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16mar17


Condenan a perpetua a los generales Reynaldo Bignone y Santiago Omar Riveros por crímenes contra la humanidad


El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó a prisión perpetua a los represores Reynaldo Bignone y Santiago Omar Riveros por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Colegio Militar de la Nación y de los que fueran víctimas conscriptos que estaban realizando el servicio militar obligatorio entre 1976 y 1977.

También recibió la misma pena Mario Rubén Domínguez, en tanto el tribunal fijó 15 años para Carlos Eduardo José Somoza (civil del Batallón 601), 11 años para Hugo Miguel Castagno Monge, tres años a Jorge Teodoro Alvarado y cinco años a Alberto Federico Torres, todos ex militares.

Riveros fue en ese período comandante de Institutos Militares, en tanto Bignone fue ex director del Colegio Militar y segundo de Riveros, además de ser el último presidente de facto entre 1982 y 1983.

En el debate que comenzó en septiembre del año pasado y concluyó esta semana se juzgaron los crímenes contra seis jóvenes que realizaban el Servicio Militar Obligatorio en la jurisdicción de Campo de Mayo y otras seis personas que fueron secuestradas y sometidas al mismo circuito represivo clandestino en la causa conocida como "2948".

Los casos que se ventilaron en el juicio fueron los de los ex conscriptos Luis Daniel García, Luis Pablo Steimberg, Sergio Omar García, Hugo Néstor Carballo, Roberto Néstor Britos y Mario Vicente Molfino, privados de su libertad en agosto de 1976, con excepción de Molfino cuyo secuestro se produjo en febrero de 1977.

Luis García, Steimberg y Molfino permanecen desaparecidos y, en su momento, el Ejército los declaró desertores del Servicio Militar Obligatorio.

En tanto que Sergio García, Carballo y Britos recuperaron su libertad y fueron licenciados por el propio Bignone hasta que les dieron la baja del servicio.

El tribunal integrado por los jueces Marta Isabel Milloc, Diego Gustavo Barroetaveña y María Lucía Cassaín fijó para el 16 de mayo próximo la audiencia de lectura de los fundamentos de la sentencia.

[Fuente: Télam, Bs As, 16mar17]

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