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DERECHOS


11jun03


Carta al presidente Uribe denuncian el acoso y persecución de los abogados defensores.


Doctor ALVARO URIBE VéLEZ
Presidente de la República de Colombia
PALACIO DE NARIñO

Ref.: Persecución a abogados defensores.

Señor Presidente:

Acudimos a usted para expresar nuestra profunda preocupación por la sistemática persecución desatada contra los abogados, especialmente contra quienes ejercen la defensa de las personas privadas de la libertad por razones políticas, mediante intimidaciones, amenazas, criminalización proveniente de la arbitraria confusión con la causa que defiende, desaparición forzada, atentados a la integridad personal y asesinatos.

Esta persecución, agravada en el marco de la implementación de la política de "seguridad democrática" y en el despliegue de las medidas coercitivas de control del orden público, es más penosa en tanto el país carece de la colegiatura profesional que posibilite la protección colectiva de los juristas y vele por el irrestricto respeto de sus derechos humanos, entre ellos los derivados de los derechos universales al debido proceso y al ejercicio profesional de la defensa.

Las situaciones y las políticas dirigidas a impedir o restringir el pleno ejercicio de la profesión de la abogacía, constituye no sólo una violación a los derechos humanos fundamentales de los profesionales del Derecho, sino una significativa vulneración del derecho a la defensa, amparado por la Constitución Política de Colombia (art. 29) y por instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos integrados a la normatividad interna. El derecho a la defensa, ampara simultáneamente no sólo a dos sujetos procesales (sindicado y defensor) sino a todo el sistema democrático de justicia, de quien se convierte en su garante. Por tanto, atentar contra la defensa es atentar contra la justicia.

Señor Presidente:

Recurriendo al deber de garantía que en materia de derechos humanos le compete a usted en su condición de jefe constitucional del Estado colombiano, presentamos a usted algunas de las situaciones que ilustran nuestra preocupación:

Limitaciones al ejercicio profesional en centros de detención y en unidades militares.

Con frecuencia, los abogados defensores no pueden acceder a los establecimientos de detención preventiva ni a sus defendidos por reglamentos internos que imposibilitan la comunicación con quienes acaban de ser detenidos preventivamente, con lo cual se viola no sólo el derecho al ejercicio profesional sino que se desconocen los derechos que la ley colombiana reconoce a toda persona capturada. Esta situación se hace más apremiante en establecimientos tales como el DAS, DIJIN, SIJIN, sede central de la Fiscalía General de la Nación y algunas Unidades Permanentes de Justicia (UPJ). En algunos de dichos sitios, es común la negación de información, incluyendo aquella que pretende verificar la reclusión de determinada persona.

Dificultades similares se presentan en los reclusorios calificados como de alta seguridad, en los cuales es común el trato irrespetuoso y en algunos casos denigrante, al que son sometidos los abogados que deben ingresar para entrevistarse con sus defendidos. En algunos de ellos, se limita de manera significativa el tiempo de la visita profesional, con lo cual se imposibilita la comunicación entre el defensor y el sindicado, impidiendo la preparación del derecho legal a la defensa técnica.

También se limita el ejercicio profesional, cuando se restringe el acceso y consulta detallada a los expedientes en los despachos de la jurisdicción castrense, ubicados al interior de las guarniciones militares.

Criminalización de la defensa.

La criminalización de la defensa constituye una transgresión al artículo 18 de los "Principios básicos sobre la función de los abogados", que dispone que "el abogado no debe ser confundido con la causa que defiende ni atacado por este motivo". En Colombia, esta criminalización se sustenta en apresuradas "investigaciones" adelantadas con fundamento en arbitrarios informes de "inteligencia", algunos de ellos con carácter "clasificado", que comprometen al profesional del derechos con la causa que se presume o establece como criminal.

Respecto de la criminalización sustentada en informes de inteligencia de carácter "clasificado", y en el inconstitucional ejercicio de facultades de policía judicial por parte de integrantes de la Fuerza Pública, nos permitimos recordar las recomendaciones que al respecto han formulado diversos organismos internacionales y reiteramos los reclamos que el conjunto de organizaciones sociales y de derechos humanos hemos presentado reiteradamente a diversos funcionarios de su gobierno.

En algunos momentos, la criminalización se sustenta en la propia legalidad (asesoramiento ilegal, asociación para delinquir), o en la ignorancia de servidores públicos para quienes la defensa o la libertad de credo político se convierten en actos al margen de la ley.

Estas situaciones se reiteran de manera sistemática en abogados que defienden causas relacionadas con el conflicto armado o con la delincuencia organizada.

Algunos de los abogados criminalizados o que se pretende criminalizar, son:

  • Al doctor JOSé RAMIRO ORJUELA AGUILAR, abogado radicado en Bogotá, el 10 de febrero del presente año le fue allanada su residencia por efectivos de la Fiscalía y la SIJIN, conociendo también de "averiguaciones" que el CTI ha realizado en su antigua oficina de Abogado. Sus teléfonos reciben continuamente llamadas extrañas y captan ruidos extraños, por lo que presume que se hallan (ilegalmente?) interceptados. Con posterioridad al cumplimiento de la condena aplicada al señor Ignacio González Perdomo, de quien el Dr. Orjuela fuera defensor, se han incrementado los hostigamientos en su contra.
  • Al Doctor CESAR AGUSTO MANRIQUE SOACHA, el Batallón No. 39 (Batallón Sumapaz) con sede en Fusagasugá, lo "investiga" por una conducta que no constituye delito, tal como "asesorar a miembros del Partido Comunista". También conoce la estigmatización por parte de miembros de la Policía Nacional y del GAULA en la región.
  • Al Doctor EUGENIO JOSé LLANOS LARA, el DAS lo tiene "clasificado" como autor de presuntos delitos de "concierto para delinquir" y "complicidad en fuga de presos".
  • El Doctor FABIO GILBERTO DIAZ DIAZ fue victima de hostigamientos y amenazas por parte de grupos de extrema derecha, cuando fue personero del Municipio de Lejanías, Meta, debido a su inclusión en una lista de la SIJIN de Villavicencio, en la que figura como "facilitador y colaborador de la guerrilla".
  • El Doctor JOSé RICARDO ZAPATA CAMACHO aparece incluido en una "Orden de Batalla" de la Brigada XIII por la presunta vinculación a una red urgana de la guerrilla, en la cual se establece textualmente que "se desconoce su vinculación real con la organización". También aparece en un listado de la Subdirección GAULA de Fusagasugá, y en DAS figura bajo la clasificación de "terrorismo y rebelión".
  • Al doctor JUAN JOSé LANDINEZ LANDINEZ, le fue allanada su residencia materna en Bucaramanga, el pasado 26 de enero en horas de la madrugada, por efectivos miembros del DAS acompañados por una mujer que dijo ser de la Fiscalia pero que no se identificó. En la casa de habitación sólo pernoctaban una anciana de 82 años de edad y su nieto de tan solo 3 años. El allanamiento se produjo bajo el argumento de que allí se escondía propaganda subversiva.
  • El pasado mes de febrero, en la ciudad de Cartagena, fue detenido en el allanamiento a su residencia, el Doctor RAFAEL PALENCIA FERNáNDEZ, funcionario del Ministerio de Protección Social en dicha ciudad. El Dr. Palencia es catedrático de derechos humanos y fue fundador del Comité Permanente en Bolívar y defensor de detenidos políticos. Al doctor Palencia se le imputa "colocar el Colegio de Abogados de Bolívar al servicio de la subversión".

Amenazas.

Con frecuencia los abogados se ven amenazados, en especial los que aseguran la defensa de personas procesadas por su supuesta participación en el conflicto armado o que toman a su cargo diligencias relativas a violaciones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario cometidas en el marco de este mismo conflicto por estos mismos actores y especialmente los casos que cuestionan a los oficiales de las fuerzas armadas. Es también el caso de los que defienden a sindicalistas o que intervienen en los litigios relativos a la posesión de predios.

Las amenazas se manifiestan mediante el envío de correspondencia, especialmente sufragios o cartas de condolencias, por la publicación de listas negras, el recibo de mensajes telefónicos amenazadores o la publicación de carteles. Este tipo de hostigamiento se ve precedido de la introducción en los expedientes penales de informes de inteligencia militar, compuestos de notas no firmadas, no identificadas, sin fecha, llamadas" misceláneas" que designan a tal o cual abogado como "brazo legal de la guerrilla", y actualmente con el uso de supuestos "informantes" del ejército y la policía.

Estas actitudes han llevado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a favorecer a muchos abogados colombianos de "medidas cautelares". Es el caso de los miembros del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo; Teresa de Jesús Cedeño Galíndez (abogada penalista en Arauca y Presidenta del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos en dicha región), Adriana González (abogada laboralista e integrante del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos en Risaralda); Waldir Sinisterra Restrepo y Albert Hoyos (abogados penalistas en el Valle del Cauca), Daniel Prado, abogado de ASFADDES (Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos), Pablo Bustos (Presidente de la Veeduría Ciudadadana); Pablo Cruz, integrante de la Junta Directiva Nacional del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos y hermano del Dr. Fernando Cruz, detenido-desaparecido en Cali, en diciembre de 2002; entre otros.

Algunos de estos casos han sido denunciados internacionalmente, pero otros continúan en el anonimato debido a que los profesionales prefieren seguir en el anonimato para preservar el minúsculo margen de seguridad que les resta.

Desplazamiento forzado y exilio.

En nuestro concepto, las amenazas no deben desecharse, porque con frecuencia son ejecutadas. Muchos abogados se han visto obligados a desplazarse de sus regiones o exilarse para garantizar su supervivencia.

La mayoría de profesionales vinculados a la defensa de los derechos humanos y los detenidos políticos, han sido víctimas de amenazas, de seguimiento, de señalamientos en la prensa, en carteles difundidos ampliamente al nivel universitario, en informes de inteligencia militar, en listas de amenazas difundidas por grupos paramilitares, como en los casos de:

  • Rafael Barrios, amenazado, dejó Colombia el 5 de agosto de 1999.
  • Miguel Puerto Barrera, dejó Colombia el 4 de agosto de 2000.
  • Oscar Rodas, dejó Colombia en febrero de 2001, después de que su hermano fuera asesinado como advertencia el 23 de septiembre de 2000 y su esposa secuestrada el 24 de enero de 2001.
  • Maret Cecilia García dejó Colombia en noviembre de 2001.
  • Luis Guillermo Pérez Casas se vio obligado a dejar el país en diversas ocasiones y actualmente se halla en el exilio.
  • Ernesto Amezquita: Abogado penalista y presidente honorario de la Asociación Nacional de Abogados Litigantes, dejó el país en noviembre de 2001 por amenazas contra su vida por parte de grupos paramilitares.
  • Jaime Gómez abogado litigante y profesor universitario en la ciudad de Cúcuta se vio obligado a salir de Cúcuta (Norte de Santader) por amenazas directas contra su vida por parte de grupos paramilitares.

Desapariciones forzadas y ejecuciones arbitrarias.

La lista de los abogados asesinados o desaparecidos es muy larga y desafortunadamente no es exhaustiva debido a que la documentación de los casos se enfrenta a grandes dificultades propiciadas por el temor de sus familias, particularmente cuando los hechos se presentan en zonas de conflicto. Algunos de los casos:

  • Alirio de Jesús Pedraza Besera desapareció en Julio de 1990 en Bogotá.
  • Javier Barriga Vergel fue asesinado en Cúcuta el 16 de julio de 1995.
  • Jesús María Valle Jaramillo fue asesinado el 27 de febrero de 1998 en Medellín.
  • Eduardo Umaña Mendoza fue asesinado en Bogotá el 18 de abril de 1998.
  • Rafael Vargas Felizola fue asesinado en Barranquilla en 1999.
  • Maritza Palacios Quiroz fue asesinada en su oficina el 20 de Enero de 2000 en Buga.
  • Fernando Cruz Peña: Abogado en Calí, desapareció en diciembre de 2000.
  • Alma Rosa Jaramillo: Fue asesinada en Morales en le mes de junio de 2001.
  • Efraín Varela, Abogado y periodista fue asesinado el 28 de junio de 2002 en Arauca.
  • El 16 de Mayo del 2003, en pleno casco urbano del municipio de Granada, Meta, fue secuestrado por los grupos paramilitares, el doctor JOSé ABSALON ACHURY. Los captores pasaron libremente sus vehículos por los retenes que el Ejército tiene instalados en las entradas y salidas del municipio hacia la población de San Martín. El día 28 de Mayo fue encontrado su cadáver en el Municipio de San Juan de Arama, con visibles señales de tortura y varios disparos en la cabeza. Las amenazas previas, habían forzado en días anteriores, la renuncia del doctor Achury a la defensa penal del señor Yesid Arteta.
  • En la noche del 13 de Febrero de 2003, la Doctora SORAYA GUTIERREZ conducía la camioneta Toyota de placas CGQ278, asignada por el programa de protección al Colectivo de Abogados Alvear Restrepo, sufrió un atentado contra su vida e integridad personal, del cual resultó ilesa, cuando a la altura de la calle 153 con Carrera 51 fue interceptada por un automóvil del que descendieron varios hombres que portaban ametralladoras, quienes propinaron varios impactos de proyectil en la ventanilla del conductor. Hasta la fecha, se desconocen los resultados de la investigación sobre este hecho.

Señor Presidente:

Reiterando la gravedad de los hechos descritos, las entidades abajo firmantes, acudiendo nuevamente al deber de garantía propio de su dignidad, nos permitimos solicitarle:

  • Impulsar las investigaciones disciplinarias y penales, conducentes al esclarecimiento de los hechos y al establecimiento de las responsabilidades que de ellos se deriven.
  • Conformar una comisión especializada para el seguimiento de tales investigaciones.
  • Otorgar y propiciar el cumplimiento de las garantías políticas, judiciales y de protección material, requeridas por los abogados para el irrestricto ejercicio de su profesión y la cabal protección a los derechos universales al debido proceso y a la defensa.
  • Expedir una Directiva Presidencial que reconozca el fundamental papel de la abogacía en el sistema democrático y en la impartición de justicia, exigiendo a todos los servidores públicos el respeto a su misión.
  • Propiciar el pleno respeto a los derechos constitucionales y universales referidos al ejercicio de la defensa y al debido proceso, y de manera particular los relacionados con la función de los abogados, exigiendo de manera particular, el respeto al principio de " no ser confundido con la causa que defiende ni atacado por este motivo".
  • Implementar las recomendaciones de los diversos organismos internacionales en materia de derechos humanos, orden público y estados de excepción, particularmente en el ámbito de la lucha antiterrorista, archivos de inteligencia militar y el no otorgamiento de funciones de policía judicial a la Fuerza Pública.

Del señor Presidente,

Bogotá, D.C., 11 de junio de 2003.
Asociación de Abogados Defensores "Eduardo Umaña Mendoza"; Asociación Minga; Asociación Nacional de Ayuda Solidaria - ANDAS; Colectivo de Abogados "Jose Alvear Restrepo"; Comité de Solidaridad con los Presos Políticos; Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos y Corporación Humanidad Vigente.

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Este documento ha sido publicado el 13jul03 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights