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19ene05


El Ministerio de Justicia defiende la necesidad de una ley que regule la salida de los documentos de Salamanca.


El Ministerio de Justicia aboga por la redacción de una norma con rango de ley para regular la entrega y salida de los documentos que se encuentran en el Archivo de Salamanca y que son exigidos por la Generalitat de Cataluña, según consta en las conclusiones del informe jurídico de este Departamento al que tuvo acceso Ical.

La Abogacía General del Estado elevó este informe a los servicios jurídicos del Estado el pasado día 17 de junio del 2004, poco después de que el Pleno del Congreso de los Diputados aprobara la proposición no de ley en la que se instaba al Gobierno a iniciar conversaciones con la Generalitat de Cataluña para analizar sus reivindicaciones sobre los documentos que le fueron incautados durante el Franquismo.

En el apartado de conclusiones, la Abogacía del Estado afirma que la cesión temporal del uso de los fondos documentales en su día incautados exigiría informe preceptivo del Pleno del Patronato del Archivo General de la Guerra Civil y la autorización por Orden del Ministerio de Cultura.

Además, en su apartado cuarto sostiene que la cesión de la titularidad de los fondos documentales a una comunidad autónoma habría de efectuarse mediante una norma con rango de ley.

En sus dos primeras conclusiones, el informe jurídico simplemente se limita a señalar el origen jurídico de este Archivo. Así, se señala que la Administración General del Estado adquirió la propiedad de los fondos documentales por el decreto del 13 de septiembre de 1936 y por la Ley de Responsabilidades Políticas del 9 de febrero de 1939 en aplicación de la cual se produjo la incautación.

Sin perjuicio de este primer apartado, en la segunda de las conclusiones se subraya que el Estado «habría adquirido por prescripción adquisitiva o usurpación la apropiación de los fondos documentales en su día incautados».

Finalmente, en el apartado quinto de las conclusiones se apunta que el régimen de acceso a los documentos que integran el Archivo General de la Guerra Civil es el establecido de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previsto en el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

La consejera de Cultura, Silvia Clemente, apuntó el pasado fin de semana la posibilidad de que en un dictamen jurídico del Ministerio de Justicia recogiera alguna recomendación a favor de rechazar la salida de los papeles solicitados por la Generalitat.

El informe tiene una extensión de 22 páginas. En el apartado de conclusiones, al que tuvo acceso Ical y cuya extensión es de dos páginas, no figura ningún apartado en este sentido.

[Fuente: La Opinión de Zamora, 19ene05]

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