EQUIPO NIZKOR
Declaración

DERECHOS


Pinochet en Londres

Consideran que la detención de Augusto Pinochet Ugarte es un importante paso en la lucha contra la Impunidad.

Comisión Internacional de Juristas.


La Comisión Internacional de Juristas se pronuncia hoy sobre la detención ocurrida en Londres el día 17 de octubre del ex- General de Chile, Sr. Augusto Pinochet Ugarte.

La Comisión Internacional de Juristas se felicita vivamente de la detención de Pinochet y su posible sometimiento a juicio penal, pues considera que estos hechos configuran una importantísima brecha en el sólido muro de impunidad que suele proteger a quienes han violado gravemente los derechos humanos.

Impunidad que representa un obstáculo cierto al disfrute de los derechos humanos y que permite que los autores de violaciones graves de esos derechos escapen a la justicia. La impunidad es como una gangrena que corroe a nuestras sociedades, constituye un agravio a la justicia y afecta la igualdad ante la ley. Lo opuesto a la impunidad es el funcionamiento de la justicia y es lo que ahora parece comenzar para el Sr. Pinochet.

El ex- General y hoy "Senador vitalicio" de Chile parecería haber acumulado desde 1973 razones más que suficientes como para enfrentar en calidad de acusado un tribunal penal. Un tribunal que pueda investigar su conducta y emitir un fallo de acuerdo a derecho sobre ella, teniendo en cuenta su actuación como Comandante en Jefe del ejército de Chile, como Presidente de Chile luego, y como jefe directo de la DINA (Dirección Nacional de Inteligencia), el órgano que dependiendo del entonces General Pinochet, a quien rendía personalmente cuentas, estaba encargado de la represión política ilegítima. La actuación de la DINA no se limitó a cometer crímenes dentro de fronteras; los ejecutó también fuera de Chile, como entre otros el asesinato del ex-Canciller de Chile, Sr. Orlando Letelier en Washington y el del ex- Comandante en Jefe del ejército de Chile, General Carlos Prats en la Argentina.

La Comisión Internacional de Juristas sigue y seguirá con sumo interés la actuación de la justicia británica. Recuerda que el Reino Unido posee facultades y tiene jurisdicción para juzgar a un sospechoso como Pinochet cuando éste se encuentra, por cualquier razón que fuere, en su territorio.

A ello lo habilita y aún lo obligan tratados internacionales sobre derechos humanos asi como el derecho internacional consuetudinario puesto que nos referimos al asesinato de personas detenidas, su desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales o arbitrarias, las torturas a los detenidos, los suplicios, la toma de rehenes. Este tipo de actos merecen la calificación de Crímenes de Lesa Humanidad, con las consecuencias que ello apareja.

Encontrándose el ex-General implicado directamente en este tipo de crímenes de Lesa Humanidad, según centenares de testimonios coincidentes - y a veces hasta por sus propias expresiones- y además hallándose físicamente en Londres, puede el sistema judicial de Inglaterra iniciar procedimientos contra él. Es ello lo que se conoce en el derecho internacional como "jurisdicción universal", que regula que cuando un crimen tenga una trascendencia particularmente grave, y así esté previsto en tratados internacionales, puede ser perseguido no sólo por la jurisdicción del Estado en que se cometió, sino por la jurisdicción de cualquier otro Estado en el que sea habido el presunto responsable.

También pueden las autoridades británicas entregar al sospechoso a otro Estado que lo reclame de acuerdo a derecho. Dos Jueces de España han solicitado a la Justicia de Londres que decrete provisoriamente la detención de Pinochet, a los efectos de que ellos puedan interrogarle, a fin de solicitar posteriormente su extradición. En los días que vienen habrán de conocerse la legitimidad y la argumentación de los Jueces españoles. En todo caso las autoridades de Inglaterra han procedido con arreglo a derecho. Pero si hubiere dudas en la extradición de Pinochet hacia España, bien podría la justicia inglesa llevarlo a juicio ante sus propios tribunales.

La CIJ considera que el hecho de que el Sr. Pinochet transite con un pasaporte diplomático, extendido por las autoridades chilenas en virtud de su condición de "Senador vitalicio", no podría ponerlo a salvo de ser enjuiciado y eventualmente castigado por el tipo de Crímenes de Lesa Humanidad, por los que se le quiere enjuiciar. La particular transición política de Chile que fue un enorme paso adelante para este país y para su pueblo, en su camino de retorno a la democracia, tuvo sin embargo sus límites, configurados en la continua presencia amenazante de las fuerzas armadas y del propio Pinochet como Comandante en Jefe, en la realidad política cotidiana. Esas fuerzas armadas fueron las que impusieron la validez de la autoamnistía que los militares se habían hecho aprobar en 1978; su vigilancia sobre la transición con la figura incorporada a la Constitución de Senadores vitalicios, a quienes se les acuerda pasaporte diplomático para sus desplazamientos. Todos ellos son actos unilaterales arrancados a la democracia chilena por el poder militar, que no pueden anular el derecho internacional. De todas maneras la inmunidad diplomática argüida por el Sr. Pinochet no podría impedir un proceso penal contra un supuesto culpable de crímenes de lesa humanidad.

Casos como el de Augusto Pinochet y la impotencia ante la impunidad de que hasta ahora beneficiaron, llevaron a que la comunidad internacional de Estados decidiera en julio de 1998 en Roma, la creación de un Tribunal Penal Internacional permanente.

La Comisión Internacional de Juristas hace un llamamiento a todos los Estados para que casos como el presente puedan resultar en el juzgamiento de presuntos culpables de graves violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario por parte de sus tribunales nacionales en ejercicio del principio de jurisdicción universal.

Saludos

Alejandro Artucio
Santiago de Chile, 19 de octubre de 1998

Juicio en España contra Pinochet

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