EQUIPO NIZKOR
Información

DERECHOS

09may12


Procuraduría General de la Nación objetó por error grave, dictamen grafológico del CTI sobre la firma de Edgar Villamizar en el caso del Palacio de Justicia


La Procuraduría General de la Nación objetó por errores graves el estudio grafológico rendido por un perito del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, según el cual hubo correspondencia manuscritural entre las firmas de Edgar Villareal y Edgar Villamizar Espinel.

El peritaje había sido ordenado por el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá dentro del proceso que se adelanta en contra del coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, y otros, por los desaparecidos del Palacio de Justicia.

Dicho Juzgado había ordenado el cotejo de la firma dubitada descrita como de "Edgar Villareal" obrante en el proceso, con varias muestras de documentos obrantes en distintos formatos, entre ellos, la hoja de vida de Edgar Villamizar Espinel y 17 folios de muestras tomadas a Villamizar en la declaración que rindió en el Juzgado de conocimiento.

No obstante, esos documentos no fueron examinados por el perito, sino que se limitó el estudio a tres firmas, dos de ellas obrantes en la hoja de vida y una firma originada en un documento desconocido para el proceso y los sujetos procesales, aportada por la Fiscal que instruyó el proceso, en la indagación que adelanta el ente investigativo.

El Ministerio Público objetó por errores graves el dictamen pericial en tres aspectos:

1. Un vicio de legalidad. No solo porque el documento en el que se registra la firma ahora puesta en conocimiento por la ex fiscal, es desconocido por los sujetos procesales y no hizo parte de ninguna causa por los hechos del Palacio de Justicia, y además, porque corresponde aparentemente a una copia de la declaración cuestionada, también en dubitada, no admitiendo cotejo con otra que se cuestiona.

2. Insuficiente análisis. El perito se limitó al cotejo de tres firmas, una de ellas viciada de legalidad, como se aludió previamente, y nada se dijo de la otra cantidad de muestras sobre las que igual se ordenó el cotejo, vulnerando el mandato legal que le exige examinar todo el material obrante en el proceso para emitir sus conclusiones.

3. Fragilidad de los fundamentos técnicos en los que se basó el concepto. El perito no construyó su dictamen con argumentos que revistan la fuerza y profundidad técnico - científica requerida para arribar a las conclusiones adoptadas, por tanto, fue generalizado y no avanzó al detalle e individualización de rasgos verdaderamente característicos que permitan arrojar conclusiones como la que describió en su estudio.

En suma, para la Procuraduría, el dictamen tiene graves falencias que imponen la necesidad de un nuevo peritaje, el cual debe ofrecer respuesta plena y satisfactoria a los originarios postulados de trasparencia y búsqueda de la verdad que gobiernan los fines de la administración de justicia, como también, que guarde pericialmente la técnica, método y procedimiento adecuado, para lo cual junto a la objeción se solicitaron pruebas que se practicarán incidentalmente.

[Fuente: Procuraduría General de la Nación, Bogotá, 09may12]

Donaciones Donaciones Radio Nizkor

DDHH en Colombia
small logoThis document has been published on 03Sep12 by the Equipo Nizkor and Derechos Human Rights. In accordance with Title 17 U.S.C. Section 107, this material is distributed without profit to those who have expressed a prior interest in receiving the included information for research and educational purposes.