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26abr96


Declaración del presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU sobre la violencia en Colombia


DECLARACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU

TRADUCCION NO OFICIAL
DEL COMITE PERMANENTE POR LA DEFENSA
DE LOS DERECHOS HUMANOS
-GRACE NUÑEZ-

Ginebra, 23 de abril de 1996

1.- La Comisión de Derechos Humanos está sumamente preocupada con la situación de violencia endémica que afecta a muchas partes del país y la continuación de la confrontación entre el gobierno y los grupos guerrilleros que ha tenido consecuencias graves para los derechos humanos en el país.

2.- La Comisión de Derechos Humanos reconoce los esfuerzos llevados a cabo por el gobierno en el campo de los derechos humanos y su voluntad de cooperar con los relatores y grupos de trabajo, acoge con beneplácito la colaboración proporcionada por el gobierno de Colombia al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, durante su visita al país el año pasado, toma nota del establecimiento de una comisión de seguimiento encargada de analizar y promover el cumplimiento de las recomendaciones de los relatores temáticos de las Naciones Unidas y los grupos de trabajo, así como de las de otras organizaciones internacionales y regionales.

3.- No obstante la Comisión de Derechos Humanos está sumamente preocupada debido a las violaciones del derecho a la vida, como quedó comprobado ampliamente en el informe del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales sumarias o arbitrarias. Miles de vidas se pierden cada día como resultado de varios actos de violencia, especialmente en el contexto del conflicto armado entre el gobierno y la guerrilla, así como por la acción de grupos paramilitares. Dicho conflicto ocasiona graves y continuos abusos y violaciones a la ley humanitaria, tanto por los agentes del Estado como por los grupos guerrilleros, estos últimos persistiendo en prácticas prohibidas tales como tomar rehenes civiles.

La Comisión de Derechos Humanos reconoce que el gobierno de Colombia ha dado pasos para la aplicación de normas humanitarias en el conflicto, entre otros, mediante el acuerdo con "ICRC" para facilitar sus actividades humanitarias en el país.

4.- La Comisión de Derechos Humanos continúa en sumo grado preocupada debido al gran número de casos de desaparecidos, como lo muestra el informe del grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias. La aplicación a nivel nacional de la declaración sobre la protección de todas las personas contra desapariciones forzadas se enfrenta con varios obstáculos lo cual genera la impunidad

La Comisión de Derechos Humanos, aunque toma nota de las intenciones manifestadas por el gobierno colombiano de emprender esfuerzos para mejorar la aplicación de la ley, hace un llamado urgente para que se adopten medidas legislativas, administrativas, judiciales u otras que sean más efectivas pera impedir y poner fin a actos de desapariciones forzadas, de acuerdo con el Articulo 3° de tal Declaración.

5.- La Comisión de Derechos Humanos sigue preocupada debido al nivel alarmante de impunidad, especialmente referente a abusos por parte de agentes del Estado que actualmente caen bajo la jurisdicción de tribunales militares. La Comisión anima al gobierno de Colombia para que continúe y concluya el proceso de reforma del código penal militar, de acuerdo con las recomendaciones hechas por los relatores temáticos, especialmente en lo que tiene que ver con la exclusión de los crímenes de lesa humanidad de la jurisdicción de los tribunales militares. Toma nota del establecimiento de una Unidad de Derechos Humanos que depende del Fiscal General de la Nación con opacidad para investigar y procesar agentes del Estado, guerrilleros y miembros de grupos paramilitares responsables de las violaciones de los derechos humanos o de la ley humanitaria

6.- La Comisión de Derechos Humanos también está profundamente preocupada debido a la persistencia de la práctica de la tortura. El informe del Relator Especial sobre tortura muestra que los pasos dados por Gobierno de Colombia no han resultado en una mejora tangible de la situación en general y que el crimen de tortura a duras penas es castigado. Los informes presentados ante el Comité contra la tortura indican que la Ley en Colombia todavía no está de acuerdo con varias obligaciones, según la Convención contra la tortura.

7.- La Comisión de Derechos Humanos le insiste al gobierno de Colombia que continúe reforzando la justicia ordinaria, contra sistemas de justicia especiales, el mal uso de los cuales puede conducir a graves violaciones de derechos humanos. La capacidad de los tribunales de justicia regional debe ser limitada y en ningún caso debe ser aplicada a los actos de oposición política legitima ni de protesta social. En ningún caso se les debe negar el debido proceso a los acusados.

8.- La Comisión de Derechos Humanos, aunque estimula el trabajo de la Comisión Especial establecida por el gobierno colombiano para el seguimiento de la implementación de las recomendaciones de los relatores temáticos, considera que la implementación de dichas recomendaciones y de las de los grupos de trabajo aún no son suficientes, ni que la situación de los derechos humanos ha mejorado significativamente y recuerda la resolución adoptada por la Subcomisión sobre la Prevención de la Discriminación y la Protección de Minorías, en agosto de 1995.

9.- La Comisión de Derechos Humanos requiere al Alto Comisionado para los Derechos Humanos para que proceda, guiado por la iniciativa del gobierno colombiano e identificando las fuentes adecuadas de financiación, a establecer, lo antes posible, una oficina permanente en Colombia con el mandato de asistir a las autoridades colombianas en el desarrollo de políticas y programas para la promoción y protección de los derechos humanos y para observar las violaciones de los derechos humanos en el país, redactando informes analíticos dirigidos al Alto Comisionado; asimismo solicita al Alto Comisionado que informe en la Sesión 53 de la Comisión sobre el establecimiento de la oficina y sobre las actividades llevadas a cabo por la misma, en la implementación del mandato mencionado arriba.

[Fuente: Comité Permanente de defensa de los derechos humanos Grace Núñez, 26abr96]

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