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16Sep06


Anulan el indulto a Riveros y se abre el camino para un fallo de la Corte.


La Cámara de Casación anuló ayer el decreto de indulto que el entonces presidente Carlos Menem le otorgó en 1989 al ex general Santiago Omar Riveros, procesado por violaciones a los derechos humanos en jurisdicción de Campo de Mayo, durante la dictadura.

A partir de esta decisión, la validez de los indultos podrá ser definida por la Corte Suprema, la máxima instancia judicial del país, ya que en junio de 2005 había enviado el caso Riveros a la Cámara de Casación, por considerar que primero debía pronunciarse ese tribunal.

De acuerdo a los antecedentes de la Corte sobre causas por violaciones a los derechos humanos, todo indica que el Tribunal dará en pocos meses su palabra final avalando la nulidad de los indultos, en sintonía con los fallos en los que ya estableció que los delitos considerados de lesa humanidad no prescriben ni son factibles de ser amnistiados.

Según fuentes de la Corte, la nulidad de los indultos abarcaría solamente a los decretos que beneficiaron a ex militares e integrantes de fuerzas de seguridad, y no a los civiles que participaron de hechos de violencia. Es porque consideran que solamente son imprescriptibles los delitos de lesa humanidad, es decir, los que fueron cometidos por miembros de un Estado represor.

El fallo firmado ayer por los camaristas Pedro David, Juan Fégoli y Gustavo Mitchell, de la Sala II, constituye un fuerte precedente, porque es el primero dictado por una de las salas de este tribunal. Con esta resolución, Riveros queda en condición de "imputado" por los hechos que se investigan en la causa abierta ante la Justicia federal de San Martín, donde —en un fallo de la Cámara Federal— se avaló la constitucionalidad del indulto 1002/89 que lo benefició.

Riveros, hoy de 82 años, se desempeñó entre 1975 y 1978 como comandante de Institutos Militares en Campo de Mayo. Allí funcionó un centro clandestino donde apenas unos pocos detenidos lograron sobrevivir. En ese centro también se registraron numerosos partos clandestinos. En agosto de 2000, el entonces juez federal Adolfo Bagnasco lo indagó por robo de bebés y ordenó su detención en Campo de Mayo. Actualmente se encuentra excarcelado a raíz de un fallo de Casación que lo liberó, por el tiempo que llevaba preso —seis años— sin condena firme.

A partir de la nulidad de la leyes del perdón, que dispuso la Corte, el juez federal de San Martín Alberto Suares Araujo reabrió la causa de Campo de Mayo. En esa misma investigación fue indagado el jueves el ex carapintada Aldo Rico, quien fue beneficiado con falta de mérito.

El decreto de indulto que ayer anuló Casación forma parte de la primera tanda que dictó Carlos Menem a poco de asumir la presidencia, en 1989, y que beneficiaron tanto a civiles como a militares. En el fallo, los camaristas señalaron que al momento de dictar esa norma "se deberían haber tenido en cuenta las previsiones de los tratados sobre derechos humanos que habían sido firmados y aprobados por las autoridades del país".

La Cámara se refirió a los tratados previos a la reforma constitucional de 1994, que los incorporó con rango constitucional y les dio la misma fuerza de ley que la Constitución.

Sobre este aspecto, los camaristas mencionaron "la defensa irrestricta del ser humano y por lo tanto de su vida, libertad, dignidad e igualdad". "Los hechos que se pretenden investigar en estas actuaciones constituyen una afrenta a esos valores", subrayaron los camaristas Fégoli, Mitchell y David.

En el fallo, los jueces señalaron que el decreto de Menem "tuvo como efecto jurídico un impedimento para la investigación de los hechos" por los que estaba acusado Riveros, y que "es un deber del Estado remover todos los obstáculos de hecho y de derecho que mantengan la impunidad". En los próximos días la defensa de Riveros presentará un recurso extraordinario ante la Corte.

[Fuente: Clarin, Bs As, Arg, 16sep06]

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