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05may07


La Corte ya tiene el dictamen para dejar sin efecto un indulto de Menem


El procurador general de la Nación, Esteban Righi, presentó ayer un dictamen donde avala la inconstitucionalidad del decreto de indulto 1002/89, firmado por el ex presidente Carlos Menem, en una causa iniciada por uno de los beneficiados en ese decreto, el ex general Santiago Omar Riveros.

Es el paso que esperaba la Corte Suprema para poder pronunciarse contra la validez de ese indulto, en un fallo que comenzará a ser elaborado en las próximas semanas.

El dictamen de Righi coincide en sus lineamientos básicos con la postura que ha adoptado la Corte en los últimos años, en las causas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura: que los crímenes de lesa humanidad --cometidos por miembros del Estado-- no prescriben ni pueden ser amnistiados. Por eso la Corte, como informó Clarín esta semana, está próxima a elaborar un fallo en la causa Riveros donde confirmaría la inconstitucionalidad del decreto 1002/89, como ya hizo la Cámara de Casación penal.

"Estos crímenes (de la represión) son llevados a cabo por la conducción de aquellas instituciones que el hombre ha creado necesariamente para que sea posible la vida social. Es la cúpula de la organización política que debe procurar la coexistencia pacífica y regular la vida en comunidad", señaló Righi en uno de los tramos del dictamen.

"Lo único vedado a los Estados es el dictado de leyes o de cualquier otra disposición con la finalidad de impedir la investigación y la eventual sanción de las graves violaciones de derechos humanos", agregó.

"Con posterioridad a la expedición de la gracia presidencial (6 de octubre de 1989) se produjo una evolución en punto a la conciencia jurídica universal, cuyas consecuencias constriñen al Estado argentino --concretamente al Poder Judicial-- a revisar y eventualmente modificar anteriores decisiones en la materia, so pena de incurrir en responsabilidad internacional", consideró Righi.

"Al momento del dictado de los indultos éstos eran inconstitucionales", consideró el procurador, quien agregó que la decisión fue contraria al art. 29 de la Constitución que "impide todo acto de amnistía, perdón y exención de responsabilidad de los delitos que suponen la concesión o arrogación de la suma del poder público".

Riveros estaba acusado de homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad y torturas cometidas en centros clandestinos. Su caso fue emblemático porque la Justicia de primera instancia declaró inconstitucional el indulto, pero ese fallo fue revocado por la Cámara Federal de San Martín, que validó el perdón presidencial. Luego, en la Cámara de Casación Penal, se volvió a declarar inconstitucional el indulto y el caso llegó a la Corte.

El caso Riveros será el antecedente para los demás procesados por violaciones a los derechos humanos en la última dictadura militar.

El ex presidente Carlos Menem dictó el decreto de indulto 1002/89 contra ex represores a poco de asumir, lo que benefició a decenas de militares (ver "El alcance...").

Además, Menem dictó los decretos 1003/89 y 1004/89. Por el primero se indultó en 14 causas a 64 procesados por hechos subversivos, y por el segundo se indultó a personal militar y algunos civiles con sumarios ante la Justicia Militar y la Justicia Federal en relación a los alzamientos de Semana Santa, Monte Caseros, Villa Martelli y copamiento del Aeroparque Metropolitano.

Sobre la posibilidad de que la Corte también anule estos decretos, fuentes del Tribunal estimaron que, si se avanza en el sentido en que se han ido pronunciando los jueces actuales, los delitos que no pueden ser amnistiados son los de lesa humanidad, es decir, los cometidos por miembros del Estado o de fuerzas de seguridad. Esto dejaría al margen de la anulación a los otros indultos.

[Fuente: Clarin, Bs As, Arg, 05may07]

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