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05feb04


Conforman Comisión Multisectorial de Alto Nivel sobre paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional.


Conforman Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional.
Decreto Supremo Nº 003-2004-JUS

El Presidente de la República

Considerando:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM, se constituyó la Comisión de la Verdad y Reconciliación con la finalidad de esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de violación a los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del Estado, así como proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos, así como para propender a la reconciliación nacional, al imperio de la justicia y al fortalecimiento del régimen democrático constitucional;

Que, en el mes de agosto del presente año, la Comisión de la Verdad y Reconciliación concluyó sus labores presentando a los poderes estatales y a la opinión pública su Informe Final, el mismo que contiene una serie de conclusiones y recomendaciones, destinadas a procurar el establecimiento de los mecanismos y políticas necesarias para combatir la exclusión social, la falta de presencia del Estado y el abandono, que determinaron el contexto que permitió la expansión de la ideología demencial y terrorista que se ensañó con los peruanos más pobres y del cual resultó el baño de sangre que duró 20 años;

Que, resulta necesario el establecimiento de los mecanismos necesarios para que el Estado afronte y asuma sus responsabilidades en el cumplimiento de los objetivos de reconciliación nacional basada en el conocimiento de la verdad y la reparación colectiva de los graves daños ocasionados en el proceso de violencia vivido en nuestro país;

Que, el Gobierno asumió al momento de recibir el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, el compromiso de proponer al país las acciones para encarar las secuelas de la violencia y el terror;

Que, con la finalidad de afirmar el compromiso del Gobierno en el cumplimiento de los objetivos nacionales de promoción y defensa de los derechos humanos, resulta necesario el establecimiento de un mecanismo de seguimiento de las acciones y políticas del Estado en el campo de la Paz, la Reparación Colectiva y Reconciliación que estará a cargo de una Comisión Multisectorial de Alto Nivel;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1º.- Del Objeto

Conformar la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional.

Artículo 2º.- De la conformación de la Comisión

2.1 La Comisión estará integrada de la siguiente manera:

  • Un representante de la Presidencia de la República, quien la presidirá;
  • Un representante del Ministerio del Interior;
  • Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
  • Un representante del Ministerio de Justicia;
  • Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;
  • Un representante del Consejo Nacional de Descentralización;
  • Un representante de las organizaciones de promoción y defensa de los derechos humanos;
  • El Consejero Presidencial en Asuntos de Derechos Humanos.

2.2 La Presidencia del Consejo de Ministros determinará, mediante Resolución Ministerial, dentro de los 15 días posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo, el procedimiento para la designación del representante de las organizaciones de promoción y defensa de los derechos humanos.

Articulo 3º.- De la Secretaría Ejecutiva

3.1 La Comisión Multisectorial tendrá una Secretaría Ejecutiva como órgano de apoyo para el cumplimiento de sus funciones. La organización y funciones de la Secretaría Ejecutiva serán establecidas en su reglamento.

3.2 Mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros, se designará al Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial.

Articulo 4º.- De las funciones de la Comisión

Son funciones de la Comisión:

  • 4.1 Diseñar la política nacional de paz, reconciliación y reparación colectiva para su aprobación por el Consejo de Ministros.
  • 4.2 Coordinar el cumplimiento de las políticas públicas específicas para el cumplimiento de los objetivos de paz, reconciliación y reparación colectiva.
  • 4.3 Supervisar el cumplimiento de los objetivos planteados.
  • 4.4 Promover la cooperación y colaboración de la sociedad civil en el logro de los objetivos de paz, reconciliación y reparación colectiva.
  • 4.5 Establecer y mantener vinculaciones con organismos internacionales de derechos humanos con la finalidad de procurar la cooperación técnica internacional.
  • 4.6 Presentar periódicamente al Consejo de Ministros un informe sobre el cumplimiento de sus funciones.

4.7 Todas las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y objetivos.

Articulo 5º.- Del asesoramiento, información y apoyo

La Comisión Multisectorial podrá solicitar a las entidades públicas y privadas el asesoramiento, información y apoyo necesarios para el cumplimiento de la labor encomendada.

Articulo 6º.- Disposiciones complementarias

La Presidencia del Consejo de Ministros podrá emitir las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación del presente Decreto Supremo.

Articulo 7º.- Del refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Justicia y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

Firman:
  • Alejandro Toledo, Presidente Constitucional de la República.
  • Carlos Ferrero, Presidente del Consejo de Ministros.
  • Fernando Rospigliosi C., Ministro del Interior.
  • Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Economía y Finanzas.
  • Fausto Alvarado Dodero, Ministro de Justicia.
  • Ana María Romero-lozada Lauezzari.
  • Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

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small logoEste documento ha sido publicado el 03mar04 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights