas sobre la preferencia de los electores y que divulgan los resultados obtenidos en tales encuestas, dentro de los quince días anteriores a la celebración de las elecciones, se harán posibles de sufrir pena de dos a seis meses de penitenciaría..."

Entre las razones fundamentales para la inaplicabilidad de los artículos señalados sostienen: 1) la Constitución no impone la limitación impuesta en las normas impugnadas, 2) que se prohíbe expresamente la existencia de la ley que restrinja la libertad de prensa y de libre expresión del pensamiento y de la opinión, y 3) que la norma ataca la libertad de prensa porque restringe la difusión del pensamiento y de la opinión, prohibición y sanción mediante.

Antecedente del caso

El 31 de octubre pasado el agente fiscal electoral del crimen, Marco Alcaraz, presentó la denuncia ante el juez del Crimen contra el director del diario Ultima Hora, a pedido del fiscal electoral Carmelo Caballero, por supuesta comisión de delito electoral previsto en el artículo 305 del Código Electoral y sancionado en el artículo 329 del mismo.


4. Datos Generales sobre Internas Partidarias

4.1.- Cargos y candidaturas

PEN

Internas del PEN
  • Fecha: Domingo, 21 de setiembre.
  • Horario: De 7 a 16.
  • Afiliados habilitados para votar: 122.423
  • Mesas habilitadas: 647
  • Locales de votación: 153
En virtud del acuerdo de alianza con el PLRA se elige:
  • 1 candidato a vicepresidente: Carlos Filizzola (único candidato)
    • Senado (45 miembros)
    • Diputados (80 miembros)

Cuatro movimientos presentaron listas a nivel nacional: la alianza conformada por los movimientos PAIS-MIE-IPC (Lista 3), Frente Encuentrista Popular (Lista 4), la Convergencia Democrática Encuentrista (Lista 5) y el Frente Independiente del Encuentro Nacional (Lista 7).

Coincidentemente con las internas para elección de cargos electivos nacionales, se realizaron por primera vez comicios para acceder a la conducción de la Juventud del Encuentro Nacional. La alianza PAIS-MIE-IPC postuló a Fernando Camacho. Mientras que el movimiento Gente Diferente presentó a Alejandro Guanes Mersán. El movimiento 9 de Mayo candidató a Mario Sosa. Y Convergencia Democrática Encuentrista a Agustín Giménez.

PLRA

Algunos datos sobre internas del PLRA.
Fecha: 28 setiembre.

Se presentan 251 lista y dos candidaturas para presidente.

Los locales de vocación estarán habilitados desde las 7:00 hasta las 16:00.

Están habilitados para votar 597.745 electores.

Habrá 308 locales de votación en todo el país y estarán habilitadas 2.445 mesas.

Fuente: ABC Color, 24/IX/97

Candidatos a nivel nacional

Para presidente

Movimiento Cambio Para la Liberación (CPL). Lista 3: Domingo Laíno

Alianza Paraguaya. Lista 5: Miguel Abdón Saguier

Candidaturas para el senado

CPL: Presentó 6 listas

Independientes: Presentó 5 listas

ANR

Fecha de comicios: 7 de setiembre de 1997

Total de empadronados habilitados: 988.653 afiliados/as

Locales habilitados: 330

Mesas habilitadas: 4.947

Candidaturas para presidente y vicepresidente

Movimiento de Reconciliación Colorada (MRC). Lista 2

  • Luis María Argaña
  • Nicanor Duarte Frutos

Coloradismo Unido (CU). Lista 3

  • Angel Roberto Seifart
  • Antonio Alvarez Alvarenga

Acción Democrática Republicana /ADR) - Coordinadora Colorada Campesina y Capital (CCCC). Lista 4

  • Carlos Alberto Facetti
  • Juan Bautista Ybáñez

Unión Nacional de Colorados Eticos (UNACE). Lista 10

  • Lino César Oviedo
  • Raúl Cubas Grau

Cantidad de candidatos a cargo electivos

Candidatos a: Varón Mujer Total
Pdte. de la República 4 4
Vicepresidente 4 4
Senador 292 83 375
Gobernador 83 2 85
Diputados 744 199 943
Junta Departamental 1.418 433 1.851
Total de candidatos 2.543 717 3.262

Fuente: Ultima Hora (6/IX/97)

4.2.- Resultados

- Partido Colorado - ANR

Resultados de Internas para Presidente

Luis M. Argaña 35%
Carlos Facetti 22%
Lino C. Oviedo 37%
Blancos y Nulos 5%
Angel Seifart 1%

Resultados de Internas para Senado

Lista 10- UNACE 32,85%
Lista 9 - FREDECO 0,92%
Lista 3 - CU 0,33%
Lista 4 - ADR - CCCC 22,41%
Lista 2 - MRC 33,68%

Participación en Internas (Participación 63,78%)

Votos emitidos 39%
Habilitados 61%

Estos resultados están sujetos a lo que decida la justicia electoral

- Alianza Opositora

En las internas del PLRA, para la presidencia Domingo Laíno obtuvo 165.003 votos que constituyen el 65%, contra 82.596 votos, el 32% de Miguel A. Saguier. Nivel de participación del 51,4%.(Noticias el Diario, 8/X/97).

En el PEN a nivel juvenil se impuso la dupla Camacho-Jara de la Alianza PAIS/MIE/IPC.

Alcanzaron un nivel de participación del el 34%, el más bajo que registra el Encuentro Nacional en lo que va de las tres últimas internas. (ABC Color,22/IX/97).


5.- Aspectos positivos y negativos del proceso

5.1.- Positivos

  • Si se superan los peligros que amenazan la continuidad del proceso, el Paraguay nunca antes en su historia política vivió ocho años, y diez meses de libertades públicas.
  • Se ha ido creando una incipiente estructura democrática en lo jurídico-político.
  • Se ha ido estableciendo, y esto es importante, una red de seguridad internacional al sistema democrático, pero lamentablemente con instituciones muy débiles, con mucha nostalgia del pasado en muchos sectores, debido fundamentalmente a los grandes fracasos en lo económico y social de la transición, por una gran corrupción que no fue combatida.

Entonces estas libertades públicas son vistas a la luz de estas falencias. De todas maneras conviene resaltar como logro en todos estos años el mantenimiento de este proceso de libertades públicas.

5.2.- Negativos

  • A nivel institucional tenemos un Poder Judicial que todavía no se hace sentir en cuanto al combate a la gran corrupción y a la impunidad. Un Congreso que requiere de una mayor producción de leyes socioeconómicas y de algunas leyes de Reforma del Estado que son claves, como la Ley 200 del funcionariado público. Y un Poder Ejecutivo, muy desprestigiado con serias dificultades para la conducción política del país. Todavía no se consiguió construir un tejido institucional fuerte.
  • Por el lado de la legitimidad de resultados, el sistema no logra responder con resultados concretos las dimensiones sociales y económicas. Tenemos índices de pobreza relativa y absoluta verdaderamente alarmantes.
  • La inseguridad de la continuidad del proceso de democratización, a causa de la falta de indefinición de las internas coloradas. Se habla insistentemente de la posibilidad de golpe, autogolpe, golpe "preventivo", etc.

Lamentablemente la élite de poder de la ANR, hasta el momento no logra dirimir sus diferencias y esto repercute en todo el sistema. Las últimas movidas hechas desde el oficialismo al solicitar la nulidad de los comicios y la suspensión de la inscripción de candidatos no solo de la ANR, sino también de la oposición, presumiblemente buscan trabar el calendario electoral y prorrogar el mandato de las autoridades naciones, esto desde todo punto de vista es anticonstitucional.


6.- Conclusiones y recomendaciones

  • A estas alturas, a finales de noviembre de 1997 lo que se debe conseguir con el esfuerzo real de todos los actores es llegar a mayo de 1998 con la certeza de realizar elecciones democráticas, libres, limpias, competitivas y en igualdad de condiciones para todos.
  • Pedir más cosas en este contexto, sería engañarnos. No hay grupo político alguno que esté pensando en estos momentos más allá de mayo del próximo año.
  • Es preocupante las horas de incertidumbre que se están viviendo. Estas horas nos muestran las debilidades de este proceso, la posibilidad de que los militares vuelvan a tener el poder para imponer candidatos, que el poder judicial tenga una actuación tan débil y contradictoria en sus resoluciones, son señales claras de las falencias del proceso, pero que no significa por ello que lo mejor es terminar con él.

6.1.- Mecanismos sugeridos para un mayor control de la ciudadanía

Comisión de Control de la Ciudadanía.

La conformación de una comisión de ciudadanos/as notables que fiscalicen la legislación que los parlamentarios elaboran sobre cuestiones que les afecta a sí mismos es la propuesta que tiene el sociólogo Tomás Palau para evitar situaciones semejantes a las que se dan en nuestro medio, donde quienes tienen que legislar sobre sí mismos perdieron credibilidad. (Ultima Hora, 9/VII/97)

El Defensor del Pueblo: la gran deuda pendiente

La Defensoría del Pueblo, figura creada justamente por la Constitución Nacional de 1992, es quizás una de la mayores deudas que se tiene con la ciudadanía. Pasaron cuatro años desde que la Cámara de Senadores convocó a los que quisieran ocupar el cargo, y aunque parezca increíble, hasta ahora el Congreso no ha hecho la designación. (ABC Color, 21/VI/97)

Revocatoria de mandato

Algunos sectores políticos están pensando ya en una enmienda constitucional para introducir la figura de la revocatoria de mandato para los integrantes del Congreso. Técnicamente es posible, ya que para ello solamente se necesita que pasen tres años de la promulgación y que sea a iniciativa de la cuarta parte de cualquiera de las Cámaras del Congreso.

Implementación de las listas cerradas y móviles

A través de la modificación del Código Electoral se puede plantear la implementación de las "listas cerradas y móviles" en futuras elecciones. Este mecanismo posibilitará al elector o electoral elegir a candidatos o candidatas en orden a su preferencia asignándoles el lugar que desea en las listas.

Consolidación de iniciativas ciudadanas

La organización de la ciudadanía y su permanente movilización en defensa de sus intereses, y principalmente para la propuesta, aprobación e implementación de políticas públicas relacionadas al sector, ejemplo: objeción de conciencia, políticas dirigidas a la juventud, niñez, mujeres, indígenas, cooperativas, desarrollo rural, defensa del consumidor, comisiones vecinales, radios comunitarias y populares, etc.

Campañas por la transparencia electoral, por la consolidación democrática en el país, contra la impunidad, foros sobre poder ciudadano, etc.


Bibliografía

  • Entrevista a Carlos Martini
  • Periódicos: ABC Color, Noticias, Ultima Hora, La Nación, El Día.
  • Ley 834, Código Electoral Paraguayo
  • Constitución de la República del Paraguay. Año 1992.

Capítulo Siguiente