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16sep02


Denuncian detención arbitraria de un dirigente campesino y dos cooperantes que realizaban un acompañamiento humanitario.


El Equipo Nizkor ha recibido a través de uno de su colaboradores en Colombia la información de que, en el marco de un procedimiento relacionado con la movilización agraria que se está llevando a cabo estos días en Colombia, han sido detenidos dos ciudadanos españoles que realizaban un acompañamiento humanitario de un dirigente campesino colombiano. Fuerzas de la Infantería de Marina procedieron a la detención de todos ellos en la localidad de Chalán (Sucre), el día domingo 15 de septiembre.

Los detenidos son Rubel Robles, Secretario General del Sindicato Departamental de Agricultores de Sucre, y los integrantes de Soldepaz Pachakuti de Asturias (España), Ana María Andrés Ablanedo, Coordinadora de dicha organización no gubernamental, y Daniel Busto Gutiérrez, miembro de la Junta de Gobierno de dicha orgnazación.

Según informaciones provenientes de la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria FENSUAGRO-CUT y de Soldepaz Pachakuti, las mencionadas personas se encuentran incomunicadas, en el Parque Central de Chalán (Sucre), sin que se permita el acceso de abogados ni representantes de las organizaciones.

Por todo ello solicitamos se escriba al Gobierno colombiano solicitando:

1) Proceda a dejar en libertad inmediata a Rubel Robles, Secretario General del Sindicato Departamental de Agricultores de Sucre y a los integrantes de Soldepaz Pachakuti de Asturias (España), Ana María Andrés Ablanedo, Coordinadora de dicha organización no gubernamental, y Daniel Busto Gutiérrez, miembro de Junta de Gobierno de dicha organización.

2) Garantizar la vida y seguridad física y psicológica de los detenidos.

3) Tomar las medidas necesarias para permitir que las organizaciones a las que pertenecen, así como los abogados, puedan tener acceso a los procedimientos judiciales que hayan dado lugar a esta detención arbitraria.

4) Se lleve a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre la campaña de acoso y amenazas contra las personas citadas, que se hagan públicos sus resultados y que los responsables de estos actos comparezcan ante la justicia.

5) Recordando a las autoridades que tienen la responsabilidad de cumplir el Convenio relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación (Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo), que garantiza el derecho a la libertad de asociación y el derecho a formar sindicatos y de garantizar que se puedan realizar manifestaciones de protesta o de otra naturaleza dentro de lo estipulado en las normas internacional derivadas de los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y que caracterizan a un estado de derecho.

Equipo Nizkor
UE, 16 de septiembre de 2002

DDHH en Colombia

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Este documento ha sido publicado el 16sep02 por el Equipo Nizkor y Derechos Human Rights