Informe 199
Informe DDHH en Paraguay 1997

INFORMACIÓN GENERAL DEL PARAGUAY


1. Territorio y ubicación geográfica

El Paraguay está ubicado en el sur del continente americano, comprendido entre los paralelos 19º 18' y 27º 3' de latitud sur y entre los meridianos 54º 15' y 62º 38' oeste de Greenwich, limitando al norte con Brasil y Bolivia, al este con el Brasil y la Argentina, al sur con Argentina y al oeste con Bolivia.

El Paraguay tiene una superficie de 406.752 Km² con una densidad poblacional de 10,1 habitantes por Km² según el Censo de Población y Vivienda de 1992.

La población censada en 1992 fue de 4.123.550 habitantes, de los cuales el 50,5% vive en núcleos urbanos y el 49,5% en áreas rurales. De acuerdo a estimaciones sobre el crecimiento poblacional de la Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos, para 1997 la población de Paraguay es de 5.085.328 habitantes.

El río Paraguay divide el país en dos regiones geográficas marcadamente diferentes: la Región Oriental, con 159.827 Km², concentra al 97,5% de la población con una densidad demográfica de 25,2 habitantes por Km²; en tanto que el Chaco (Región Occidental) tiene 246.925 Km², alberga al 2,5% de la población, con una densidad de sólo 0,4 habitantes por Km². La Región Oriental se caracteriza por tener llanuras extensas y zonas boscosas, surcadas por una amplia red de ríos y arroyos. El Chaco, en cambio, es una gran planicie caracterizada por la escasez de agua y por tener una vegetación propia de climas semi-desérticos.

El clima en Paraguay varía de tropical a sub-tropical, con veranos muy cálidos y lluviosos. La temperatura media anual es de 18º C y la máxima media anual es de 28ºC.

El sistema orográfico se distingue por tener cordilleras boscosas de poca altura, llegando la altura máxima a 700 m sobre el nivel del mar. El sistema fluvial es importante, destacándose los ríos Paraná y Paraguay, navegables por buques de mediano y gran calado. Asimismo, existen extensas zonas cubiertas por humedales y pantanos.


2. Población

La población de Paraguay es, en relación a otros países sudamericanos, escasa, aunque experimentó en las últimas décadas un alto crecimiento, registrando en la última década una tasa del 3,2%. Por otra parte, se dio un proceso muy acelerado de urbanización de la población, sobre todo en el Departamento Central y un importante desplazamiento de la población rural a las zonas fronterizas de Alto Paraná, Itapúa, Canindeyu y Amambay.

En materia de división de la población por sexo, se observa que de una situación de ligera supremacía demográfica de la población femenina, se pasa actualmente a una situación de equilibrio. Por otro lado, Paraguay sigue manteniendo una población eminentemente joven, propia de una población con una alta tasa de fecundidad. De acuerdo al Censo de 1992, cuatro de cada diez personas son menores de 15 años.

La distribución de la Población Económicamente Activa (PEA) por sectores, permite apreciar que la economía paraguaya se está terciarizando, al mismo tiempo que se reduce el sector primario, principalmente las actividades agrícolas. También se observa que estas transformaciones no van acompañadas de ningún proceso de industrialización, lo que señala la informalización de la actividad económica, sobre todo en las áreas de comercio y servicios.

CUADRO

Evolución de la población por área rural-urbana, por sexo, grandes grupos de edades y PEA por sectores Paraguay 1950-1992

Población 1950 1962 1972 1982 1992
Total 1.328.452 1.819.103 2.357.955 3.029.830 4.152.588
Tasa de crecimiento - 2,7% 2,7% 2,5% 3,2%
Urbana 459.726 651.869 882.345 1.295.345 2.089.688
Tasa de crecimiento - 2,9% 3,2% 3,9% 4,9%
% Pob. Urbana 35,0% 35,8% 37,4% 42,8% 50,3%
Rural 868.726 1.167.234 1.475.610 1.734.485 2.062.900
Tasa de crecimiento - 2,5% 2,4% 1,6% 1,7%
Hombres 649.109 894.164 1.169.111 1.521.409 2.085.905
Mujeres 679.343 924.939 1.188.844 1.508.421 2.066.683
Indice de masculinidad 95,5 96,7 98,3 100,9 100,9
Edad (%) (%) (%) (%) (%)
0 a 14 años 43,8 45,9 44,7 40,8 41,5
15 a 64 años 52,5 50,2 51,2 54,9 53,9
65 y más 3,7 3,9 4,0 4,3 4,6
PEA por sectores (%) (%) (%)
Primario 51,7 46,8 35,4
Secundario 18,7 20,5 19,7
Terciario 29,6 32,7 40,0
Otro - - 4,9

Fuente: Dirección General de Estadísticas, Encuestas y Censos, 1992.

La población paraguaya es pluricultural y multiétnica; aunque existe una mayoría mestiza, se destaca una pequeña pero muy diversa y rica presencia de 17 pueblos indígenas, que constituyen el 1% del total de la población, y extranjeros con menos del 5% de la población total del país. De acuerdo a la nacionalidad, más del 80% de los extranjeros provienen de Brasil (56,8%) y de la Argentina (25,8).

El 50% de la población es bilingüe guaraní-español (aunque es muy probable que una gran parte de ese sector hable mucho mejor el guaraní que el español); un 37% es monolingüe guaraní, un 7% es monolingüe español y un 6% habla otros idiomas.


3. Organización Política

Paraguay se independizó de España en 1811, pero prácticamente hasta 1989, estuvo regido -salvo breves "primaveras democráticas"- por gobiernos autoritarios y con una agitada vida política donde las diferencias se resolvieron por vía de las armas.

Desde el 15 de agosto de 1993 ejerce la presidencia de la República el Ing. Juan Carlos Wasmosy, quien ganó las primeras elecciones libres encabezando al Partido Colorado con el 39,91% de los votos emitidos para Presidente. El Ing. Wasmosy, cumple el segundo período constitucional de la transición a la democracia desde que el Gral. Andrés Rodríguez derrocara -mediante un cruento golpe de estado el 2 y 3 de febrero de 1989- a su consuegro, el longevo dictador Gral. Alfredo Stroessner, actualmente exiliado en Brasilia. El Partido Colorado, de tendencia populista de derecha, se encuentra en el poder desde que ganó la guerra civil de 1947.

El 20 de junio de 1992 se sancionó la nueva Constitución Nacional que establece las bases para la construcción de un estado democrático y social de derecho. De acuerdo a la Constitución, el poder del Estado se divide en las tres funciones clásicas.

El Poder Ejecutivo es ejercido por un Presidente, electo por mayoría simple, en comicios generales directos celebrados cada cinco años, no pudiendo ser reelecto. El Poder Legislativo es ejercido por el Congreso, compuesto por una Cámara de Senadores (45 miembros) y una Cámara de Diputados de representación departamental (80 miembros) electos en comicios directos coincidentes con las elecciones presidenciales cada 5 años. En ambas Cámaras del Congreso existe una ligera mayoría de los partidos políticos de oposición. El Poder Judicial está compuesto por la Corte Suprema de Justicia y por los Tribunales y Juzgados que se establezcan de acuerdo a la legislación orgánica de los tribunales. La Corte Suprema de Justicia está compuesta por nueve miembros, nombrados por la Cámara de Senadores, con acuerdo del Poder Ejecutivo, a propuesta de ternas elevadas por el Consejo de la Magistratura. El Consejo de la Magistratura es un órgano colegiado encargado de proponer, previo examen de méritos y aptitudes, de las ternas para ministros de la Corte Suprema de Justicia, para Fiscal General del Estado, miembros de los tribunales inferiores, jueces y agentes fiscales.

La independencia del Poder Judicial está garantizada -al menos formalmente- en los mecanismos de nombramiento e inamovilidad de los jueces.


4. Contexto jurídico de protección de los Derechos Humanos

La Constitución Nacional recoge todos los derechos fundamentales enunciados en los distintos instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos; en algunos casos, establece estándares más favorables a la vigencia plena de los derechos y garantías de las personas que los que son reconocidos en la doctrina internacional, aunque el respeto de la Constitución en la práctica tenga muchas y graves falencias.

Los tratados internacionales, ratificados por ley del Congreso y depositados, forman parte del derecho positivo interno en un grado de prelación inferior a la Constitución Nacional y superior a las leyes sancionadas por el Congreso (art. 141 y 137 Constitución Nacional). La República del Paraguay, en sus relaciones internacionales, acepta el derecho internacional y la protección internacional de los derechos humanos (artículo 142 inc. 5 Constitución Nacional).

El Ministerio Público -ejercido por un Fiscal General del Estado y los agentes fiscales- representan a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales del Estado, velando por los derechos y garantías constitucionales y ejerciendo la acción penal pública.

También la Constitución Nacional establece un Defensor del Pueblo, como delegado parlamentario encargado de la defensa de los derechos humanos, la canalización de los reclamos populares y la protección de los intereses comunitarios. De acuerdo a sus atribuciones, tiene potestad de recibir e investigar denuncias de violación a estos derechos, acceder a sitios donde se denuncie comisión de tales hechos y emitir censura pública contra tales actos. No obstante, su nombramiento todavía no se ha podido realizar por falta de acuerdo político en el Congreso para la nominación del mismo, a pesar de haber transcurrido 4 años de la sanción de la Constitución.

La Constitución Nacional asimismo, establece las garantías judiciales de la acción de inconstitucionalidad, el amparo, el hábeas corpus y el hábeas data para la protección de los derechos enunciados en la Constitución y las leyes.

El hábeas corpus podrá ser preventivo, reparador o genérico. El preventivo se interpone ante cualquier juez de primera instancia por cualquier persona en trance inminente de ser privada ilegítimamente de su libertad, pudiendo examinar las circunstancias denuciadas y, en su caso, una orden para el cese de esas restricciones. El hábeas corpus reparador se podrá interponer por cualquier persona privada ilegítimamente de su libertad, pidiendo la rectificación de las circunstancias del caso; el juez debe ordenar a la autoridad pertinente la comparecencia del detenido en un plazo máximo de 24 horas después de radicada la petición; en caso contrario, debe constituirse en el lugar de reclusión y hacer allí el examen de las circunstancias del caso, ordenando la inmediata libertad si no existiesen motivos legales para la privación de su libertad. El hábeas corpus genérico se podrá interponer contra cualquier otra circunstancia que restrinja o amenaze la libertad y la seguridad personal. Asimismo, el hábeas corpus genérico se podrá interponer contra aquéllas circunstancias que violenten física, psíquica o moralmente a las personas legalmente privadas de su libertad.

El artículo 135 Del Hábeas Data establece que "toca persona podrá acceder a la información y a los datos que sobre sí misma, o sobre sus bienes, obren en registros oficiales o privados de carácter público, así como conocer el uso que se haga de los mismos y de su finalidad. Podrá solicitar ante el magistrado competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquéllos, si fuesen erróneos o afectaran ilegítimamente sus derechos".

Capítulo Siguiente