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29dic15

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27° informe del Director General de la OPAQ sobre los avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias (nov.-dic. 15)


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2015/1049

Distr. general
29 de diciembre de 2015
Español
Original: inglés

Carta de fecha 29 de diciembre de 2015 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General

Tengo el honor de transmitir adjunto a la presente el 27° informe mensual del Director General de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), presentado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad (véase el anexo). El presente informe abarca el período comprendido entre el 24 de noviembre y el 21 de diciembre de 2015.

En lo que respecta a la destrucción de las 12 instalaciones de producción de armas químicas, aún no se ha destruido un hangar. Ese hangar sigue siendo inaccesible debido a la situación de seguridad imperante.

Se ha seguido avanzando en la destrucción de todas las sustancias químicas declaradas por la República Árabe Siria, tarea que concluirá próximamente. Aguardo con interés la confirmación de la destrucción completa de todas las sustancias químicas declaradas por la República Árabe Siria.

Al concluir el período que abarca el informe, el Grupo de Evaluación de las Declaraciones de la OPAQ estaba realizando su décima tercera visita a la República Árabe Siria. El Grupo siguió ocupándose de las cuestiones pendientes en sus visitas a sitios para tomar muestras, al proseguir sus consultas con las autoridades sirias y en la celebración de deliberaciones de carácter técnico.

Como usted sabe, el Director General de la OPAQ informará al Consejo Ejecutivo de la OPAQ en su 81° período de sesiones, en marzo de 2016, sobre los detalles de todas las cuestiones pendientes de solución, en particular aquellas en las que no se hayan observado avances. Por consiguiente, celebro que prosiga la cooperación entre las autoridades sirias y la OPAQ, lo cual es esencial para lograr nuevos progresos

Antes de mi carta anterior (S/2015/908) de fecha 24 de noviembre de 2015, transmití a usted los tres últimos informes de la misión de determinación de los hechos de la OPAQ en la República Árabe Siria, junto con una reseña de las deliberaciones del Consejo Ejecutivo de la OPAQ acerca de la labor de la misión. Usted recordará que uno de esos tres informes tenía carácter provisional.

De conformidad con la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo de la OPAQ de 4 de febrero de 2015, en la que se toma nota de la declaración de intención del Director General de la OPAQ de incluir los informes de la misión de determinación de los hechos de la OPAQ en la República Árabe Siria, el Director General ha incluido la versión definitiva de dicho informe provisional, junto con la carta que me remitió de fecha 22 de diciembre de 2015.

Tomo nota de las conclusiones que figuran en este informe, incluida la determinación de la misión de determinación de los hechos de la OPAQ de que es necesario seguir investigando.

Tengo entendido que el informe adjunto solo está disponible por el momento en inglés, y que la Secretaría Técnica de la OPAQ se está ocupando de la traducción del informe a todos los idiomas oficiales. Asimismo, entiendo que el Director General ha distribuido el informe en inglés a todos los Estados partes de la OPAQ. En este sentido, y hasta tanto sea traducido a todos los idiomas oficiales, el informe que me transmitió el Director General será remitido usted, a título informativo, como Nota de la Secretaría.

En relación con el Mecanismo Conjunto de Investigación de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y las Naciones Unidas, la Jefa del Mecanismo, Virginia Gamba, firmó el 11 de diciembre de 2015 el acuerdo sobre el estatuto de la misión con el Gobierno de la República Árabe Siria. Tras la firma del acuerdo sobre el estatuto de la misión, el grupo directivo del Mecanismo Conjunto de Investigación, compuesto por tres miembros, estuvo en Damasco para reunirse con el Gobierno de la República Árabe Siria el 1 7 de diciembre de 2015. Durante la visita, el grupo se reunió con el Excmo. Sr. Faisal Mekdad, Viceministro de Relaciones Exteriores, y otros funcionarios del Gobierno, quienes confirmaron la disposición del Gobierno de la República Árabe Siria a cooperar con el Mecanismo. Se examinó la aplicación de la resolución 2235 (2015) del Consejo de Seguridad y el acuerdo sobre el estatuto de la misión. El grupo directivo del Mecanismo espera que el Gobierno coopere, con arreglo a lo dispuesto en la resolución.

Por último, el grupo directivo del Mecanismo agradece las contribuciones voluntarias recibidas hasta el momento destinadas al fondo fiduciario del Mecanismo.

(Firmado) BAN Ki-moon


Anexo

Tengo el honor de transmitirle mi informe titulado "Avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias", elaborado de conformidad con las disposiciones pertinentes de la decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y la resolución 21 18 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ambas de fecha 27 de septiembre de 2013, para que lo remita al Consejo. Mi informe abarca el período comprendido entre el 24 de noviembre de 2015 y el 21 de diciembre de 2015 y se atiene a los requisitos en materia de presentación de informes establecidos en la decisión del Consejo Ejecutivo EC M 34/DEC.1, de fecha 15 de noviembre de 2013. Asimismo, adjunta envío la nota de la Secretaría Técnica: Informe de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria en relación con los incidentes descritos en las comunicaciones cursadas por el Viceministro de Relaciones Exteriores y Expatriados, y Jefe de la Autoridad Nacional de la República Árabe Siria. Se trata de la versión definitiva del informe provisional que ya se proporcionó el 2 de noviembre.

(Firmado) Ahmet Üzümcü


Apéndice

Nota del Director General

Avances logrados en la eliminación del programa de armas químicas sirias

1. De conformidad con el apartado f) del párrafo 2 de la decisión del Consejo Ejecutivo (en adelante, el "Consejo") en su trigésima tercera reunión (EC-M-33/DEC.1, de fecha 27 de septiembre de 2013), la Secretaría Técnica (en adelante, la "Secretaría") ha de informar todos los meses al Consejo sobre la aplicación de la decisión. De conformidad con el párrafo 12 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el informe de la Secretaría también se ha de presentar al Consejo de Seguridad, por conducto del Secretario General.

2. En su trigésima cuarta reunión, el Consejo adoptó la decisión titulada "Requisitos detallados para la destrucción de las armas químicas sirias y las instalaciones de producción de armas químicas sirias" (EC-M-34/DEC.1, de fecha 15 de noviembre de 2013). En el párrafo 22 de dicha decisión, el Consejo decidió que la Secretaría informase sobre su aplicación "junto con el informe requerido en virtud del apartado f) del párrafo 2 de la decisión del Consejo EC-M-33/DEC.1".

3. En su cuadragésima octava reunión, el Consejo también adoptó la decisión titulada "Informes de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria" (EC M 48/DEC.1, de fecha 4 de febrero de 2015).

4. Por consiguiente, este vigésimo séptimo informe mensual se presenta de conformidad con las decisiones del Consejo mencionadas e incluye la información relativa al periodo comprendido entre el 24 de noviembre y el 21 de diciembre de 2015.

Avances logrados por la República Árabe Siria en el cumplimiento de las disposiciones de los documentos EC-M-33/DEC.1 y EC-M-34/DEC.1

5. A continuación se exponen los avances logrados por la República Árabe Siria durante el periodo de que se informa:

    a) Como se ha informado con anterioridad, la Secretaría ha verificado la destrucción de 11 de las 12 instalaciones de producción de armas químicas (IPAQ) de la República Árabe Siria, a saber: cinco estructuras subterráneas y siete hangares de aeronaves. El hangar restante que aún se ha de destruir seguía siendo inaccesible durante el periodo de que se informa debido a la situación de seguridad.

    b) El 18 de diciembre de 2015, la República Árabe Siria presentó al Consejo su vigésimo quinto informe mensual (EC-81/P/NAT.3, de fecha 18 de diciembre de 2015) sobre las actividades realizadas en su territorio relativas a la destrucción de sus armas químicas y sus IPAQ, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 19 del documento EC -M-34/DEC.1.

    c) Las autoridades sirias han seguido prestando la cooperación necesaria de conformidad con el apartado e) del párrafo 1 del documento EC M 33/DEC.1 y el párrafo 7 de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Avances logrados en la eliminación de las armas químicas sirias por los Estados Partes que acogen las actividades de destrucción

6. Se han logrado avances considerables en la destrucción de todas las sustancias químicas declaradas por la República Árabe Siria que se retiraron de su territorio en 2014. Se ha verificado la destrucción de una suma total del 99,6% de todas las armas químicas declaradas, incluido el isopropanol destruido con anterioridad en la República Árabe Siria, el 100% de las sustancias químicas de la categoría 1 y el 98,1% de las sustancias químicas de la categoría 2. También se ha destruido el efluente producido por el proceso de neutralización de la mostaza de azufre y el DF. En la fecha límite del presente informe ya se ha destruido un total del 84,3% de la sustancia química restante de la categoría 2, fluoruro de hidrógeno (HF), puesto que en Veolia ES Technical Solutions, S.R.L., en los Estados Unidos de América, prosiguieron las actividades de destrucción. La Secretaría seguirá informando a los Estados Partes, en La Haya, acerca de estas actividades, que se espera que concluyan en enero de 2016.

Actividades realizadas por la Secretaría en relación con la República Árabe Siria

7. Continuó la cooperación entre la Secretaría y la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos en el ámbito de la Misión de la OPAQ en la República Árabe Siria. En la fecha límite del presente informe, había seis miembros del personal de la OPAQ destacados en esa misión (incluido el Grupo de Evaluación de las Declaraciones).

8. El Director General siguió comunicándose con altos representantes de los Estados Partes que acogen alguna instalación de destrucción o prestan asistencia con la destrucción de las armas químicas sirias y con altos funcionarios del Gobierno de la República Árabe Siria. A tenor de la petición del Consejo en su septuagésimo quinto periodo de sesiones (párrafo 7.12 del documento EC-75/2, de fecha 7 de marzo de 2014), la Secretaría, en nombre del Director General, ha seguido informando a los Estados Partes en La Haya acerca de las actividades que realiza.

9. A instancias del Consejo en su septuagésimo sexto periodo de sesiones (párrafo 6.17 del documento EC-76/6, de fecha 11 de julio de 2014), la Secretaría y las autoridades sirias mantuvieron la cooperación en curso para las cuestiones pendientes relacionadas con la declaración inicial siria. Durante su decimotercera visita a la República Árabe Siria, que se inició el 13 de diciembre y debe concluir el 22 de diciembre de 2015, el Grupo de Evaluación de las Declaraciones siguió examinando las cuestiones pendientes, mediante las visitas a los lugares correspondientes, los debates con las autoridades sirias, las consultas técnicas y las entrevistas con los directivos del programa de armas químicas sirias. Si bien el Grupo de Evaluación de las Declaraciones celebró algunas de sus reuniones técnicas en Beirut durante los primeros tres días de su visita debido a la situación de seguridad existente en Damasco, el Grupo pudo continuar sus trabajos en Damasco posteriormente.

Recursos suplementarios

10. Además del Fondo Fiduciario de Siria para la Destrucción de las Armas Químicas, cuyo valor total era ascendente a 50,3 millones de euros, en noviembre de 2015 se creó un nuevo Fondo Fiduciario para las Misiones en Siria para apoyar a la Misión de Determinación de los Hechos y otras actividades restantes tales como las del Grupo de Evaluación de las Declaraciones. En la fecha límite del presente informe, se habían recibido 600.000 euros de Alemania, y actualmente se están procesando las promesas de contribución de otros donantes.

Actividades realizadas en relación con la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ en Siria

11. Otro informe del grupo de la Misión de Determinación de los Hechos que investigó los incidentes notificados por la República Árabe Siria, que conllevaron el empleo de sustancias químicas tóxicas, se ha publicado el 17 de diciembre de 2015, para que los Estados Partes lo examinen. En el informe se abordan 11 incidentes. Atendiendo a la labor realizada por la Misión de Determinación de los Hechos, que conllevó la realización de entrevistas y otros procedimientos, la Misión de Determinación de los Hechos estima que, en algunos casos, los afectados podrían haber estado expuestos a algún tipo de sustancia irritante no persistente. Sin embargo, el grupo no halló pruebas que permitan aclarar la naturaleza específica o la fuente de la exposición. En uno de los casos, el análisis de algunas muestras de sangre indica que los individuos en algún momento estuvieron expuestos al sarín o a una sustancia afín al sarín. Habría que proseguir la investigación para determinar el momento y las circunstancias en que pudo haberse producido esa exposición. La Secretaría sigue prestando asistencia y trabajando junto con el Mecanismo Conjunto de Investigación por conducto de la Misión de Determinación de los Hechos de la OPAQ.

Conclusión

12. Las actividades futuras de la Misión de la OPAQ en la República Árabe Siria se centrarán principalmente en las actividades del Grupo de Evaluación de las Declaraciones y de la Misión de Determinación de los Hechos, así como en la destrucción y verificación del hangar de aeronaves restante.


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