Persona, Estado, Poder
Persona, Estado, Poder. II

Introducción

Este es el segundo volumen del libro Persona, Estado, Poder. A diferencia del anterior que reunía trabajos realizados en pleno período dictatorial (época en que fueron sistemáticas las amenazas, la persecución, la prisión política y la tortura; en suma, las violaciones de los derechos humanos), el presente volumen reúne análisis y reflexiones realizados por los equipos de salud mental de CODEPU durante los seis primeros años de transición democrática.

Quisiéramos brevemente describir el contexto en materia de Derechos Humanos y Salud Mental que ha caracterizado este período.

En 1989, la dictadura fue derrotada en las urnas y el 11 de marzo de 1990, al asumir la presidencia P. Aylwin, el régimen militar concluye, aunque conserva enormes cuotas de poder, dando paso a una forma cautiva de democracia. Los 17 años de gobierno militar dejaron enclaves militares, no sólo en las leyes y en la estructura del Estado, sino también en la forma de percibir, experimentar e interactuar de la población. En el plano de la institucionalidad, cabe mencionar: Consejo de Seguridad de fuerte hegemonía castrense. Senadores Designados, Tribunal Constitucional, inamovilidad de los Comandantes de las Fuerzas Armadas, un Poder Judicial obsecuente con las políticas militares, una constitución no democrática, y cuestión de la máxima gravedad, una Ley de Amnistía para los responsables de violaciones de los derechos humanos.

Al concluir la dictadura, comienzan a develarse en toda su magnitud las graves consecuencias que los Crímenes contra la Humanidad y el imperio de una impunidad generalizada respecto de ellos traería para las personas directamente afectadas y para la sociedad en su conjunto.

A los pocos meses de asumir el primer gobierno democrático, se descubren cementerios clandestinos y muchas personas víctimas de atropellos y persecuciones se atreven a denunciar las experiencias vividas. Al mismo tiempo, numerosos chilenos inician el retorno al país desde su exilio forzado.

En su programa electoral el gobierno había otorgado una clara prioridad al tema de los Derechos Humanos, despertando grandes expectativas de que pudiera conocerse la verdad, de que se hiciera justicia, de que los presos políticos fueran inmediatamente liberados, del retorno de los exiliados, así como de la rehabilitación social y reparación material de las personas directamente afectadas.

De manera similar a lo que ocurriera en países vecinos, se crea en Chile la Comisión de Verdad y Reconciliación, la que sin embargo nace con el mandato de investigar exclusivamente la violación del derecho a la vida con resultado de muerte. Se ocupa, por tanto, de la investigación de «situaciones de detenidos desaparecidos, ejecutados y torturados con resultado de muerte, en que aparezca comprometida la responsabilidad moral del Estado, por actos de agentes o personas a su servicio, así como los secuestros y los atentados contra la vida de personas cometidos por particulares bajo pretextos políticos». Esta declaración de propósitos incluye pues, un grave error conceptual al suponer que los particulares pueden violar los derechos humanos, y por otra parte, deja fuera del alcance de la Comisión los hechos de tortura sin resultado de muerte. Asimismo, se constata la inhibición formal de dar a conocer el nombre de los responsables: el «nunca más» en Chile sería anónimo, la identidad de culpables y responsables no se conocería jamás.

El beneficio indudable que para los afectados y sus familiares representó esta iniciativa, reconocimiento oficial del Estado respecto de la ocurrencia de crímenes políticos, se vio gravemente mitigado por la ausencia de justicia y sanción, por la persistencia en régimen democrático de la impunidad propia de la dictadura.

Para los afectados directos y para los familiares, la primera descompensación ocurre al momento de testimoniar ante la Comisión sobre los sufrimientos y pérdidas; la segunda descompensación tuvo el carácter de un dolor moral al constatar que, ahora en democracia, las agresiones y abusos de poder con todas sus consecuencias y daños quedaban en la absoluta impunidad. Durante el año 1991, en momentos que la Comisión ya había iniciado su investigación, se descubren nuevas fosas clandestinas con los cuerpos de detenidos-desaparecidos, muchos de ellos con señas claras de tortura.

Por otra parte, la liberación de los presos políticos se hace de manera lenta y vejatoria. Para muchos que recuperan finalmente la libertad, ello no significó la restitución plena de sus derechos ciudadanos ni el término de sus procesos. Esto se explica por una suerte de marginalidad social derivada de la ausencia de apoyos en la reinserción y por la estigmatización social que oficialmente los hizo ver cono terroristas, cuando no como delincuentes.

El número inicial de 399 presos al finalizar la dictadura se redujo a 12, pero sólo tras un largo período de negociaciones políticas. El imperio de las leyes heredadas de la dictadura, y el hecho de ser juzgados por tribunales militares explica este largo proceso. Asimismo, el indulto presidencial fue lento y discriminativo. Muchos debieron cumplir penas de extrañamiento y partir al exilio. Actualmente, alrededor de 2000 personas condenadas por causas políticas se encuentran limitadas en sus derechos civiles. Otros 300 presos políticos se encuentran en libertad condicional y más de 200 están prófugos, ya sea refugiados en el exterior o viviendo en la clandestinidad.

En materia de exilio-retorno no se implementaron adecuadas políticas de acogida, particularmente en relación a aquellos chilenos que provenientes de países de A. Latina lo hacían con menos recursos. La Oficina Nacional del Retorno, gubernamental, tuvo un tiempo de acción limitado, no pasó de ser un ente burocrático, o en el mejor de los casos, una mera asignadora de los recursos provenientes de la Cooperación Internacional aplicando criterios no adecuados a las necesidades de los demandantes. Por todo ello, no es de extrañar que muchos retornados aún viven complejos procesos de reinserción y algunos de ellos hayan decidido regresar a su país de exilio.

En 1992 se creó la Corporación de Reparación y Reconciliación, de carácter transitorio, con la finalidad de otorgar reparaciones por los daños y sufrimientos establecidos en la Comisión de Verdad y Reconciliación. Tales medidas de reparación tuvieron, sin embargo, un énfasis sólo asistencial, patrimonial, con ayudas parciales en salud, pero sin asumir la reparación moral y los aspectos preventivos. Recibir una suma de dinero o una pensión asistencial como familiar de un detenido desaparecido, de un ejecutado político, de un hijo o esposo muerto en tortura, significó sin duda una importante ayuda para la gran mayoría de los familiares que pertenecen a un sector desposeído de la población. Sin embargo, debido a la impunidad, surge un cierto sentimiento de culpa y vergüenza.

Durante todos estos años, y a pesar del contexto general de impunidad, se han logrado ciertos avances en materia de justicia, como consecuencia de la tenaz lucha de familiares y abogados antes que por voluntad política de las autoridades. En 1995, tras unas interminables maniobras dilatorias, entran en prisión (especial y con privilegios, por cierto) el ex-jefe de la DINA, general Manuel Contreras y su brazo derecho. Brigadier Pedro Espinoza. El proceso a estos oficiales, responsables de crímenes en derechos humanos, dejó en evidencia la vulnerabilidad de la democracia y del Estado de Derecho. La presión de los sectores militares ha provocado la presentación de un proyecto de ley a través del cual el gobierno y la derecha política acuerdan una forma definitiva de impunidad en materia de Derechos Humanos.

Por otra parte, durante estos seis años, el Poder Judicial ha sobreseído prácticamente todos los procesos por muerte o desaparecimiento, ya sea aplicando la ley de amnistía o la prescripción.

Durante el período de transición a la democracia, la tortura ha desaparecido como práctica ligada al ejercicio del poder. Sin embargo, si bien ha dejado de ser un flagelo de aplicación sistemática, se han denunciado casos de tortura en recintos militares y policiales, explicables en parte por la herencia de una técnica y una ideología que se ejerció sin contrapeso durante más de 16 años.

La vigencia de leyes secretas heredadas de la dictadura y la aplicación de la ley de amnistía ha determinado una situación de impunidad. Por otra parte, y como telón de fondo, la violación del derecho a la vida ocurre en un contexto social marcado profundamente por el modelo económico en el cual el mercado es. el implacable regulador de las relaciones humanas, generando altos niveles de marginación social. Se pretende imponer pues, una concepción del hombre nunca antes tan materialista: el hombre como un usuario o un producto, como un bien transable, y obligado a olvidar su reciente historia.

Los trabajos que forman parte de este segundo volumen de Persona, Estado, Poder, constituyen nuevas reflexiones sobre las causas y consecuencias de los traumatismos psíquicos. Intentan develar las profundas huellas del miedo y desarrollan diferentes experiencias terapéuticas y de rehabilitación.

En su conjunto, el tema de este libro es una interpelación a la conciencia, pues se refiere a trastornos del hombre producidos por la conducta del hombre. Convoca, de manera imperativa, a ejercer la responsabilidad que ningún ser humano puede eludir respecto de atropellos y violaciones que, en esencia, son contra la Humanidad, contra todos y cada uno de nosotros.


Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor- Derechos Human Rights el 21feb02
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