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25nov18


El Gobierno defenderá fallo del TCP ante CIDH


Además de las fundaciones FODHJ y HRF, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos también recurrió la oposición política nacional, para solicitar una “opinión consultiva” respecto al controvertido artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica.

El canciller Diego Pary manifestó que el Gobierno asistirá a la audiencia pública de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde presentará el informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional referida a la repostulación indefinida.

“Sobre la decisión del Tribunal Constitucional respecto al tema de la reelección presidencial, Bolivia asistirá como siempre lo hizo en las audiencias públicas de la CIDH y presentará el informe que corresponde”, declaró Pary.

Reiteró que, al tratarse de una sesión informativa, los comisionados miembros de la CIDH no emitirán conclusiones ni recomendaciones para el Estado boliviano, porque sólo conocerán la denuncia vinculada a la interpretación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibirá el 5 de diciembre en audiencia a la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia (FODHJ) y a la Fundación de los Derechos Humanos (HRF) contra el Estado boliviano, para tratar la reelección en la sentencia del Tribunal Constitucional 084/2017 y la Convención Americana de Derechos Humanos.

La CIDH publicó el calendario de audiencias públicas del 170 Periodo de sesiones que se realizará en la sede del organismo en Washington del 1 al 7 de diciembre de 2018. En el caso de Bolivia, a las dos fundaciones se les fijó para el 5 de diciembre de 14:30 a 15:30. Durante una hora se expondrá el polémico tema de la reelección sin límites de las autoridades electas en el país.

En Bolivia, el Tribunal Constitucional Plurinacional el año pasado falló a favor de la reelección sin límites de las autoridades electas, su sentencia se basó en la aplicación preferente –precisamente– del artículo 23 de la Convención.

Sin embargo, organizaciones de la sociedad civil y partidarias sostienen que la interpretación no ha sido correcta porque el Pacto de San José de Costa Rica no vela por los derechos de autoridades que detentan el poder, sino por los derechos de los ciudadanos.

El fallo del TCP autorizó al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera a participar de las elecciones nacionales de 2019, siendo esta su cuarta repostulación, pese a que el referéndum del 21 de febrero de 2016 rechazó que vuelvan a ser candidatos.

[Fuente: Correo del Sur, Sucre, 25nov18]

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