EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS


23may08


La APG IG apoya las demandas de la Organización Indígena Chiquitana con relación al ataque en contra del párroco Adalid Vega Veizaga


COMUNICADO PÚBLICO DE

LA ASAMBLEA DEL PUEBLO GUARANI DE ITIKA GUASU (APG IG)

A LA OPINIÓN PUBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

La Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu (APG IG) tomó conocimiento del comunicado hecho público el pasado 20 de mayo de 2008 por la Organización Indígena Chiquitana - OICH, organización que representa al pueblo chiquitano que vive en las provincias Angel Sandoval, Velasco, Germán Busch, Chiquitos y Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz.

En dicho comunicado se refiere al caso del párroco Adalid Vega Veizaga, quien fue golpeado con ensañamiento por miembros de la Unión Juvenil Cruceñista y supuestos dirigentes del pueblo chiquitano.

Ante todo ello declaramos:

  • 1) Nuestro apoyo irrestricto a la posición adoptada por la Organización Indígena Chiquitana OICH a la que consideramos una organización hermana.

  • 2) Consideramos que el bárbaro ataque en contra del párroco de la colonia San Martín del municipio San Ignacio de Velasco de Santa Cruz, Adalid Vega Veizaga, que ocurrió a la 00.30 de la madrugada del viernes 16 de mayo, es parte de una serie continuada de ataques con claro carácter racista y xenófobo que condenamos expresamente.

  • 3) Nos ratificamos en nuestro comunicado del pasado 1 de mayo donde, en relación con los hechos ocurridos el 3 de abril, en la localidad de Cuevo, manifestábamos los siguiente:

    "apoyamos expresamente la solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ‘condena que estos hechos hayan ocurrido y recuerda al Estado boliviano su obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar su repetición y para investigar y sancionar a los responsables, con estricto respeto a los derechos humanos’".

    Y agregábamos que "exigimos al Fiscal General de la República que actúe en concordancia con el artículo 6º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que tiene por título "Obligatoriedad" y según el cual ‘El Ministerio Público, bajo su responsabilidad, promoverá de oficio la acción penal pública, toda vez que tenga conocimiento de un hecho punible y existan suficientes elementos fácticos para verificar su comisión’".

    Y por lo tanto, pedíamos a las autoridades judiciales y jurisdiccionales que "procedan a la persecución penal de los responsables de estos hechos, considerando que si en la planificación de los mismos, como creemos, participaron autoridades que tienen la obligación de aplicar la legislación internacional y nacional, éste debería ser un agravante en el análisis de su conducta y debería llevar a la suspensión preventiva de sus funciones hasta tanto se investiguen y depuren sus responsabilidades".

  • 4) Hacemos un llamamiento a las organizaciones indígenas bolivianas para que expresen su apoyo a la Organización Indígena Chiquitana - OICH en cuanto organización indígena en un momento en que se intenta reemplazar socialmente su representación legítima con representantes falsos de su comunidad.

  • 5) Pedimos al Gobierno Nacional que, dado que según las noticias de prensa, los responsables de este acto concreto fueron identificados positivamente, adopte todas las medidas que están en su ámbito jurisdiccional y son parte de su autoridad legal para que se detenga, procese y condene a los responsables de estos actos racistas y xenófobos que afectan a las libertades civiles y a la convivencia democrática y pacífica de los pueblos indígenas.

Entre Ríos, 23 de mayo de 2008

Firman por el Directorio de la APG IG

Never Barrientos, Presidente
Florentino Zeballos, Vicepresidente
Fernando Cuellar, Responsable Producción
Benito Arce, Responsable Salud
Gregorio Barrientos, Responsable Educación
Zacarías Cuellar, Responsable de Infraestructura
Benildo Vaca, Responsable de Recursos Naturales
Plácido Rojas, Responsable Comunicación
Jorge Delfin, Responsable de Tierra y Territorio


Tienda de Libros Radio Nizkor On-Line Donations

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 15May08 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.