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DERECHOS


17oct07


Actas de la sesión-debate del 17oct07 de la Comisión Constitucional del Congreso en torno a la llamada "Ley de la Memoria" (en esta sesión se dio por terminado el dictamen de la ley).


Índice:

Defensa de las enmiendas y transaccionales

Turno de réplica

Votaciones


CONSTITUCIONAL
17/10/2007

- PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA. (Número de expediente 121/000099.)

El señor PRESIDENTE: Señorías, comenzamos el debate y, en su caso, aprobación del proyecto de ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Hay varias enmiendas y procederemos a su defensa, pero ya me anuncian que hay alguna transaccional que ruego pasen lo antes posible a la Mesa para que se pueda distribuir y el resto de los grupos tengan conocimiento de ellas. En primer lugar, hay enmiendas de distintos miembros del Grupo Mixto. Entiendo que la defensa la va a hacer la señora Lasagabaster.

Tiene la palabra.

La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Antes de comenzar mi intervención, quisiera señalar como cuestión técnica -que ya he transmitido al letrado de la Comisión- cuáles son las enmiendas que se mantienen vivas. Dentro del Grupo Mixto se mantienen vivas todas las enmiendas del Bloque Nacionalista Galego, de Nafarroa Bai y de Coalición Canaria-Nueva Canarias; Chunta Aragonesista ha retirado una serie de enmiendas, lo mismo que Eusko Alkartasuna y hemos trasladado cuáles son las que mantenemos vivas y que, lógicamente, en lo que se refiere a Eusko Alkartasuna, procederé a explicar en este trámite. Creo que no habrá ningún inconveniente en cuanto a considerar y conocer cuáles son las enmiendas vivas.

En la primera parte haré una exposición -en el tiempo que tenemos establecido- que dividiré en cuatro partes. Primero, cuál es la filosofía que Eusko Alkartasuna considera que debe tener la ley, debiera haber tenido, debería haber tenido la Ley de Memoria Histórica; cualquier tiempo del verbo que ustedes quieran, pero el caso es que salga. La segunda parte será sobre el procedimiento seguido hasta ahora; la tercera parte será sobre la posición de Eusko Alkartasuna en relación con el texto que hoy tenemos encima de la mesa, como consecuencia de la sustitución del proyecto original que se registró y se debatió en esta Cámara. La cuarta parte será sobre el procedimiento a seguir en la votación, que expondré sucintamente porque la votación la hará la titular de esta Comisión, la señora Oramas. Como va a ser un procedimiento algo especial -por decirlo de alguna manera-, no quería dejar de informar, para que no quepa desinformación, mala información, desinterpretación, no interpretación de los prolegómenos de este sistema.

Empezaré por el principio. Cuál es la filosofía que Eusko Alkartasuna ha entendido desde siempre que debía tener una Ley de Memoria Histórica. Desde el momento en el que Eusko Alkartasuna tuvo representación en esta Cámara, desde luego en lo que a esta portavoz corresponde, hemos creído que había una deuda pendiente con las víctimas, con las personas que sufrieron no solamente en la guerra civil sino con las que sufrieron represión, vulneración de los derechos fundamentales y exilio a lo largo de cuarenta años de dictadura. Por varias razones, siempre creímos que la transición no estaba acabada; evidentemente, una de ellas era por no hacer frente a una etapa histórica y por no hacer frente a los deberes que corresponden a cualquier sociedad democrática que ha tenido que afrontar el paso de una dictadura. La filosofía de Eusko Alkartasuna ha sido siempre muy clara. La Ley de Memoria Histórica tenía que tener tres vértices: verdad, justicia y reparación. No podía ser una cuestión dejada a cada una de las personas privadas de sus derechos o cuyas libertades habían sido vulneradas. Tenía y debía ser un deber colectivo de toda la sociedad del Estado español.

La verdad es que el proyecto de ley que se nos presentó no coincidía o no convenía con esos tres vértices que, desde nuestro punto de vista, eran y son absolutamente imprescindibles. De verdad recogía poco; de verdad, del deber de conseguir la verdad; la verdad de saber las vulneraciones de derechos humanos; la verdad de conocer lo ocurrido y las vivencias de tantas y tantas personas que en ningún momento hasta el día de hoy han tenido la oportunidad formal, oficial de poder aportarla a los archivos, de poder aportarla a la propia sociedad. Es, pues, un vértice que nos falta todavía, algo más del deber de conseguir la verdad. La verdad es la verdad de cada uno, pero hay una parte de verdad que no está en ninguna parte. ¿Qué es lo que pedíamos, por tanto, con nuestras enmiendas a ese proyecto de ley que se registraba? Que en ese Centro Documental de la Memoria Histórica no solo se debe recoger lo que hay ya en archivos, los testimonios de la guerra civil de los que han podido darlos; pero lo que nunca ha quedado recogido, porque nunca han podido hacerlo hasta ahora, es la verdad de aquellos que salieron al exilio, la verdad de lo que vivieron en las cárceles, las verdades de aquellas personas que sufrieron vulneración en derechos y libertades fundamentales. Es difícil que una Ley de Memoria o un Centro de Memoria recoja la verdad de aquellos que nunca pudieron expresarla, y ahora incluso no pueden porque ya fallecieron, sobre todo lo que pasaron. Por tanto, proponíamos como una de las enmiendas para apuntar ese vértice, cosas tales como la Comisión de la verdad, un Centro de Memoria Histórica que corrigiera todo este tema y, de alguna forma, poder tener también esa verdad que nunca, evidentemente, se recuperó, que nunca nadie tuvo oficialmente como institución la obligación de hacerlo. Por tanto, verdad poca.

Justicia, yo diría cero. En el proyecto de ley que se nos presentó, justicia cero. Lo que se nos presentó fue no cambiar nada del carácter vinculante de la justicia que había habido antes. No había nada relativo a las sentencias, a la nulidad, nada relativo a la posibilidad, por ejemplo, de la existencia de una fiscalía que recogiera ciertas cuestiones. Nosotros no planteábamos nada diferente a la doctrina que se entendía de los crímenes de guerra y de lesa humanidad correspondiente a la doctrina de Naciones Unidas que tanto predicamos y pregonamos allende nuestras fronteras. Por tanto, recogíamos elementos claves en nuestras enmiendas que apuntalaran ese segundo vértice: justicia. Creemos que primero hay que saber la verdad; segundo, hay que hacer justicia y, en el caso de que realmente se conozcan las responsabilidades, amnistiar. No hay amnistías en abstracto, sólo de las que se conocen las responsabilidades. Segundo vértice: justicia.

Tercer vértice: reparación. Es verdad que en el proyecto de ley que se nos presentó había algo más de reparación, es cierto; pero también era una reparación que ciertamente quedaba corta en relación con las cuestiones básicas que después de tantos años merecían y merecen aquellas personas. Por tanto, un proyecto de ley, una filosofía de ley que a nosotros no nos convencía y que, como diré luego, sigue sin convencernos. Poca verdad, nada de justicia, algo de reparación igual a casi nada de memoria histórica. Esta es nuestra posición.

Presentamos enmiendas que recogían la filosofía de Eusko Alkartasuna al objeto de hacer una Ley de Memoria que no pretendía nada diferente, nada estrambótico, nada estridente, nada que no sea comparable a lo que ya se había hecho en otros países de nuestro entorno europeo u otros países del mundo que han aplicado la doctrina de Naciones Unidas. Nada diferente. Cada uno de nuestros artículos podía ser perfectamente comparable con doctrinas y legislaciones europeas y, gracias a Dios, no ha habido demasiados países, aunque sí ha habido algunos e importantes y gravísimos en sus consecuencias, en relación con este tema, pero sí también en otros países.

Segunda parte, qué ha pasado a lo largo de todo este procedimiento, desde la tramitación como enmiendas de totalidad de algunos grupos y como debate de totalidad.

Nosotros, como Eusko Alkartasuna, no hemos tenido ninguna parte en la negociación. Se nos dio un texto negociado con otros grupos que ni criticamos ni dejamos de criticar, porque cada uno es muy libre de negociar con quien quiera o como quiera, pero que quede constancia en el "Diario de Sesiones" de que nosotros no hemos tenido ninguna posibilidad de negociación, a pesar de que somos personas que, evidentemente, negociamos, máxime cuando curiosamente -es una cuestión anecdótica, aunque es tan simbólica como anecdótica- en la exposición de motivos se recoge una transacción del año 2002 -por primera vez se condena la dictadura en esta Cámara-, la cual llega como consecuencia de tres proposiciones no de ley, una del Grupo Socialista, defendida por el señor Guerra, una del Grupo de Izquierda Unida, defendida por el señor Llamazares, y una de Eusko Alkartasuna, defendida por esta portavoz. Aunque solo fuera por cortesía parlamentaria, hubiera parecido razonable que, después de tanto trabajo, se hubiera atendido a la posibilidad de contrastar las opiniones de quienes muy humildemente, y si se quiere muy pobremente, tuvimos algo que decir para conseguir llegar a esa declaración después de tantos años. En fin, la vida es así y nosotros seguimos con nuestro trabajo, que es lo que corresponde.

Tercera parte. ¿Qué nos parece el texto sobre esta materia que se nos ha puesto delante? Para empezar, quisiera aclarar algunos malentendidos, informaciones, malas interpretaciones o desinformaciones. Estoy tratando de ser prudente en mis afirmaciones, aunque todos ustedes son suficientemente inteligentes -más que yo- para comprender por qué lo digo. Se nos traslada un texto que es mejor -no tenemos ningún reparo en decirlo-, habiendo hecho un esfuerzo increíble para elaborarlo los que lo han negociado, porque a quienes lo han hecho hay que reconocerles su voluntad y su esfuerzo para lograr un buen texto. El texto que se presenta en la ponencia se nos entrega unos día antes y es mejor que el proyecto de ley que registra el Gobierno y, como es de sentido común que lo mejor es mejor y que lo peor es mejor dejarlo en un cajón, técnicamente entendimos que era mejor partir como documento de trabajo de un texto mejor que no de uno peor. Por tanto, nuestro apoyo en la ponencia, en la Comisión Constitucional -así lo dejé claro y son testigos muchos de los compañeros que están aquí-, fue para cambiar de texto como documento de trabajo, pero no era un apoyo a la ley. Quedó muy claro, pues mis compañeros probablemente son más listos que yo y para expresar eso no hacen falta demasiadas palabras, pero la desinformación y la mala interpretación que hay por la vida han llevado a decir que todo el mundo aprobó el texto, pero no es cierto, no fue cierto y seguirá no siendo cierto. Nosotros apoyamos el cambio del documento de trabajo en ponencia, pero eso no significaba que apoyásemos el texto. ¿Qué nos queda, qué nos falta o por qué no apoyamos el texto? No se correspondía con nuestra filosofía, pero en la vida hay que llegar a consensos y todo el mundo tiene que hacer aproximaciones. Lógicamente, tiene que ser algo que cualitativamente pase los mínimos o llegue al aprobado, porque ya no pedimos un notable, sino solamente un aprobado, y el texto que hoy tenemos no llega al aprobado. Haciendo un ejercicio de aproximación, les diré lo que a Eusko Alkartasuna le falta. Nosotros creíamos que, para que tuviera el valor de justicia, era necesaria la nulidad de las sentencias de los tribunales que no cumplían las garantías suficientes para dictar sentencias justas. Se nos planteaba que la ilegitimidad era suficiente y nosotros decíamos que la ilegitimidad no tiene un valor jurídico per se. Esto es algo que todos tenemos claro. ¿Qué nos lleva a entender que la ilegitimidad podría servir siempre y cuando fuera acompañada de algo más para conseguir la nulidad? Si no se ponía la nulidad, deberíamos poner dos elementos suficientes para llegar a la nulidad o cuando menos los elementos suficientes que creamos que pueden llevar a la nulidad en el efecto práctico, que son, uno, declarar la ilegitimidad, aunque no nos satisface y, dos, que las instituciones, en este caso el Gobierno, establezcan la existencia (?) suficiente para poder presentar los recursos de revisión de aquellas personas víctimas que correspondan y, evidentemente, el Poder Judicial para lo que considere oportuno. Son dos elementos que nos convencían para llegar a la nulidad, pero lo cierto es que esto no ha sido posible porque el grupo que apoya al Gobierno no quiere que intervengan las instituciones del Estado, el fiscal general, el Ministerio de Justicia, para hacer nada que coadyuve a conseguir la nulidad. Es poco creíble porque jurídicamente doctores tiene la Santa Madre Iglesia, pero a nadie se le escapa que hay que presentar un recurso a la Sala Militar del Supremo y el Supremo inmediatamente dirá que si el legislador hubiera querido la nulidad lo hubiera puesto. ¡Hasta ahí podríamos llegar! Si realmente hay apariencia de veracidad, de realidad y la legítima expectativa que se está trasladando de que la ilegitimidad puede llevar a la nulidad, lo normal es que, si consideran que jurídicamente no se puede instar por el legislador, las instituciones hagan lo que esté en su mano para llevarlo a buen término. Nosotros no vamos a engañar a nadie con legítimas expectativas que no correspondan. Nos lo creeríamos más si el Gobierno dijera que dará asistencia técnico-jurídica con todo lo que esté en su mano, Abogacía del Estado, Ministerio de Justicia y Fiscalía, para que se pueda conseguir esa nulidad. Eso nos falta. Y tampoco compartimos en absoluto cómo está establecido el centro de memoria histórica. Lo que no puede ser -no me voy a extender mucho porque ha sido objeto de múltiples debates- es que los archivos expoliados e incautados como consecuencia de una injusticia se mantengan en la injusticia. Por tanto, es irrazonable pensar que puede darse carta de validez legítima mayoritaria a una incautación-expoliación y no resolverlo. Así, pues, esa parte, hasta que no se devuelvan a quienes fueron incautados y expoliados en Euskadi o en donde fuere, no la podremos aprobar. Tampoco compartimos el desarrollo reglamentario de muchos temas -la ley tenía que haber entrado en más- y, como he dicho al principio, cómo se va a llevar a cabo la recuperación de esa verdad, que hoy por hoy es muy difícil, primero, por el desgraciado fallecimiento de tanta y tanta gente y, segundo, porque no se ponen los medios oportunos.

El tercer elemento clave para conseguir el aprobado de Eusko Alkartasuna es el de las víctimas fallecidas como consecuencia de la vulneración de sus derechos, en concreto de su derecho a la vida, o de las lesiones en la llamada época de la transición por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sinceramente, no llegamos a entender que esas víctimas tengan una condición peor que las víctimas de un ataque terrorista. Siendo responsabilidad del Estado las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la tipificación delictiva es mucho más grave que si se tratase de las víctimas de un ataque terrorista. Eso está en el Código Penal y no se le escapa a nadie. Parece, pues, increíble que el grado de reparación, de reconocimiento y de establecimiento de condición de víctima sea menor tanto en la reparación como en otros muchos casos de esas víctimas. Realmente no lo entendemos, como el hecho de que además no se establezca el mismo párrafo que en el artículo 1, que eso no impide la exigencia de responsabilidades judiciales en los procedimientos que se establezcan. No lo entendemos y creo que no lo entiende nadie, pero no pasa nada. Si hay que amnistiar luego, se amnistía, pero sin el conocimiento de las exigencias y de las responsabilidades judiciales no hay amnistía. Y quien considera que la aplicación de la amnistía del año 1977 es en abstracto se equivoca. No es una interpretación válida en ningún lugar del mundo.

Estas tres cuestiones son necesarias para conseguir el aprobado. Algunas no son especialmente difíciles y en otras se trata simplemente de decir la verdad, aunque el establecimiento de la ilegitimidad también es un esfuerzo y lo reconocemos, pero no hay que crear legítimas expectativas que luego veremos cómo se resuelven.

Cuarto procedimiento y termino, señor presidente. Como no tendré que votar -lo hará la titular de esta Comisión- no tendré este problema que se me ha planteado, porque lógicamente, con estas precisiones que les he hecho, uno votaría que no al dictamen de la Comisión, como siempre hacemos. Es verdad que no es una ley orgánica y no requiere un voto de totalidad. Lo que pasa es que probablemente cuando se empiece a pedir la votación artículo por artículo o párrafo por párrafo, aunque yo no tendré ese problema, ya advierto que esto no es un kilo de estupenda carne de vacuno ni de kobe japonés. Votar unos cuántos artículos no es votar un tanto por ciento de la ley; aclarémoslo por la desinformación o por la mala interpretación que pueda haber. Hay artículos sustantivos y hay artículos muy importantes. Lógicamente, la orfandad, el reconocimiento, la no tributación en el impuesto de la renta de las personas físicas, es importantísimo para esas personas, pero no son algunos elementos cualitativos en relación con otros temas. Yo no voy a tener ese problema pero lo advierto desde ahora. Ese problema lo tendremos en el Pleno y ya lo explicaremos.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, para la defensa de sus enmiendas, en nombre de Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds el señor Herrera.

El señor HERRERA TORRES: Ya dijimos que para nosotros esta era una ley fundamental de la legislatura. Es más, el anuncio por parte del Gobierno de la elaboración del conocido como proyecto de Ley de Memoria Histórica creó esperanza entre mucha gente, entre los colectivos que llevan muchos años reclamando justicia y reconocimiento de todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil que fue consecuencia del alzamiento militar del 18 de julio, y esa esperanza fue un compromiso adquirido, entre otros, con nuestro grupo parlamentario por el presidente del Gobierno. Esta legislatura, hay que recordarlo también, ha estado a las puertas de fracasar en uno de sus principales objetivos, que es sentar las bases para las políticas de recuperación de memoria democrática de este país. Este, que había sido un compromiso de principio de legislatura -hay que decirlo también-, se había resuelto mal por parte del Gobierno. Disponíamos de una mala base porque con la presentación del proyecto de ley el Gobierno nos planteaba una iniciativa tardía, con más de dos años de retraso sobre lo comprometido y nos presentaba una ley fallida, criticada por todo el mundo. A estos ingredientes se les sumaba otro en este final de legislatura: un arrepentimiento que parecía transversal entre las filas socialistas entre las que destacaba la clara voluntad de no volver a comprometerse en el futuro de una ley de memoria, de una ley de estas características. Por tanto, teníamos el riesgo de que pasara esta legislatura con una mala base, con una ley fallida y tardía, con el arrepentimiento de haber abierto el melón de la memoria histórica; teníamos el riesgo de que acabar la legislatura sin nada y con muchos elementos para pensar que en este país no se abordaría finalmente la exigencia democrática de empezar a hacer políticas de memoria. Teníamos también una oportunidad de hacer una ley que sirviera para construir los cimientos en materia de memoria democrática. Desde nuestro grupo parlamentario pusimos tres condiciones para que esta ley se aprobase, para que esta ley diese un vuelco. Pusimos tres condiciones sabiendo que no ganaríamos todas, sabiendo que somos quienes somos y que tenemos la fuerza que tenemos, pero entendiendo que la legislatura tenía que acabar con una ley que sirviese como punto de partida. Por eso, planteábamos que la ley pasase de la equidistancia a la condena del franquismo; que pasásemos de la memoria individual o familiar, como decía el proyecto de ley, al concepto de memoria democrática; y que pasásemos de una vaga declaración de injusticia en torno a la represión franquista a la máxima sanción política, legal y jurídica de la represión franquista. Aquí voy a centrar mi intervención.

Primer objetivo: reorientar la ley. Globalmente lo hemos conseguido. Hemos conseguido suprimir en todo el texto la referencia a los dos bandos a los que hacía mención la ley y que estaba de forma transversal en toda ella. Era un término peyorativo y, desde nuestro punto de vista injurioso, que olvidaba la existencia de un régimen legítimo y democrático previo al alzamiento militar que provocó la guerra civil; en definitiva, no se podía poner al mismo nivel al Gobierno democrático que a los sublevados. Es más, hemos incorporado -la primera vez que se hará en una ley- una condena expresa del régimen franquista que se incluye en la exposición de motivos y que hace referencia a dos declaraciones -la señora Lasagabaster lo decía-: una declaración del Congreso de los Diputados, la proposición no de ley aprobada el 20 de noviembre de 2002; y la declaración del informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 17 de marzo de 2006, que es la más solemne y rotunda de las condenas al régimen franquista. Este era para nosotros un elemento fundamental. Es más, entendemos que en la exposición de motivos se ha incorporado un relato diferente. Se incorpora como propia de esta democracia y de esta ley la reivindicación del papel del Cuerpo de Carabineros, de los guerrilleros, de los brigadistas internacionales o de la Unión Militar Democrática, cuyo papel nunca se ha reconocido en esta Cámara; se incluye el papel de las personas deportadas; se hace, en definitiva, un relato diferente. Por tanto, teníamos como objetivo, en primer lugar, reorientar la ley.

Segundo objetivo: conseguir que hubiese políticas públicas para el fomento de la memoria democrática. Aquí hemos avanzado estableciendo un marco institucional con el que se garanticen e impulsen políticas públicas relativas a la conservación y fomento de la memoria democrática, que garantice el acceso universal a los documentos y expedientes relacionados con la guerra civil y la represión del régimen franquista -en el artículo 1 y en la disposición adicional tercera-. Hemos avanzado en lo relativo al papel a desarrollar por parte de las administraciones públicas en la localización e identificación de las víctimas de la guerra civil y de la represión posterior, porque el Gobierno tendrá que elaborar un protocolo de actuación científica y multidisciplinar que asegure tanto la adecuada intervención en las exhumaciones como la colaboración institucional y, también, porque la Administración General del Estado se compromete a elaborar planes de trabajo y a sufragar gastos. No hemos ido en este aspecto tan lejos como queríamos. Hubiésemos querido un liderazgo por parte de la Administración directamente, pero hemos puesto las bases para que haya una responsabilidad de la Administración. Se pone fin, además, a la escandalosa discriminación y a la injusticia de la que habían sido víctimas las viudas y los viudos de las personas ejecutadas por la dictadura franquista a quienes se había excluido del beneficio de las indemnizaciones concedidas a los expresos del franquismo. Por tanto, hay un elemento de avance. Se incorpora un elemento fundamental para nosotros que es que las administraciones públicas tomen las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y cualquier otro símbolo conmemorativo de la exaltación de la sublevación militar, de la guerra civil, de la represión de la dictadura y, asimismo, se dice claramente que los propietarios privados que no actúen en este sentido se les podrá denegar -esto es un avance sustancial- las subvenciones o las ayudas que reciben de las administraciones. Es más, las excepciones que planteaba el Grupo Parlamentario Socialista con el proyecto de ley se restringen a aquellas establecidas en la ley, lo que supone un avance claramente significativo. Se dice además que se podrá -como decía- retirar o denegar las subvenciones o ayudas a los propietarios privados; que la Administración General del Estado deberá elaborar un catálogo de vestigios de la guerra civil y la dictadura; que se realizará un censo de edificaciones y obras realizados por miembros de los batallones disciplinarios; se habilita al Gobierno para el reconocimiento de indemnizaciones extraordinarias a favor de quienes hubiesen sufrido lesiones incapacitantes en defensa de la democracia durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977; en materia de archivos, con una propuesta muy trabajada por parte del Partido Nacionalista Vasco, se incorpora un redactado que garantiza el acceso a los archivos sin necesidad que esa persona tenga que ser la interesada, con lo que es un cambio sustancial en toda la política archivística; y se suprimen artículos como el anterior 25.3 que no permitía conocer la identidad de los verdugos, con una mejora sustancial y radical del artículo en materia de archivos.

Bien es cierto que la satisfacción no es total. Hay dos aspectos que, desde nuestro punto de vista, no se solventan. En primer lugar, el Centro Documental de la Memoria Histórica, no devolviendo los documentos a todos y cada uno de sus titulares y, en segundo lugar, un elemento que para nosotros era simbólico, pero relevante: el Valle de los Caídos. Un elemento en el que estuvimos a punto de realizar un avance sustancial. Pero, como ustedes saben, finalmente ese avance reconociendo un instituto de la memoria y explicando - porque en ese espacio se tienen que explicar- las políticas de memoria democrática y lo que fue la represión, no ha sido posible con el redactado que habíamos transaccionado. La ley en materia de esas políticas públicas de fomento de la memoria democrática, reconocido ya en el artículo 1.2 y en multitud de artículos, supone un paso adelante, representa los cimientos y el punto de partida desde el cual el Estado va a tener que hacer políticas públicas para la recuperación de la memoria. Eso es lo que hace pensar que la ley es un punto de partida, porque significa que el Gobierno tendrá obligaciones a partir de la ley y que no será una ley declarativa en la que el Gobierno no tendrá que hacer nada a partir de la promoción de la misma.

El tercero de los objetivos que nos habíamos marcado era conseguir una declaración que tuviese trascendencia jurídica en torno a las sentencias de la represión franquista. Les tengo que decir que este era el principal escollo para el acuerdo con el Grupo Socialista. Un escollo profundo, no solo porque el Partido Socialista se negaba a la que fue y es nuestra propuesta, porque entendemos que es la mejor de las opciones: la nulidad de la ley. El argumento del Gobierno era dejar el marco legal represor como estaba, aun a sabiendas de que la revisión de las sentencias de represión había supuesto una gran frustración al mantener en dichas revisiones la vigencia de dichas sentencias. Podría poner muchos ejemplos, pero pongo dos: el consejo de guerra permanente número dos en Valencia en 1941 que juzgó y condenó a dos personas por delitos de adhesión a la rebelión, dictando una sentencia el 19 de febrero condenándolas a la pena de muerte, que fue ejecutada el 5 de abril. Segundo ejemplo, veintidós años más tarde -por tanto, no se trata de la represión en los años de posguerra-, el 18 de abril de 1963 el consejo de guerra de la primera región militar condena a Julián Grimau, comunista, a la misma pena siendo fusilado horas después. Son dos ejemplos de las incontables sentencias dictadas por los tribunales militares franquistas. Pero además tienen una especial significación porque en los dos casos los familiares de los asesinados, ya en democracia, acudieron a la jurisdicción ordinaria solicitando la nulidad de las sentencias. La razón era obvia: no habían sido juicios justos, los acusados habían padecido una total indefensión, era evidente la ausencia de imparcialidad por parte de los militares que formaban esos tribunales. Esos consejos de guerra, como todos, lo que hicieron es sacrificar -y así lo reconocen- los principios y garantías de inspiración liberal en aras de la rapidez y la ejemplaridad del procedimiento militar. En todos los procesos incoados contra republicanos y demócratas la jurisdicción militar actuaba como un claro instrumento de la dictadura para su represión y para su exterminio. Esta fue la pretendida justicia franquista. Creo que aquí casi todos lo sabemos y casi todos lo condenamos. Frente a lo que es una evidencia histórica aquellos familiares reclamaron justicia y la respuesta de los tribunales de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo no pudo ser más desalentadora: en los dos casos rechazaron revisar las sentencias. ¿Qué hemos dicho? ¿Qué hemos garantizado? No hemos conseguido la nulidad y para nosotros este era un objetivo, pero hemos garantizado que haya una declaración de ilegitimidad que entendemos que tiene una carga jurídica potentísima. Voy a explicar porqué. La represión se fundamentó desde sus inicios en una aplicación generalizada y analógica del delito de rebelión militar. Podría poner muchos ejemplos, pero está claro que hoy nadie puede seguir hablando de jurisdicción o de poder judicial durante esa etapa. Eran farsa de juicios, entre otras cosas, porque no obedecían a las características de un juicio justo, tenían vicios de forma y fondo, no obedecían a las características elementales que tiene que tener un juicio. Por ello planteábamos en nuestra enmienda número 195 la nulidad. ¿Y en qué la fundamentábamos? En la ilegitimidad de origen, en los vicios de forma y fondo, en no obedecer a las características de un juicio justo y citábamos a cada uno de los tribunales de la represión franquista. Tienen nuestra enmienda número 195 en el Boletín del Congreso. Como les decía no hemos conseguido la nulidad por ley pero hemos dado un paso adelante significativo porque finalmente conseguimos un punto de encuentro que supone la deslegitimación total de la represión franquista, declarando que eran contrarios a derecho y por tanto ilegales. Ser contrario a derecho es ser ilegal, afirmando que nunca tuvieron las características de un juicio justo, aprobando su carácter ilegítimo, diciendo claramente que las leyes de la represión política quedan expresamente derogadas con un doble objetivo: su formal expulsión del ordenamiento jurídico y, a su vez, que no se puedan invocar aquellas leyes de la represión como se han invocado por parte de la Sala de lo Militar. Por tanto, damos un paso adelante significativo. No solo supone la declaración de condena más enérgica que se pueda hacer al aparato represor con lo que es una declaración de nulidad política, sino que abre la puerta para que mediante recurso se pueda otorgar la nulidad de dichas sentencias dando, tal y como asumen los portavoces socialistas, nuevos argumentos jurídicos. Para nosotros esto es significativo. Es cierto que no hemos conseguido todo lo que queríamos y hoy la fiscalía no garantizará que los particulares no tengan que cargar con el recurso de revisión. Pero esa va a ser nuestra exigencia en el próximo debate de investidura: que el Gobierno se comprometa a que no tengan que cargar los particulares y que sea la fiscalía la que, mediante una fiscalía especial, garantice ese ejercicio.

 Para nosotros era fundamental, era básico poder acabar la legislatura con un punto de partida. No empezar en el 2008 con cronómetro a cero, con el contador a cero, sin tener nada sobre lo que empezar, sobre lo que construir. Es más, lo acordado se basa en que los tribunales represivos, los procesos y las sentencias que dictaban atentaban contra los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas -artículo 7.2 del Convenio de Roma-, lo que constituye el máximo fundamento de la declaración de ilegitimidad que ya los invalida a todos los efectos, por más que la declaración judicial de nulidad elimine las sentencias como acto procesal. Por ejemplo, la acreditación de que no respondían a las mínimas exigencias de un juicio justo -se dice en la ley- consiste en que no eran tribunales independientes e imparciales, presupuesto básico exigido en el artículo 6.1 del Convenio de Roma. Esto -que no era un juicio justo- es la primera vez que se dice en democracia. La ausencia absoluta de garantías definidas en los artículos 14 del Pacto de Nueva York y 6 del Convenio de Roma es el contenido esencial de la declaración de vicios de fondo y forma a que hace alusión la ley. Tiene como consecuencia la indefensión de los encausados y los condenados, que consiste en la imposibilidad total y absoluta de que los acusados -como ocurría en aquellos procesos- puedan hacer valer sus derechos de mantener su posición y de oponerse eficazmente a la acusación, que se proyectan en dos derechos fundamentales: la asistencia letrada, entonces inexistente, y el derecho a la prueba, también completamente ausente. Decir que tenían vicios de forma y fondo no es un elemento baladí, no lo hemos incorporado porque sí. Tiene una conexión clara con el artículo 6 del Convenio de Roma. El término, además, tiene una gran trascendencia jurídica porque es el que se emplea en el artículo 138 de la Ley Orgánica del Poder Judicial cuando define la nulidad de los actos procesales, nulidad que se asocia a vicios de forma y fondo en el proceso y que genera indefensión.

En cualquier caso, la declaración prevista en la ley asociada a los términos de la exposición de motivos, establece que las normas represoras -y así lo dice la exposición de motivos dando aún más fuerza jurídica al artículo 3, a la disposición derogatoria segunda y a la disposición adicional que permite dar pie al recurso, entre otros, de revisión- son contrarias a los derechos fundamentales y los tribunales, de la clase que fuesen, han vulnerado las más elementales garantías del derecho a un proceso justo. Y eso hace que el texto legal complemente la transición democrática formalizando un elemento esencial de ruptura democrática, diciendo claramente que no eran un proceso justo, que no eran juicios justos, que tenían vicios de forma y fondo, dándole fuerza jurídica en esa combinación a dicha declaración.

Desde luego los tribunales no eran imparciales y por eso nosotros hoy, con el redactado, decimos claramente que no tenían las características de un juicio justo y que eso es afirmar por parte del legislador que eran la negación del juicio de igualdad de armas, la negación del derecho a un proceso contradictorio que constituye uno de los elementos fundamentales del juicio justo. Por eso no cumplían lo que al efecto dijo, por ejemplo el Tribunal de Estrasburgo en la sentencia Velsuik??? de Polonia de 1998, en su párrafo 37, donde decía: el derecho a un proceso penal contradictorio implica tanto para la acusación como para la defensa la facultad de conocer las pruebas presentadas por la otra parte y responder a ellas. Nada similar a tal planteamiento ocurría en los juicios sumarísimos ni en los procesos ante los tribunales especiales y es la primera vez que decimos esto en democracia, con un efecto político y con un claro efecto jurídico, y para nosotros esto es muy significativo. Era fundamental que se dijese por primera vez.

Acabo ya, señor presidente, pero déjeme hacer unas acotaciones de forma muy telegráfica. Para nosotros era fundamental, primero, relacionar todos y cada uno de los organismos represivos?? de la dictadura, incluido el TOP, y se ha hecho. Segundo, para nosotros también era básico aclarar lo que ha explicado, que no obedecía a un juicio justo, y esto tiene una clara trascendencia política porque juicio injusto significa no tener derecho a un tribunal independiente, a ser oído, a la presunción de inocencia, a ser informado de la acusación, etcétera. La declaración de ilegitimidad de los tribunales, jurados y otros órganos de cualquier naturaleza administrativa es una declaración política potente, sumada además a la disposición adicional segunda, con una conexión clara con esta. Para nosotros este será un punto de partida sobre el que empezar a construir unas políticas en materia de memoria que no se han construido en este país hasta la fecha.

Finalmente y como conclusión, la ley que se apruebe en el Congreso de los Diputados será de largo la ley que habrá ido más lejos en democracia a favor de la recuperación de la memoria democrática. Tengo que decirle que no cumplirá todos nuestros sueños, pero está hecha básicamente de nuestros sueños. Supondrá una ley que finalmente no será ni punto de llegada, como se pretendía, ni punto final, como denunciamos muchos; será un punto de partida. Sin haberlo conseguido todo, hemos logrado los elementos más básicos de los que tiene que tener para ser una buena ley. En este contexto les tengo que reconocer que para nosotros lo más fácil hubiese sido refugiarnos en las carencias que la ley continúa teniendo para que finalmente se viese bloqueada. Es más, reconozco que dicha actitud podría haber sido lo más rentable electoralmente para nuestro grupo parlamentario, pero a la oportunidad electoral se le ha sumado la responsabilidad histórica, y nosotros sabíamos que era fundamental acabar la legislatura con una ley que fuese un punto de partida. Por eso hemos aprovechado la oportunidad de sacar la ley que muchos historiadores represaliados, asociaciones y ciudadanos consideran hoy que es un punto de partida. Hoy existe una parte de nuestra sociedad que considera que a partir de esta ley se va a poder empezar a construir políticas de memoria.

Mantendremos algunas enmiendas como la relativa al Valle de los Caídos. Esperamos un acuerdo en materia de nacionalidad para los represaliados, para los exiliados. Mantenemos también la enmienda número 217 sobre los planes de estudios, la revisión de ????. También esperamos un acuerdo sobre la enmienda número 231 relativa al acceso a las actas de defunciones en registros civiles.


El señor PRESIDENTE: Para la defensa de sus enmiendas más dos transaccionales que han sido distribuidas tiene la palabra el señor Esteban por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).

El señor ESTEBAN BRAVO: La verdad es que viendo cómo iba evolucionando la legislatura y dado el retraso en la presentación por parte del Gobierno en su momento, a requerimiento del Parlamento a través de proposiciones no de ley, de un texto que pudiera responder a lo que denominamos genéricamente memoria histórica, nos hemos visto abocados en este último tramo de la legislatura a contemplar la posibilidad de intentar llegar a un texto con un mínimo equilibrio que pudiera satisfacer, aun con discrepancias en algunos puntos, a la mayor parte de los grupos parlamentarios presentes en la Cámara o a dejar pasar esta oportunidad, en nuestra opinión para siempre. Creemos que sería prácticamente imposible poder afrontar en una nueva legislatura esta ley. Si ya es tarde el momento en el que estamos afrontándolo, tantos años después de la desaparición de la dictadura, lo sería todavía más -en el caso de que se pudiera- si dejáramos pasar otra legislatura. Por tanto, era cuestión de intentar llegar a un acuerdo mínimamente aceptable por parte de los grupos de esta Cámara, y desde luego eso no podía ocurrir con el texto original. El texto en su origen tenía unas carencias que han sido corregidas en su mayor parte y a través de un diálogo continuado y largo han podido ser modificadas y adaptadas. De hecho, es evidente para todos que el texto que se presenta hoy por parte de la ponencia para el debate en esta Comisión difiere sustancialmente del original presentando en el Congreso.

Los principales puntos negros planteados por las asociaciones de memoria, por Amnistía Internacional, etcétera han sido en gran medida subsanados. En ningún caso se trata de una ley de punto final, como alguno podía suponer en un principio, deduciéndolo del texto inicial. Luego me extenderé un poco más sobre ello, pero evidentemente la disposición adicional segunda manifiesta de manera directa que esto no es así. Yo sé que se ha debatido mucho -y a veces ha centrado demasiado el debate, despreocupándonos de otros temas que quizás eran más prácticos para el ciudadano- sobre ilegitimidad o ilegalidad, sobre la declaración de ilegalidad de las condenas, enredándonos en ocasiones en un debate jurídico que, en la mayoría de los casos, tendría muy pocas dimensiones prácticas para los ciudadanos, e insisto, olvidándonos de otros aspectos.

Nosotros estamos razonablemente satisfechos con la redacción que se ha dado a la ilegitimidad de todas esas condenas. Es evidente que existen dificultades legales evidentes, sean más o menos compartidas por este grupo, para que un parlamento declare de plano la ilegalidad de unas sentencias. Esto puede ser compartido en mayor o menor medida; la dificultad se puede ver en mayor o menor grado, pero sí es cierto que algún razonamiento jurídico se podrá hacer sobre el tema. Pero además, como ya dije en alguna otra ocasión -creo que fue en una intervención en sesión plenaria-, la guerra civil española tuvo muchas pequeñas guerras civiles y se vivió de manera diferente en unos lugares y otros.

En los contactos y en las reuniones que hemos mantenido a lo largo de este tiempo discutiendo sobre este texto, nos hemos encontrado con mucha gente que no quería que fueran declaradas ilegales sus condenas, sino que para ellos tener esa condena encima era un sentimiento de orgullo, una especie de medalla por haberse comportado de la manera que ellos consideraron correcta en aquellos tiempos tan azarosos. Por lo tanto, esa condena franquista, más que un baldón y un peso, lo que suponía para ellos era un honor, una medalla y un reconocimiento. Tampoco les oculto que hay otra gente con la que hemos contactado en el País Vasco, a la que no le hacía ninguna gracia que fuera la sala militar del Supremo la que fuera a decir que eran ilegales las condenas que les habían puesto en su momento tribunales militares. El tema es bastante complicado, pero es que hay más. Una reflexión de investigadores, a la que nosotros también habíamos llegado, era que si es bien cierto que hubo multitud de condenas y de sentencias por infinidad de tribunales franquistas ad hoc en las que no se cumplieron ninguno de los requerimientos procedimentales democráticos, también había mucha gente que sin ningún tipo de proceso, por muy falto de garantías que éste fuera, simplemente se le había hecho el paseillo, se le había pegado un tiro en la nuca y había sido enterrado de mala manera en una cuneta. Con esta gente bien podríamos estar cometiendo también una discriminación abordando lo otro, porque esa ilegalidad solo iba a afectar a una parte de esas víctimas. El tema es complicado. Abordarlo desde el punto de vista de la ilegitimidad, sobre todo tal como está definida en el artículo 3, entorna la puerta que estaba totalmente cerrada, uniéndolo con la disposición adicional segunda, como he señalado antes, para aquellas personas que estén interesadas que tengan un nuevo estatus, una nueva posición a la hora de presentar sus demandas de reclamación ante los tribunales. Incluso de ilegalidad, por qué no. Insisto, la declaración que pueda hacer este parlamento con la aprobación de esta ley sitúa en un nuevo estadio a aquellas personas que quieran instar ante los tribunales, hecho reconocido por la disposición adicional segunda, tanto internos dentro del Estado español, como aquellos internacionales a través de los convenios y de los tratados suscritos por España. Además, hay una serie de medidas de alto contenido práctico, mejoras económicas, en las que no voy a extenderme, pero que son de justicia para diversos colectivos y grupos. También se aborda de una manera activa por primera vez, y era un tema que nos preocupaba seriamente tal como se había presentado, el asunto relativo a las exhumaciones. Por primera vez se plantea que tengan que ser las administraciones públicas, empezando por el Estado, quienes lleven el impulso para aclarar esa verdad histórica, para reparar en la medida de lo posible el daño causado a los descendientes de aquellas víctimas y para que podamos tener una idea de cuál era la dimensión en conjunto de toda aquella tragedia que llenó de muertos, de ejecutados, las cunetas de todo el territorio del país. Por primera vez se aborda que las administraciones impulsen, financien y pongan orden a una labor que hasta la fecha solo había sido realizada de manera puntual por algunas asociaciones. Además, se explicita el apoyo para que esas mismas asociaciones puedan seguir desarrollando esta labor pero en mejores condiciones. Por otra parte, el tratamiento en cuanto a la simbología franquista que sigue existiendo en todos los puntos cardinales del país, en unos más que en otros, tiene una redacción más adecuada en el texto que presenta la ponencia. Hablar como se decía en su momento de aquello que exalte únicamente la sublevación militar, caso monumentos propiamente de exaltación de la guerra civil que era lo que se decía en su origen, como tales, pocos. Otra cosa es de la sublevación militar un poco más, pero había que dar un paso más. En muchas ocasiones, esa exaltación de la sublevación militar y de la rebelión ante el orden democrático establecido se hace a través de exaltaciones personales y no solo colectivas de la sublevación. Eso se aborda por primera vez en el artículo 15 y creemos que es lo oportuno. Se deja que las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomen las medidas oportunas, que como todo en esta vida se administra con prudencia y con sentido común. Pero lo que no puede ser de sentido común es que en algunos municipios el 80 por ciento de sus calles lleven nombres de generales sublevados o que todavía sigamos teniendo monumentos al dictador o calles al general Franco. Hay otro tema que para nosotros era muy importante, el acceso a los archivos. El texto original presentado a esta Cámara lo que hacía era empeorar la situación en la que estábamos sin ningún tipo de legislación. Por ejemplo, aquellos investigadores que pudieron acceder al archivo del Ferrol, en estos momentos verían restringido su acceso. Incluso, determinados nombres que aparecían en los expedientes que se iban a investigar, desaparecerían, y quedaría restringido su acceso porque esos documentos tampoco iban a estar libres de la investigación, sino únicamente para aquellas personas que pudieran demostrar un interés directo.

Creemos que la regulación actual es la correcta de manera que haya un acceso libre a los archivos, a la obtención de copias y que ello pueda ser llevado a cabo no solo por personas que estén relacionadas directamente con aquellos que participaron de alguna manera en el expediente, sino que pueda y deba estar abierto a la investigación. Nos parece muy importante que en el artículo 21.2, cuando se menciona la Ley de patrimonio histórico español definiendo que los documentos sobrantes, archivos privados y públicos relativos a la guerra civil y a la dictadura se declaran constitutivos del patrimonio documental y bibliográfico, se señale, a continuación, que todo ello es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22. Es decir, el artículo 57 de la Ley de patrimonio no puede entrar en vigor aquí y, por tanto, no sería lícito censurar parte de los documentos de esa época que el artículo 22 asegura pueden ser de acceso público. En ese sentido, la ley ha dado la vuelta completamente y creemos que es un cambio práctico muy importante. Ha habido aportaciones en las que se han incluido nuevos colectivos que no se contemplaban antes en la ley. Se me ocurre un colectivo, por mencionarlo solo de pasada. La guerra civil tuvo muchas guerras diferentes y nos encontramos con casos tan curiosos como, por ejemplo, la marina de guerra de Euskadi. Parte de la marina de guerra republicana desaparece en junio de 1937.La mayor parte de sus prisioneros son hechos el 3 de marzo de 1937, y entre ellos había muchos marinos civiles que habían sido incorporados a esa reserva militar naval.

A estos, por un decreto posterior del gobierno de la República, se les equipara en sus funciones con rangos militares. Nos encontramos con que cuando esta gente es juzgada ante los tribunales franquistas recibe una mayor sanción -enseguida acabo, señor presidente, tres o cuatro minutos nada más- por ser oficiales del ejército de la República, y después, cuando sus viudas han ido a reclamar unas pensiones en razón del ordenamiento jurídico vigente, se les dice que ese decreto fue aprobado después de que sus maridos hubiesen sido hechos prisioneros y, por lo tanto, no habían adquirido ese rango, o sea, que fueron condenados por el rango y luego la democracia no les reconoce unos derechos en virtud de un decreto que aprobó la propia República. Creemos que ese asunto está solucionado.

También quiero hacer una mención especial a la disposición adicional cuarta, que amplía lo regulado en el artículo 10, porque en el artículo 10, en el que se habla de personas fallecidas en la democracia durante el período comprendido entre el 1 de enero del 68 y el 6 de octubre del 77, evidentemente no se habla de personas que pudieron haber sufrido lesiones incapacitantes en aquellas mismas circunstancias. Lo que consigue ahora la disposición adicional cuarta es que esto sea contemplado, lo cual a nosotros nos parece importante, pero también debo señalar que es importante que el punto número 2 de esa disposición adicional cuarta diga que procederá al reconocimiento de las indemnizaciones previstas en esta disposición siempre que no se haya recibido otra compensación económica por los mismos hechos, etcétera. Es evidente, a nuestro modo de ver, que esto supone una compatibilidad con las pensiones de la Seguridad Social que en su momento se pudieran haber recibido por una determinada invalidez.

Quiero señalar en este sentido, señor presidente, que a este punto hemos presentado una transaccional con nuestra enmienda 188 -que creo que tienen todos los grupos-, en ella se autoriza al Gobierno a que mediante real decreto determine el alcance y condiciones, pero nuestra transaccional lo que hace es poner un límite temporal para la aprobación de ese decreto, entonces se autorizaría al Gobierno a que lo hiciera en el plazo de seis meses. Además quiero añadir, señor presidente, que nos gustaría modificar una cosita más con esa transaccional y en concreto para que no quepa duda con respecto a lo que me he referido en el punto 2, dado que el resto o la mayoría de los grupos parecen estar de acuerdo, parte de la transaccional iría en el sentido de que en el punto segundo se suprima la palabra pensión. De esta manera aclaramos de forma absolutamente nítida que es compatible con las pensiones que hayan podido recibirse por invalidez a través de la Seguridad Social. Insisto en esto sobre todo porque aquí hay gente que está enmarcada en una fecha muy concreta, comienza: 1 de enero del 68, porque la Ley de solidaridad con las víctimas del terrorismo también marca ese 1 de enero del 68, y nuestro grupo entiende que en el desarrollo que deba hacer el Gobierno de ese real decreto, si se ha puesto esa fecha en la ley, debe hacerse una equiparación lo más estrecha posible con la regulación que se realiza en esa ley. También quiero señalar -es importante que lo haga- que entiendo, y creo que lo entendemos los grupos que apoyamos esta disposición adicional cuarta y el artículo 10, que entre las víctimas y personas que sufrieron a lo largo de la guerra civil y de la dictadura están incluidas también las que se contemplan en el artículo 10 y la disposición adicional cuarta. No se trata de una separación entre un tipo de víctimas y otras, sino que es una unidad en ese sentido.

Por último, señor presidente, me gustaría señalar otra transaccional que también he presentado, para explicarla, en concreto es al artículo 4 con nuestra enmienda 179 y viene motivada por lo siguiente. El artículo 4, tal como está redactado en estos momentos, reconoce el derecho a obtener una declaración de reparación y reconocimiento personal a aquellas personas que durante la guerra o la dictadura padecieron los efectos de resoluciones a que se refiere el artículo anterior. Claro, las resoluciones a que se refiere el artículo anterior son las derivadas de diversos tribunales: el TOP, el de responsabilidades políticas, etcétera, del franquismo. Pero si esto lo dejamos así, resulta que hay una serie de personas a las que me he referido antes, aquellas que ni siquiera tuvieron un juicio justo y que fueron asesinadas directamente. Las personas descendientes de estas no tendrían derecho a obtener una declaración. Por eso nuestra transaccional lo que pretende, en vez de decir que se refiere al artículo anterior, es decir que se refiere a los artículos anteriores, porque ya en el número 2 se habla del carácter radicalmente injusto de todas las condenas y sanciones, pero también de cualquier forma de violencia personal producida por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa. De esta manera podemos incluir también a este grupo de personas porque lo hemos visto en los medios de comunicación recientemente -acabo, señor presidente-, testigos que entonces eran niños sabían dónde estaban esas fosas, se han podido encontrar después esas fosas y a través del ADN se ha podido hacer un reconocimiento de quiénes eran aquellos fallecidos. Por lo tanto, creo que se pueden obtener suficientes pruebas para obtener una declaración de este tipo.

Lo último, ahora de verdad, señor presidente. Nuestro acuerdo con la ley no es total, no puede serlo, porque sigue existiendo el conflicto respecto a los papeles del gobierno vasco y al Archivo de Salamanca. Claro, ahí hemos planteado una enmienda que tendremos que mantener hasta el final, la 187. Evidentemente, nosotros no podemos comprometernos con el texto de la ley en el artículo 20, en el 21 y en la disposición adicional primera, que hacen referencia a todo lo relativo al Archivo de Salamanca. Seguimos reclamando por justicia la devolución de esos papeles y no podemos estar de acuerdo en esos puntos. Evidentemente, negar nuestro apoyo a esta ley por esta discrepancia radical y rotunda y por matices en otros artículos hubiera sido, a nuestro modo de ver, demasiado exagerado con los bienes que se pueden obtener de la aprobación de esta regulación. Por eso, en ese sentido voy a pedir una votación separada de los puntos a que he hecho mención anteriormente.

El señor PRESIDENTE: Entendemos que al presentar las dos enmiendas transaccionales, las enmiendas 179 y 188 decaen sustituidas por estas.

El señor ESTEBAN BRAVO: Decaerían si es que las transaccionales fueran adelante, evidentemente.

El señor PRESIDENTE: Y aunque no lo fueran.

El señor ESTEBAN BRAVO: Bueno, pues aunque no lo fueran, señor presidente, porque van a ir adelante.

El señor PRESIDENTE: Y si es tan amable, señor Esteban, si puede firmar…

El señor ESTEBAN BRAVO: Mantendremos la 187, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Sí, pero si pueden firmar las transaccionales aquí en estos momentos.

El señor ESTEBAN BRAVO: Por supuesto, ahora mismo.

El señor PRESIDENTE: Seguimos. Para la defensa de sus enmiendas, en nombre del Grupo de Esquerra Republicana de Cataluña tiene la palabra el señor Tardà.

El señor TARDÀ I COMA: Esquerra Republicana de Cataluña presentó ya en su momento una enmienda a la totalidad acompañada de un texto articulado alternativo al proyecto de ley del Gobierno, que también fue calificado por Esquerra Republicana como un gran fraude.

Ciertamente, nuestra alternativa no contó con los suficientes apoyos parlamentarios, Partido Popular y Partido Socialista votaron en su contra. Leído el texto pactado posteriormente entre Partido Socialista e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y al parecer con otros grupos parlamentarios, que nos fue presentado el pasado día 10 de octubre en la sesión constituyente de la ponencia, queda justificada la defensa de las enmiendas presentadas enmarcadas entre los números 296 y 351. Es por esta razón que procedemos a su relación y defensa, y ya les anunciamos que vamos a votar en contra del conjunto de la ley en caso de que no consideraran oportuno aceptarlas.

En primer lugar, queremos hacer referencia a la enmienda 296 cuyo texto sustituye íntegramente el que figura como exposición de motivos, el presentado por los grupos proponentes. Es un texto que responde al sentido de las enmiendas de nuestro grupo y al objeto de la ley que perseguimos, es decir, una verdadera condena por ley del régimen franquista que termine de una vez por todas con el modelo español de impunidad que condena a los represaliados y represaliadas del fascismo y el franquismo a no ver reparados sus derechos.

Planteamos la necesidad de proceder a la sustitución del artículo 1 de la ley, enmienda número 297. A nuestro entender, el objeto de la ley debe ser la condena del régimen franquista y la aplicación de la doctrina de Naciones Unidas sobre crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura. En definitiva, reconocer jurídica y moralmente la condición de víctimas a todas las personas físicas y jurídicas que sufrieron el régimen dictatorial. El objeto de la ley que ustedes proponen no está de acorde con la doctrina internacional de Naciones Unidas, puesto que no pretende aplicar el derecho internacional sobre las víctimas de la guerra civil y de la dictadura, es decir, la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad, así como el derecho a saber, el derecho a la justicia y el derecho a la reparación de las víctimas.

A través de la enmienda número 298 se plantea la necesidad de modificar el artículo 2.1, a fin y efecto de no limitarse, en la medida que se reconociera un derecho, a la reparación moral y a la recuperación de su memoria personal y familiar. Respecto al artículo 2.2, se plantea su modificación, a través de la enmienda número 299, a fin y efecto de la incorporación de todos los supuestos en los que cabe hablar de personas agraviadas, sin pretensión de ser un números clausus. En su proyecto no se explicitan como reconocidas las distintas organizaciones armadas activas hasta la muerte del dictador, llegando incluso a definirlas como grupos de resistencia -cosa inaudita-, ni se reconoce a los represaliados, miembros de la Guardia Civil, Guardia de Asalto, Carabineros, Mossos d'Esquadra y Ertzaintzas desposeídos de sus cargos o asesinados. Tampoco se incorporan los supervivientes o descendientes de las víctimas de los campos de trabajo o de exterminio nazis, de los campos de concentración del Estado francés o víctimas de tortura, exilio, etcétera. Repito -para que se tenga ocasión de modificar-, todo ello está recogido en la enmienda de modificación número 299.

La enmienda número 340, pretende la sustitución del artículo 3, Declaración de ilegitimidad, bajo el título: Represión política por parte de los tribunales. Mediante siete apartados se persigue la anulación de las sentencias dictadas en Consejo de Guerra, desde el 18 de julio, por delito de rebelión, adhesión a la rebelión o similares previstas en el artículo 237 del Código de Justicia Militar, así como de las sentencias dictadas en Consejo de Guerra por motivos políticos, en base a las distintas leyes represivas, hasta 1978. De igual manera, deben anularse las sentencias de los tribunales de responsabilidades políticas, del Tribunal especial de represión de la Masonería y del comunismo y por el Tribunal de orden público, que le sustituyó. Todas las personas o familiares de las personas afectadas recibirán las certificaciones de la nulidad y, en el caso de la anulación de la sentencia del presidente de Cataluña, don Lluís Companys, deberá ser el jefe del Estado quien libre el certificado al muy honorable presidente de la Generalitat de Catalunya, don José Montilla. La declaración de ilegitimidad significa no condenar la dictadura, en la medida en que no cuestiona la cosa juzgada, lo cual da validez y legalidad a la dictadura.

Ante el artículo 4 de su proyecto, mediante la enmienda número 300, pretendemos modificar el enunciado. Debería ser el siguiente: Reconocimiento de la condición de víctima. Para lo cual, mediante la enmienda número 301, se debería cambiar el artículo 4.1 que pasaría a ser redactado de la siguiente forma: Se reconoce el derecho a las personas físicas o jurídicas agraviadas, a ser reconocidas en su condición de víctimas y a obtener una reparación moral, jurídica y económica. Para ello, la enmienda número 302 debería permitir suprimir el resto del artículo y ser sustituido por lo contenido en la enmienda número 303 para que el universo, que debería alcanzarse, afectase a: ejecuciones, detenciones, torturas, exilios, destierros, depuraciones, perjuicio económico o patrimonial o cualquier otra forma de represión. De igual forma, este artículo queda afectado por la enmienda número 304, a fin y efecto de suprimir los aspectos burocráticos. Corresponde al Estado dirigirse, en primer lugar, a la ciudadanía y no al contrario. Atención a la enmienda número 307, que afecta a este mismo artículo y pretende hacer una sustitución. A nuestro entender, los delitos cometidos en el Estado español durante la dictadura franquista y que tengan consideración de crímenes contra la humanidad no pueden quedar impunes. Es un contrasentido que, por parte de algunos jueces del Estado español, se persigan delitos cometidos en Chile o en Argentina hace ya unos cuantos años y, en cambio, no se persigan los delitos cometidos en el propio Estado.

Por ello, se pretende que la ley recoja la obligación, por parte del Gobierno, de dar apoyo a las reclamaciones que la ciudadanía, las entidades o las instituciones represaliadas consideren oportuno encauzar por vía judicial. Nuestra enmienda número 318 presentada al artículo 6, apartado 1, incorpora la frase: Sin perjuicio de lo establecido en la presente ley; en su encabezamiento. A fin y efectos de dejar claro que además de las previstas en este artículo existen -o deberían existir- otras reparaciones revindicadas por Esquerra en sus enmiendas.

En cuanto a las reparaciones, nuestro grupo parlamentario presenta ocho enmiendas, de la número 309 a la 316, ambas inclusive. En primer lugar, mediante la enmienda número 309, se debe dejar evidenciado que la reparación jurídica, moral y económica incluye ejecuciones, penas, sanciones, detenciones, torturas, exilios, destierros, depuraciones, etcétera. Todas ellas manifiestamente injustas por contrarias a los derechos humanos y a las libertades que constituyen el fundamento del orden constitucional vigente. La enmienda número 310 obliga al Gobierno a restituir los archivos expoliados, los bienes inmuebles, el dinero y otros valores expoliados o requisados, como por ejemplo el dinero incautado por el régimen dictatorial que conformó el fondo de papel, moneda, puesto en circulación por el enemigo y el depositado en una cuenta corriente del Banco de España con el título de: Billetes de canje desestimado, por un valor actualizado al año en curso. Todo ello, como queda dicho, atendiendo a su valor actual. Por supuesto, debe contemplarse -y así lo pretendemos mediante la enmienda número 311- el reconocimiento a la reparación de las personas que sufrieron cárcel, internamiento en campos de concentración, batallones de trabajadores, exilio, presidio, destierro, etcétera, por parte de las fuerzas de orden público o militares hasta el 27 de diciembre de 1978.

Todas esas personas tienen que recibir una reparación económica y, por supuesto, también deben recibir una reparación las personas que formaron parte de las distintas organizaciones armadas antifranquistas. Nos referimos a la enmienda número 312. Defendemos que todas las personas -me refiero a la enmienda número 313- que perdieron la vida ante las fuerzas de orden público o ante las Fuerzas Armadas en acciones contra la dictadura o que fueron ejecutadas por el régimen dictatorial, serán reparadas jurídica y moralmente y sus familias serán indemnizadas con una compensación simbólica de 12.000 euros. El reconocimiento jurídico y moral, por supuesto, debe ser extensible a los miembros de las fuerzas de la Guardia Civil, Guardia Nacional Republicana, Carabineros, Guardia de Asalto, Mossos d'Esquadra y Ertzaintzas, que fueron desposeídos de sus cargos a causa de su fidelidad institucional. Con las enmiendas números 315 y 316, en las demandas de reparación, se pretende poner al alcance de los interesados toda la documentación, así como su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Una enmienda, la número 317, de modificación del artículo 5, apartado 1, pretende dejar claro que además de las previstas de forma expresa, existen el resto de reparaciones que se contemplan en enmiendas presentadas por Esquerra, para lo cual pretendemos escribir al inicio del apartado el siguiente texto: Sin perjuicio de lo establecido en la presente ley. De igual manera, debe constar en el artículo 6. Respecto al artículo 7, del que solicitamos su supresión a través de la enmienda número 319 y su sustitución por la enmienda número 348, que habilita al Gobierno para que, en el plazo de tres meses, presente un decreto ley, ante el Congreso de los Diputados, que determine la cuantía de las indemnizaciones y restituciones que se deriven del reconocimiento de la condición de víctima en la presente ley.

Pedimos la supresión del artículo 10. Es evidente que su contenido queda comprendido en el ámbito de aplicación de la presente ley mediante otras enmiendas ya presentadas por Esquerra y consagra una verdadera injusticia, al distinguir entre represaliados con anterioridad y represaliados con posterioridad a 1968. A nuestro entender, querer establecer distintas categorías de represaliados es un comportamiento vergonzante y por supuesto, a nuestro entender, es motivo de inconstitucionalidad de esta misma ley.

Nuestro grupo parlamentario enmienda los artículos números 11, 12, 13, 14 y 15, relativos a la localización e identificación de víctimas y las medidas para su identificación, autorizaciones administrativas y acceso a los terrenos afectados, mediante las enmiendas comprendidas entre la número 320 y la 326. A nuestro entender -enmienda número 320-, debe sustituirse el enunciado del artículo 11, relativo a la colaboración de las administraciones públicas con los particulares para la localización e identificación de víctimas, para incluir el siguiente redactado: Deber de la Administración General del Estado para con la localización e identificación de las víctimas.

Se trata de un deber del Estado democrático y no una simple colaboración con aquellos ciudadanos y ciudadanas que lo pudieran solicitar.

Con la enmienda 321 se pretende garantizar que los trabajos podrán ser asumidos por las comunidades autónomas o las asociaciones dedicadas a la reparación de la memoria histórica, aun cuando sus costes deberán correr a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. De igual manera la enmienda 323, al artículo 12, pretende fijar la obligación de la Administración General del Estado en la elaboración y publicación de los mapas de los terrenos en donde se localicen los restos de las personas. Asimismo, se pretende con la enmienda 324 modificar el apartado 2 del artículo 12 para garantizar que el mapa que deberá de elaborarse tenga el carácter de público. La enmienda 325, al artículo 12, pretende modificar el apartado 3 para garantizar las competencias de las leyes autonómicas de preservación del patrimonio cultural histórico en la preservación de las áreas incluidas. Asimismo, hemos presentado la enmienda 327, al apartado 3 del artículo 14, con el fin de dar total capacidad a las administraciones públicas para ocupar los terrenos -repito- aun cuando no existiera el consentimiento del propietario.

Respecto al artículo 15, símbolos y monumentos públicos, aun cuando podamos compartir en buena parte el contenido de este artículo ponemos a votación nuestra enmienda en tanto en cuanto es más taxativa respecto a las obligaciones de la Iglesia católica, ya que nuestro redactado hace una referencia explícita a ella. Además también deja muy claro cuál debe ser la actuación de los propietarios de los edificios privados, me estoy refiriendo a una mayor concreción de retirada de los símbolos franquistas. Nosotros proponemos esto a través de la enmienda 328.

La enmienda 329 pretende modificar los artículos 16 y 17, es decir, los relativos al Valle de los Caídos y a las edificaciones y obras mediante trabajos forzados. A nuestro entender el Valle de los Caídos debería museizarse como centro de interpretación y divulgación de la memoria represora en general y la de los penados en particular, así como de toda la estructura represiva de campos de trabajadores desplegada por la dictadura. Presentamos una enmienda de sustitución al artículo 17 porque entendemos que su texto no compromete, tal como debería de hacerse, de forma inmediata para preservar los lugares de la memoria. Solicitamos que se proceda a la museización del campo de concentración de Miranda de Ebro y a la Dirección General de Seguridad de la puerta del Sol, del hospital de mujeres de Saturran de Ondarroa y de las dependencias de la Jefatura de Policía de Barcelona de la Vía Laietana, edificios todos ellos que deberán ser protegidos de acuerdo con la normativa de patrimonio histórico cultural del Estado o de las respectivas comunidades autónomas. Respecto al edificio barcelonés, símbolo de la represión franquista en Cataluña en donde fueron asesinados y torturados miles de ciudadanos a lo largo de cuarenta años, y con la voluntad de hacer efectiva la concreción de su museización, hemos presentado la enmienda 346 con el fin de que pueda llevarse a cabo a través de un convenio entre la Generalitat de Catalunya y el Gobierno español con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y la gestión transferida al Gobierno catalán. A este artículo se le suma la enmienda 330, por la cual se pretende que sea la Administración General del Estado quien asuma el coste de la elaboración de los censos de los espacios de la memoria de forma exclusiva.

Hemos presentado -voy terminando, señor presidente- la enmienda 331 de adición, al artículo 20, proponiendo la creación del centro documental de la memoria histórica y archivo general de la guerra civil, puesto que no se incorpora como uno de sus objetivos troncales la acción represora y genocida del franquismo respecto a la persecución de las culturas y lenguas gallega, vasca y catalana y a los movimientos de resistencia cultural que generó. En ninguno de los apartados, de los muchos que contiene el artículo 20, se hace mención a ello, lo cual no deja de ser sintomático y a la vez lamentable y triste que ocurra en el año 2007 por parte de quien dice hablar en nombre de la modernidad y de la justicia.

Nuestra enmienda 332 de modificación, a este mismo artículo 20, contempla la devolución de la documentación incautada con finalidades represivas actualmente depositada en el Archivo General de la Guerra Civil Española propiedad de instituciones municipales, entidades privadas, particulares o gobiernos autonómicos, como es el caso del Gobierno de Euskadi. En su momento la ex ministra señora Calvo comprometió la inclusión en la ley del retorno de la documentación municipal que afecta a un buen número de municipios de Cataluña, de Aragón y a más de un centenar del País Valencià.

Quiero llamarles la atención sobre la enmienda 347. Se trata de incluir una disposición adicional, a fin y efecto de incorporar en esta ley las responsabilidades del estado español en la reparación de los daños consecuencia del uso de armamento químico del Rif, utilizado por el ejército español durante la dictadura de Primo de Ribera por los militares africanistas, con el beneplácito del Rey Alfonso XIII. Aquellos mismos militares genocidas que posteriormente delinquirían contra el orden constitucional republicano. Ha llegado el momento de reconocer las responsabilidades del Estado español contra la población civil del Rif y este es un buen momento ahora que el Estado español por fin elabora una Ley de la Memoria.

A través de la enmienda 333 proponemos la modificación del apartado 1 del artículo 22 para garantizar a cualquier persona el acceso a los fondos documentales, y a través de la enmienda 337 pretendemos la inclusión de un artículo 22 bis) bajo el título apertura de los archivos de la represión para conocer todos los fondos documentales del régimen franquista, su catalogación, digitalización y acceso público. Por ello se reclama que en el plazo de dos años se proceda a la identificación y catalogación de todos los fondos documentales de las instituciones franquistas tanto los represivos de las Fuerzas Armadas como de las fuerzas policiales y de la Secretaría Nacional del Movimiento Nacional para que sean accesibles al público, así como calendarizar en un año el tiempo para llevar a cabo el inventario de los fondos documentales relacionados con el exilio republicano y antifranquista. El proyecto de ley no contempla el reconocimiento y la labor de muchas entidades y Estado en pro de las víctimas de la dictadura y del exilio. Es por ello que mediante la enmienda 335 se solicita la inclusión de un nuevo artículo que bajo el título la solidaridad internacional se reconozca la labor internacional en contra de la dictadura y a favor de sus víctimas. En ese sentido, defendemos con la enmienda 336 la inclusión de un nuevo artículo a la ley que sin duda será votado favorablemente por las fuerzas políticas catalanas, gallegas y vascas presentes en este Parlamento. Me refiero a un nuevo artículo con el siguiente título: Divulgación de la represión de las culturas nacionales en el Estado español. ¿Qué pretendemos con este artículo? Ninguna otra cosa que superar de una vez por todas, el gran desconocimiento existente por parte de las nuevas generaciones que protagonizó la dictadura para exterminar -ya ha quedado dicho- las culturas y las lenguas distintas a la castellana. Por todo ello la enmienda recoge la obligación del Estado de establecer anualmente partidas presupuestarias para la divulgación del conocimiento de la persecución lingüística y cultural catalana, vasca y gallega y su incorporación en los temarios educativos.

La enmienda 338 pretende que el Estado restituya a las comunidades autónomas, que en su vocación reparadora y ante la inoperancia de la Administración General del Estado han indemnizado a las víctimas del franquista, todo aquello ya avanzado por los distintos gobiernos autonómicos. En particular el Estado deberá dar un tratamiento, enmienda 339, específico de restitución a los gobiernos de Euskadi y Cataluña, instituciones víctimas de la dictadura que deberán ser restituidas en todos sus honores y bienes incautados.

Finalmente queremos llamar la atención ante la gran injusticia que pueda cometerse, si no se incorpora a la ley el derecho de los exiliados y a sus descendientes de acceder a la nacionalidad española. De ahí nuestra enmienda 341 por la cual todos los españoles, hombre o mujeres, que originariamente hubieran sido españoles y que por razones de exilio hubieran sido privados de su nacionalidad puedan recuperarla: ellos, ellas y sus descendientes en primer o segundo grado.

Que su proyecto de ley diga que se reconoce la clara injusticia que supuso el exilio, obliga a nuestro entender a ser sensibles a nuestra demanda. Se ha pasado ciertamente a última hora a una transaccional, que en parte recoge lo demandado por Esquerra Republicana. La enmienda 342 pretende la incorporación de una disposición adicional para establecer la obligación en el plazo de un mes que se cree una comisión de la memoria histórica integrada por el Estado y las comunidades autónomas al objeto de hacer un seguimiento de la aplicación de lo dispuesto en la presente ley, comisión formada por los ministerios de Cultura y Justicia y por las distintas comunidades autónomas. La enmienda 344 pretende incorporar a manera de disposición adicional la necesidad de proceder a realizar actuaciones públicas en homenaje a los funcionarios represaliados.

Finalmente, la enmienda 345 demanda la inclusión de una disposición adicional nueva para que en el plazo de tres meses se nombre una comisión técnica independiente que investigue la desaparición de fondos documentales durante la transición. Mediante la enmienda 349 se pretende incorporar otra nueva disposición adicional para que en el plazo de un año se proceda a invalidar todas las distinciones, nombramientos, títulos honoríficos de personas ligadas al régimen franquista.

La última, la 350, atendiendo al hecho de que el actual jefe del Estado encarna la continuidad histórica entre el régimen dictatorial en la medida en que de igual manera que juró cristianamente la fidelidad a los principios fundamentales del Movimiento, o presidió al lado del dictador Franco en el balcón del Palacio de Oriente la manifestación de apoyo al régimen dictatorial después de las cinco ejecuciones -de los cinco asesinatos- del 27 de septiembre del año 1975, posteriormente asumió los contenidos democráticos de la Constitución de 1978, digo, corresponde a él, como rótulo de continuidad entre el régimen dictatorial y el postfranquismo, pedir perdón solemnemente a las víctimas en nombre del Estado.

Debo decir, señor presidente, que al haberse modificado el texto original, decaen las enmiendas de nuestro grupo parlamentario números 305, 306, 308, 315, 322 y 334. A la espera de cuál será el tratamiento dado a nuestras enmiendas, ya anunciamos que mantendremos todas las enmiendas vivas para el Pleno, en el caso de que no fueran aprobadas. Por cierto, señor presidente, le reitero la petición de que todas nuestras enmiendas sean puestas a votación una por una, excepto las que le acabo de anunciar que han decaído. Tal como se ha dicho al inicio, si no consideran oportuno aceptar nuestras enmiendas, vamos a proceder a votar en contra de la ley en su conjunto.


El señor PRESIDENTE: Tiene ahora la palabra para defender sus enmiendas, en nombre del Grupo de Convergència i Unió, el señor Xuclà.

El señor XUCLÀ I COSTA: Señor presidente, señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Catalán para defender las enmiendas y fijar la posición de este grupo ante la llamada Ley de memoria histórica en esta recta final de legislatura.

En primer lugar, quiero hacer algunas consideraciones generales. Recuerden que este es un proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros en el mes de julio del año 2006 y que hasta ahora, en el mes de octubre del año 2007 -con gran celeridad-, no se ha convocado la ponencia y la Comisión para su tramitación; una tramitación, señorías, en tiempo de descuento y en la recta final de la legislatura. A este proyecto de ley le ha faltado impulso político por parte del grupo de la mayoría, es un proyecto de ley que ha languidecido durante meses y meses en las Cortes Generales con un futuro incierto, y es un proyecto de ley al cual le ha faltado una brújula clara para saber a dónde íbamos y qué pretendíamos. Ciertamente, ha habido aportaciones de distintos grupos políticos, pero ha faltado esta brújula clara para explicar la pretensión última, mayor y loable de la Ley de memoria histórica. Los problemas de comunicación son bastante habituales, por cierto, para explicar las políticas de este Gobierno. Afrontamos el debate de este proyecto de ley en la recta final de la VIII Legislatura constitucional, que es continuadora de la tradición política y también de un momento político, la transición democrática, en la cual se hizo un pacto de concordia, pero también un pacto de amnesia selectiva y colectiva para llegar a algunos acuerdos. Si esta ley no hubiera tenido un planteamiento de vuelo rasante, si esta ley no hubiera tenido un planteamiento de negociación a corto plazo y hubiera tenido un planteamiento más de conjunto, nos habríamos preguntado durante la tramitación de la ley, y nos habríamos preguntado hoy, si era posible avanzar, si era posible que aquel pacto de amnesia selectiva y colectiva, hoy, se podía reducir reconociendo más y mejor lo que supuso la guerra civil, el franquismo, la represión franquista y la recuperación de las libertades. ¿Era esto posible? Sí. ¿Se ha hecho? Claramente, no se ha hecho. No se ha hecho porque ha faltado un trabajo en profundidad, un trabajo de diálogo, un trabajo de deliberación, previo a la aprobación de cualquier ley y más de una ley importante como esta. Este grupo parlamentario ha echado en falta la interlocución para un diálogo en profundidad para la negociación de esta ley, más allá de la aportación en un artículo y más allá de la aportación en otro artículo. Como les decía hace un momento, faltaba esta reflexión de conjunto.

Quiero recordar que, hace muy pocos meses, el presidente de la República italiana hizo un discurso de reconocimiento de los errores que se cometieron durante la Segunda Guerra Mundial en Italia por parte de los fascistas y del Partido Comunista -y hablaba el presidente de la República, un miembro en su momento del Partido Comunista-, y también de la represión durante la Segunda Guerra Mundial contra las minorías lingüísticas y las minorías nacionales en el Adriático. Pues bien, señorías, qué diferencia entre este planteamiento de fondo, entre esta reflexión en profundidad de lo que supuso el drama de la Segunda Guerra Mundial en Italia y esta tramitación atropellada y sin una reflexión de fondo de la Ley de la memoria histórica.

Una ley, por otra parte, señorías, que debemos poner en su justo punto. Una ley que no nace de la nada, una ley que plantea una mejora en la recuperación de la memoria, pero debemos recordar que algunos de los planteamientos de esta ley han sido ampliamente abordados durante los últimos 30 años por parte de los historiadores, que algunos aspectos que persigue esta ley corresponden más a los historiadores que al Poder Legislativo y que sería una petulancia -quizás ha existido la tentación de esta petulancia- que el Poder Legislativo se erija en interpretador de aquello que, afortunadamente, desde hace mucho, mucho tiempo los historiadores ya han hecho, desde el reconocimiento a las víctimas a la publicación de los verdugos y la publicación de las víctimas. En el texto inicial de la ley se prohibía la publicación de los nombres y apellidos, cuando existen libros y más libros con la relación de estas víctimas. En definitiva, señorías, esta era una oportunidad pero ha sido una oportunidad perdida. Por eso, nosotros decimos que esta es una ley innecesaria -esta ley, no una buena ley sobre la memoria histórica-, esta es una ley que ha frustrado las expectativas de muchos colectivos, de asociaciones de memorialistas, de personas que pensaban que, a través de esta ley y en esta VIII Legislatura, todos los grupos políticos, pero especialmente el Gobierno que es quien envió este proyecto de ley, haríamos una reflexión más en profundidad, que creo que 30 años después era posible y que no se ha hecho.

Un honorable diputado socialista -de cuyo nombre ahora no me quiero acordar- me comentaba hace unos meses: De hecho, el texto de este proyecto de ley es la fusión de dos reales decretos, un posible real decreto sobre indemnización a las víctimas del franquismo y otro sobre fosas comunes; estos dos reales decretos convertidos y elevados al rango de ley, más la reflexión sobre la nulidad o la ilegitimidad de los juicios del franquismo. En definitiva, planteamientos que quedan muy alejados de lo que, por ejemplo, Amnistía Internacional ha hecho llegar a los distintos grupos parlamentarios para hacer una ley que vaya al fondo de la cuestión.

Dicho esto, señorías, como en el debate parlamentario se trabaja a partir del pacto y de la transacción, es evidente que el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió no se ha querido quedar en la posición de observación de la tramitación de esta ley y también ha querido hacer aportaciones en la modificación y en la mejora de esta ley, básicamente modificaciones en tres bloques, insuficientes desde nuestro punto de vista, pero aportaciones que cristalizaron la semana pasada en el trabajo de la ponencia. En primer lugar, esta ley se tendría que mejorar en lo que podríamos denominar la dimensión de la definición conceptual ideológica. Si tenemos que hablar y hablar en profundidad de lo que supuso la guerra civil y la represión de la dictadura del franquismo, debemos considerar también otros aspectos. Ha habido algunos artículos y mucha literatura muy valientes hablando de aquello que las dos Españas de hace 70 años podrían haber reconocido en esta ley pero que, al final, no se ha tenido el coraje de reconocer.

Es evidente que en esta Ley se podía reconocer, y se ha reconocido a partir de la aportación del Grupo Parlamentario Catalán, que también hubo persecución por motivos de creencias religiosas, de aquellas personas leales a la República, leales al régimen ante el golpe de Estado, ante el levantamiento contra el régimen legalmente establecido, pero que fueron objeto de incomprensión, fueron perseguidos, y en algún caso ejecutados, por los dos bandos, por el bando que provocó el golpe de Estado, pero también por el del régimen legítimo que era el régimen republicano. Así pues, hubo persecución por creencias religiosas y eso queda reflejado en el texto de la ponencia que hoy también tramitamos en la comisión.

También hubo juicios sin garantías, juicios políticos, juicios descontrolados, en las dos partes hubo tribunales populares. Creo que esto se tiene que reconocer en esta Ley y lo hemos incorporado. Algunos dirán que fueron actos puntuales, que fueron actos descontrolados; pero, señorías, en aquellas partes de España en las que no hubo una clara posición de una parte o de otra y donde se vivió durante meses en el descontrol, hubo actos de represión y hubo juicios políticos sin ningún tipo de legalidad republicana que estos tribunales populares tenían que incorporar.

Finalmente, señorías, nosotros mantenemos enmiendas referidas al debate sobre ilegitimidad o nulidad de las sentencias. Dentro de un momento defenderé la redacción del artículo 3, en lo referente a la ilegitimidad. Pero nosotros tenemos enmiendas vivas para que las declaraciones del artículo 4, en cuanto a los juicios sumarísimos, a los juicios que no tienen ningún tipo de base en la legalidad o ilegalidad de los tribunales franquistas, también puedan tener su reconocimiento con la incorporación de las resoluciones en los expedientes. Esto tampoco ha sido incorporado en la ponencia por el grupo de la mayoría. Es por ello, señorías, que con estas contribuciones a las que he hecho referencia, este grupo parlamentario mantiene discrepancias; discrepancias porque considera estas aportaciones aún insuficientes en la aprobación de esta Ley. Esta Ley ha reconocido la persecución por creencias religiosas, pero no ha reconocido que también hubo persecución a personas, leales a la República, pero con convicciones democráticas nacionalistas. Esta es una realidad que claramente se explica en Cataluña, en el País Vasco, en Euskadi, y que claramente se explica en Galicia. También planteamos la insuficiencia del redactado del artículo 3, el que hace referencia a la ilegitimidad. Estamos de acuerdo en que el Parlamento no se puede erigir en Poder Judicial, que no puede declarar la nulidad de sentencias.

El Parlamento, a través de esta Ley, incorpora elementos importantes para que los tribunales en su momento puedan declarar la nulidad de sentencias. Hago referencia al artículo 3, a una disposición adicional y a un mandato muy relevante que hay en la exposición de motivos. Todo esto coadyuva a que el Poder Legislativo claramente informa al Poder Judicial para que éste pueda transitar de la ilegitimidad a la nulidad de las sentencias. Por otra parte, este grupo parlamentario también está contento y satisfecho de haber aportado el concepto de ilegitimidad, que estaba en el redactado inicial de sus enmiendas, en tanto en cuanto en teoría del derecho -sin querer alargarme ahora-, más allá de los valores constitucionales, existen las normas fundantes, aquello con lo que Hans Kelsen en el siglo XX ayudó a dar coherencia a muchas constituciones y también a muchas sentencias y debates posteriores a la II Guerra Mundial y a los debates en los juicios de Nüremberg. Pues bien, la ilegitimidad creo que la tenemos que valorar y poner precisamente en este registro de la teoría del derecho, de la cúspide, más allá de la constitución de las normas básicas fundantes. Pero aún es insuficiente, en tanto en cuanto, como les decía, no se ha querido incorporar, creo que por una falta de sensibilidad por parte del Grupo Socialista, esta declaración de ilegitimidad en las resoluciones de los expedientes de los tribunales del franquismo que condenaron a personas claramente por motivos políticos.

Consideramos decepcionante que el grupo de la mayoría no haya sido receptivo a dialogar sobre la elaboración de un censo de confiscados. Señorías, evidentemente, la mayor violencia que se perpetró durante la guerra civil y durante la represión posterior fue la de los fusilamientos, la pérdida de vidas. Pero también hubo otras formas de violencia. Las confiscaciones y los decretos del franquismo de confiscación de casas, de confiscación de depósitos bancarios con el aseguramiento del retorno de los mismos en un plazo de seis meses; todo esto también fueron formas de violencia que arruinaron a familias, que arruinaron proyectos vitales. En este sentido, planteamos una enmienda sobre censo de confiscados que lamentablemente el Grupo Socialista no ha tenido la consideración de incorporar en el proyecto de ley. Les plantearemos una referencia en la exposición de motivos. Creo que es mejor un poco que nada, pero como pueden comprender para nosotros esto es insuficiente.

Finalmente, también queremos expresar nuestra disconformidad con los artículos 20 y 21, los referidos a archivos, a la creación del Archivo general de la guerra civil. Creemos que en un momento como el actual, en el que se está discutiendo sobre el retorno de los documentos y de los fondos de la Generalitat a Cataluña, de los llamados documentos de Salamanca, la redacción de los artículo 20 y 21 tiene un componente más de conveniencia política coyuntural que de aportación de fondo para la resolución de aspectos de la memoria histórica. También les anuncio nuestra oposición a los artículos 20 y 21.

Mantenemos unas cuantas enmiendas vivas. Dentro de un momento, señor presidente -voy terminando-, explicaré cuántas de ellas mantenemos vivas. Queremos mantener muy especialmente una que seguramente tiene un carácter declarativo y ningún valor jurídico, que se refiere al reconocimiento en el articulado de la labor de los historiadores durante todos estos años; unos historiadores que alguna vez con sorpresa ven cómo el Poder Legislativo descubre algo en lo que ellos han estado trabajando durante muchos años con gran rigor científico y alejados de la batalla y de la erosión política.

También les quiero trasladar nuestra preocupación y nuestras reservas respecto a la redacción del artículo 16, el referido al Valle de los Caídos, concretamente en su apartado tercero; respecto al artículo 15, símbolos y monumentos públicos, en cuanto que tiene una redacción muy abierta sobre la retirada de ayudas públicas, también sin respeto a la autonomía de ayuntamientos y de comunidades autónomas; también estamos preocupados por el tema de la confiscación de bienes; finalmente, nuestra preocupación por cómo ha quedado la redacción de los artículos 20 y 21, referidos a archivos, y de la disposición adicional primera, también referida a archivos.

Señor presidente, tendremos el Pleno para culminar algunos de estos debates y, lo que es más importante -volviendo al principio-, para intentar elevar un poco más el tono del debate y para intentar que aquello que no fue posible reconocer hace treinta años y que era posible avanzar ahora en su reconocimiento por parte de todos, sea posible en una Ley que aun siendo insuficiente tendrá el apoyo parcial de este grupo parlamentario.

El señor PRESIDENTE: Señor Xuclà, nos anunciaba que iba a decir las enmiendas que mantenía. ¿Lo comunicará por escrito? (Asentimiento.) Muchas gracias.


Para la defensa de sus enmiendas, tiene la palabra el diputado don Jorge Fernández Díaz, en representación del Grupo Parlamentario Popular.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Quizá con una cierta ingenuidad pensaba que determinados debates, y sobre todo determinadas afirmaciones, en su espíritu y en su letra habían quedado sepultados en la Constitución de la reconciliación, del consenso y de la concordia de 1978, que culminó nuestra ejemplar transición a la democracia desde un régimen evidentemente no democrático, desde un régimen dictatorial hacia una plena democracia, como la que hoy tenemos en España. Por desgracia, comprobamos en los últimos tiempos que eso no es así, y tengo la impresión de que algunos quieren dinamitar el espíritu de la transición y no sé si incluso las bases que sustentaron aquel histórico pacto constitucional de 1978.

Me sorprende, además, porque ha habido rotundas afirmaciones en el tiempo, unas más lejanas y otras más próximas, de personas relevantes, de grupos políticos relevantes, que además abundaban en esa dirección, por ejemplo, en esta misma Cámara, el Congreso de los Diputados. El 12 de abril de 1994, el Grupo Socialista se opuso a una proposición de ley del Grupo Mixto sobre devolución de patrimonios incautados durante la guerra civil.

El ponente del Grupo Socialista en ese trámite -hablo del año 1994- es hoy un relevante miembro del Gobierno y además, según sabemos por los medios de comunicación, va a dirigir la próxima campaña electoral del Partido Socialista. Hablo del señor Jesús Caldera. En ese trámite, Jesús Caldera dijo -consta en el "Diario de Sesiones"- que no existía tal necesidad de reparación en la sociedad española porque -leo literalmente- la verdadera reparación de las heridas de la guerra civil fue la recuperación de las libertades y el establecimiento de un Estado social y democrático de derecho. Si nos remontamos en el tiempo, podríamos observar un debate emblemático de la transición, como fue el debate correspondiente a la Ley de Amnistía de 1977. Pues bien, un ilustre representante del Partido Comunista, que sin duda no tiene nada que ver con sus actuales herederos, don Marcelino Camacho, decía el 14 de octubre de 1977 en esta casa durante el trámite de esa histórica y trascendental ley: ¿Cómo podríamos reconciliarnos los que nos estábamos matando los unos a los otros si no borrábamos ese pasado de una vez para siempre? Queremos abrir la vía a la paz y a la libertad, queremos cerrar una etapa, queremos abrir otra. Y decía él: Nosotros, precisamente, los comunistas, que tantas heridas tenemos, que tanto hemos sufrido, hemos enterrado a nuestros muertos y nuestros rencores. Nosotros estamos resueltos a marchar hacia delante en la vía de la libertad, en esa vía de la paz y del progreso que hoy se abre. Hoy al parecer algunos herederos del Partido Comunista, directamente herederos, solo hablan de heridas y de desenterrar a los muertos que el señor Marcelino Camacho decía que ellos querían enterrar desde ese momento con la aprobación de la Ley de Amnistía. Querían enterrar a sus muertos y sus rencores y sus herederos hoy nos traen aquí a sus muertos y sus rencores. Por cierto, lo que hacía el señor Marcelino Camacho era actualizar el manifiesto-declaración del Partido Comunista de España por la reconciliación nacional, por una solución democrática y pacífica del problema español de junio de 1956. ¡Hay que ver!, algunos van realmente hacia atrás. En esa época decía el Partido Comunista de España: Crece en España una nueva generación que no vivió la guerra civil -hablo de hace 51 años-, que no comparte los odios y las pasiones de quienes en ella participamos y no podemos, sin incurrir en tremenda responsabilidad ante España y ante la historia, hacer pesar sobre esta generación, la del 56, las consecuencias de hechos en los que no tomó parte. Una política de azuzamiento de rencores puede hacerla Franco y en ello está interesado, pero no las fuerzas democráticas españolas.

Podría seguir recordando muchas cosas que no tienen nada que ver, sino todo lo contrario, con lo que aquí se está diciendo hoy, que estoy seguro que además se está diciendo desde unas posiciones que son radicales y minoritarias en la sociedad española. El Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, que desde luego tiene toda la legitimidad democrática y todo mi respeto democrático, dice que está casi satisfecho con lo que ha salido. Un grupo de cinco diputados está casi satisfecho; sin embargo, un grupo de 148 está muy poco satisfecho. Señor Herrera, atendemos al principio democrático valga para lo que valga. Usted sale feliz con su marco institucional para las políticas de memoria democrática y algunos de nosotros nos ponemos a temblar porque vemos que una de las dos Españas puede volver a helarte el corazón no en el año 1936, sino en el año 2008, porque estamos hablando de un año después de las próximas elecciones.

Señorías, este debate es lamentable en los términos en los que se está planteando. Por si fueran pocas las referencias históricas a las que me he referido, puedo decir -el señor presidente de la Comisión no me dejará faltar a la verdad porque él fue protagonista activo de ese histórico acuerdo- que en la legislatura pasada el partido al que represento tenía 183 diputados, mayoría absoluta. Y les diré una cosa si me lo permiten. Si hiciéramos lo que algunos hacen, hubiéramos podido condenar todos los golpes que hubiéramos querido, empezando por el del señor Companys, del año 1934. Y hubiéramos podido seguir condenando el asesinato del jefe de la oposición parlamentaria, que no era franquista porque a lo mejor todavía no le había dado tiempo y que fue asesinado por las guardias de asalto de la República el 13 de julio de 1936. No lo hicimos cuando teníamos 183 diputados. ¿Sabe por qué? Porque era una gravísima irresponsabilidad. Hubiera sido atacar los cimientos sobre los que se ha construido la Constitución española de 1978, que, entre otras cosas, pretendió no olvidar el pasado. No pretendió olvidar el pasado, sino no volver a utilizar ese pasado de tal manera que se convirtiera en arma arrojadiza de unos contra otros. Sabían muy bien los constituyentes cuál era el pasado de España, seguramente mucho mejor que muchos de los que hoy presumen de conocerlo, pero precisamente porque lo conocían sabían que no podíamos volver a repetirlo y que la mejor manera de no volver a hacerlo era reconciliándonos, asumiendo que todos éramos responsables de esa tragedia colectiva que fue la guerra civil y que no podíamos volver a reincidir en las causas que nos llevaron a esa trágica confrontación. Por eso el Partido Comunista de España desde el año 1956, en la Ley de Amnistía el Partido Comunista de España en el Congreso y tantos otros después fuimos reiterando ese espíritu y ese deseo de piedad, de reconciliación y de perdón mutuo y ahora vienen algunos a darnos lecciones de lo que ha sido la transición, de lo que ha sido el pacto constitucional y hasta qué punto los constituyentes olvidaron resolver algunas heridas, algunos agravios y algunas injusticias y a desenterrar algunos muertos.

Cuando se hizo la declaración institucional de la Comisión Constitucional el 20 de noviembre -fíjense qué fecha- de 2002, el PP tenía mayoría absoluta. ¿A algunos de los que están aquí les suena, verdad? El PP tenía mayoría absoluta y aprobamos unánimemente una declaración que venía a ser una especie de punto final a determinados planteamientos que iban en contra del pacto constitucional, en contra del espíritu de la transición. Por el contrario, era un punto de partida para políticas de reconciliación concretas, en ámbitos concretos, donde, efectivamente, podían quedar situaciones injustas, injusticias que debían ser removidas mediante las correspondientes iniciativas de los poderes públicos a las que esa declaración mandataba de una manera muy clara. Señorías, por el contrario, si el proyecto de ley no avanzaba en esa dirección, el informe de la ponencia lo ha empeorado notablemente. Ha sido fruto en su inicio de un pacto bilateral entre el Grupo Socialista y el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya y, lógicamente, ha avanzado en la línea de las políticas -son legítimas, aunque no comprendemos cómo el Gobierno avanza en esa línea- de Izquierda Unida, una política de revisionismo histórico absoluto que pretende hacer echando por la borda todo lo que conjuntamente habíamos hecho en la senda efectiva de la reconciliación y debíamos seguir haciendo juntos en la senda de la reconciliación.

Quiero decir, señor presidente, señorías, que desde la transición y desde la aprobación de la Constitución se han aprobado más de veinte normas con rango de ley, decretos-leyes de todo tipo, por unanimidad, en la línea precisamente de reparar injusticias, reconociendo y ampliando derechos a personas e instituciones que padecieron violencia o persecución en la guerra civil o en la dictadura. La última en esta legislatura, una ley relativa al complemento de indemnizaciones para los niños de la guerra.

Quien les habla fue ponente de ese proyecto de ley. Viajé con el ministro y con otros colegas de esta Cámara a Moscú y estuvimos en el Centro de los niños de la guerra en Moscú. El Gobierno nos pidió no solo que votáramos a favor, sino que facilitáramos que se tramitara por urgencia y lo hicimos. Cuando hay buena voluntad y realmente se pretende resolver situaciones injustas de personas que han padecido, especialmente por la guerra civil o después, problemas personales y familiares que deben ser reparados y justamente restituidos por el Estado, nos han encontrado y nos encontrarán siempre. Y hablo con toda legitimidad cuando digo que estas veinte iniciativas aprobadas con gobiernos de la UCD, con gobiernos del PSOE y con gobiernos del PP han sido siempre apoyadas por el Partido Popular, como, señorías del Grupo Socialista, van a ser hoy votados a favor los textos correspondientes a los artículos que hacen referencia al reconocimiento y ampliación de derechos.

Vamos a votarlos a favor, por cierto sin que ustedes se hayan dignado a descolgar el teléfono para llamarnos y ver si en relación con nuestras enmiendas, que intentaban una mejora técnica, podíamos llegar a un acuerdo. Lo que ha habido desde el primer día es una voluntad deliberada, no nos engañemos, de marginar al Partido Popular, de presentar esto como una política en la que los que se oponen son unos facciosos, unos franquistas o unos fachas y nosotros somos los progresistas, los que entendemos el sufrimiento y el padecimiento de la gente. Es volver a ese cordón sanitario que por desgracia se ha intentado demasiado en esta legislatura. Allá ustedes con esa política, estoy convencido de que en absoluto les va a ir bien electoralmente, pero fuera hay una prioridad, el bien común de la sociedad española y la brecha y las heridas que están abriendo, que estaban cicatrizadas, en la sociedad española se lo va a demandar la historia porque no hay derecho a lo que han hecho.

Quiero seguir, señorías. Esta ley, aunque su título no es ese, por algo es conocida como Ley de la memoria histórica. Yo creo en la sabiduría popular y cuando toda la sociedad, cuando todos los medios de comunicación, cuando todo el mundo habla de memoria histórica por algo será. Y por más que ustedes se empeñen en que no se llame así, la gente la llama Ley de memoria histórica. ¿Por qué? Porque la gente tiene sentido común, más del que algunas veces nosotros pensamos y más del que muchos políticos tienen o tenemos en muchas ocasiones.

A nosotros eso de la memoria histórica nos gusta regular. Es como cuando hablamos de ingeniería financiera. ¿Qué quiere que le diga? Yo soy ingeniero y las finanzas tienen su ámbito. Cuando hablamos de ingeniería financiera o de ingeniería social, ya nos ponemos a temblar; lo mismo sucede cuando hablamos de memoria histórica. La memoria es una cosa muy normal y la historia es una ciencia muy respetable y muy conveniente. Pero cuando mezclamos esas dos cosas ya nos ponemos a templar. Y cuando, en lugar de hablar de memoria histórica, hablamos de memoria democrática, ¿qué quiere usted que le cuente? ¿Es que me va a decir el señor Herrera cuando mi memoria es democrática o no? ¡Hasta ahí podíamos llegar! ¿Pero cuando la memoria histórica se establece por ley? La historia la narran los historiadores, la historia escrita se convierte en historiografía y la historiografía es diversa y plural porque son diversas y plurales las personas que escriben los libros de historia. Hay más de 40.000 títulos publicados sobre la guerra civil.

Señorías, los pueblos, las naciones pasan a tener memoria histórica a partir de un proceso de decantación de la conciencia colectiva en la que la historiografía desempeña un importante papel para conformar esa conciencia colectiva. Hay a lo largo de la historia sociedades, pueblos, países, Estados, naciones, en que ese proceso de decantación histórica y de asunción de una conciencia colectiva común les llevó a dotarse de una memoria histórica compartida. Lo que no ha sucedido nunca, y mucho menos en un régimen democrático parlamentario como el nuestro, es que sin haberse dado todo ese proceso ni mucho menos de decantación histórica venga un señor y se le ocurra decir -teniendo en cuenta además como mínimo a la mitad de este país- que se va a establecer por ley cuál es esa memoria histórica. Y el señor Herrera va mucho más allá, evidentemente, porque tiene la patente del monopolio de expedir certificados de democracia, y además dice que la memoria histórica luego hay que dividirla y clasificarla en una categoría adicional, que es memoria democrática. Y dice que está muy contento porque a partir de esta ley vamos a tener un año para establecer el marco institucional en el que se van a poder desarrollar políticas públicas de promoción y fomento de la memoria democrática. Eso me suena a ponencia del Partido Comunista de la China, pero no del actual, sino del de la Revolución cultural.

Señorías, el concepto de memoria histórica es utilizado básicamente en los países iberoamericanos. Les voy a dar una pequeña referencia que algunos me parece que ignoran. Se refiere esa memoria histórica, acuñada en Iberoamérica en los años setenta, al derecho a saber o al derecho a saber la verdad que tienen los pueblos que experimentan una transición traumática en la que tienen que convivir víctimas y verdugos y ese derecho a saber intenta compensar el dolor de las víctimas y hacerles protagonistas pacíficos del respeto de la sociedad, cuando esta sociedad se encuentra inmersa en un proceso de apertura y transición a la democracia. Ese concepto surge en los años setenta y surge en Iberoamérica, concretamente en países iberoamericanos como Argentina, Colombia, Guatemala o Uruguay. Pero en España no estamos en esa situación. En España hicimos una transición ejemplar en la que no se ocultó nunca la verdad -y se ha demostrado con todas las iniciativas que lleva aprobadas la democracia española y la transición- y nunca se ocultó ni se negó la reparación de las víctimas.

Señorías, establecer políticas de memoria es peligroso. Pero al menos, si se quiere establecer, hagámoslo con un poco de solvencia y de seriedad. ¿La historia empieza y termina el 18 de julio de 1936? ¿Quién lo ha dicho? Yo no digo que empiece la historia con la conversión de Recadero el 8 de mayo de 589 o el Corpus de Sang de 1640, que los nacionalistas catalanes -como siempre, hay amores que matan- llevaron a que Cataluña, y con ella a España, perdiera en la Paz de los Pirineos el Rosellón y la Cerdaña, que es lo que suele pasar. Tampoco me voy a remontar a la guerra de África, al expediente Picasso o a la guerra de Cuba, pero, si hablamos de guerra civil y de dictadura, habrá que remontarse a lo inmediatamente anterior, a la II República. Dice el artículo primero que tiene por objeto reparar los daños y los perjuicios de todo tipo que se produjeron a las personas que padecieron violencia por razones ideológicas, por razones políticas, por razones religiosas. ¿Eso no pasó en la II Republica? ¿Es que el 6 de octubre de 1934 no había un Gobierno legítimo en la República o es que solo era legítimo el que era de ustedes? ¿O es que el Gobierno de la CEDA y del señor Lerroux, que habían ganado las elecciones en 1933, no era un Gobierno legítimo de la República? ¿Es que no hubo un golpe de Estado el 6 de octubre de 1934 que ocasionó más de mil muertos en Asturias? ¿Es que el jefe de la oposición parlamentaria, señor Calvo-Sotelo, asesinado el 13 de julio, antes de empezar la guerra civil -repito, no le dio tiempo a ser franquista- no fue objeto de persecución por razones ideológicas?

Oiga, ¿es que la expulsión de los jesuitas del año 1932 no significó el exilio forzoso al que alude la norma que están ustedes promoviendo; exilio forzoso de miles de personas, o es que los jesuitas no eran personas en el año 1932? Esta es una ley absolutamente sectaria desde todos los puntos de vista y, repito, si el proyecto de ley lo era, el informe de la ponencia lo es todavía mucho más porque ha llegado ya a lo dramático que significa distinguir a las víctimas: hay unas víctimas que merecen reparación y hay otras que no la merecen. Pero, ¿saben por qué? O bien porque ese periodo de tiempo se ignora y parece que, efectivamente, no hubo persecución religiosa, no hubo persecución política, no hubo persecución ideológica, no hubo golpes de Estado durante la República. Eso no existe, por decreto-ley no existe. Pero es tampoco hay que honrar a las víctimas de la guerra civil del llamado bando nacional, ¿sabe por qué? Porque, claro, durante 40 años Franco se encargó de honrarlas. Mire, si eso es así -y no voy a decir que no fuera así- hay algo que distingue a la democracia de la dictadura y es que superior ética y moralmente la democracia y si ustedes hacen lo mismo que hicieron ellos se ponen a su nivel, que es un nivel más bajo. Lo que la ley no puede hacer es establecer diferencias en función del bando en el que estaban y eso porque no le gustaba a los de Izquierda Unida porque esa equidistancia entre víctima evidentemente es intolerable: hay muertos de primera clase y hay muertos de segunda clase. Eso que en el proyecto de ley no estaba ahora aparece en este texto.

Voy concluyendo, señor presidente, refiriéndome sucintamente a las enmiendas que quiero que conste en el "Diario de Sesiones" que defendemos. Para que se vea claro que obras son amores y no buenas razones, a pesar de todo y como siempre hemos hecho, en todo lo que sea reconocer y mejorar derechos de personas injustamente y que necesitan reparación nos van a encontrar siempre. Por tanto, votaremos a favor de los artículos 5 a 9, con unas mejoras que ya habíamos presentado en las enmiendas que quedan vivas y que sé que no nos las van a aprobar porque ni siquiera han tenido la cortesía parlamentaria para llamarnos para decir que sí o que no y que hablemos, y creo que hubiera valido la pena que hubieran tratado algunas de ella con nosotros porque mejoraban técnica, jurídica y económicamente algunas de las prestaciones que ustedes reconocen. El artículo 10 me interesa muchísimo señor presidente. Queremos añadir un inciso final al texto del punto primero del artículo 10, donde dice que se reconocen indemnizaciones para los que fallecieron durante el periodo que va del 1 de enero de 1968 al 6 de octubre de 1977. Queremos añadir un inciso que diga: siempre que su actuación resultara conforme a los principios y valores constitucionales hoy vigentes. Lo voy a decir con toda claridad, no estamos dispuestos a que etarras puedan ser indemnizados como presuntos luchadores por la libertad, así de claro.

El señor PRESIDENTE: Señor Fernández, ¿eso es una enmienda presentada, una enmienda viva, verdad? Es por si era una enmienda transaccional.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: No, es una enmienda presentada que está viva. Se trata de añadir el inciso que consta: siempre que su actuación resultara conforme a los principios y valores constitucionales hoy vigentes. Nada más que eso. He dicho la motivación con toda claridad.

Respecto a la enmienda relativa al Valle de los Caídos, se ha hablado mucho aquí del Valle de los Caídos y quiero decir algo al respecto. Para nosotros el Valle de los Caídos es ante todo y sobre todo un lugar en el que nos consta que yacen los restos de 60.000 personas que murieron con ocasión o como consecuencia de la guerra civil. Por cierto, de ellos -y cuando lo supe me alegré mucho- el 55 por ciento del bando republicano y el 45 por ciento del bando nacional. De verdad les decimos una cosa: dejemos que los muertos descansen en paz. Allí hay una comunidad benedictina y la de San Benito es una orden que en relación con la cultura y la civilización europea ha dicho mucho y ha hecho mucho, que hace lo que les dijo San Benito: Ora et labora. Y rezan para que esas personas, con independencia del bando en el que lucharon y por el que murieron, descansen en paz, y sobre todo y ante todo para que las causas que nos llevaron a aquella trágica experiencia de la guerra civil no se vuelvan a reproducir. Por eso estamos a favor absolutamente de la despolitización total, integral y absoluta del Valle. Por eso votamos a favor del párrafo primero y del párrafo segundo y creemos que el párrafo tercero puede entrar en contradicción con el párrafo segundo y con el primero. Por eso mismo pediremos votación separada y votaremos en contra del párrafo tercero.

Por último, entro en los artículos 15, 22 y 24. Del artículo 15, sobre las calles y monumentos públicos, solo diré una cosa. Después de 27 años de ayuntamientos democráticos, señor presidente, creo que ya habido muchos ayuntamientos de muchos colores democráticamente elegidos que han hecho en el callejero todos los cambios que han estimado oportunos y convenientes.

 Creo que ha habido ya muchos ayuntamientos, de muchos colores, democráticamente elegidos, que han hecho en el callejero todos los cambios que han estimado oportunos y convenientes, y yo creo que al final, después de 27 años de democracia municipal, hay un pacto tácito en los pueblos y en las calles. Hay muchos pueblos, calles y capitales en que a lo mejor está la plaza de Carlos Marx al lado de la calle de la División Azul; oiga, pues mire, bendito sea Dios, qué quiere usted que le diga, si el ayuntamiento democrático no lo cambia. A unos les gusta más esa calle y los otros les gusta más la otra. Lo que quiero decir es que yo sí creo en la garantía institucional de la autonomía local reconocida en la Constitución. Dejemos a los ayuntamientos -que son mayores de edad- que digan cuál es su callejero. Ahora, eso sí, lo que si me preocupa es que en el País Vasco -y eso es más actual que revisar el callejero de presuntas personas que protagonizaron hechos hace 70 años- haya etarras, que están hoy, ayer y anteayer atentando contra la libertad y atentando contra personas por defender la libertad y la Constitución española, y tienen calles allí. Eso sí se que me parece un sarcasmo y me parece -por actual, entre otras cosas-, mucho más urgente que eso. Termino ya, señor presidente, de verdad.

Las enmiendas al artículo 20 y 21 de la ponencia, sobre el Archivo general de la guerra civil, que se transforma en el Centro documental de la memoria histórica. Ya lo ven, al final el Archivo general de la guerra civil se transforma en eso. Como hay que establecer por ley la memoria histórica, vamos a crear un centro para que ahí, efectivamente, la ideología, el sectarismo establezca de una manera obligatoria cuál es la memoria que han de tener los españoles de los hechos que sucedieron en los peores años de nuestra historia del pasado siglo XX. Con eso no jueguen con nosotros, y sí que decimos, por cierto, que esos 50.000 carteles que se le transfirieron a la Fundación Pablo Iglesias que vayan a ese centro documental, ya que ustedes lo quieren crear, porque nos parece que forman parte de ese patrimonio histórico y en lugar de estar en la Fundación de Pablo Iglesias estén en el Centro documental de la memoria histórica (Aplausos.).

El señor PRESIDENTE: Muy poca gracia tiene el final de su intervención. No es en una Comisión, como usted ha hecho, el momento para aprovechar para eso, pero en privado le diré que está usted completamente equivocado. El señor Barrio de Penagos tiene la palabra para defender dos enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.


El señor BARRIO DE PENAGOS: Como sabe, voy a repartir el tiempo con mi compañero Daniel Fernández.

El señor PRESIDENTE: Tengo entendido que no es así, señor Barrios. Se hará toda la tramitación según me han comunicado y en el turno de réplica será el señor Fernández quien hable.

El señor BARRIO DE PENAGOS: Lo intentaremos hacer así entonces. Señorías, este es un proyecto de ley que será una ley sin duda muy importante. Es una ley por la que se reconocen, señor Fernández, amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Sé que el título es largo, pero ahí no menciona una memoria histórica concreta, y votar o decir que no, porque una de las causas concretas que usted dice es por el título, sería tanto como decir que la Ley de protección de la autonomía personal no le gusta porque todo el mundo le llama Ley de Dependencia. Yo creo que esto no es una causa razonable. Eso sí, se habla de todas las víctimas y con ellas, como dice la exposición de motivos, sus familiares y, quizás, en ese todas las víctimas están una de las claves, y se insiste especialmente en aquellas que hasta ahora no estuvieron suficientemente reconocidas, lo cuál no quiere decir que no estén todas las víctimas, reitero. Esto es un paso más. Aquí no hay ninguna voluntad de adanismo, nadie niega que se hayan dado pasos, al contrario, está muy inspirado en los pasos que se han dado anteriormente, y por supuesto, qué es lo que no es la ley. No es una derogación de la Ley de Amnistía de 1977, obviamente, ni tampoco, por supuesto, una ley de punto final a nada, como prueba la disposición adicional segunda: Las previsiones contenidas en la presente ley son compatibles con el ejercicio de las acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos en las leyes o en los tratados y convenios internacionales suscritos por España. Cómo no podía ser de otra manera. Es decir, que esta disposición adicional, dice claramente lo que no es la ley. No es ley de punto final a nada y, por supuesto, tampoco es una derogación de la Ley de Amnistía de 1977. No pretende dinamitar el espíritu de la transición ni la reconciliación, y mucho menos, arrinconar al PP. Otra cosa es que el PP en algunos aspectos parece insistir en arrinconarse solo. Es una ley que se hace en colaboración con otros grupos, no solo el Grupo Socialista; hay aportaciones en el texto que sale de la ponencia de, al menos, siete fuerzas políticas. Un texto que puede no ser perfecto, como casi ninguno lo es, pero que sí es absolutamente necesario y quizás para entender por qué tendríamos que analizar muy brevemente el contenido.

¿Cuál es el contenido real de este proyecto? Porque nuevamente el señor Fernández insiste mucho más en las descalificaciones genéricas y cuando tiene que citar párrafos concretos en los que está en contra, cita muchos menos. Para empezar, un tema en el que parece que sí hay dificultades es la condena del franquismo, pero, ¿debería haber esas dificultades? Por ello mismo -ha dicho alguien-, esta ley atiende a lo manifestado por la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, que el 20 de noviembre de 2002 aprobó, por unanimidad, una proposición de ley en la que el órgano de representación de la ciudadanía reiteraba, que nadie puede sentirse legitimado como ocurrió en el pasado para utilizar la violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios contrarios a la libertad y dignidad de los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática. También se asume la declaración de condena del franquismo contenida en el informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de 2006, en el que se denunciaron las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975. Pero es que viene a cuento además porque hay un cierto revisionismo en esto, incluso se ha llegado a decir que el franquismo era un régimen, autoritario, sí, quizás un poco autoritario de más, pero, en fin, que trajo el desarrollo económico; suavizándose sus auténticos rasgos. Para colmo, muy recientemente, el señor Mayor Oreja nos aclara que muchas familias lo vivieron con normalidad, y se habla incluso de placidez en el País Vasco. Pues bien, yo voy a hablar de algunas familias que no lo vivieron con esa placidez, en nombre también, por ejemplo –es mi generación-, de estudiantes que lucharon en la etapa final del franquismo: Mª Luz Nájera, Enrique Ruano; y también de otros, obreros de Ferrol, de Vitoria, que sin duda cayeron en la lucha por las libertades. Frente a esto hay que decir que el franquismo fue una dictadura.

El señor Fernández ha dado un paso importante en ese sentido, ha dicho que fue una dictadura, en línea con lo que han dicho otros compañeros de su grupo; pero no el señor Mayor Oreja. Lo dijo el señor Juan Costa, y también es un paso importante, pero no el señor Mayor Oreja. Me parece que en esto no se aclaran demasiado. Quizá porque tienen miedo de perder ciertos votos de un franquismo sociológico que afortunadamente ya es residual en la sociedad española. Hay que decir que el franquismo fue una dictadura en sentido fuerte. No una pequeña “dictablanda”, como se decía en su momento de la dictadura de Primo de Rivera. No, no; una dictadura en sentido fuerte que empezó con el fusilamiento de los jóvenes socialistas. Se habla de “las 13 rosas”, pero ese mismo día, en agosto de 1939, mueren fusiladas 42 personas de las Juventudes Socialistas Unificadas: 42 muchachos. “Las 13 rosas” también, y una de ellas, Julia Conesa –vamos a intentar cumplir su deseo-, decía: Que mi nombre no se borre en la historia. Por eso la menciono expresamente.

Me referiré a después de la Guerra Civil, después de estallar la paz -que no fue tal, pues como se dice en Las bicicletas son para el verano, lo que vino no fue la paz sino la victoria. El franquismo siguió matando incluso 25 años después -el caso Julián Grimau- y murió matando: fusilamientos de septiembre de 1975. Esta condena, por tanto, es necesario reiterarla; es positiva, y ningún partido democrático debería tener ningún problema en reconocerlo así, no hay ningún partido democrático que no condene los alzamientos contra órdenes o gobiernos legítimos, que no condene la dictadura y la violencia ejercidas desde el Estado –Juan Costa dixit. Entonces, señores del Grupo Parlamentario Popular, ¿por qué tanto problema con esto? Igualmente en el artículo 3.1, que recoge algunas de las cosas que ha dicho usted, señor Fernández. Vamos a leerlo textualmente: Se declara la ilegitimidad de los tribunales jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que durante la Guerra Civil se hubieran constituido para imponer por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa condenas o sanciones de carácter personal así como la de sus resoluciones. Si ilegítimo era el tribunal, injustas e ilegítimas son las sentencias. Pues bien aquí está la clave: ¿Por qué esta expresión consensuada de “ilegitimidad”? Este es un punto importante, que antes ha tratado el señor Herrera. ¿Por qué esta expresión consensuada, “ilegitimidad”? Pues, a nuestro juicio, porque esta es la máxima sanción política que se puede hacer y es al mismo tiempo plenamente respetuosa con el espacio propio de los tribunales, con lo que puedan decir los tribunales en cada caso concreto. Ha citado usted algunos casos concretos, ¿sabe cuál sería mi preferencia en cuanto a lo que tienen que decir los tribunales en ese caso? ¡Pero no invadamos el espacio de los tribunales! De ahí, de ese pleno respeto al espacio propio de los tribunales, viene esa expresión consensuada de “ilegitimidad”, como usted bien sabe. Esto se complementa con la previsión de un procedimiento específico para obtener una declaración personal de carácter rehabilitador y reparador para las víctimas o sus familiares. Es decir máxima sanción en el ámbito político, como nos corresponde, este es el ámbito político, la representación de la soberanía popular, y máximo respeto a la separación de poderes. Artículos 5 a 9: Se establece el reconocimiento de diversas mejoras de derechos económicos, ya recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, a favor de familiares de víctimas presos en la dictadura, incluyendo mejoras en cuanto a la exención fiscal en este último caso de las indemnizaciones percibidas.

El artículo 10 es nuevo. Establece un reconocimiento a favor de las personas fallecidas -en defensa de la democracia, se dice expresamente, señor Fernández- durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del 68 y 6 de octubre del 77, reconociendo el derecho a una indemnización única por una cuantía de 135.000 euros a sus beneficiarios.

En los artículos 11 a 14 -voy avanzando rápidamente- se establece que las administraciones públicas faciliten a los interesados que lo soliciten las tareas de localización y, en su caso, identificación de los desaparecidos, atendiendo a la demanda de no pocos ciudadanos que ignoran el paradero de sus familiares, algunos aún en fosas comunes. Claro, aquí se dice: es que se habla sobre todo de unas víctimas y de unos familiares; claro, es que los que están desaparecidos todavía son unas víctimas, son víctimas del franquismo, qué se le va a hacer, ese es el caso. Se establecen, asimismo, una serie de medidas -artículos 15 y 16- con respecto a los símbolos y monumentos conmemorativos de la guerra civil o de la dictadura. Están sustentadas en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar de la guerra civil y de la represión de la mencionada dictadura en el convencimiento de que los ciudadanos tienen derecho a que así sea, a que los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio. Se hacen dos reconocimientos singularizados, se hace alguno más en la exposición de motivos, pero en el articulado se hacen dos: uno con respecto a los brigadistas internacionales, a los que se les permitirá acceder a la nacionalidad española sin necesidad de que se renuncie a la nacionalidad que ostenten hasta ese momento, es el artículo 18, me parece; y también a las asociaciones ciudadanas -artículo 19- que se hayan significado en la defensa de la dignidad de las víctimas de la violencia política a que se refiere esta ley. Con el fin de facilitar la recopilación y el derecho de acceso a la información histórica sobre la guerra civil la ley refuerza el papel del actual Archivo General de la Guerra Civil con sede en Salamanca, integrándolo en el Centro Documental de la Memoria Histórica.

Pero, señorías, siendo este breve repaso interesante para explicar lo que es y lo que no es este proyecto de ley, creo que sería insuficiente si no hiciéramos alguna breve referencia a personas con nombres y apellidos, porque se ha dicho que este es un proyecto en el aire que no se pedía por la sociedad civil, pues no es así. A mí me sugieren, al menos algunos enunciados concretos, algunos nombres y apellidos concretos, por ejemplo, mi amigo Juan Silva, de 91 años, integrante del cuerpo de carabineros, que luchó por la República; José Mata, cuya vida daría para varios libros, obrero y guerrillero en Asturias, o Francisca Nieto Blanco, que moría recientemente, como lo recordaba el Quico, Francisco Martínez, otro guerrillero. El poeta brigadista inglés, John Cornford, muerto en la batalla del Jarama a los veintitantos años, o miembros de la UMD, como Julio Busquets, diputado socialista ya fallecido, o Luis Otero. Se autodisolvió la Unión Militar Democrática con la celebración de las primeras elecciones democráticas, símbolo de unos militares constitucionales avant la lettre antes de que tuviéramos la Constitución que hoy disfrutamos y por la que tanto luchamos. Podemos recordar, cómo no, a los presos de la dictadura, desde el último, desde el más humilde, y, por qué no, algunos nombres concretos: Julián Besteiro, muerto en la cárcel de Carmona; nuestro querido presidente del partido, Ramón Rubial, que sufrió casi veinte años de cárcel y consiguió salir de ella con las mismas ideas y sin odio alguno.

Termino con el tema del exilio. Vamos a proponer una transaccional a una enmienda de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, luego mi compañero insistirá en ellas. Solamente quería decir que esa transaccional mejora la condición de los familiares de los exiliados, de los descendientes hasta el segundo grado de los exiliados. Haré dos referencias concretas; podría hablar, claro, cómo no, de dos ex presidentes del gobierno fallecidos en el exilio: Francisco Largo Caballero y Juan Negrín; de don Indalecio Prieto que también murió en el exilio. Pero quería referirme finalmente a dos republicanos íntegros que creo que representan a quienes perdieron la patria y sufrieron ese exilio también irreversible en su caso: en primer lugar, don Manuel Azaña, muerto en el exilio en 1940, que pronunció a los dos años de iniciar la contienda aquel célebre discurso en el que pedía paz, piedad y perdón, como antes se refería el señor Fernández; esto lo dijo Azaña ya en el año 38, lo que puede enmarcar, junto a la reparación en lo posible del sufrimiento de las víctimas, nuestro propósito con esta ley. Finalmente, señor presidente, y espero que usted, dada su benevolencia considere adecuada esta referencia, nuestro gran poeta muerto en Collioure, Antonio Machado, que al describirse dijo una vez: En mis venas hay gotas de sangre jacobina, pero mi verso brota de manantial sereno. Del mismo manantial sereno de la paz y de la Constitución por la que tanta gente luchó y en la que hoy se enmarca también este proyecto. (Aplausos.)


El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las transaccionales, tiene la palabra el señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Intervengo únicamente a ese efecto. Como es bien sabido, el Grupo Parlamentario Socialista ha trabajado intensamente con la mayoría de los grupos de esta Cámara para conseguir mejoras al texto original que el Gobierno presentó como proyecto de ley. Me limitaré a exponer dos enmiendas transaccionales que presenta mi grupo a sendas enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.

En primer lugar, una enmienda que considero relevante, que es una enmienda de adición que incluye un párrafo en la exposición de motivos, una disposición adicional y que, asimismo, modifica la disposición final. Es relevante, porque mediante esta enmienda transaccional se amplia la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española a los descendientes, hasta el primer grado, de quienes hubiesen sido originariamente españoles. Con ello se satisface una legítima pretensión de la emigración española, que incluye singularmente a los descendientes, hasta el segundo grado, de quienes perdieron la nacionalidad española por el exilio, a consecuencia de la guerra civil o de la dictadura. Con esta aportación, con esta enmienda transaccional, la ley hace justicia con quienes se vieron obligados a abandonar nuestro país durante la guerra civil o durante la larga noche de la dictadura, y no solamente con ellos, sino con sus hijos y con sus nietos.

En segundo lugar, la segunda enmienda transaccional que les presento crea una nueva disposición adicional, que tendrá como título: Acceso a la consulta de los libros de actas de defunciones de los registros civiles. Paso a leérsela a continuación: El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, en cuanto sea preciso para dar cumplimiento a las previsiones de esta ley, dictará las disposiciones necesarias para facilitar el acceso a la consulta de los libros de las actas de defunciones de los registros civiles dependientes de la Dirección General de los Registros y el Notariado.


El señor PRESIDENTE: Abrimos a los grupos que lo estimen pertinente un breve turno de réplica de cinco minutos.

Señora Lasagabaster.

La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Quisiera empezar por tranquilizar al Grupo Parlamentario Popular, porque me ha sorprendido el tono de su intervención. Veníamos de unas intervenciones bastante prudentes, incluso cuando nos habían puesto -no voy a decir una expresión coloquial- muy fácil, por ejemplo, después de determinadas declaraciones del día de ayer que, salvo el Grupo Parlamentario Socialista, ninguno habíamos utilizado, realizar intervenciones subidas de tono. Por eso, me ha sorprendido la intervención del Grupo Parlamentario Popular, que ha sido como la intervención de una víctima que se sentía ofendida por no se sabe cuantas cosas. No ha seguido muy bien la idea, porque aquí no ha habido ninguna víctima, ni nadie ha ofendido a nadie, ni nadie ha querido ofender a nadie. Por tanto, el Grupo Parlamentario Popular no ha estado muy bien en su intervención en cuanto al tono porque, por supuesto, respeto el contenido de lo que usted quiera decir. También voy a tranquilizar al Partido Popular, porque esos efectos que dice usted, señor Fernández, que va a tener la ley, esté tranquilo que no va a tenerlos. De hecho, a mí me gustaría que tuviera algunos efectos en materia de justicia, pero no va a tenerlos, porque esta ley no impide a nadie decir lo que piensa sobre lo que fue la guerra civil, no impide a nadie que diga lo que quiera, no quita nada a nadie, no confisca, no exige responsabilidades, nada de nada, por tanto, no van a tener ningún problema al respecto.

Lo único que pretende la ley -y yo creo que no lo llega a conseguir del todo- es dar amparo, recoger la vivencias, la parte de verdad, y recuperar, si se puede, también la justicia de aquellos que realmente no pudieron hacerlo. Se trata de recoger a aquellos que no pudieron hacerlo, y quizá si no pudieron hacerlo es porque no tenían la extraordinaria placidez que si tuvieron algunos dirigentes del Partido Popular en la dictadura. En la dictadura -que es un régimen que va en contra de la democracia- algunos tuvieron extraordinaria placidez y otros no; Mayor Oreja dixit, porque esto no es mío.

Por tanto, hay gente que vivió con extraordinaria placidez y hay otros que no. Y los que no vivieron con extraordinaria placidez tienen derecho a ser reconocidos por lo que pasaron y otras muchas cosas más. No es más que eso. Tranquilícense, que no va a pasar nada.

Habla usted de los constituyentes. Yo creo que nadie es perfecto, desde luego, ninguno de los que estamos aquí lo somos y tampoco lo eran los constituyentes. Los constituyentes hicieron probablemente lo que pudieron en aquel momento, que era muy difícil, aunque quizás podamos criticar algunas cosas, y pudieron hacerlo sobre todo por una razón, por el esfuerzo y la generosidad tan apabullante de aquellos que no habían tenido la extraordinaria placidez. Cuando hay deudas pendientes de reparación, de justicia, sin querer ofender ni ir en contra de nadie, parece razonable que una sociedad termine cumpliendo con esas deudas. No tiene nada más.

Decía que el año 2002 fue un punto final. Nosotros no interpretamos eso, y en aquella Comisión algunos lo dijimos claramente. ¿Que ustedes lo hicieron? Pues nos parece muy bien, pero nosotros no interpretamos que fuera un punto final. Ninguna legislatura, ningún mandato parlamentario puede invocar ningún punto final, como no ha tenido punto final nada ni en Alemania, ni en Italia, ni en Argentina, ni en Chile, ni en el Salvador, ni en Sudáfrica, porque todas esas cosas de punto final se han revertido, porque lo que no puede ser, no puede ser, por mucho que ustedes se empeñen y que para ustedes tenga punto final; para los demás, no.

Termino, señor presidente. En la legislatura pasada vinieron por primera vez invitadas por esta Cámara, oficiosamente, muchas de las personas que no vivieron con extraordinaria placidez -todavía no han tenido una invitación oficial de estas Cortes-, y no vino nadie del Grupo Parlamentario Popular, nadie. Esto es lo que pasa.

Por último, quiero señalar una cosa al Grupo Socialista. Si ustedes creen que el legislador no puede anular, cosa que en Alemania se ha hecho, lo que sí pueden hacer es instar al Gobierno a que ponga todos los servicios técnicos para hacerlo, igual que la oficina de víctimas ayuda a la asistencia jurídica en los tribunales. No pedimos más. Fíjense qué fácil es. Pedimos el mismo reconocimiento, la misma asistencia jurídica para unos y para otros. Si ustedes lo consideran así, el fiscal general lo puede hacer y el Ministerio de Justicia lo puede hacer. Si no lo hacen, expliquen por qué. Mi abuelo, de 97 años -todavía vive-, tiene que ir otra vez a pedir la nulidad a la sala militar del Supremo. Yo he ido con mi abuelo al Supremo a pedir su nulidad de sentencia y me dijeron que nanai. ¿Tiene que volver a ir mañana? ¿Por qué no pone usted asistencia técnica a tantos abuelos que hay por aquí? Sería lo razonable.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Herrera.

El señor HERRERA TORRES: La verdad es que después de escuchar al señor Fernández Díaz creo que la ley es incluso mejor de lo que pensaba. Mire, señor Fernández Díaz, nuestro grupo ha cambiado mucho la ley, de hecho nunca un grupo tan pequeño había cambiado tanto una ley. (El señor Fernández Díaz: Estoy de acuerdo.) Ahora bien, para mí no es una ley que haya dado satisfacción a todas nuestras demandas, y por eso digo que para nosotros es un punto de partida.

Para cerrar heridas hay que curarlas antes. El problema está en que en este país muchas heridas no se han curado. Yo he estado en los campos del S-21, en Phnom Penh, en Camboya, donde el régimen de Pol Pot ejerció una tarea de exterminio. En Camboya se explica la represión que hubo en el país; en Chile, en Villa Grimaldi, se explica la represión que hubo en el país; en Francia se explica la lucha antifascista, y en España usted va al Valle de los Caídos y se hace apología del franquismo. Esto es lo que demuestra que en este país teníamos que hacer una ley de memoria, que la ley era absolutamente necesaria, que no nos valía con una ley equidistante, que necesitábamos una ley comprometida y que era y es fundamental que en uno de los países que más años de dictadura ha padecido empiece a haber políticas públicas de explicación de la memoria democrática, término extendido en toda Europa en la lucha antifascista.

Para nosotros este era un elemento fundamental que va a permitir la ley porque la ley es punto de partida. Yo sé que el franquismo para muchos no fue plácido, para alguno sí que lo fue. Hay quien ha hablado de la placidez del franquismo, seguramente se refería a la placidez de los cementerios, de las cárceles, de la represión, de las universidades y de las torturas que padeció, entro otros, Miguel Núñez en manos de los hermanos Creix. ¿Sabe cuál es el problema? Que mientras haya un dirigente en este país que hable de la placidez del franquismo, será necesaria y fundamental una ley de estas características. Simplemente es espeluznante desde el punto de vista democrático que haya alguien que hable de la placidez del franquismo y que un partido teóricamente democrático no condene esas afirmaciones. Por eso para nosotros era fundamental esta ley, una ley que condenase, una ley que estableciese políticas públicas de recuperación a la memoria y una ley que supusiese un paso adelante. Además, tengo que decir que nosotros no tenemos inconveniente en explicar y en condenar la represión en la retaguardia republicana.

Claro que la hubo, pero lo que no vamos a hacer nunca es equiparar la represión descontrolada con lo que fue la represión sistemática de una pretendida legalidad que tuvo como objetivo el exterminio de la oposición. Hubo un ministro de Justicia, señor Irujo, del PNV, que lo que hizo fue garantizar que la legalidad republicana estuviese al servicio del cumplimiento de la ley, mientras que por parte de los franquista la legalidad se puso al servicio del exterminio. Una democracia tiene que condenar los asesinatos, pero una democracia no puede nunca equiparar una legalidad al servicio del genocidio de una legalidad que pretendió el mantenimiento de la ley. No se nos caen los anillos en condenar los excesos en la retaguardia republicana, pero no equipararemos una cosa con la otra. Por eso decimos que para nosotros era un elemento fundamental la no equiparación y nos congratulamos que algunos intentos de algún grupo parlamentario para intentar equiparar una cosa con la otra, no se hayan conseguido. El artículo 3 es categórico.

Por último -acabo ya, señor presidente-, para nosotros era fundamental una declaración con carga política y con carga legal, pero con carga jurídica. Para nosotros el artículo 3 tiene esa carga jurídica por una razón muy simple porque decimos que era ilegítimo, pero asociamos la ilegitimidad no a un concepto vago sino a que eran contrarios a derecho, por tanto, que eran ilegales; a que no tenían características de un juicio justo; a que vulneraban las más elementales características de un derecho a un juicio justo como a un tribunal independiente, a ser oído, a la presunción de inocencia, etcétera. Decimos claramente que las leyes de la represión no se podrán invocar por parte de las autoridades administrativas y judiciales, diciendo desde el legislador claramente que lo ha que ha hecho la Sala de lo Militar ya no cabe. Por tanto, hay una mandato muy claro, que esa declaración de ilegitimidad sumado al concepto de ser contrario a un juicio justo, de ser contrario a derecho, de tener vicios de forma y fondo tienen una carga jurídica potentísima, con esa además exposición de motivos. Tengo que reconocer que a nosotros nos hubiese gustado que el Partido Socialista garantizase la asistencia jurídica a aquellos que quieran ir a la vía de la revisión y tengo que reconocerlo, no lo hemos conseguido. Por eso para nosotros la ley no da plena satisfacción, pero esa va a ser nuestra batalla en la siguiente legislatura. Lo que vamos a pretender y lo que queremos conseguir es que a partir de un incremento del peso de las fuerzas de izquierda en esta Cámara, de aquellas fuerzas de izquierda que se comprometen en este sentido y no del Grupo Socialista que en este tema duda, hay que decirlo, ese sea un elemento que se consiga. De ahí que el conseller Saura como representante del Gobierno de la Generalitat ya haya pedido a la fiscalía que actúe y ya hayamos solicitado, en definitiva, que esos mecanismos e instrumentos se empiecen a poner en marcha.


El señor PRESIDENTE: Señor Tardà.

El señor TARDÀ I COMA: Atendiendo al hecho de que en un próximo debate en Pleno procederemos a realizar la exposición global de carácter político, expresamos nuestra solidaridad con el manifiesto hecho público por las entidades memorialistas coincidentes en afirmar que esta ley, tal como pretenden aprobarla, no hace frente, y cito: "A ninguno de los problemas jurídicos derivados de la casuística de las víctimas del franquismo." El manifiesto afirma también que se trata, y vuelvo a citar, de: "Un ataque inmoral y falto de la más elemental ética democrática a la memoria de las víctimas del franquismo en el interior de España; a las víctimas de los campos de exterminio nacionalsocialistas; a los niños de la guerra; a los exiliados que perdieron su nacionalidad; a los que lucharon en las fuerzas aliadas en contra de los países del eje; a los esclavos de los campos de trabajo forzados; a los guerrilleros que lucharon en el interior de España; a los mutilados de guerra; a los presos políticos; a los ejecutados por juicios sumarísimos; a los ejecutados extrajudicialmente; a los desaparecidos, y a los ejecutados en masacres parte del exterminio y de los ataques sistemáticos y a gran escala en contra de la población civil." Termina la cita. Afirma también, y vuelvo a citar: "Que declarar la ilegitimidad de algunas de las normas de la legislación franquista es lo mismo que declarar su legalidad y la del régimen que las impuso." Sigo citando: "Que existe una manifiesta voluntad de servir de defensa de la legalidad originada en el régimen franquista, que plantea la igualación de víctimas y verdugos en un acto perverso e inmoral, que reviste la característica de un burdo negacionismo de la verdad histórica." Continúo citando: "Que se ocultan elementos del Derecho Internacional de obligada observancia para el Estado español, como son las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que afectan a la cuestión jurídica en relación al nacionalsocialismo, al fascismo y al régimen franquista."

De igual manera, manifestamos compartir con estas entidades la conclusión de que las libertades civiles, los principios democráticos y los derechos humanos son en realidad parte de una, y cito: "Democracia otorgada". Termina la cita, por un régimen ilegal como el franquismo, razón por la cual hoy y aquí, como siempre fue la voluntad del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana (ERC), actuamos en consecuencia.

Finalmente, quiero hacer un comentario, señor presidente. Entiendo que el desembarco de un nuevo grupo parlamentario de carácter republicano como el del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana (ERC) en el año 2004, así como las circunstancias derivadas de la mayoría relativa socialista en el Parlamento español en el mes de marzo de 2004, hizo posible la asunción por parte del Gobierno español de un compromiso de elaboración de una ley de la memoria. Por cierto, otras fuerzas políticas constituidas como grupo parlamentario desde el año 1977, y cito por ejemplo al Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), en ningún momento fueron capaces de plantearlo.

Pero aquí está Esquerra Republicana, con todo lo hecho y con todo lo dicho a unos y otros. En el año 2008 habrá nuevas elecciones y nuevas coyunturas, nuevas correlaciones de fuerzas. Ya veremos qué pasa en el año 2008 y, por cierto, ya se verá el Estado español tarde o temprano en los tribunales internacionales de derechos humanos porque todo lo consagrado desde Nuremberg ahí está y es un valor de civilización de la Unión Europea. Ya tendremos ocasión de hablar de todo ello en la sesión plenaria.

Los distintos Gobiernos españoles durante 25 años han ido por el mundo, y también por el interior del Estado, desplegando una superestructura tendente a identificar y a asociar transición con modelo ejemplar, y ya saben que, al menos, no tendrán el apoyo de todas las fuerzas de tradición democrática de las distintas naciones del Estado español para avalar una ley que consagra el modelo español de la impunidad.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Xuclà.

El señor XUCLÀ I COSTA: Brevemente, quiero hacer algunas consideraciones puntuales respecto de algunas referencias y algunas alusiones hechas incluso en este segundo turno.

En cuanto al señor Joan Herrera, hacía el reconocimiento de que hubo episodios de elementos descontrolados en la retaguardia de las dos partes. A la vez quería subrayar que no se podía poner en el mismo nivel un régimen legítimo ante el cual hubo un golpe de Estado y las actuaciones de los golpistas y las actuaciones descontroladas en el bando republicano.

Nunca el ánimo ni la letra ni la literalidad de las enmiendas incorporadas de Convergència i Unió han ido en este sentido. Es evidente, señorías, que había un régimen legítimo y que hubo un golpe de Estado, pero es bueno, en esta línea de reconocer los errores y la verdad histórica, profundizar en este sentido. He estado a punto de leerles el párrafo de un artículo muy atrevido de Antoni Puigvert sobre una parte y la otra de las dos Españas, pero quizás reabriríamos el debate.

Esquerra Republicana nos ha recordado que durante estos 30 años de presencia de un grupo parlamentario catalán nunca había planteado una iniciativa en este sentido. Pues bien, Esquerra Republicana la ha planteado, pero no lo ha conseguido en absoluto en los términos en los que estaba su iniciativa y el redactado de su articulado; en cambio, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) es tributario y heredero de una tradición de construcción del Estado democrático, de aportaciones en la constitución de desarrollo del Estado de las autonomías y de un mejor reconocimiento de España en su pluralidad lingüística, cultural y nacional. ¿Que esto es insuficiente? Bienvenido al gradualismo también a Esquerra Republicana de Catalunya. Esto es lo que dicen desde el Gobierno de la Generalitat y al final veo que es lo que también practican en la acción política en las Cortes Generales.

Nos gustaría, con vistas al debate final que será en Pleno, que pudiéramos elevar las consideraciones generales sobre la inspiración de esta ley, sobre sus motivos y posibles puntos de encuentro. Es cierto que los portavoces han profundizado más en los desencuentros que en los encuentros, pero, señorías, ha habido momentos de reconocimiento sobre la verdad histórica de lo que sucedió durante la guerra civil y en la represión franquista -incluso ha habido momentos muy apurados, muy in extremis- por distintos portavoces de algunos aspectos que hasta el momento no se había tenido el coraje y la ambición de reconocer.

Quiero terminar anunciándoles dos enmiendas transaccionales acordadas con el Grupo Socialista para ser trasladadas a la Presidencia; una, en el sentido de trasladar el actual redactado del artículo 16.3, referido a la encomienda de las funciones de la Fundación del Valle de los Caídos a una disposición adicional, y también voy a trasladar inmediatamente a la Mesa un redactado de modificación mínima de la exposición de motivos, en la que también se reconoce como motivo de violencia la confiscación de bienes.

El señor PRESIDENTE: Le doy las gracias, pero no completas porque desde el principio dije que pasaran a la Mesa al comienzo las enmiendas para poderlas copiar y distribuir para que tuvieran conocimiento todos. Le ruego que las entregue inmediatamente para que podamos hacer las copias y entregarlas, pero el procedimiento no es muy correcto.


Señor Fernández Díaz.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: En primer lugar y en aras de la reconciliación nacional, voy a dar por retirada la enmienda número 21 del informe de la ponencia, relativa a los 50.000 carteles que pedíamos que se reintegraran al Archivo General de la Guerra Civil Española porque me han aportado una información que yo desconocía.

El señor PRESIDENTE: Usted es ingeniero, pero en números no va muy bien.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: ¿No es la 21?

El señor PRESIDENTE: Ni 50.000 ni la 21, es la 254.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Enmienda al artículo 21. Queda retirada.

En segundo lugar, señora Lasagabaster, estoy muy tranquilo; otra cosa es que esté profundamente preocupado. ¿Sabe por qué? Porque yo viví la transición, era muy jovencito pero la viví. A mí me preocupa la convivencia de los españoles y creo además en España. Usted tiene todo el derecho a sentir el sentimiento que tiene de España, que es el equivalente al que yo tengo por el Tíbet, porque usted dice que pertenece a una fuerza política que quiere la independencia del País Vasco respecto de España. Por tanto, yo en su lógica hasta lo puedo entender, lo que pasa es que en la lógica del Gobierno y del Grupo Socialista no lo entiendo, porque ellos sí que hicieron mucho por la transición y por la Constitución española vigente.

Señor presidente, me voy a permitir leer algo para que no se interprete mal, porque la señora Lasagabaster evidentemente no se enteró de esa resolución y el señor Herrera menos porque no estaba en este Congreso. La resolución de 20 de noviembre de 2002 fue una declaración extraordinariamente importante desde el punto de vista de todas estas cosas que estamos tratando. Es más, se llegó a tal nivel de consenso entre todos los grupos políticos que se produjo una declaración institucional, una lectura institucional de esa proposición por parte del entonces presidente de la Comisión Constitucional, don Jaime Ignacio del Burgo.

Participó muy activamente en la redacción de esa declaración de consenso don Alfonso Guerra. Un servidor, que era secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, con un Gobierno que tenía mayoría absoluta, estuvo muy cerca de ese proceso, y cuando se dijo lo de punto final se dijo evidentemente en el sentido -por lo menos a mí se me trasladó así- para este tipo de iniciativas, porque a partir de esta declaración ya teníamos que trabajar operativamente en un clima de consenso para la resolución de los problemas que esas proposiciones de ley que confluyeron en esta declaración institucional de consenso pretendían obtener. Señora Lasagabaster, señorías, les voy a leer lo que dice el "Diario de Sesiones": Por todo lo anterior, primero, el Congreso de los Diputados, en este vigésimo quinto aniversario de las primeras elecciones libres de nuestra actual democracia, reitera que nadie -escuchen- puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y establecer regímenes totalitarios contrarios a la libertad y a la dignidad de todos los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra sociedad democrática. ¿Le parece bien? Lo leyó don Jaime Ignacio del Burgo, mayoría absoluta del PP. Si quiere, lo repetimos cinco veces, porque como aquí se trata de ir condenando el franquismo y hasta el bando de guerra de 1936 no sé cuántas veces. Lo hicimos el día 20 de noviembre -insisto-. (La señora Lasagabaster Olazábal: Si estaba yo.) Pues no lo parece. (Rumores.) Segundo. El Congreso de los Diputados reitera que resulta conveniente -señorías del Grupo Socialista, con todo respeto, conviene que lo escuchen, para que no digan según qué cosas a este grupo- para nuestra convivencia democrática mantener el espíritu de concordia y de reconciliación que presidió la elaboración de la Constitución de 1978 y que facilitó el tránsito pacífico de la dictadura a la democracia. Lo han escuchado bien, ¿verdad? Comparen si esta ley que aquí estamos debatiendo es conforme con esto.Tercero. El Congreso de los Diputados reafirma una vez más el deber de nuestra sociedad democrática de proceder al reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil española, así como de cuantos padecieron más tarde la represión de la dictadura franquista. Instamos a que cualquier iniciativa promovida por las familias de los afectados que se lleve a cabo en tal sentido, sobre todo en el ámbito local, reciba el apoyo de las instituciones, evitando en todo caso que sirva para reavivar viejas heridas o remover el rescoldo a la confrontación civil. Unanimidad. Mayoría absoluta del PP. Cuarto. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno -ahora señores del Gobierno- para que desarrolle de manera urgente una política integral de reconocimiento y de acción protectora económica y social de los exiliados de la guerra civil, así como de los llamados niños de la guerra, etcétera.

Traen aquí un proyecto de ley del que no han hablado ni un segundo con el Grupo Popular, que ha presentado enmiendas que mejoran el texto y que, en todo caso, como va a demostrar ahora, va a votar a favor varios artículos de esta ley. ¿Se compadece este espíritu y esta letra, esta declaración, con lo que han hecho ustedes ahora? (La señora Lasagabaster Olazábal: Sí, sí.) Si entienden que sí, a partir de ese momento quiere decirse que solo el cinismo y la hipocresía valen para algunos, con lo cual se cierra toda posibilidad de que confiemos en algo que es elemental cuando negociamos personas, con las que podemos discrepar políticamente pero de las que nos fiamos por la palabra dada.

Termino, señoría. Mi grupo acepta la enmienda transaccional que ha ofrecido el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), relativa al artículo 16 sobre el Valle de los Caídos, siempre y cuando quede claro -rogaría que conste en el "Diario de Sesiones", señor presidente- que se entiende en su literalidad de transaccional de nueva disposición adicional, que sustituiría al apartado tercero del artículo 16 del texto del informe de la ponencia, que en todo caso el principio que prevalece es, primero, que en aquella institución del Valle de los Caídos se regirá estrictamente por las normas correspondientes a establecimientos y lugares de culto y cementerios públicos y, segundo, que queda prohibido todo tipo de manifestación o exaltación política. Si es en esos términos, con ese espíritu y de esta forma, nosotros aceptamos la enmienda transaccional. Si no es así, mantendremos lo que dijimos anteriormente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández, por la retirada de la enmienda 254.


El diputado don Daniel Fernández tiene la palabra.

El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Intervengo para comentar alguna de las enmiendas transaccionales presentadas en la sesión de hoy y para acabar con unas cortas reflexiones finales.

En primer lugar, respecto a las presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco, que nosotros apoyamos, creemos positiva la aportación que ha hecho el señor Esteban, ya que aunque la interpretación que hacíamos en la disposición adicional cuarta es que estas indemnizaciones extraordinarias eran compatibles con las de la Seguridad Social, el hecho de suprimir la palabra pensión deja más clara esta interpretación. Por tanto, estamos hablando de indemnizaciones compatibles con las pensiones de la Seguridad Social.

También nos parece interesante la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Vasco al artículo 4.1, que apoyamos, que propone cambiar "el artículo anterior" por "los artículos anteriores". Es relevante, y lo ha explicado el señor Esteban, porque una de nuestras preocupaciones a lo largo de todo el proceso de la ley -y quiero recordar que la vicepresidenta lo expuso dos veces en esta Cámara- es que la ley también afectara a aquellos ciudadanos españoles que no solamente padecieron un juicio sumarísimo en el franquismo, sino que simplemente no padecieron ni juicio, es decir a aquellos que directamente perdieron su vida a manos de los que decidieron acabar con ellos. Por tanto, en ese sentido también es una enmienda positiva.

Hemos presentado a la Mesa una enmienda técnica a la exposición de motivos para que donde dice brigadistas, diga brigadistas internacionales, que es el concepto que da a entender el grupo humano del que estamos hablando.

También valoramos positivamente la enmienda transaccional presentada por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) sobre la regulación del artículo 16, que es el que hace referencia al Valle de los Caídos. Creemos que es una solución positiva a este texto. Manifiesto mi salutación al hecho de que el Partido Popular se sume también a valorar positivamente esta enmienda.

Por último, voy a hacer tres reflexiones para acabar mi intervención. Señorías, desde 1979 hasta hoy mismo se han dictado numerosas medidas orientadas a dar respuesta a quienes sufrieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura: pensiones a las viudas de los fallecidos republicanos, reconocimiento a los militares y a militares no profesionales republicanos, indemnizaciones por estancia en prisión. Eran medidas de justicia, pero no por ello puede obviarse el esfuerzo que la sociedad española hizo a lo largo de los años ochenta para dar respuesta a estas necesidades.

Quiero manifestarlo aquí porque en el largo debate que hemos tenido en esta ley, en algún momento se ha obviado este compromiso de la democracia española con el conjunto de los que padecieron persecución durante la guerra civil. Un solo dato: a finales de los años ochenta, un cuarto de las pensiones que se pagaban en este país tenían como origen la guerra civil, dato sin duda relevante. Pero treinta años después, señorías, cuando está a punto de celebrarse el 30º aniversario de la Constitución, todavía quedaban causas de justicia pendientes: compatriotas que tienen familiares en fosas comunes, víctimas del tardofranquismo, colectivos que sufrieron prisión en la posguerra, condenados en procesos sumarios y por tribunales especiales. Esta ley no es otra cosa que una respuesta a esas causas que quedaban pendientes treinta años después de la transición.

No es otra cosa que una respuesta a estas causas pendientes. Es una verdadera ley de víctimas de la guerra civil y de la dictadura que da respuesta, señorías, a estas causas pendientes. ¿Por qué? Porque la generación de la transición dio respuesta a aquello que en aquellas circunstancias históricas podía tener respuesta, y no pudo dar respuesta a aquello que no podía tener respuesta en aquel momento. De alguna manera los pueblos responden en cada coyuntura histórica a aquello que se pueden plantear. En ese sentido la transición ha salido a lo largo del debate la mayoría de las veces por boca del representante del Partido Popular. La transición fue un éxito colectivo. La transición es el origen de la mayor etapa de prosperidad, de democracia y de libertad que ha tenido nuestro país en nuestra historia. Por tanto, los socialistas estamos absolutamente comprometidos con el significado de la transición. Fuimos protagonistas de ella, de sus aciertos y también evidentemente de sus errores. Lo que no podemos aceptar son dos valoraciones, si ustedes quiere, extremas de esta transición. Ni podemos aceptar que el hecho de que la transición fuera un éxito nos obliga a no dar respuesta a causas pendientes que todavía existen hoy treinta años después, ni podemos aceptar tampoco en el sentido contrario a aquellos que, porque existen esas causas pendientes, hacen una lectura negativa de la transición. Por tanto, ni una cosa ni la otra. La transición es positiva. Quedaban causas pendientes y esta ley viene a responderlas.

Señor Fernández Díaz, usted dice que la historia de España por qué empezó en 1936 y no en 1925 o en 1912. Bueno, lo que está claro es que la historia de España tampoco empezó en 1976. Sea coherente con ese discurso y reconozca que la historia de España tampoco empezó en 1976. Por cierto, nosotros nos sentimos plenamente herederos de la transición. El término de segunda transición no la acuñó ningún dirigente socialista, lo acuñó un dirigente de su partido, del Partido Popular, que, por cierto, pretendía cambiar doscientos años de historia de relaciones exteriores españolas desde un rancho en Texas.

Señorías, el debate sobre la transición es un debate falso, porque en el fondo estamos convencidos de que esta ley responde a lo mejor de la tradición, a lo mejor del sentido y del espíritu de esa transición, pero hay un segundo debate también falso, desde mi punto de vista, que es el debate sobre el debate. La sesión de hoy ha certificado un fracaso, el fracaso de quienes querían convertir esta ley en un espacio para la confrontación y la crispación. No ha sido así, ni siquiera ha sido así en el seno de esta Comisión y, lo más importante, no ha sido así en el conjunto de la sociedad española. Sobre esta ley se podrá estar de acuerdo o no, se podrá estar de acuerdo sobre alguno de sus aspectos concretos, los hemos debatido, los hemos enfrentado dialécticamente, pero lo que no se puede decir es que esta es una ley que divide. En todo caso, lo que se puede intentar es que sea una ley que divida. No lo han conseguido los representantes del Partido Popular, y yo valoro positivamente el hecho de que hoy su representante haya comentado que va a votar a favor de importantes artículos de esta ley. Ha comentado algunos y creo que es positivo que así sea, porque así se demuestra lo que queremos defender, que esta sociedad española es una sociedad madura democráticamente para hacer este debate con normalidad. Señorías, la sociedad española ha podido hacer este debate con normalidad, sin crispación.

Algunos han querido crispar, pero la sociedad no se ha dejado crispar. Señores del Partido Popular, tengan más confianza en la sociedad española, tengan más confianza en la madurez de la sociedad española, tengan más confianza en España. En esa línea tan positiva que ha tenido al final de su intervención el señor Fernández Díaz, les pido que acepten la enmienda que hemos presentado que da respuesta a una demanda histórica, que es la de los hijos y nietos de aquellos que tuvieron que abandonar España durante la guerra civil y durante la larga noche de la dictadura. Súmense también a esta enmienda, porque es una enmienda positiva que hace que la ley vaya más allá de nuestras fronteras y que también acoja en ella a aquellos que sufrieron la dureza del exilio, la dureza de tener que abandonar su país, su patria, su pueblo.

Acabo, señorías, con la lectura de una esquela. Fue publicada el 17 de noviembre en el ABC y en ella los hijos y nietos del general Rodrigo Dávila Peñalosa, comandante del tercer batallón del Régimen de Infantería Toledo, de guarnición en Zamora, recordaban a su padre, a su abuelo, pero también recordaban en la misma esquela al general Mate Zalka, el famoso general Luckács, jefe de la considerada Brigada Internacional y a los demás atacantes de una posición en la misma acción militar de la guerra civil. Los hijos y los nietos de un general recordaban a su padre y a su abuelo y recordaban al general y a las tropas que se batieron en contra de él en una batalla relevante en la guerra civil. Créame, esta es la España con la que los socialistas nos sentimos más identificados, esta es la España con la que mi grupo está trabajando y quiere trabajar, la España con la que estamos comprometidos, la España en la que unos no solo recuerdan a sus muertos, sino que tienen capacidad de recordar a los muertos de los otros, porque al final los muertos fueron muertos de todos. Creo que esta esquela simboliza perfectamente el espíritu por el cual trabaja mi grupo, el espíritu que yo creo que es mayoritario en la sociedad española, el espíritu al cual esta ley presta un buen servicio, un servicio positivo, un servicio -si ustedes me permiten- ejemplar. (Aplausos.-La señora Lasagabaster Olazábal pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señora Lasagabaster.

La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Creo que por alusiones algo tengo que decir.

El señor PRESIDENTE: Un minuto, por alusiones.

La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: En primer lugar y con todo cariño, señor Fernández, que usted interprete mis sentimientos hacia España me parece un poco excesivo. Déjeme al menos esa parte privativa y no se ocupen ustedes también de imponerme una determinada interpretación. En segundo lugar, no me trate como una diputada ciega, sorda y muda, como la canción, porque yo estaba allí, sé lo que defendí. Es verdad que hubo un rumor que decía que alguien había pactado una declaración de punto final y hay otros que dijimos que para nosotros no era punto final ni nunca lo sería. Lo que usted ha leído: que no haya más violencia. Pues de acuerdo. Que haya concordia. Pues de acuerdo. Que el Gobierno desarrolle reglamentariamente la mejora de las personas que han padecido esas privaciones. Pues de acuerdo. ¿Pero dónde ha leído usted que había una declaración de punto final? Si usted lo interpretó así, allá usted. Desde luego, si lo interpretó así, más hipócritas fueron ustedes que no lo dijeron ni lo pusieron en el “Diario de Sesiones”. (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Pido también un minuto por alusiones.

Con todo respeto y afecto, señora Lasagabaster, yo no interpreto sus sentimientos, yo simplemente escucho sus intervenciones y -repito- usted tiene derecho a decir lo que dice y a decir que usted quiere independizar Euskadi de España; entonces de eso se deriva necesariamente que su sentimiento de pertenencia y de afecto a España es descriptible. Me parece que no es un juicio de intenciones peligroso.

Señor presidente, respecto al punto final, me remito al “Diario de Sesiones” para ver el punto de partida para tratar las cosas conjuntamente que tienen que ver con las cosas que nos ocupan en esta ley. Miren lo que dijo el señor López Garrido ese día. Señor López Garrido, “Diario de Sesiones”, 20 de noviembre de 2002, Comisión Constitucional. "Nos felicitamos de que esto sea la culminación de una serie de constantes," -culminación- "de pacientes intentos, desde hace muchos años, de mucha gente, de las fuerzas democráticas y progresistas, para conseguir alcanzar un texto como el que hoy se va a someter a votación en esta Comisión." Culminar.

Señor Alcaraz, por el Grupo Comunista: "Se podría decir que hoy es un día histórico para este Congreso, porque a partir de este momento…", etcétera. Sigo. Señor López de Lerma, por Convergència i Unió: Nuestro grupo parlamentario cierra un debate con esta resolución -cierra un debate- que fue abierto hace ya tiempo en beneficio de todos, sobre todo de aquellos que fueron víctimas de la guerra civil, con un reconocimiento moral y también -por qué no-, de las futuras generaciones. ¿Quién está faltando a la lealtad institucional y quién no está faltando? Nosotros, señoría, con esto creo que cumplimos lo que era un deber moral y con mayoría absoluta lo apoyamos y lo ratificamos. Lo que no se puede venir ahora es a decirnos que nosotros estamos en contra de la que ya hicimos, por una parte, o que repitamos, repitamos y repitamos de manera maniquea y sectaria esto cuando a ustedes les convenga. En eso no nos van a encontrar nunca, señor López Garrido, lo siento mucho. No tenemos complejos, de verdad, de que nos tachen de lo que quieran. En defensa de la Constitución, de la transición y de la libertad, no aceptamos lecciones de nadie, ni siquiera de ustedes. (Aplausos.- El señor López Garrido pide la palabra.)

El señor PRESIDENTE: Señor Fernández, si llego a adivinar las alusiones, no doy el turno de alusiones.


Señor López Garrido, tiene la palabra.

El señor LÓPEZ GARRIDO: Le agradezco al señor Fernández que haya hecho esa cita de mi intervención en ese momento y otras citas que ha hecho. Lo que no se puede entender, sobre todo después de su intervención hablando de todo eso que se hizo entonces, es por qué ustedes no votan a favor de esta ley. Si ustedes hicieron aquello, que estuvo muy bien, con el mismo espíritu de esta ley, que no va contra nadie y acoge a todo el mundo, a todas aquellas personas que se vieron afectadas o lesionadas, ellas o sus familias, por aquel trágico periodo de la historia española -por tanto, es absolutamente incierto que sea de una mitad contra otra, para nada, porque están acogidas todas las personas que sufrieron algún tipo de daño como consecuencia de acciones injustas en cualquiera de las dos zonas de la guerra y en la represión posterior-, si eso es así, y este es el espíritu de esta ley, que lo hace con una especial solemnidad, es verdad, queriendo darle una especial relevancia porque hay una deuda con esas personas, las que queden, y hay que reparar su honor y los daños producidos, lo que tienen que explicarnos es por qué no votan a favor de esta ley. No tenemos que explicar nosotros por qué se hace esta ley y por qué se lleva adelante. Es el mismo espíritu al que usted se ha referido. A quien no hay forma de entender es a ustedes, que no votan a favor. (El señor Fernández Díaz: Si me da otro turno, se lo explico.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos a las votaciones, y además les ruego mucha atención porque están un poco complicadas. En primer lugar, votamos las enmiendas del Grupo Mixto. De ellas lo que queda vivo es lo siguiente: del señor Rodríguez, sus dos enmiendas; de la señora Barkos, las enmiendas que tenía presentadas; del señor Labordeta, solo de la 94 a la 97, de la 99 a la 105 y la número 111, y de la señora Lasagabaster de la 156 a la 160, de la 167 a la 169 y de la 173 a la 174. No hay petición de votación separada. (La señora Oramas González-Moro pide la palabra.)

Señora Oramas.

La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Hay una de Coalición Canaria-Nueva Canarias.

El señor PRESIDENTE: Efectivamente, hay una del señor Mardones que no he citado. Si no hay petición de votación separada podemos votar las enmiendas el Grupo Mixto.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33; abstenciones, cuatro.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos ahora a las votaciones correspondientes a las enmiendas de Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, que mantiene vivas las siguientes enmiendas: la 204, la 210, la 217 y la 230. Estamos votando estas cuatro enmiendas.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33; abstenciones, cuatro.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a votar las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), que mantiene viva la 187 y ha presentado dos enmiendas transaccionales que sustituyen a la 179 y a la 188. ¿Es así?

El señor ESTEBAN BRAVO: Sí, señor presidente pero, evidentemente, la enmienda 187 debería ser votada separada de las transaccionales.

El señor PRESIDENTE: Lo entiendo.

Por tanto, votamos la enmienda 187 del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 34.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Ahora votamos las dos enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) que sustituyen a la 179 y 188 del mismo grupo; se refieren al artículo 4.1 y a la disposición adicional cuarta, primero, conocida por ustedes.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 15; abstenciones, una.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas. (El señor Herrera Torres pide la palabra.)

El señor HERRERA TORRES: Cuando se han votado las enmiendas de mi grupo había dos enmiendas transaccionales -una a la enmienda 213 y otra a la 231- que no se han votado y que entiendo que se tenían que haber votado en el bloque anterior.

El señor PRESIDENTE: Esas son enmiendas de otro grupo y como llevamos un cierto orden, cuando lleguemos a las que ha presentado el Grupo Socialista, las votaremos.

Enmiendas de Esquerra Republicana de Catalunya. Mantiene todas las enmiendas salvo las 305, 306, 308, 315, 322 y 334. Por tanto, hay cincuenta enmiendas vivas. (El señor Tardà pide la palabra.)

El señor TARDÀ I COMA: Desearía que se votaran una por una, por favor. (Rumores.-El señor Fernández González pide la palabra.)

El señor PRESIDENTE: Señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Respetando la voluntad y el sentido de la petición del señor Tardà, sería interesante saber si todos los grupos vamos a votar lo mismo en todas las enmiendas porque si fuese así no tendría mucho sentido mantener la votación individual.

El señor PRESIDENTE: Señor Tardà.

El señor TARDÀ I COMA: Considero que manifestar previamente la voluntad de los grupos no se ajusta a la costumbre. (El señor Bermúdez de Castro Fernández: Eso lo decide la Mesa.) Nuestro grupo parlamentario puede presuponer hasta la última votación que los distintos grupos parlamentarios pueden optar en un sentido o en otro. Me parece que esto es -dicho en términos populares- poner el carro delante del caballo.

El señor PRESIDENTE: El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya tiene derecho a pedir la votación separada. Por tanto, si lo mantiene lo tendremos que hacer. Bien es verdad que la petición que hace el señor Fernández es bastante razonable. Si todos estuvieran dispuestos a decir que no van a cambiar el sentido de su votación, el señor Tardà no alcanzaría el objetivo que busca de que alguien quiera aprobar alguna enmienda. Si previamente dicen que no van a cambiar el sentido del voto, evitaríamos una hora de votaciones. Pero si el señor Tardà lo mantiene, está en su derecho. (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)

Señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Le puedo asegurar que mi grupo no va a cambiar el sentido de la votación; va a votar en contra de todas las enmiendas de Esquerra Republicana de Catalunya. (El señor Torres Gómez: Y yo con las dos manos.-Risas.)

El señor PRESIDENTE: Si algún grupo quiere pronunciarse en un sentido diferente o semejante, tiene la palabra. Grupo Mixto.

La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Vamos a votar en contra de todas las enmiendas.

El señor PRESIDENTE: Señor Herrera.

El señor HERRERA TORRES: Yo solicitaría la votación separada de las enmiendas 329, 332, 335, 336, 338 y 347, que son en las que voy a tener un sentido de votación distinto al resto.

El señor PRESIDENTE: ¿Puede repetir los números, por favor?

El señor HERRERA TORRES: 329, 332, 335, 336, 338 y 347. Si es posible y si no empecemos ya.

El señor PRESIDENTE: Señor Tardá, con esa propuesta que hace el señor Herrera de votar estas separadas y el resto por otro lado, ¿mantiene su posición?

EL señor TARDÁ I COMA: Nosotros desearíamos que se votaran todas, una a una. Ahora bien, si no es posible, ya no depende de mí.

El señor PRESIDENTE: Aceptamos la propuesta del señor Herrera, señor Tarda. La Mesa puede tomar la decisión, si le parece al señor Tarda. Votamos las enmiendas 329, 332, 335, 336, 338 y 347.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 34; abstenciones, dos.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, tres.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas. Muchas gracias, señor Tardá.

Pasamos a la votación de las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) que ha eliminado de sus enmiendas la 359 y la 367 y ha presentado dos enmiendas transaccionales que hacen decaer sus enmiendas 352 y 365. Votamos, en primer lugar, las dos enmiendas transaccionales que han sido presentadas por Convergència i Unió y el Grupo Parlamentario Socialista en el caso de la que sustituye a la 352 y por el Grupo Parlamentario Socialista, Convergència i Unió y entiendo que el Grupo Parlamentario Popular en la que hace referencia al apartado 3 del artículos 16.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Separadas.

El señor XUCLÁ I COSTA: Para concretar exactamente, en cuál se sustenta la del Valle de los Caídos.

El señor PRESIDENTE: Se sustenta en la 365, según me ha dictado el señor Xuclá.

El señor XUCLÁ I COSTA: Para que quede claro en vista de la posición del Grupo Parlamentario Popular.

El señor PRESIDENTE: Me agrada que me pida la información que me ha dado S.S. (Risas.) Estamos votando la enmienda transaccional presentada por Convergència i Unió y Grupo Parlamentario Socialista a la enmienda 352 de Convergència i Unió.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 16.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos la enmienda transaccional que ha sido firmada por Convergència i Unió, Grupo Parlamentario Socialista y Grupo Parlamentario Popular, amparada en la 365 de Convergència i Unió que hace referencia al apartado 3 del artículo 16, Valle de los Caídos. (Pausa.) Hay una confusión porque esta comisión tenía 39 diputados, al desaparecer un grupo, como saben ustedes, ahora tienen 38 y el señor letrado tiene la memoria histórica de los 39. (Risas.)

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, dos.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos las enmiendas que quedan vivas de Convergència i Unió.

Tiene la palabra el señor Herrera.

El señor HERRERA TORRES: En el caso de no retirarla, solicitaríamos tres bloques.

El señor PRESIDENTE: No creo que haya tres bloques.

El señor HERRERA TORRES: ¿Cuántas quedan?

El señor PRESIDENTE: Me parece que quedan poquísimas.

El señor HERRERA TORRES: Le digo las que yo quiero en tres bloques y las que ya no estén pues nada.

El señor PRESIDENTE: Dígalo usted y enseguida lo hacemos.

El señor HERRERA TORRES: En un bloque solicitaríamos la votación de las números 353, 367, 371, 372, 375 y 377 o las que queden.

El señor PRESIDENTE: Y el resto por otro lado.

El señor HERRERA TORRES: No, es más sofisticado porque son tres bloques. En el segundo bloque, las números 368, 373, 374 y 376 o las que queden de este bloque. Y, en el tercer bloque, el resto.

El señor PRESIDENTE: Solamente tengo que corregirle que la 367 ya no existe porque es donde está apoyada la transaccional que acabamos de aprobar. Hay una menos.

El señor HERRERA TORRES: De acuerdo.

El señor PRESIDENTE: Por tanto, votamos las enmiendas de Convergència i Unió números 353, 371, 372, 375 y 377.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 33; abstenciones, dos.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos ahora las enmiendas números 368, 373, 374 y 376.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 33; abstenciones, tres.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos el resto de las enmiendas vivas de Convergència i Unió.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 34; abstenciones, dos.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a las enmiendas del Grupo Popular. Ha retirado la número 254, cosa que le agradezco específicamente y, por tanto, van de la 235 a la 257, salvo la 254 (El señor Fernández Díaz pide la palabra.)…y la que ahora va a añadir el señor Fernández.

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: Como hemos apoyado la transaccional del Valle de los Caídos, la nuestra quedaría retirada.

El señor PRESIDENTE: ¿Qué número es?

El señor FERNÁNDEZ DÍAZ: No me acuerdo del número, pero es al artículo 10, párrafo tercero. Perdón, artículo 16, párrafo tercero.

El señor PRESIDENTE: Sí, queda retirada la 247.

Votamos por tanto las enmiendas del Grupo Popular, salvo la 247 y la 254.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra 23.

El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Tenemos ahora dos enmiendas transaccionales del Grupo Parlamentario Socialista; son las enmiendas apoyadas en las números 213 y 231 de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Se pueden votar conjuntamente.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 15.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Con esto hemos terminado de votar las enmiendas y ahora tenemos que votar el articulado. Se han presentado al articulado distintas peticiones de votación separada. Se las digo a continuación por si no he recogido algo convenientemente. El Grupo Popular ha solicitado que, del artículo 5 al 9, se vote en un bloque separado del resto. Había solicitado el párrafo tres del artículo 16, pero no ha lugar porque se acaba de aprobar la transaccional y también ha solicitado en una sola votación separada los artículos 17 y 18. Convergència i Unió ha solicitado que se vote separadamente el artículo 15. Izquierda Unida que se vote separadamente el artículo 16 y el Partido Nacionalista Vasco que se voten separadamente el 20, el 21 y la disposición adicional primera en una sola votación.

Por tanto, pasamos a votar del articulado, en primer lugar, los artículos que van del 5 al 9.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; en contra, uno.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votamos ahora los artículos 17 y 18.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; en contra, uno.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votamos separadamente el artículo 15.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 18.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votamos el artículo 16. (El señor Fernández Díaz: Señor presidente, ¿queda con párrafos solo uno y dos?) Sí, ya está incluida la transaccional.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, uno; abstenciones, una.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votamos de una vez los artículos 20, 21 y disposición adicional primera.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 18; abstenciones, una.

El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votamos el resto del articulado y disposiciones del informe de la Ponencia, que ahora se convertirá en dictamen de la Comisión.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en contra, 16.

El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados, con esto hemos terminado el dictamen. Les agradezco a todos su esfuerzo y su colaboración. Se levanta la sesión.

Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.


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