Acuerdos de paz
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09oct91

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Acuerdo de Ginebra entre el Gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional


NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Consejo de Seguridad
Distr.
GENERAL

A/46/551
S/23128
9 de octubre de 1991
ORIGINAL: ESPAÑOL

ASAMBLEA GENERAL
Cuadragésimo sexto período de sesiones
Tema 31 del programa
LA SITUACION EN CENTROAMERICA: AMENAZAS
A LA PAZ Y LA SEGURIDAD INTERNACIONALES
E INICIATIVAS DE PAZ
CONSEJO DE SEGURIDAD
Cuadragésimo sexto año

Carta de fecha 8 de octubre de 1991 dirigida al Secretario General por el Representante Permanente de El Salvador ante las Naciones Unidas

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en ocasión de remitirle anexo el "Acuerdo de Ginebra", firmado en Ginebra, Suiza, el 4 de abril de 1990, por representantes del Gobierno de El Salvador y del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (véase el anexo).

Mucho agradeceré a Vuestra Excelencia hacer circular la presente nota y su anexo, como documento oficial de la Asamblea General, en relación con el tema 31 del programa, y del Consejo de Seguridad.

(Firmado) Ricardo G. CASTAÑEDA
Embajador
Representante Permanente


ANEXO

Acuerdo de Ginebra
(4 de abril de 1990)

A solicitud de los Presidentes centroamericanos y en el marco del mandato de buenos oficios que me confirió el Consejo de Seguridad a través de la resolución 637 del 27 de julio de 1989, he celebrado consultas con el Gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) con miras a convenir el formato, la mecánica y el ritmo de un proceso orientado a lograr, en el plazo más breve posible, bajo mis auspicios, el fin definitivo del conflicto armado en ese país. He aceptado llevar a cabo este esfuerzo a pedido del Gobierno y del FMLN y porque he recibido seguridades de ambas partes de que existe un propósito serio y de buena fe de buscar dicho fin por la vía de la negociación. Como resultado de mis consultas, el Gobierno y el FMLN han convenido en los puntos que se enumeran más adelante, que tienen el propósito de asegurar que el proceso se desarrolle de una manera eficiente y seria, y que fomente la confianza mutua mediante garantías apropiadas.

Estimo que la preservación escrupulosa de estas garantías, más allá de su importancia intrínseca, dará una indicación de la voluntad y capacidad de las partes para cumplir con los compromisos que contraigan en el curso de la negociación. En este entendido, el Gobierno y el FMLN se han comprometido a no abandonar el proceso de negociación.

1. El propósito del proceso será el de terminar el conflicto armado por la vía política al más corto plazo posible, impulsar la democratización del país, garantizar el irrestricto respeto a los derechos humanos y reunificar a la sociedad salvadoreña.

El objetivo inicial será el de lograr acuerdos políticos para la concertación de un cese del enfrentamiento armado y de todo acto que irrespete los derechos de la población civil, lo que deberá ser verificado por las Naciones Unidas, sujeto a la aprobación del Consejo de Seguridad. Logrado lo anterior, el proceso deberá conducir al establecimiento de las garantías y las condiciones necesarias para la reincorporación de los integrantes del FMLN, dentro de un marco de plena legalidad a la vida civil, institucional y política del país.

2. El proceso se realizará bajo los auspicios del Secretario General y de manera continua e ininterrumpida.

3. Con el objeto de asegurar el buen resultado del proceso de negociación, el Gobierno y el FMLN aceptan un método que será desarrollado mediante dos tipos de actividades complementarias: el diálogo directo entre comisiones negociadoras con la activa participación del Secretario General o su Representante y la intermediación del Secretario General o su Representante entre las partes, asegurándose que tanto el Gobierno como el FMLN estén comprometidos al más alto nivel. El Secretario General procurará que dichas actividades se realicen de manera que contribuya genuinamente al éxito del proceso. El Gobierno y el FMLN asegurarán que sus comisiones negociadoras estén plenamente facultadas para discutir y concertar acuerdos.

4. El Gobierno y el FMLN convienen en que el proceso se desarrollará dentro de la más estricta reserva. La única información pública sobre su desarrollo será aquella que proporcione el Secretario General o su representante autorizado.

5. El Secretario General, en forma discrecional, podrá mantener contactos confidenciales con Gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas o agrupaciones de éstos que puedan coadyuvar al buen éxito, del proceso mediante su asesoramiento y apoyo.

6. El Gobierno de El Salvador y el FMLN coinciden en que los partidos políticos y otras organizaciones sociales representativas existentes en El Salvador tienen un papel importante en la consecución de la paz. Reconocen asimismo la necesidad de que tanto el Gobierno como el FMLN mantengan mecanismos adecuados y permanentes de información y consulta con dichos partidos y organizaciones sociales del país, debiendo comprometerse éstos a guardar la reserva necesaria para el buen desarrollo del proceso de diálogo. Cuando se estime conveniente - y de común acuerdo - las comisiones podrán invitar a representantes de estos partidos y organizaciones para recibir sus aportes.

7. El Gobierno y el FMLN reconocen asimismo la utilidad de que el Secretario General mantenga contactos con personas y entidades salvadoreñas cuya contribución pueda ser de utilidad para sus esfuerzos.

Ginebra, 4 de abril de 1990

En representación del
Gobierno de El Salvador:
En representación del Frente
Farabundo Martí para la
Liberación Nacional:
(Firmado) Dr. Oscar Santamaría (Firmado) Cmdte. Shafik Handal
(Firmado) Emb. Guillermo Paz Larin (Firmado) Lic. Salvador Samayoa
(Firmado) Emb. Ana Cristina Sol (Firmado) Cmdte. Ana Guadalupe Martínez
(Firmado) Emb. Carlos Ernesto Mendoza (Firmado) Cmdte. Roberto Cañas

En la función que me ha asignado el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en la resolución 637 (1989)

(Firmado) Javier Pérez de Cuéllar
Secretario General de las Naciones Unidas


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