Información
Equipo Nizkor
        Derechos | Equipo Nizkor

23ago22


Aprehenden arbitrariamente a la Dra. Daniela Vásquez y decretarían su detención en un acto de flagrante violación del ejercicio de la profesión de abogado


Comunicado dirigido a los Dres.:

Iván Manolo Lima Magne
Ministro de Justicia y Transparencia Institucional

César Adalid Siles Bazán
Viceministro de Justicia y Derechos Fundamentales

Julia Susana Ríos Laguna
Viceministra de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción

Gustavo R. Balderrama Tola
Fiscal de Materia
Fiscalía Departamental de La Paz

Israel Armando Rojas Toledo
Fiscal de Materia
Fiscalía Departamental de La Paz

René Eduardo Foronda Escobar
Juez Tercero de Instrucción Penal Anticorrupción y Violencia contra la Mujer de la Ciudad de El Alto

Estimados Sres.:

El 22 de agosto de 2022 la Fiscalía Departamental de La Paz, Bolivia, ordenó la aprehensión de la abogada Dra. Daniela Vásquez Brölen en el marco de un procedimiento en que su única participación ha consistido en la asistencia letrada en el mero ejercicio de su actividad profesional.

Desde fines del año 2021 hemos advertido la actuación perversa e ilegal de la justicia en contra de la Dra. Vásquez Brölen, colaboradora de nuestra organización desde hace al menos siete años, específicamente en casos penales de defensa de derechos de los pueblos indígenas.

Conocemos los métodos de trabajo de la Dra. Vásquez Brölen y sabemos de su integridad como abogada y defensora de derechos humanos.

Su orden de aprehensión es ilegal de conformidad con las normas bolivianas, dado que en ningún momento intentó escapar a la acción de la justicia, rechazando incluso la posibilidad de salir de Bolivia. A diferencia de lo afirmado en la resolución fiscal de aprehensión, la Dra. Vásquez Brölen es madre y responsable de sus dos hijos y la única persona a cargo de sus padres, ambos de la tercera edad; tiene arraigo en Bolivia, concretamente en la ciudad de La Paz. Ustedes señalaron que no tendría trabajo, pero han allanado y secuestrado sus oficinas, por no mencionar el violento allanamiento a la casa de sus padres, el 20 de abril de 2022, con el intento de aprehensión de su madre y el secuestro del celular de la misma, en un acto de evidente abuso de poder, arbitrariedad y extorsión.

La actuación de Uds. es una práctica arbitraria y contraria a las normas más elementales del debido proceso y que busca hacer de Daniela Vásquez un "chivo expiatorio" en un caso en el que saben perfectamente que nada tiene que ver; es más, los informes de la fiscalía y de los investigadores del caso no contienen la más mínima prueba de un accionar delictivo.

Han tenido que retorcer los documentos que obran en los cuadernillos y alterar las pruebas para conseguir una abstrusa acusación.

Es más, Uds. conocen que los delitos que se le pretenden imputar tienen otros responsables de la propia cadena de mando y, hasta la fecha, todos los funcionarios que podríamos nombrar con nombre y apellidos no sólo no han sido encausados, sino que continúan en sus puestos.

Uds. conocen perfectamente que la justicia en Bolivia está gravemente afectada por el comportamiento irregular, arbitrario y muchas veces corrupto de los operadores jurídicos. Este caso no es más que la prueba flagrante de ello.

El estado de derecho es tributario del comportamiento de los operadores jurídicos y de la práctica de los abogados y ustedes están demostrando con su accionar que no tienen intención alguna de cumplir con las normas nacionales e internacionales de respeto y protección de la profesión de abogado.

Les pedimos que dén por terminada esta persecución, se abstengan de decretar medidas cautelares y permitan que la abogada Daniela Vásquez Brölen siga actuando como lo ha hecho en los más de 20 años de ejercicio profesional en favor de Bolivia y de los derechos y libertades civiles.

Equipo Nizkor, 23 de agosto de 2022

Equipo Nizkor Radio Nizkor

DDHH en Bolivia
small logoThis document has been published on 23Aug22 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.