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02ago05


La cuestión agraria: entre latifundistas y "avasalladores".


En Bolivia, la estructura de tenencia de tierras expresa el carácter de las relaciones sociales imperantes. La concentración de tierras sustenta un sistema de explotación económica, exclusión política y opresión cultural, insertas en el actual escenario de conflictividad social.

La trayectoria histórica de la cuestión agraria

En la fundación de la República el sistema feudal se había prolongado. Los intentos permanentes de liquidación de la comunidad tradicional por la hacienda estuvieron presentes en distintos momentos de turbulencia social y política.

La Reforma Agraria de 1953 tenía como principal propósito transitar a una estructura agraria con predominio de la empresa capitalista. Para este efecto se combinó la vía farmer en occidente, consistente en fortalecer la articulación de la comunidad tradicional al mercado capitalista, con la vía junker en el oriente, para convertir la hacienda tradicional en empresa capitalista.

Cuadro 1

Entre 1953, fecha de la promulgación del Decreto Ley de Reforma Agraria y 1992, cuando fueron intervenidas las reparticiones públicas agrarias se distribuyeron 59.2 millones de hectáreas divididas en 58.637 predios. En el oriente se constituyeron 22.260 propiedades con una superficie de 35.3 millones de hectáreas, de las que el 62% son grandes propiedades, en una extensión de 23.3 millones de hectáreas, distribuidas en 3.798 predios, mientras que 6.909 pequeños propietarios de hasta 50 hectáreas, fueron beneficiados con 114 mil hectáreas. Pese a la prohibición legal de la doble dotación, se puede constatar que casi 4 mil personas se beneficiaron con dos o más dotaciones, sobre 14.3 millones de hectáreas. La mayor cantidad de dotaciones dobles se produjo en Santa Cruz con 1016, Beni con 694 y La Paz con 486.Las irregularidades y corrupción en el proceso de distribución de tierras configuraron una estructura agraria dual: latifundio dominante en el oriente, minifundio extendido en el occidente.

Cuadro 2

Entre 1953 y 1992, la distribución de tierras en el oriente del país concentró el 88% en empresarios medianos y grandes. Se canalizaron mediante el Banco Agrícola de Bolivia (BAB) ingentes cantidades de créditos a favor del sector agropecuario; entre 1960 y 1965 los préstamos representaban el 2% del PIB agropecuario, entre 1966 y 1971 la tendencia se mantenía, a partir de 1972 se incrementa significativamente, entre 1978 y 1982 alcanzaba el 5% del PIB agropecuario. En las décadas de los 80s y 90s los créditos superaban el 16% del PIB agropecuario.

Por otra parte, en la década de los 50s, a través de la Corporación Boliviana de Fomento (CBF) se amplió el ingenio La Esperanza, se construyó el ingenio La Bélgica, se establecieron las plantas Guabirá y San Aurelio para la producción de azúcar, con inversiones de 25 millones de dólares.

En 1960, el Estado importó 1300 tractores, 5000 arados de vertedero, 2500 arados de hierro. Instaló la Planta Industrializadota de Leche (PIL) con sede central en Cochabamba a un costo de 460.875 dólares. Estableció estaciones experimentales para la investigación agrícola en Saavedra y Belen, Tamborada, Riberalta, Reyes, Trinidad y Villamontes.

Con relación a la vertebración vial se construyeron las carreteras La Paz - Cochabamba - Santa Cruz, articulando al oriente con el occidente. Desde Santa Cruz se construyeron caminos hacia las poblaciones de Portachuelo - Buena Vista - Puerto Grether con más de 1000 kilómetros de extensión. Se tendieron las líneas férreas entre Santa Cruz y Argentina con una longitud de 531 kilómetros y entre Santa Cruz y Brasil con una longitud de 615 kilómetros.

Simultáneamente se aplicaron programas de colonización, especialmente hacia Santa Cruz:

Cuadro 3

Sin embargo, pese a todas estas medidas, no se alcanzaron los objetivos de la reforma agraria; las tierras continúan concentradas, los niveles de producción y productividad son muy bajos, de 16.4 millones de hectáreas de tierras con vocación agrícola sólo se cultivan 2 millones, los conflictos sociales en torno a la tierra son permanentes.

El proceso agrario actual

Nace con la ley INRA aprobada en 1996 con dos pilares fundamentales: la clarificación de los derechos agrarios (saneamiento de tierras) y la titulación de tierras comunitarias de origen a favor de pueblos indígenas.

Transcurridos casi nueve años de ejecución del saneamiento de tierras, con una inversión de 87 millones de dólares, los resultados alcanzados son frustrantes; de un total de 107 millones de hectáreas que constituye la superficie total objeto de saneamiento agrario, sólo se ha culminado el procedimiento en 18.3 millones de hectáreas equivalentes al 17%, están en proceso 31.6 millones de hectáreas o sea el 29.4% y restan 57.2 millones de hectáreas, es decir, el 53.3%.

Cuadro 4

Con relación a las demandas de tierras comunitarias de origen la situación es la siguiente:

Cuadro 5

Cuadro 6

Se presentaron 56 demandas de tierras comunitarias de origen en tierras bajas por una superficie de 22.1 millones de hectáreas, titulándose 5.4 millones de hectáreas, representando un 19% del total. Empero, no sólo está en cuestión el bajo porcentaje de titulación sino también la irregular sobreposición de más de 800 mil hectáreas de concesiones a favor de empresas madereras. En tierras altas, totalizan 171 demandas por 12 millones de hectáreas, de las cuales se han titulado 434 mil hectáreas, es decir, el 3%.

Los magros resultados demuestran que el proceso adolece de las irregularidades que hicieron fracasar la Reforma Agraria del 53: Control político y corporativo de las instancias encargadas de ejecutar el proceso agrario por sectores del agro-poder, corrupción, implementación de medidas de contra-reforma agraria, falta de transparencia y restricciones al control social, violencia y matonaje aplicados por sectores interesados en hacer abortar el proceso.

Al no efectivizarse la reversión de latifundios, la dotación de tierras fiscales identificadas, ni la implementación de programas de asentamientos humanos, ha surgido y promueve crecientes presiones el Movimiento Sin Tierra - MST, lo que ha suscitado casos paradigmáticos de confrontación violenta en las provincias Gran Chaco del departamento de Tarija, Ichilo, Guarayos, Obispo Santisteban y Velasco en Santa Cruz, y en algunas zonas del altiplano paceño.

Las medidas de contra-reforma agraria son normas que contradicen mandatos legales. Se dirigen a relativizar los alcances de la valoración de la función económico-social exigida a las medianas y grandes propiedades como fundamento para consolidar sus derechos sobre la tierra.

Entre las medidas de contra-reforma, destaca el decreto 27024 de regulación de la patente forestal y el 27576 de saneamiento del norte amazónico, aprobados durante el gobierno de Sánchez de Lozada. El primero anula el pago anual obligatorio de la patente forestal sobre el "área aprovechable de la concesión" y lo sustituye por el pago del "área de intervención anual", volviendo al antiguo régimen que fijaba el pago por "volumen de madera aprovechada", lo que condujo a la explotación selectiva del bosque. Además debilita la reversión de concesiones por no pago de patentes favoreciendo la concentración de los bosques.

El decreto de saneamiento del norte amazónico convierte las barracas gomero-castañeras en concesiones forestales. Establece un límite de 15.000 hectáreas por concesión, pero, no prevé los casos de subdivisión. Dispone la distribución de tierras fiscales previa concertación en una Comisión multisectorial, en la que indígenas y campesinos son minoría. Define que esta Comisión aprobará las compensaciones para familias extractivistas que no alcancen la unidad mínima de dotación de 500 hectáreas, lo que debilita las posibilidades de redistribuir tierras.

El decreto supremo 28140, que establece un tipo de propiedad no reconocido en ninguna ley de tierras, que es la "propiedad forestal" para actividades de producción forestal o protección, lo que permitiría a barraqueros y madereros convertir sus concesiones temporales y condicionales, en propiedades definitivas.

El decreto supremo 28148 de 17 de mayo de 2005, que modifica el reglamento de la ley INRA amenazando sus objetivos. Dispone la desconcentración del INRA otorgando amplias facultades a directores departamentales subordinados a los grupos de poder tierras bajas; con relación a la ausencia de expedientes agrarios los exime de la obligación de reponer obrados, lo que podría dar lugar a la filtración y legalización de miles de expedientes fraguados; restringe aún más el control social del saneamiento al desvincularlo de sus resultados; amplía la delegación a empresas privadas para la ejecución del saneamiento en todas sus etapas.

El decreto supremo 28160 de 17 de mayo de 2005, dispone la creación de un fondo de créditos reembolsables para que indígenas y campesinos accedan a prestamos rotativos para la compra de tierras en contravención al carácter gratuito que debe tener la distribución de tierras y en dirección a liberalizar este recurso. Entre otras normas de contra-reforma proyectadas, la más adversa para los sectores rurales excluidos es el decreto supremo de reglamentación de la ley 2493 donde la verificación del trabajo para consolidar derechos agrarios ya no se efectuaría en el campo, sino que sería acreditada con planes de ordenamiento predial (papeles elaborados en gabinete).

Todo lo anterior nos muestra el inminente riesgo del fracaso del proceso agrario, lo que inevitablemente ampliaría los niveles de confrontación violenta por disputas de tierras en el área rural y como consecuencias la profundización de la conflictividad social en el país.

Medidas urgentes para reconducir el proceso agrario

  • Anular las medidas de contrarreforma agraria por atentar la esencia de la política de tierras sustentadas en el cumplimiento de la función económica social para consolidar los derechos agrarios
  • Dar continuidad al proceso de saneamiento de tierras con adecuados mecanismos de transparentación y control social.
  • Reinstitucionalizar las entidades públicas ejecutoras con la finalidad de lograr su despolitización e independencia del control corporativo del agro-poder
  • Revertir latifundios ociosos e improductivos para su consiguiente redistribución
  • Dotación de tierras fiscales a favor de los sectores excluidos
Elaborado por Carlos Romero Bonifaz, Abogado, Director del CEJIS

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