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31may16

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Quinto informe del Secretario General presentado en cumplimiento del párrafo 8 de la resolución 1958 (2010)


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/497

Distr. general
31 de mayo de 2016
Español
Original: inglés

Quinto informe del Secretario General presentado en cumplimiento del párrafo 8 de la resolución 1958 (2010) del Consejo de Seguridad

I. Introducción

1. Este informe se presenta de conformidad con el párrafo 8 de la resolución 1958 (2010) del Consejo de Seguridad, en que el Consejo me solicitó que anualmente lo informara y le proporcionara un análisis del uso y los gastos de la cuenta de garantía bloqueada mencionada en los párrafos 4 y 5 de la resolución, por primera vez a más tardar el 31 de marzo de 2012, y que presentara el informe final tres meses después de que se hubieran transferido al Gobierno del Iraq, a más tardar el 31 de diciembre de 2016, todos los fondos restantes que se hubieran retenido a los fines de los párrafos 4 y 5, a menos que el Consejo autorizara otra cosa.

2. A partir de 2012, a más tardar el 31 de marzo de cada año, fecha del cierre de las cuentas anuales de las Naciones Unidas, he presentado al Consejo informes anuales que contenían un análisis del uso y los gastos de la cuenta durante el año precedente. Sin embargo, el cierre de cuentas de 2015 se ha retrasado y, en consulta con la Junta de Auditores, el plazo para la preparación de todos los estados financieros para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2015 se ha prorrogado hasta fines de mayo de 2016. Por consiguiente, y como señalé en mi carta de 22 de marzo de 2016, presento este informe en el día de la fecha.

II. Antecedentes

3. De conformidad con los párrafos 4 y 5 de la resolución 1958 (2010), la Secretaría transfirió de la cuenta para el Iraq: a) 20 millones de dólares a la cuenta administrativa de garantía bloqueada exclusivamente para sufragar los gastos de las Naciones Unidas relacionados con la finalización ordenada de las actividades residuales del Programa Petróleo Por Alimentos, incluido el apoyo de la Organización a las investigaciones y los procedimientos que realizaran los Estados Miembros en relación con el programa, y los gastos de la oficina del Coordinador de Alto Nivel creada con arreglo a la resolución 1284 (1999) del Consejo de Seguridad; y b) 131 millones de dólares a la cuenta de indemnización de garantía bloqueada para que el Gobierno del Iraq indemnizara a las Naciones Unidas, sus representantes, agentes y contratistas independientes.

III. Cuenta administrativa de garantía bloqueada

4. Deseo informar a los miembros del Consejo del Seguridad de que las actividades realizadas y financiadas como se indica en el párrafo 4 de la resolución 1958 (2010) entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015 han dado lugar a gastos por un monto de 640.000 dólares para tareas relacionadas con la finalización ordenada de las actividades residuales del Programa Petróleo Por Alimentos.

IV. Cuenta de indemnización de garantía bloqueada

5. Deseo informar a los miembros del Consejo de Seguridad de que hasta la fecha no se han realizado gastos respecto de la cantidad mencionada en el párrafo 5 de la resolución 1958 (2010).

6. Tras mi último informe presentado al Consejo de Seguridad el 24 de marzo de 2015 (S/2015/208), la Secretaría se reunió con el Gobierno del Iraq para negociar los acuerdos de ejecución, según lo establecido en el párrafo 7 de la resolución 1958 (2010). A ese respecto, me complace informar de que se han logrado avances importantes en relación con las cuestiones pendientes. Me propongo mantener informado al Consejo de los nuevos progresos que se realicen.


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