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26may21


Sentencia negada: el TCP anuncia resolución en un plazo de 45 días


Pese a la polémica que se desató después de la negación de la existencia de una sentencia sobre juicios en rebeldía, el presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional, Paul Franco, señaló que se tiene un plazo máximo de 45 días para emitir una resolución sobre la petición de declarar inconstitucional los procesos en ausencia.

La accionante del recurso Norma Piérola afirmó que no esperará para conocer “una nueva respuesta” a su solicitud y anunció incluso una demanda internacional. El Colegio Nacional de Abogados de Bolivia (Conalab) señaló que si en 45 días la sentencia es diferente a la que se conoció de forma extraoficial, daría a pensar que “algunos magistrados se mueven al son del Órgano Ejecutivo”.

“Consideramos que en un plazo máximo de 45 días debería estar ya la resolución emitida por parte del TCP”, indicó Franco a los medios de comunicación respecto a la demanda sobre los juicios en rebeldía. El 17 de mayo se conoció que esa instancia volvió a sortear la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 344 bis del Código de Procedimiento Penal y en consecuencia del artículo 91 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, que permiten los juicios en ausencia.

“Me llama la atención que sorteen y resorteen. No van a poder borrar con su codo lo que han escrito con su mano, porque todas y cada una de las hojas han sido firmadas, rubricadas. Con esta sentencia y los antecedentes voy a sacar esto a la Corte Internacional de Justicia, de Derechos Humanos, dentro de la carta democrática de San José de Costa Rica, para denunciar estos hechos y procesarlos (a los magistrados) como corresponde. No se van a salir con su gusto de borrar y hacer lo que les dé la gana”, manifestó la accionante del recurso.

Asimismo, señaló que supuestamente los miembros del TCP incurren en el delito de prevaricato. Sostuvo que la decisión de declarar inconstitucional los juicios en rebeldía fue plasmada en la sentencia 0012/2021 y que el documento fue firmado por seis de los nueve tribunos, entre ellos el presidente de la instancia constitucional Paul Franco.

Para el presidente del Conalab, Óscar Vargas, hay una clara afectación al principio de seguridad jurídica con el accionar del TCP sobre este tema, y señaló que se genera una desconfianza absoluta y la percepción de una “carencia de independencia de poderes”.

“No tenemos la certeza de qué es lo que va a acontecer en el futuro. Circuló primero con carácter extraoficial, por diversas plataformas y medios, una supuesta sentencia constitucional con firmas y nombres de magistrados, si en 45 días la sentencia es diferente daría a pensar muchas cosas graves, que algunos magistrados se mueven al son del Órgano Ejecutivo, y no en función a los principios del derecho y a la independencia de poderes”, expresó Vargas.

  Asimismo, el abogado remarcó que en lo jurídico es preocupante que se permitan los juicios en ausencia. “No es posible comprender un proceso en el que se va a afectar la libertad de una persona cuando no esté presente”, subrayó.

El 29 de marzo, el ministro de Justicia, Iván Lima, dio a conocer que el TCP declaró inconstitucional el juicio en rebeldía y dijo que eso impediría los juicios a exautoridades del gobierno transitorio, como Arturo Murillo y Fernando López. Luego de más de un mes, el 8 de mayo, el presidente del TCP sostuvo que dicha sentencia no existía.

 Denuncias de anomalías en el TCP

Irregularidades: En agosto 2020, el Colegio Nacional de Abogados denunció anomalías en el TCP como: dificultades para acceder a los expedientes, imposibilidad de obtener copias y/o certificaciones oportunas de los expedientes, una página web que no brinda información completa y oportuna, vulneración del derecho a la defensa y acceso a la justicia mediante omisión de notificación oportuna, fechas de resoluciones “predatadas”, vulneración del plazo razonable y denuncias de la existencia de supuestos “operadores” cuestionables.

[Fuente: Por Erika Segales, Página Siete, La Paz, 26may21]

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small logoThis document has been published on 26May21 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.