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DERECHOS


11ago03


Nulidad efectiva de las Leyes del Olvido.
por Hugo Alberto de Pedro.


" El engaño y la complicidad
de los genocidas que están sueltos,
el indulto y el punto final
a las bestias de aquel infierno.
Todo está guardado en la memoria,
sueño de la vida y de la historia."
La Memoria - Leon Gieco

En el mes de enero de 1919 la represión policial contra los trabajadores dio comienzo a los años negros de represión y muerte, que llegan a nuestros días. Por aquel entonces unos 2000 obreros del establecimiento metalúrgico Pedro Vasena e hijos mantenían un mes de huelga por reivindicaciones tan sencillas como la del descanso dominical, una jornada de ocho horas de trabajo, aumento de salarios y la reincorporación de los compañeros despedidos. La muerte de obreros no se hizo esperar como tampoco la solidaridad de vastos sectores del pueblo trabajador, nucleados en la Federación Obrera Regional Argentina (FORA) con gran participación de anarquistas y socialistas, que fueron masacrados en oportunidad de realizarse el sepelio. La huelga general fue inevitable y terminó en la denominada como "La Semana Trágica" con cientos de muertos y miles de heridos y detenidos. El radical Hipólito Yrigoyen era presidente constitucional desde 1916.

En el sur de la República Argentina, en Santa Cruz, entre los años 1920 y 1922 se realizó el primero genocidio de nuestra historia, si lo entendemos a éste como producto de una orden sistemática y presidencial, de Yrigoyen, donde cientos de peones de campo argentinos, sudamericanos y europeos fueron masacrados por el solo hecho de reclamar miserables reivindicaciones laborales y sociales, aún aquellos que habían abandonado la huelga y el reclamo. Aquellos sucesos han sido excelentemente historiados por José María Borrero (La Patagonia Trágica), Osvaldo Bayer (La Patagonia Rebelde) y David Viñas (Los dueños de la tierra) y tenían como víctimas a los anarquistas y todos aquellos que abrazaran ideales libertarios de izquierda que estaban atrapados en un sistema feudal por entonces ejercido por latifundistas ganaderos y comerciantes inescrupulosos, la mayoría extranjeros sostenidos económica y políticamente por los intereses ingleses. Las manos ejecutoras serían: 1) Las fuerzas militares argentinas para las cuales "En general, la impresión que causa al argentino, es la de que el territorio de Santa Cruz no pertenece a nuestra Patria" según el informe al Ministerio de Guerra del Teniente Coronel Héctor Benigno Varela; 2) Las manos civiles dirigidas por el conservador a ultranza y secretario de la Sociedad Rural Edelmiro Correa Falcón como la del capitán del Ejército ángel Ignacio Yza quienes fueran gobernadores del por entonces territorio nacional.

La llegada al poder de Marcelo T. De Alvear en 1922 como el regreso en 1928 de Yrigoyen para un segundo mandato solamente hacía un juego entre radicales personalistas y antipersonalistas, alejados siempre de los intereses populares daba inicio al siempre "necesario" despido de empleados públicos, las conspiraciones políticas partidarias y la impronta militar que terminaría en 1930 con el permiso "democrático".

Después vendrían años de serios desencuentros, conspiraciones, golpes cívicos-militares y con todo ello la tristemente recordada "Década Infame" entre 1930 y 1943 con los militares José E. Uriburu y Agustín P. Justo y los fraudulentos Roberto M. Ortiz y Ramón S. Castillo, radical y conservador respectivamente, no cambiarían las reglas impuestas anteriormente y dieron paso otros militares como Pedro P. Ramírez y Edelmiro J. Farrel para terminar con la tarea iniciada dieciséis años antes y que fuera una amalgama conservadora y militar. Mientras la vida nacional transcurría a los tropiezos avanzaban a pasos agigantados dentro del Ejército y la Marina las ideas nazi-fascistas, que encontrarían en el coronel Juan Domingo Perón a uno de sus máximos exponentes. éste luego de una orquestada puesta en escena militar se haría del gobierno en forma constitucional dando comienzo a la aplicación de las premisas del Grupo de Oficiales Unidos o bien Grupo de Obra de Unificación (GOU en ambos casos). Perón y Eva Duarte darían comienzos a una década de reivindicaciones obreras, un nacionalismo popular nunca demasiado real, intervenciones en la justicia y las provincias junto a tristes años de persecución ideológica, apremios ilegales, cárcel y exilio que se extendió desde 1946 hasta 1955.

A partir de 1955 y hasta 1973 los golpistas uniformados Eduardo Lonardi, Pedro E. Aramburu, José M. Guido, Juan C. Onganía, Roberto M. Levingston y Alejandro A. Lanusse, desarrollaron toda una política nacional basada en la entrega de parte del patrimonio nacional, la proscripción del peronismo, los golpes de estado contra Arturo Frondizi en 1962 y Arturo U. Illia en 1966 ambos provenientes del radicalismo. Como corresponde surgieron nuevamente las persecuciones hacia quienes representaran a los pensamientos de la izquierda vernácula, entre los cuales muchos supieron ser colaboracionistas que convergieron con los uniformados en una muestra de venganza hacia Perón. La venganza de los militares, en connivencia con sectores civiles, produjeron los fusilamientos de José León Suárez en el año 1956 que se convirtió seguramente en la bisagra histórica que diera comienzo a la resistencia armada peronista y a la que años después adhirieron grupos armados de izquierda alentados por las revoluciones que se produjeron en Latinoamérica y el Caribe.

Desde la llegada en 1973 de Héctor J. Cámpora a la presidencia en elecciones libres y sin proscripciones partidarias, aunque sí de Perón, comienzan otros tiempos de desuniones en Argentina, el presidente electo renuncia y debe dejar su cargo, por las presiones y los acuerdos realizados, en Raúl A. Lastiri, y entonces en nuevas elecciones Perón llega a su tercera presidencia, ya como general. Cómo si de un parto se tratara, a menos de nueve meses, deja en el gobierno a su esposa María E. Martínez, a raíz de su fallecimiento. El fascista, falangista, nazista y anticomunista José L. Rega pasa a conducir en los hechos los destinos de Argentina, aunque en la formalidad solamente era ministro de Bienestar Social, luego de haber sido secretario privado de Perón durante su exilio en España y regreso al país lo que le permitió llegar a ser comisario general de la Policía Federal sin haber tenido grado intermedio desde su condición de cabo. Fue éste quien creó, desarrolló, armó y dio impunidad política y judicial a la Alianza Anticomunista Argentina (Triple A) conformada por policías, militares, sindicalistas y civiles asesinos a sueldo.

El 6 de octubre de 1975, por los decretos nacionales 2770 y 2771 se estableció la conformación del Consejo de Seguridad Interna y el control operacional de las policías y servicios penitenciarios bajo el mando del Consejo de Defensa. El decreto 2772, denominado de "Exterminio" puso bajo el control del Comando Superior del Presidente de la Nación a las Fuerzas Armadas con la misión de "ejecutar las operaciones militares y de seguridad necesarias a efectos de aniquilar a los elementos subversivos en todo el territorio del país".

El ministro de Defensa Tomás Vottero manifestaría el 16 de diciembre de 1974: "ante la lucha total, sofisticada y compleja, despiadada, diabólica y criminal promovida por la subversión armada, queda una sola alternativa: el exterminio total del enemigo", con referencia último decreto mencionado y que también habían firmado el ministro de Economía Antonio F. Cafiero, el de trabajo Carlos F. Ruckauf y el presidente en ejercicio ítalo Luder. Para el actual senador Cafiero según sus dichos del año 1998 "De ningún modo puede interpretarse dicha orden como una autorización para exterminar a personas nucleadas en organizaciones subversivas mediante metodologías contrarias a la Constitución y a la Ley".

Todo lo sucedido a partir del genocida golpe militar del 24 de marzo de 1976 es por todos conocidos, no tendría sentido recordar, por ser ampliamente historiados, juzgados y condenados todos los atropellos perpetrados contra toda una generación de argentinos: desaparición forzada de mujeres, hombres y niños, campos clandestinos de detención y tortura, robo de bebés, cárcel, exilio, vejaciones, muerte, robos, etc. En 1978 el presidente de facto general Jorge R. Videla, verdadera bestia uniformada, decía frente a las cámaras de televisión "No están ni vivos ni muertos, están desaparecidos". Se refería a decenas de miles de personas.

Esa dictadura tuvo como manos ejecutoras de la criminal barbarie también a los generales Roberto E. Viola, Leopoldo F. Galtieri y Reynaldo B. Bignone como presidentes y a cientos de oficiales del ejercito, la marina, la aeronáutica y fuerzas de seguridad como ministros, gobernadores, intendentes, asesores que han sido igualmente responsables del genocidio con sus acciones criminales de lesa humanidad.

El juicio a las juntas de comandantes de la dictadura con el fallo de la Cámara Federal del año 1985 y de otros juzgados por la apropiación de menores terminaron en todos los casos condenando a los asesinos y apropiadores. Anteriormente el informe de setiembre de 1984 de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) había dejado establecidas las bases de los procesos, con las investigaciones y declaraciones necesarias para que NUNCA MáS el silencio condenará a la verdad y la justicia como desgraciadamente sucedió poco tiempo después.

"Con este proyecto de Ley el Poder Ejecutivo no duda que, poniendo fin a una situación de incertidumbre jurídica, contribuirá a la pacificación de los espíritus y al afianzamiento del encuentro entre los argentinos". Así Raúl R. Alfonsín elevaría el proyecto que terminó convirtiéndose en la Ley de Punto Final (Ley 23.492) sancionada el 23 de diciembre de 1986.

"El gobierno ha decidido, en cambio, asumir la responsabilidad de encauzar la voluntad popular en medidas que clausuren los enfrentamientos que aún persisten en la sociedad, convencido de que la unión de los argentinos es hoy indispensable para consolidar lo construido durante más de tres años de madura convivencia dentro de la legalidad". Así también Alfonsín con ésta frase terminaría el proyecto de lo que sería Ley de Obediencia Debida (Ley 23.521) sancionada el 4 de junio de 1987. Hoy en día, después de dieciséis años reconocería que fueron producto de las presiones y conatos militares "carapintadas".

Con estas "Leyes del Olvido" la Argentina se quedó sin justicia, sin verdad, sin castigo, sin juicio y se trató también que sin memoria. Y lo que es peor aún, sin la condena que la historia impone con el correr de los años cada vez con mayor fuerza porque día a día surgen más elementos de prueba para conseguir que las muertes y desapariciones encuentren en un estrado judicial el castigo por las violaciones a los Derechos Humanos cometidas bajo la tristemente recordada noche del "Terrorismo de Estado".

A la justicia por todos reclamada le han pasado varios presidentes constitucionales por encima desde el 10 de diciembre de 1983 hasta estos días: Alfonsín, Carlos S. Menem, Fernando de la Rúa, Ramón Puerta, Adolfo Rodríguez Saá, Eduardo Caamaño, Eduardo A. Duhalde y Néstor C. Kirchner. Alfonsín prohibió la consecución de los procesos judiciales al promulgar las leyes antes mencionadas, Menem recurrió a los decretos de indulto para los procesados y condenados con los Decretos del 7 de octubre de 1989 y 30 de diciembre de 1990 sumados a la negación de la jurisdicción de los tribunales españoles (Decreto 111 del 26 de enero de 1998), De la Rúa imposibilitó las extradiciones de los militares y civiles reclamados para ser juzgados por la justicia de varios países al ordenar el rechazo a las mismas (Decreto 1581 del 5 de diciembre del 2001 el cual se derogó el 25 de julio del 2003 por el Decreto 420 de Kirchner).

Asimismo cabe recordar que el 18 de diciembre de 1996 fue sancionada la Ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal que establece en su primer artículo "La República Argentina prestará a cualquier Estado que lo requiera la más amplia ayuda relacionada con la investigación, el juzgamiento y la punición de delitos que correspondan a la jurisdicción de aquél. Las autoridades que intervengan actuarán con la mayor diligencia para que la tramitación se cumpla con una prontitud que no desnaturalice la ayuda" Como también en artículo sexto establece: "Para que proceda la extradición de una persona, el hecho materia del proceso deberá constituir un delito que tanto en la ley argentina cuanto en la del Estado requirente tenga prevista una pena privativa de libertad con mínimo y máximo tales que su semisuma sea al menos de un año. Si un Estado requiriese una extradición por varios delitos, bastará que uno de ellos cumpla con esta condición para que la extradición pueda ser concedida respecto de los restantes. En caso que la extradición se solicitara para el cumplimiento de una pena, se requerirá, además. que la pena que faltare cumplir fuese no menor de un año de privación de libertad en el momento en que se presente la solicitud".

Además debemos recordar que las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida fueron derogadas por el Congreso Nacional el 25 de marzo de 1998 por la Ley 24.952.

Por la historia y la memoria, por la verdad y la justicia, por el juicio y castigo a todos los culpables, por los desaparecidos y las próximas generaciones de argentinos debemos esperar que el Congreso Nacional corrija tantos errores cometidos y demos por finalizados a casi cien años de aberrantes persecuciones, torturas y muertes.

Por una Argentina sin impunidad.

Nulidad efectiva de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida e Indultos.

Cárcel a los Genocidas.

Buenos Aires, 11 de agosto del 2003


DDHH en Argentina

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Este documento ha sido publicado el 13ago03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights