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05oct16


Asamblea de DDHH y ONG acudirán a la CIDH en defensa de la libre asociación en Bolivia


La Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia, el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), el Centro de Estudios y Apoyo al Desarrollo Local (CEADL) y el Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB) decidieron acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar la violación a la libre asociación en Bolivia a través de la Ley 351 de Otorgación de Personalidades Jurídicas.

La determinación de acudir a la CIDH se da luego de que el recurso de inconstitucionalidad presentado por el exdefensor del Pueblo, Rolando Villena, contra la ley 351 y su reglamento, fuera rechazado a través de una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

En esa línea, y luego de haber agotado las instancias internas, estas instituciones decidieron acudir a la CIDH. "Las cuatro organizaciones que presentamos esta petición somos reconocidas organizaciones en el campo de los derechos humanos, que a lo largo de varias décadas hemos ejercido este derecho sin restricciones", señala un comunicado conjunto de las cuatro entidades.

El objetivo de recurrir al sistema interamericano de Derechos Humanos es "salvaguardar el derecho a la libre asociación en Bolivia", remarca el comunicado, que convoca a las organizaciones populares, cívicas, profesionales sociales y la diversidad de la población a pronunciarse en defensa de este derecho fundamental.

En la conferencia de prensa en la que se hizo conocer esta decisión estuvo presente el exdefensor del Pueblo, Rolando Villena. Éste, en agosto del año pasado, presentó la acción de inconstitucionalidad al TCP contra la ley 351 y su reglamento, porque establecen las causas por las que las ONG y las fundaciones deben ser cerradas, lo que vulnera la libertad de asociación de dichas entidades.

El artículo 19 de la ley 351 indica que "se revocará la personalidad jurídica por incumplir algún requisito de la ley y sus reglamentos; por necesidad o interés público, declarado mediante Ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional; por realizar actividades distintas o dedicarse a otro rubro que no sea el indicado en su estatuto (objeto, fines y alcance); por transferencia o comercialización de la personalidad jurídica", por mencionar algunos incisos.

Incluso, Maina Kiai, relator especial de las Naciones Unidas para la libre asociación, calificó la ley y el decreto supremo que restringe las actividades de las ONG y las pone en riesgo de cierre en Bolivia, como "un ataque al fundamento mismo del derecho a la libertad de asociación".

[Fuente: Página Siete, La Paz, 05oct16]

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