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17dic09


Garzón niega que el Santander retribuyera su estancia en Nueva York


El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha negado hoy haber percibido alguna retribución "directa o indirecta" del Grupo Santander, en su cargo de director académico de los curso que patrocinó la entidad en el centro Rey Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York. "Tampoco intervine en la gestión o administración de tales fondos", explica el magistrado en una nota difundida esta tarde.

Según Garzón, el Grupo Santander organizó esos cursos -Diálogos trasatlánticos, en 2005, y Derechos Humanos y Seguridad Jurídica en Iberoamérica, en 2006- aprovechando la estancia del juez en Nueva York para "otras funciones académicas y de investigación" cuya retribución se efectuaba con cargo a las dotaciones presupuestarias de la Escuela de Leyes y de la Cátedra Juan Carlos I de la Universidad de Nueva York. El acuerdo con estas instituciones se cerró "tiempo antes de que existiera el proyecto de los dos cursos que luego patrocinó el Grupo Santander", asegura el magistrado.

"Ni en su origen, ni en su finalidad, ni en su utilización, la financiación de estos cursos se diferenció de las que habitualmente se llevan a cabo, tanto en centros universitarios de España como de otros países, por parte de empresas y entidades financieras", añade Garzón.

El juez anuncia reservarse "de las correspondientes acciones" que le asisten "contra todos quienes están presentando una versión manipulada de esos hechos con la finalidad de difamarle.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado 2 de julio archivar la investigación abierta en relación con el dinero que Baltasar Garzón recibió durante su estancia en la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 "al no apreciar falta disciplinaria alguna en su conducta". El órgano consideró que no concurrió en falta alguna en relación con su estancia en la universidad de Nueva York, "donde acudió en virtud de la concesión de una licencia de estudios" por parte del propio Consejo, pero no de una autorización de compatibilidad para el ejercicio de un segundo trabajo, por lo que "no cabe aplicar la ley de incompatibilidades".

El caso comenzó con una querella presentada por el abogado Antonio Panea Yeste ante el Tribunal Supremo en la que se le acusaba de haber percibido 1,7 millones de dólares del Banco de Santander por unos cursos en el Centro Rey Juan Carlos en Estados Unidos. El alto tribunal rechazó que existieran indicios de delitos de cohecho o prevaricación en la actuación del juez, pero remitió la documentación al Poder Judicial para que determinase si pudo incurrir en una falta muy grave por no haber notificado los ingresos percibidos por su actividad docente.

[Fuente: El País, Madrid, 17dic09]

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