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04jul15


Dictan Sentencia contra 58 Agentes de la DINA por Desaparición de Rodrigo Ugas Morales


El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó sentencia en contra de 58 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Rodrigo Ugas Morales, perpetrado a partir del 7 de febrero de 1975. Ugas Morales es una de las víctimas de la denominada "Operación Colombo". A su turno, el ministro Leopoldo Llanos dictó acusación contra once agentes de la DINA por el secuestro y asesinato de José Carrasco Vásquez, en noviembre de 1975.

En la resolución, el ministro Crisosto condenó a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito, a los agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Raúl Iturriaga Neumann.

En tanto, deberán cumplir 10 años y un día de presidio, también en calidad de autores, los agentes: Rolf Wenderoth Pozo, Basclay Zapata Reyes, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Gerardo Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Manuel Carevic Cubillos, Rosa Ramos Hernández, Teresa Osorio Navarro, José Mario Friz Esparza, Pedro Alfaro Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Claudio Pacheco Fernández, José Ojeda Obando, Heriberto del Carmen Acevedo, Luis Torres Méndez, Rodolfo Concha Rodríguez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Urbina Cáceres, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Silvio Concha González, Héctor Briones Burgos, Carlos López Inostroza, José Fuentealba Saldías, Luis Videla Inzunza, Raúl Rodríguez Ponte, Palmira Almuna Guzmán, Osvaldo Pulgar Gallardo, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Rafael Riveros Frost y Leonidas Emiliano Méndez Moreno.

En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, el ministro Crisosto lo condenó a 541 días de presidio -con el beneficio de la remisión condicional de la pena- por su responsabilidad, como autor, en el delito.

Los agentes Eugenio Fieldhouse Chávez, José Jaime Mora Diocares, Delia Gajardo Cortés, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Guerra Guajardo, Guido Jara Brevis, Hugo Clavería Leiva, Jorge Venegas Silva, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Carlos Miranda Mesa, Víctor Manuel Alvarez Droguett, Raúl Soto Pérez, Moisés Paulino Campos Figueroa, Óscar Belarmino la Flor Flores, Miguel Ángel Yáñez Ugalde y Héctor Carlos Díaz Cabezas, fueron condenado a penas de 4 años de presidio, como cómplices.

En la causa, el ministro en visita absolvió a los agentes César Manríquez Bravo, Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, José Stalin Muñoz Leal, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Gustavo Galvarino Caruman Soto; Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz, Raúl Bernardo Toro Montes, Pedro Ariel Araneda Araneda y Sergio Iván Díaz Lara.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el alto magistrado logró acreditar los siguientes hechos:

"En horas de la tarde del día 7 de febrero de 1975,miembros de (..) la DINA detuvieron en la vía pública en el sector de Estación Central en Santiago a Rodrigo Eduardo Ugas Morales, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA, denominado "Cuartel Terranova" o "Villa Grimaldi", ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA;

Que el ofendido Ugas Morales durante su estada en el cuartel de Villa Grimaldi permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización;

Que la última vez que la víctima Ugas Morales fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado a fines de febrero de 1975, encontrándose desaparecido hasta la fecha;

Que el nombre de Rodrigo Eduardo Ugas Morales, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista "LEA" de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Rodrigo Eduardo Ugas Morales había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros;

Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Ugas Morales tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior".

En el aspecto civil, el ministro Crisosto condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $240.000.000, a la cónyuge e hijos de la víctima.

[Fuente: Red Diario Digital, Santiago de Chile, 04jul15]


Ver libro La Gran Mentira, El caso de las "Listas de los 119"

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