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16ene21


Gobierno decreta más de 20 medidas, pero no declara emergencia


El Decreto Supremo 4451, que emitió el presidente Luis Arce, dispone más de 20 medidas en el marco de la lucha contra la pandemia, pero no declara emergencia, tal como se solicitó desde el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) de La Paz.

Entre las medidas establecidas están el horario continuo, el ingreso y salida de forma escalonada al trabajo, la ampliación de la vigencia de las cédulas y licencias de conducir caducas y la posibilidad de que un familiar pueda ser autorizado para cobrar rentas, como la Renta Dignidad, entre otras.

Esta semana, desde el COED La Paz se pidió a Arce declarar emergencia sanitaria. El director de Servicio Departamental de Salud de La Paz, Ramiro Narváez, dijo el miércoles que "el COED definió la necesidad de enviar una carta al Presidente manifestando nuestra preocupación y solicitando, fundamentalmente, (la declaratoria) de una emergencia sanitaria".

No obstante, el decreto 4451 se enfoca en establecer "medidas y acciones" orientadas a "continuar la contención y reducción de contagios en la segunda ola". Sus disposiciones entrarán en vigencia desde hoy hasta el 28 de febrero.

"Ese decreto es amplio y es específico a las tareas del Covid y sobre todo trabaja en ciertos controles restrictivos que son importantes para poder contener la presencia de la pandemia y sobre todo lo que significan responsabilidades compartidas con las instancias subnacionales, lo que les corresponde a municipios, lo que les corresponde a gobernaciones y las tareas que asume el gobierno central", explicó ayer el vocero del Gobierno, Jorge Richter.

Las medidas dispuestas

Las medidas que dictó el Gobierno sobre el ámbito laboral son el horario continuo, el ingreso y salida de forma escalonada, el teletrabajo (por turnos o como opción preferente) y que los empleadores, públicos y privados, implementen medidas de bioseguridad.

El decreto dispone que las entidades privadas y públicas implementen alternativas de atención que eviten las filas y aglomeraciones. Deben disponer, además, medidas de bioseguridad para los usuarios y público en general, procurar la atención y comunicación al público mediante medios virtuales, y facilitar horarios y ambientes adicionales para la atención, que eviten la alta concentración de personas.

Esa normativa también establece la ampliación de la vigencia de las cédulas de identidad y de licencias de conducir que están vencidas, hasta el 31 de marzo.

El decreto dispone que los beneficiarios de la Renta Dignidad, de las prestaciones y beneficios de la seguridad social de largo plazo y del sistema de reparto pueden -por el plazo de tres meses- "autorizar a un familiar" para el cobro de dichos pagos. Se dispuso también que la Renta Dignidad podrá ser pagada través de abono en la cuenta de los beneficiarios que opten por esa modalidad.

Las medidas que dictó el Gobierno en cuestión de prevención y bioseguridad son: el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo, el lavado frecuente de manos, el distanciamiento de 1,5 a dos metros entre personas y evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados en actividades.

Respecto a las vacunas, esa norma dispuso que los entes gestores de seguridad de corto plazo son los responsables de la vacunación de manera gratuita a su población asegurada. En el caso de los no asegurados se determinó que las instancias encargadas de la vacunación gratuita son los "gobiernos autónomos".

Respecto al ingreso de personas a territorio nacional, se dispuso un protocolo que establece que los bolivianos o extranjeros que entren al país por vía aérea, terrestre, fluvial o lacustre deben presentar el certificado de prueba RT-PCR con resultado negativo, con una vigencia anterior a la fecha programada de ingreso de: tres días para quienes provengan de países limítrofes, siete días para quienes provengan de países de Sudamérica, Centro América y el Caribe, y diez días para quienes provengan de países de Norte América, Europa, Asia y Oceanía.

Acerca de quienes trabajan en aeropuertos, el decreto dispuso que las instituciones y entidades públicas y privadas que desarrollan sus actividades en aeropuertos internacionales deben realizar las "pruebas de control periódico" de Covid-19 a su personal.

Sobre la afiliación a la seguridad social a corto plazo, el decreto dispuso que para afiliarse no será necesaria la certificación de las cajas de salud "de no afiliación a corto plazo", sólo será suficiente "una declaración jurada de no afiliación en otra caja de salud".

Esa norma amplió la vigencia de las "vivencias tramitadas" a nivel nacional o en el extranjero en los pagos de pensiones presentados por asegurados o derechohabientes, cuyo vencimiento se produzca desde el periodo enero hasta junio de este año, lo que también se aplicará para los beneficiarios de rentas de reparto, beneficiarios de pensiones vitalicias.

En cuestión de actividades económicas, se establece que "continuarán siendo desarrolladas cumpliendo los protocolos y medidas de bioseguridad vigentes".

En el decreto supremo se establece que las gobernaciones y municipios, en el marco de sus competencias, y de acuerdo con el recientemente creado índice de Alerta Temprana del Ministerio de Salud, "normarán": Los horarios de atención en los centros comerciales, tiendas, y otro tipo de establecimientos; la suspensión de eventos sociales y folklóricos que aglomeren personas; el aforo para el desarrollo de actividades deportivas, culturales y religiosas en espacios cerrados; y el aforo en la prestación de servicios en restaurantes, bares, discotecas y otros establecimientos.

Ayer se llevó adelante el primer gabinete ampliado del presidente Arce. Sin embargo, en ese encuentro no se abordó el tema de educación, tal como lo previó el Presidente en su alocución de inauguración de la reunión.

Richter manifestó que el sentido de la reunión fue "fundamentalmente de coordinación".

Decreto supremo

Objeto: El decreto 4451 se enfoca en establecer "medidas y acciones" orientadas a "continuar la contención y reducción de contagios en la segunda ola" de casos Covid-19. La norma fue emitida el 13 de enero y sus disposiciones entrarán en vigencia desde hoy hasta el 28 de febrero.

Medidas: Entre las medidas establecidas en el decreto supremo están el horario continuo, el ingreso y salida de forma escalonada al trabajo, la ampliación de la vigencia de las cédulas y licencias de conducir caducas, la posibilidad de que un familiar pueda ser autorizado para cobrar la Renta Dignidad y otros pagos, y el ingreso de ciudadanos bolivianos o extranjeros al país con un certificado de prueba PCR negativa Covid-19, entre otras.

[Fuente: Página Siete, La Paz, 16ene21]

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