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16mar12


Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre derechos y medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

X LEGISLATURA

Serie D:
GENERAL
16 de marzo de 2012
Núm. 57


ÍNDICE

Composición y organización de la Cámara
Comisiones, Subcomisiones y Ponencias

158/000005 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, con el objeto de dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito y a las del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convèrgencia i Unió), de IU, ICV-EUiA: La Izquierda Plural, Vasco (EAJ-PNV), de Unión Progreso y Democracia y Mixto

Control de la acción del Gobierno
Proposiciones No de Ley

Pleno
162/000078 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social. Retirada
162/000106 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la subvención para la desalación de agua de mar en Canarias. Retirada
162/000230 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la inclusión de las infraestructuras de transporte de Canarias en las redes transeuropeas de transporte de la UE. Retirada
162/000234 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social.
162/000235 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la política del Gobierno para favorecer el uso de la bicicleta en las ciudades.
162/000236 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre modificación del modelo de control interno del gasto público
162/000237 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la promoción del Año Internacional de las Cooperativas y medidas de fomento a las mismas
162/000238 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la reducción de comisiones bancarias
162/000239 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre derechos y medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura
162/000240 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa a la readmisión de los agentes de la Guardia Civil perseguidos y expulsados del servicio por solicitar el derecho de asociación amparado en el artículo 22 de la Constitución
162/000241 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al programa Campus de Excelencia Internacional
162/000242 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vaco (EAJ-PNV), relativa a la liberalización de los derechos de plantación de viñedos
162/000243 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre restitución de la soberanía y los derechos históricos de Cataluña

Otros textos
Estabilidad Presupuestaria

430/000001 Acuerdo por el que se fija el objetivo de estabilidad presupuestaria para 2012 del conjunto del sector público y de cada uno de los grupos de agentes que lo integran y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2012. Aprobación por el Pleno


COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

158/000005

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.

Autor: Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió), de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, Vasco (EAJ-PNV), de Unión Progreso y Democracia y Mixto.

Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, con el objeto de dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto- ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito y a las del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero.

Acuerdo:

Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Economía y Competitividad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Los Grupos Parlamentarios firmantes se dirigen a esa Mesa a fin de proponer, de acuerdo con las previsiones de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, la creación de una con el objeto de dar cumplimiento a las

previsiones del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito («BOE» núm. 155, de 27 de junio de 2009) y a las del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero («BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2012).

Exposición de motivos

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 3 de diciembre de 2009, acordó la creación, en el seno de la Comisión de Economía y Hacienda, de una Subcomisión para dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito. Dicha Subcomisión ha quedado disuelta como consecuencia del final de la IX legislatura.

No obstante, continua vigente el artículo 4 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, por lo que debe producirse, de un lado, la comparecencia trimestral del actual Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ante la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados, con el fin de informar sobre la evolución agregada del crédito, la situación del sector bancario y la evolución de las actividades del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y, de otro, la del Presidente de la Comisión Rectora del FROB, en las condiciones que determine la Comisión de Economía y Competitividad, para informar, en el plazo de los 30 días siguientes, de cada operación por parte de dicho Fondo.

Como puede observarse, la comparecencia del Presidente de la Comisión Rectora del FROB se producirá siempre que se efectúe una operación con cargo al Fondo y dentro del plazo que igualmente se contempla, remitiendo el Real Decreto-ley 9/2009 a la Comisión correspondiente del Congreso para la determinación de las condiciones que deben regir esta comparecencia.

En este ámbito incide el reciente Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero, que ha articulado diversas medidas para el saneamiento de los activos inmobiliarios de las entidades de crédito y de apoyo a los procesos de integración de dichas entidades.

El conjunto de actuaciones previstas en el citado Real Decreto-ley 2/2012 exige efectuar un estricto seguimiento de las mismas en sede parlamentaria, pues una información rigurosa y actualizada de la situación del sector constituye la única vía para conocer con precisión la evolución del flujo del crédito interno.

Asimismo, las múltiples actuaciones que el FROB puede acometer y las obligaciones de información que de ellas se derivan, hace aconsejable articular un ámbito parlamentario estable que posibilite y facilite el puntual cumplimiento de tal obligación. El Real Decretoley 2/2012 ha ampliado, además, las posibilidades de actuación del FROB, al contemplar la intervención del Fondo en la adquisición de acciones o participaciones en el capital social de las entidades de crédito para el reforzamiento de sus recursos propios y en los procesos de integración de las mismas, mediante la suscripción de titulos convertibles en acciones o en aportaciones al capital social, precisándose que los proyectos de integración que deben elaborar las entidades en cuestión, han de incluir objetivos cuantificables de incremento del crédito a las familias y pequeñas y medianas empresas. La previsible complejidad de la información a facilitar aconseja, igualmente, la creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, instrumento que se estima idóneo para la articulación de la intervención parlamentaria prevista en el Real Decreto-ley 9/2009 y para dar cumplimiento a las obligaciones de información que procedan de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2012.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece la norma segunda, 2 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, se propone la creación de una Subcomisión, en la Comisión de Economía y Competitividad, con las siguientes características:

A) Objeto de la Subcomisión.

Dar cumplimiento a las previsiones del segundo párrafo, apartado 1, del artículo 4 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, y a las obligaciones de información que, en el ámbito de aplicación del citado artículo, se deriven de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero.

B) Composición.

La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de 100 Diputados en la Cámara y un representante de cada uno de los Grupos restantes.

C) Adopción de acuerdos.

En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.

D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.

Por su naturaleza, los trabajos de la Subcomisión se prolongarán a lo largo de la presente Legislatura o hasta que las normas de referencia se mantengan vigentes.

Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de febrero de 2012.--Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.--Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.--Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (CiU).--José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.--Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).--Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.--Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO

PROPOSICIONES NO DE LEY

Pleno

162/000078

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(162) Proposición no de Ley ante el Pleno

Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.

Retirada de su Proposición no de Ley para la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social.

Acuerdo:

Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

Nota.-- La iniciativa de referencia se publicó en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 17, de 17 de enero de 2012.


162/000106

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.

Autor: Grupo Parlamentario Mixto.

Retirada de su Proposición no de Ley sobre la subvención para la desalación de agua de mar en Canarias.

Acuerdo:

Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

Nota.-- La iniciativa de referencia se publicó en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 27, de 31 de enero de 2012.


162/000230

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.

Autor: Grupo Parlamentario Mixto.

Retirada de su Proposición no de Ley relativa a la inclusión de las infraestructuras de transporte de Canarias en las redes transeuropeas de transporte de la UE.

Acuerdo:

Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

Nota.-- La iniciativa de referencia se publicó en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 52, de 9 de marzo de 2012.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

162/000234

A la Mesa del Congreso de los Diputados Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social, para su debate en el Pleno de esta Cámara.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de diciembre de 2011 estima el recurso interpuesto por la Generalitat de Catalunya en relación a las Bases Reguladoras que rigen de la concesión de subvenciones a ONGs con cargo a la asignación tributaria del IRPF, reconociendo la capacidad autonómica sobre la gestión de la recaudación que los contribuyentes destinan de manera expresa a las organizaciones sociales a través de su IRPF.

En este sentido, el traspaso del 0,7% del IRPF resulta inaplazable no solo en términos del debido respecto a la sentencia del Tribunal Supremo, sino también desde el punto de vista de respeto competencial, transparencia y justicia en la distribución de fondos a nivel territorial.

L'Estatut d'Autonomia de Catalunya otorga a la Generalitat de Catalunya, en su artículo 166 competencias exclusivas en servicios sociales, voluntariado, menores y promoción de las familias. Asimismo en el artículo 114.2 también otorga competencias exclusivas en relación a la especificación de los objetivos a los que se destinan las subvenciones estatales y comunitarias europeas territorializables así como la regulación de las condiciones de otorgamiento y la gestión, incluyendo la tramitación y la concesión.

Hasta ahora Catalunya ha sido la comunidad autónoma más perjudicada por falta de vinculación entre recaudación (52 millones de euros en 2011) Y asignación (29 millones de euros en 2011) Por ello, es de justicia proceder a la territorialización de estos fondos, pues no es lógico que la CCAA más solidaria (un 57% de los contribuyentes catalanes marcan la casilla del 0,7% del IRPF para fines sociales, 10 puntos por encima del resto del Estado) reciba 23 millones de euros menos de los que la ciudadanía catalana había aportado en su declaración de renta para esta finalidad.

Catalunya cuenta con más de 4.000 organizaciones sociales, en 2010 se beneficiaron del IRPF 1.000 proyectos de 405 entidades. Con el traspaso del 0,7% del IRPF se permitirá una mayor proximidad, transparencia y equidad en el reparto de estos fondos más imprescindibles todavía ante el grave incremento de las necesidades sociales.

La Sentencia del Tribunal Supremo también representa una excelente noticia para las organizaciones de carácter medioambiental, que a pesar que des del año 2007 se reconocen como beneficiarias de la casilla del 0,7% se les exigía «actividad acreditada en más de una comunidad autónoma» para poder recibir fondos. A modo de ejemplo, este requisito deja fuera a las 51 fundaciones de temática ambiental inscritas en el Censo de Fundaciones del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, activas y con programas que encajan en la convocatoria.

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Proceder en el presente ejercicio al traspaso a las comunidades autónomas de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social en lo referente a la convocatoria, gestión y recaudación de estos fondos.

2. Implementar una campaña informativa en el marco de la próxima declaración del IRPF para concienciar a la ciudadanía de marcar la casilla solidaria a favor de otros fines de interés social.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Laia Ortiz Castellví, Diputada.--Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000235

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre la política del Gobierno para favorecer el uso de la bicicleta en las ciudades, para su debate en el Pleno.

Exposición de motivos

La presencia de la bicicleta en las ciudades españolas sigue siendo una asignatura pendiente. Aunque existen notables avances, como es el caso de Barcelona, Sevilla o San Sebastián, un número cada vez mayor de localidades han adoptado políticas sensibles para favorecer su implantación como un modo de movilidad sostenible alternativo a los sistemas de transporte consolidados (coche, metro, bus, …).

Según el barómetro de la bicicleta, en España hay 15 millones y medio de usuarios ocasionales o habituales de la bicicleta. De ellos, más de dos millones y medio son usuarios diarios. Además, hay más 100 ciudades que disponen del servicio de «alquiler» de bicicleta pública, lo que supone 26.500 bicicletas públicas utilizables.

La bicicleta ha vuelto a nuestras ciudades, y su utilización está empezando a modificar las pautas de movilidad. Las ventajas que aporta su uso para los ciudadanos y las ciudades están ampliamente contrastadas: humaniza la ciudad, calma el tráfico, mejora la salud de las personas, reduce la contaminación ambiental y acústica, ahorra energía fósil, promueve la equidad, etc.

La aplicación coherente de políticas de transporte y desarrollo sostenibles, la crisis económica, el encarecimiento del petróleo y la tradición existente en muchos países de Europa, junto a las razones antes apuntadas, son motivos de peso para que en España el Gobierno se plantee la adopción de medidas, de todo tipo, con el objetivo de impulsar la presencia de la bici en nuestras ciudades.

En el ámbito de las ciudades, la limitación de la velocidad del tráfico permite configurar un nuevo modelo de calle donde ésta se convierte en buen número de casos en un espacio de coexistencia compartida entre peatón, bicicleta y vehículo de motor.

Por estos motivos, se plantea en esta Cámara una especial atención a la bicicleta como medio de transporte urbano, en consonancia con la Moción aprobada por el Pleno del Senado el 27 de abril de 2011. En ella, se instaba al Gobierno a la adopción de medidas normativas para promover el uso de la bicicleta en las ciudades y para mejorar la seguridad de las personas que utilizan la bicicleta como medio de transporte.

Por esos resulta imprescindible la reforma del Reglamento General de Circulación, la bicicleta pasaría a ser un vehículo protagonista de la vía urbana, gozando de prioridad en el uso de la calzada. Esa reforma ha de permitir a la autoridad municipal regular, atendiendo a las peculiaridades de su infraestructura viaria, la coexistencia con peatones y vehículos en aquellas calles de las Zonas 30 que no cuentan con carriles específicos para la circulación de las bicis.

En este punto, la reforma tiene en cuenta la última doctrina del Tribunal Supremo en lo referente a la circulación de bicicletas en zona urbana.

Se trata también de adoptar, con la colaboración de otras administraciones locales y autonómicas, distintas actuaciones en materias como la creación --en condiciones óptimas-- de redes de carriles bici, acceso de la bici a ferrocarriles, metros y buses urbanos para favorecer la intermodalidad, adecuación de las ordenanzas locales, implantación de Zonas 30, acciones y campañas para garantizar la seguridad de los ciclistas urbanos y evitar el robo de las bicis, etc.

Sin embargo, hemos constatado la ausencia en el discurso del Gobierno y de sus departamentos concernidos de referencias a la bicicleta como un sistema de transporte normalizado para la ciudadanía, favorecedor de una movilidad sostenible.

Lo cierto es que el Gobierno anterior, desde la Dirección General de Tráfico, dejó pendiente, pero muy avanzado y con un elevado nivel de consenso, la reforma del Reglamento General de Circulación, así como un conjunto de actuaciones a desarrollar por los Ayuntamientos, agrupados en la Red de Ciudades por la Bicicleta y con la participación de los colectivos ciudadanos de usuarios representados por la organización Conbici.

Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Aprobar en el plazo de tres meses y previa consulta a las entidades y organismos interesados en el marco de un proceso de participación, la reforma del Reglamento General de Circulación para favorecer el desarrollo de la bicicleta en las ciudades permitiendo la implantación de mejoras ya en marcha en la ordenación de las calles y espacios públicos de las ciudades europeas.

2. Apoyar la intermodalidad de la bicicleta, adoptando medidas para permitir el acceso de las bicis a otros medios de transporte de titularidad del Estado.

3. Creación de un Registro Nacional de Bicicletas para dificultar el robo y facilitar su recuperación, según la propuesta de la Red de Ciudades por la Bicicleta.

4. Presentación en tres meses de un Plan Nacional para la promoción de la Bici elaborado con la participación de un Consejo Estatal de la bicicleta, entidad plural que acoja a las diferentes instancias interesadas y que permita la reflexión, coordinación y seguimiento de las acciones que se pongan en marcha.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de marzo de 2012.--Odón Elorza González, Diputado.-- Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000236

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre modificación del modelo de control interno del gasto público, para su debate en el Pleno.

El actual modelo de control del gasto público gira en torno a dos fases separadas. Por un lado, el control «externo» que ejerce el Tribunal de Cuentas, y por otro, el control «interno» ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

El primero de ellos es un control esencial en toda sociedad moderna, pero carece de agilidad, pues sus dictámenes e informes se aprueban muy alejados del ejercicio fiscalizado, lo que permite que las ineficacias y deficiencias de gestión detectadas perduren demasiado tiempo hasta ser corregidas.

La IGAE es un órgano de control interno que se integra en la propia administración. Su creación se remonta a 1873-1878 y continúa existiendo dada la necesidad de revisión interna del proceso de generación de ingresos y realización de gastos en el sector público, aunque originariamente se atendiera sólo a criterios de legalidad y actualmente se incluyan criterios de economía y eficiencia. Si bien los procedimientos de control han evolucionado con los tiempos, de forma que se ha pasado de un control previo exhaustivo (fiscalización previa) a uno posterior mediante técnicas de muestreo con el objetivo de facilitar una gestión administrativa ágil (auditoría y control financiero), lo cierto es que el proceso no ha ido acompañado de la necesaria modernización de su estructura y funcionamiento, que se corresponden más con la de un órgano administrativo del siglo XIX que con la de una administración moderna, por lo que se hacen necesarias propuestas de mejora y modernización que permitan adaptarla a las técnicas y prácticas del siglo XXI.

La fiscalización previa se limita actualmente a verificar la competencia del órgano, la existencia de crédito y poco más, por lo que resulta un control escasamente eficaz.

El segundo anacronismo, relativo a la organización, es la atribución de funciones ya que en la actualidad, al igual que en el siglo XIX cuando el órgano de control fue creado, muchas competencias se atribuyen expresamente al Interventor General y a sus Interventores Delegados, en lugar de atribuirse al Órgano y ser ejercidas por los titulares que las ocupan.

El sistema, como se basa en la atribución de funciones al Interventor General y su ejercicio desconcentrado a través de los Interventores Delegados (sea en Ministerios, Organismos, Territoriales o en las futuras Agencias), establece una jerarquía que se corresponde más con una administración decimonónica que con una administración moderna, pero que sorprendentemente ha llegado hasta nuestros días.

La consecuencia de este anacronismo es que lastra a la organización al fomentar que toda la institución dependa de la personalidad del «titular» de todas las funciones.

Este sistema de trabajo tiene otros efectos negativos ya que la persona que tiene atribuida la competencia, no sólo no desarrolla el trabajo directamente, sino que en muchos casos ni siquiera participa en él, por lo que la «firma» se convierte en un acto mecánico y supone la apropiación de un trabajo ajeno.

Las consecuencias de este tipo de organización se evidencian en el funcionamiento y eficacia de la institución. Así, en los últimos años, son frecuentes los casos de deficiencias y corruptelas en la contratación por la Administración que no han sido detectadas por el órgano de control interno. Basta decir que en los últimos años la IGAE, en el ejercicio de sus funciones, prácticamente no ha emitido ningún informe «especial» ni de «actuación».

Dadas las ineficiencias actuales la exigencia de responsabilidades del gestor es prácticamente inexistente. Mientras, en Europa el modelo organizativo es el inverso: el personal que desarrolla un trabajo es reconocido como el responsable del mismo.

Por otra parte, los informes de control financiero y auditoría realizados por la IGAE deberían ser públicos y con acceso a través de un registro, aunque se trate de un órgano de control interno, de forma que cualquier ciudadano pueda conocer la metodología empleada y los resultados obtenidos. Esta publicidad es adicional a la publicidad de la actividad desarrollada, de forma que todos los ciudadanos tengan acceso a los datos económicos comprobados y puedan conocer cómo y en qué se gastan los fondos públicos.

Conviene dotarse de herramientas para clarificar la información de las cuentas públicas. Especialmente deben remediarse las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas, que destaca la exclusión en la Cuenta General de los estados financieros que no ha recibido la IGAE de los Organismos correspondientes, por lo que no reflejan la situación real del sector público no administrativo.

Por todo ello, se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un informe de modificación del modelo de control interno del gasto público, que será presentado en el Parlamento, tras el que se tramitarán las necesarias modificaciones legales y reglamentarias tendentes a la obtención de los siguientes objetivos y criterios:

1. Modificar la actual estructura de la IGAE definiendo un modelo organizativo más racional en la atribución de funciones que garantice la transparencia y eficacia de la función fiscalizadora.

2. Evaluar las ventajas e inconvenientes de una progresiva sustitución de la fiscalización previa.

3. Reforzar y ampliar el control permanente y la auditoría:

a) Estableciendo procedimientos de control posterior, sistemáticos y no puntuales destinados, no solo a verificar el cumplimiento de legalidad documental, sino a permitir la investigación del fraude y la corrupción.

b) Poner en marcha procedimientos sistemáticos de control de eficacia en todos los ámbitos de la Administración Pública para garantizar el uso eficiente de los recursos públicos y afectar a la asignación presupuestaria en futuros ejercicios.

c) Implementar procedimientos de control que garanticen que los servicios públicos externalizados no pueden ser prestados con medios propios de la Administración de forma indefinida en el tiempo.

d) Publicitar los resultados de los informes de control financiero y auditoría realizados por la IGAE.

4. Establecer un régimen de exigencia de responsabilidades del gestor y del Órgano que ejerce el control.

5. Desarrollar herramientas tendentes a clarificar la información de las cuentas públicas.

6. Establecer barreras legales que impidan que la naturaleza jurídica de cualquier institución pública altere o disminuya los términos del control del gasto al que se vea sometida.

7. Publicitar la actividad desarrollada y el acceso a los datos económicos comprobados.

8. Regular la obligatoriedad de colaborar con la Base de Datos Nacional de Subvenciones, e informar de cualquier tipo de subvención que concedan instituciones públicas y privadas.

9. Mejorar el aprovechamiento de los recursos disponibles facultando a los Técnicos para ejercer el control con plena capacidad y responsabilidad, recuperando las competencias de las que han sido despojados en los últimos años.

10. Elaborar un catálogo de gastos suntuosos de imposible realización, así como un código de comportamientos éticos.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-- José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000237

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Mixto, a instancia del Diputado don Joan Tardà i Coma, de Esquerra Republicana-Catalunya-Sí (ERC-RCat-CatSí), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la promoción del Año Internacional de las Cooperativas y medidas de fomento a las mismas, para su debate en Pleno.

Exposición de motivos

El año 2012 ha sido declarado Año Internacional de las Cooperativas por parte de Naciones Unidas. Tal como manifestó su Secretario General, Bank Ki Mon, «las cooperativas son un recordatorio a la comunidad internacional que es posible buscar al mismo tiempo la rentabilidad económica y la rentabilidad social».

Efectivamente, las cooperativas representan una singular organización en la medida que la propiedad recae sobre sus miembros y todos ellos participan en igualdad de derechos en la gestión de la empresa con el objetivo de alcanzar y hacer realidad el beneficio mutuo, el de las personas usuarias y el del entorno territorial en el que operan. Sus principios conforman un frontispicio de valores de solidaridad y responsabilidad ejercidos mediante una gestión democrática de la organización del trabajo, supeditan el capital a los valores sociales y democráticos y dirigen parte de los excedentes a alcanzar objetivos de desarrollo colectivo ajenos a sus miembros.

Atendiendo, pues, a su carácter democrático y al principio perseguido de responsabilidad y justicia social, las cooperativas, sin duda, se convierten indefectiblemente en instrumentos de gran interés para la promoción económica y para el progreso social especialmente y de forma singular en los contextos y coyunturas de recesión económica en los que se cierne sobre la sociedad un acelerado proceso de dualización como consecuencia de la existencia de grandes bolsas de población desocupada, de deterioro del estado social del bienestar y del incremento de los índices de pobreza y exclusión.

Frente a la deslocalización de las empresas y la precarización de las relaciones laborales tanto en lo que afecta a la contratación como a los salarios, las cooperativas actúan arraigadas en los territorios y generan empleo estable y de calidad. Frente al dumping social y medioambiental, se presentan respetuosas con la responsabilidad social y, en consecuencia, generadoras de empleo y de cohesión social. En definitiva, se adaptan perfectamente a las necesidades que requieren los tiempos, tal como queda demostrado en sus capacidades de versatilidad, lo cual les otorga un valor añadido en cuanto a la consolidación del concepto actual de empresa competitiva ya que cuenta, por un lado, con la importancia que se da en este tipo de sociedades a la capacidad humana, al factor humano, y por otro lado, también permite consolidar el concepto actual de empresa y de empresa competitiva.

De ahí que existan cooperativas en todos los sectores de la economía (agricultura, comercio, cultura, energía, enseñanza, hostelería, industria, sanidad, servicios de atención a las personas, finanzas, transporte, etccétera) y se hallan demostrado como catalizadores del crecimiento económico y de la generación de riqueza socialmente útil.

El Año Internacional de las Cooperativas, presentado ante el mundo bajo el lema «Las cooperativas ayudan a construir un mundo mejor», y coordinado por la Alianza Cooperativa Internacional, pretende poner en valor la función económica y social de 1,4 millones de cooperativas existentes en el mundo (más de 25.000 en el Estado español) que afectan a cerca de mil millones de personas.

En la pasada legislatura, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad la Ley de Economía Social de 16 de marzo respondiendo así a una demanda histórica de reconocimiento institucional del sector cooperativista y del conjunto de la economía social, a través de la cual se definía jurídicamente el sector, y se procedía a su reconocimiento y a resaltar su protagonismo económico y social.

Atendiendo al hecho que la resolución 64/136 de la Asamblea General de las Naciones Unidas insta a los estados miembros a aprovechar el año 2012 para promover el cooperativismo e impulsar su formación, su prestigio y crecimiento y atendiendo a los mismos retos que debe afrontar el movimiento cooperativista, de entre los cuales el incremento de su productividad, la superación de las dificultades que entraña el acceso al crédito financiero y a los déficit e insuficiencias del crédito social, el desarrollo de los departamentos de investigación, desarrollo e innovación, la competencia ante la omnipresencia en el mercado de las grandes empresas, etc.

Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados apoya la resolución 64/136 de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Año Internacional de las Cooperativas e insta al Gobierno a:

1. Adherirse al Año Internacional de las Cooperativas (2012) proclamado por la Asamblea General de Naciones Unidas.

2. Aumentar la asignación presupuestaria para el año 2012 de la Dirección General de Economía Social con el objetivo de dar un impulso al cumplimiento de los objetivos de las sociedades cooperativas relacionados con el incentivo a las acciones de fomento de la Responsabilidad Social, el incremento de la productividad en favor de la generación de empleo estable y de calidad, el apoyo a proyectos viables de cooperación entre ellas, así como a la implementación de planes de modernización y de incorporación a la sociedad del conocimiento de las pequeñas sociedades cooperativas.

3. Crear un fondo a transferir a las Comunidades Autónomas para la realización, a lo largo del año 2012, de campañas institucionales de difusión de las sociedades cooperativas como generadoras de empleo estable, productivamente ligadas a un territorio y respetuosas con la responsabilidad social.

4. Producir, a lo largo del año 2012, en los medios de comunicación públicos de ámbito estatal, programas de difusión de los principios del cooperativismo y de su trayectoria histórica.

5. Promover, de forma inmediata, la participación de las sociedades cooperativas en todos los foros de diálogo y decisión de la Administración con las organizaciones de representantes empresariales y sindicales.

6. Presentar en el plazo de tres meses medidas encaminadas a facilitar, en mayor medida y bajo condiciones más favorables, el acceso al crédito financiero por parte de las sociedades cooperativas.

7. Promover, de forma inmediata, en la contratación de obras y servicios públicos por parte de las diferentes administraciones, una cuota de reserva para las sociedades laborales y cooperativas, en virtud del artículo 129.2 de la Constitución Española.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Joan Tardà i Coma, Diputado.--Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000238

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la reducción de comisiones bancarias, para su debate en el Pleno.

Exposición de motivos

Las comisiones bancarias son las cantidades de dinero que las entidades de crédito cobran a sus clientes en compensación por sus servicios prestados, por ejemplo, enviar una transferencia, cambiar divisas, administrarle una cuenta, estudiar un préstamo, darle una tarjeta de crédito o débito, etc. Los datos suministrados por el Banco de España ponen de manifiesto que las comisiones que las entidades de crédito cobran a los usuarios de servicios financieros han experimentado un crecimiento significativo en los últimos años. Teniendo en cuenta distintas variables económicas, como la tasa de inflación interanual (IPC), resulta evidente que la subida de las comisiones bancarias que se viene produciendo resulta excesiva y opaca para muchos ciudadanos.

En los últimos años, las principales subidas, en relación a las comisiones bancarias, se han producido en los servicios prestados por transferencias, tarjetas de débito y crédito, mantenimiento de cuentas, descubiertos o tarifas por la subrogación del crédito para la adquisición de una vivienda. Durante 2011, las comisiones por mantenimiento de cuenta corriente --que son de carácter semestral-- han aumentado de media un 22,3%, mientras que mantener una cuenta de ahorro es un 22,9% más caro. En el caso de las tarjetas de débito y crédito, la cuota anual de mantenimiento se ha incrementado de media un 17,1% y un 9,7% respectivamente en el último año. Este incremento de las comisiones bancarias no se justifica por razones de eficiencia. Todo parece indicar que las entidades financieras, además de encarecer los préstamos a familias y PYMES, han incrementado las comisiones para mejorar la cuenta de resultados en un momento delicado para el saneamiento de sus balances.

Asimismo, un informe de la Comisión Europea ponía de relieve que las comisiones cobradas por nuestras entidades financieras son las segundas más elevadas de Europa después de Italia. El comisario europeo de Mercado Interior y Servicios Financieros, Michel Barnier, ha señalado recientemente que «el consumidor europeo no sabe lo que paga ni por qué. No puede comparar las distintas ofertas del mercado ni aprovecharse de la competencia». Por ello, ha señalado que es necesario incrementar y mejorar la transparencia. El usuario de servicios financieros debe contar con información disponible, fácil de entender y comparable.

La Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios aprobada en la anterior legislatura establece en su artículo 3 una serie de obligaciones de transparencia y conducta a las entidades de crédito para garantizar un adecuado nivel de protección de los usuarios de servicios financieros, con el fin de moderar las comisiones que cobran por los diferentes tipos de servicios que prestan a los ciudadanos. Esta intervención regulatoria necesita ser aplicada con determinación en un formato unificado, conforme a los términos específicos que determine el Banco de España.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Adoptar cuantas medidas regulatorias sean necesarias, en colaboración con el Banco de España, para garantizar un adecuado nivel de protección y transparencia de los usuarios de servicios financieros en sus relaciones con las entidades de crédito.

2. Establecer unas obligaciones de transparencia y conducta estandarizadas a todo el sector bancario, con el fin de mejorar la competencia efectiva y así moderar las comisiones que cobran por los diferentes tipos de servicios que prestan a los ciudadanos.

3. Reducir de forma generalizada las comisiones que cobran las entidades financieras por los diferentes tipos de servicios que prestan a los ciudadanos y, de forma especial, en el caso de sectores sociales vulnerables, como, por ejemplo, jubilados y desempleados.

4. Que solicite, de manera inmediata, un informe a la Comisión Nacional de la Competencia con el fin de analizar la evolución de la comisiones bancarias en el sector financiero en los últimos años, y que las recomendaciones de dicho organismo, encargado de preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los mercados, se adopten con determinación, favoreciendo así unos menores precios al usuario de servicios financieros.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000239

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre derechos y medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, para su debate en el Pleno de la Cámara.

Exposición de motivos

«En 1978 quizá no era razonable (o simplemente era imposible), desenterrar a los muertos; en 2012 es un espanto que sigan enterrados …» (Javier Cercas)

La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, entró en vigor hace algo más de cuatro años. El grado de cumplimiento con los mandatos de desarrollo y aplicación de la norma a lo largo de la pasada legislatura, se puede calificar como muy alto.

En desarrollo y aplicación de la misma, se han venido dictando las correspondientes normas y adoptando una multitud de medidas. De esta manera:

-- Casi 200.000 personas han adquirido la nacionalidad española como descendientes de españoles exilados;

-- se han realizado casi 6000 exhumaciones, en casi 300 fosas; en un trabajo que sigue abierto;

-- más de 2.400 Niños de la Guerra han visto reconocida una prestación económica. En algunos casos, son pensiones que les han devuelto a la dignidad y a la supervivencia.

-- El Ministerio de Justicia ha publicado un Mapa de Fosas al que se han incorporado 2.318 lugares con sus respectivas historias documentales, que permiten identificar los restos de «los desaparecidos» en la represión franquista después de la guerra;

-- 833 proyectos de asociaciones vinculados a Memoria Histórica han sido subvencionados con 25 millones de Euros desde 2006, para ayudar a la exhumación de restos, a la recuperación de documentos, para homenajear o rememorar hechos históricos de aquella época, etc.;

-- se han reconocido más de 1.300 Declaraciones de reparación y reconocimiento personal expedidas por el Ministerio de Justicia, por padecer persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, entre los que destacan, como casos más conocidos, el de Lluis Companys y el de Miguel Hernández;

-- más de 1.100 familiares de víctimas de la Guerra Civil han mejorado las prestaciones de pensiones y asistencia médico-farmacéutica;

-- 382 personas se han beneficiado de la exención en el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a favor de quienes sufrieron privación de libertad, como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley de Amnistía;

-- 104 personas han recibido indemnización por haber sido objeto de internamiento por su condición de homosexuales en aplicación de las Leyes de Vagos y Maleantes o de Peligrosidad Social;

-- casi 90 personas a las que se han concedido indemnizaciones por haber sufrido prisión tras la Guerra, que no pudieron acreditar esa actuación, con arreglo a la ley anterior;

-- casi 50 indemnizaciones reconocidas a personas fallecidas o con lesiones incapacitantes en defensa de la democracia en el tardofranquismo (1968 a 1977);

-- 22 brigadistas internacionales, que dieron o arriesgaron su vida para hacer frente al fascismo, a los que se ha concedido la nacionalidad española …

Son datos suficientes que avalan una ley cuyo punto de mira prioritario han sido las víctimas.

Además se han retirado centenares de símbolos franquistas en los bienes de la Administración General del Estado. Se ha creado el Centro Documental de la Memoria Histórica en Salamanca (RD 697/2007). Y el Ministerio de Cultura creó el Portal de Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados de Franquismo.

El Gobierno Socialista trabajó en el desarrollo de esta ley hasta el final. De hecho en el último medio año se puso a disposición de los ciudadanos el Portal de la Memoria, fue publicado el Protocolo de Exhumación de Fosas, Orden PRE/2568/2011, de 26 de septiembre, y, en el último Consejo de Ministros, dentro del Decreto del Sistema Español de Archivos, se aprobó un procedimiento para el acceso a archivos, que incluye también los archivos históricos, lo que facilitará enormemente, el acceso a información y a acreditaciones de los penosos sucesos que tuvieron lugar en el periodo posterior a la tragedia de la Guerra Civil.

El pasado día 27 de febrero, el Tribunal Supremo dictó la sentencia número 101/2012 en la que se absuelve el Juez Baltasar Garzón en el asunto popularmente conocido como el de las Fosas del Franquismo. En esa sentencia, el Tribunal hace una serie de consideraciones sustentando la absolución --en esencia-- en la existencia de una causa justa, erróneamente enjuiciada. ¿Cuál es la causa justa que reiteradamente declara la sentencia? Que los familiares de los desaparecidos tienen todo el derecho a recuperar los restos de sus seres queridos, fusilados y enterrados en fosas comunes, muchas veces en lugares desconocidos a los que no se ha podido acceder durante décadas.

Son destacables en este sentido y en esta importante Sentencia del Tribunal Supremo, los siguientes párrafos de sus fundamentos:

Fundamento de Derecho Primero.

Párrafo 5.º:

«Más bien se pretendía, mediante la demanda de tutela judicial la satisfacción del derecho a saber las circunstancias en las que el familiar respectivo falleció, en la manera en que se han desarrollado estos denominados juicios de la verdad en otras latitudes. Esa pretensión de las víctimas, aunque razonable, no puede ser dispensada por el sistema penal, pues no es el medio que el legislador ha dispuesto para atender esas legítimas pretensiones.»

Párrafo 8.º:

«La búsqueda de la verdad es una pretensión tan legítima como necesaria. Corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, especialmente a los historiadores. Pero no corresponde al juez de instrucción …»

Fundamento de Derecho Cuarto.

Párrafo 5.º:

«Los testimonios oídos en el juicio oral narraron los sentimientos de los familiares de los desaparecidos, el silencio que imperaba en los familiares al no poder hablar sobre los hechos acaecidos, incluso de la vergüenza padecida y lo horrible de la comparación entre la suerte de unos fallecidos y la de otros.»

Fundamento de Derecho Quinto.

Párrafo 4.º:

«La Ley de amnistía, Ley 46/1977, de 15 de octubre, ley aprobada por el primer Parlamento democrático, acabada la dictadura, lo fue por una amplísima mayoría, más del 90 por ciento de los Diputados. Desde la ley de amnistía y con apoyo en ella, el ordenamiento español se ha dotado de más de 20 disposiciones con rango de ley, Reales Decretos y Órdenes Ministeriales, a través de los que se han acometido importantes reparaciones económicas y, de otro orden, a las víctimas de la guerra civil del bando republicano (restitución de escalafones, reconocimientos económicos, restitución de bienes, concesión de nacionalidad a descendientes de exiliados, etc.), tendentes a reparar materialmente los efectos de la guerra civil y del franquismo».

A todo ello hay que añadir un hecho que también es citado por la Sentencia y que corresponde a una iniciativa parlamentaria de esta Cámara que está en el origen de la política de reparación de la Ley de Memoria de 2007. Efectivamente, como bien recuerda el párrafo 2.º del fundamento de Derecho cuarto:

«Es preciso exponer, siquiera sea sistemáticamente, el presupuesto de hecho sobre el que actuó el magistrado imputado. Para un mejor examen haremos referencia al Informe General de la Comisión Interministerial para el estudio de la situación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo de 28 de julio de 2006. La Comisión fue creada por Real Decreto 1891/2004, de 10 de septiembre, con el antecedente de la Proposición no de Ley aprobada por la unanimidad del Congreso de los Diputados que adoptó el siguiente pronunciamiento: "El Congreso de los Diputados reafirma una vez más el deber de nuestra sociedad democrática de proceder al reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil española, así como de cuantos padecieron más tarde la represión de la dictadura franquista. Instamos a que cualquier iniciativa promovida por las familias de los afectados que se lleven a cabo en tal sentido, sobre todo en el ámbito local, reciba el apoyo de las instituciones, evitando en todo caso que sirva para reavivar viejas heridas o remover rescoldos de la confrontación civil".»

Pues bien, uno de los programas clave que el Gobierno puso en marcha en desarrollo de la Ley de Memoria, antes citada, es el programa de subvenciones a proyectos de exhumación de fosas y de recuperación de memoria histórica que, en los últimos cinco años, ha destinado un promedio de cinco millones de Euros al año a organizaciones no gubernamentales que trabajan esta materia. Aproximadamente la mitad de esa cifra se venía destinando anualmente a ayudar a las familias a las exhumaciones.

Es por todo lo anterior que, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Proseguir con la aplicación, en todos sus puntos, de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, estableciendo la coordinación necesaria en el seno del Gobierno para mantener el diálogo y responder a las diferentes asociaciones relacionadas con este tema, desde una interlocución unificada.

2. Mantener el programa de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales y Asociaciones de Memoria Histórica para apoyar los proyectos destinados a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo, (Orden PRE/809/2011, de 4 de abril) y, en particular seguir ayudando a los familiares de víctimas de la guerra y de la represión franquista para facilitarles la localización y la exhumación de fosas, de acuerdo con el Protocolo de Exhumaciones aprobado por el Gobierno. Es un ejercicio de dignificación y de memoria que nos hace progresar moralmente como sociedad.

3. Recuperar la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, creada en 2008, con el objeto de coordinar e impulsar los trabajos de aplicación de la Ley 52/2007, en especial en materia de localización y exhumación de fosas y elaboración del mapa de fosas, e informar de todo ello a las víctimas y que ha sido suprimida por el consejo de Ministros, el pasado 2 de marzo.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Ramón Jáuregui Atondo, Diputado.-- Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000240

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la readmisión de los agentes de la Guardia Civil perseguidos y expulsados del servicio por solicitar el derecho de asociación amparado en el artículo 22 de la Constitución, para su debate en Pleno.

Exposición de motivos

Tras la aprobación de la Constitución del 6 de diciembre de 1978, agentes de la Guardia Civil se organizaron para reclamar mejoras profesionales y de reconocimiento de derechos constitucionales. El primer fruto de ese movimiento fue una manifestación de policías y guardias civiles en Madrid para reclamar el derecho a la Seguridad Social. Este hecho desencadenó la primera gran represión interna en la Benemérita: doscientos guardias civiles fueron encarcelados en diversos acuartelamientos del cuerpo y, cincuenta de ellos, expulsados. El resto fue distribuido por las Comandancias del País Vasco. Muy al contrario de lo que se esperaba la dispersión de estos elementos inconformes consiguió formar núcleos de protesta y lucha clandestina.

Su lucha, sin embargo, no obtuvo ningún éxito legislativo. Ni con la aprobación de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y Organización Militar en 1980 ni, tres años más tarde, con la Ley Orgánica de Defensa. Por el contrario, su aprobación incentivó el movimiento clandestino en el Cuerpo logrando alcanzar repercusión nacional, incluso, en los medios de comunicación en defensa de sus reivindicaciones.

El periodo comprendido entre 1986 y 1992 fueron los años de mayor auge del movimiento reivindicativo en la Guardia Civil aunque es, a partir de 1988, cuando se inicia un cambio radical desde el Ministerio de Interior que opta por las detenciones de los máximos dirigentes de dicho movimiento, la formulación de cargos por el delito de sedición en los Juzgados Militares y su posterior ingreso en las distintas prisiones militares.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional da el primer varapalo a dicha política el 16 de noviembre de 1989 en una sentencia que resuelve el recurso de amparo interpuesto por el Cabo 19 Manuel Rosa Recuerda, cabeza visible del SUGC, en la que establece que la Guardia Civil no pertenece a las Fuerzas Armadas y, por tanto, sus agentes no deben de tener los límites constitucionales de los militares. Esta decisión judicial creó un precedente para el resto de los sumarios. Tras varios años, todos los procedimientos abiertos concluyeron en un auto de sobreseimiento o de absolución para los implicados. Sin embargo, la Dirección de la Guardia Civil no se conformó e inició la apertura de expedientes disciplinarios contra los encausados acusándoles de falta muy grave por «realizar acciones gravemente contrarias a la disciplina militar que no constituyan delito».

Durante los años de existencia del SUGC, fueron varias las fórmulas de sus componentes por buscar una vía legal y alternativa que les diera un respaldo legal para encauzar sus aspiraciones y reivindicaciones dentro de la legalidad. Para ello, intentaron la legalización de asociaciones de todo tipo como la Asociación Democrática de Guardias Civiles, ADGC, auspiciada por el Cabo Rosa, la Sociedad Unionista de Guardias Civiles, SUGC, auspiciada por guardias civiles de la Comunidad Valenciana encabezados por el Sargento José Morata Gargallo y la Asociación Deportiva y Cultural de la Guardia Civil, ADCGC, auspiciada por el Cabo 1.º Manuel Rosa Recuerda y los Guardias Civiles Joaquín Parra Cerezo y José Piñeiro González. Ninguna logró el reconocimiento ni su inscripción en el registro correspondiente, pese a que todas tenían como fines motivos culturales, deportivos o religiosos.

Finalmente, en 1994 el Sargento 1.º José Morata, entre otros, aprovecharon la coyuntura ocasionada por el «Caso Roldán» y consiguieron legalizar la Coordinadora Pro Perjudicados por la Gestión de Luis Roldán, COPROPER, sin la oposición del entonces Ministro de Interior, Juan Alberto Belloch. En esas mismas fechas, la Audiencia Nacional dictó sentencia reconociendo el derecho de la asociación 6.J. de guardias civiles a ser inscrita en el Registro correspondiente. A finales de año, las asociaciones se fusionaron en una sola que recibió el nombre de Coproper-6J, hoy extendida por todo el territorio nacional bajo el nombre de Asociación Unificada de la Guardia Civil, AUGC.

La lucha de los agentes recibió en noviembre de 2006 el reconocimiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que condenó al Gobierno Español por la aplicación del Real Decreto de las Fuerzas Armadas por ser ilegal. El órgano judicial establecía que el citado régimen carecía del principio de legalidad y seguridad jurídica, y en base a esa sentencia el Gobierno debía «de oficio» volver sobre sus propios actos y anular todos los actos ilegales llevados a cabo con un régimen disciplinario ilegal. Un régimen, explicaba literalmente, que conculcaba la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, tras cuya aprobación se produjo la desvinculación plena de la Guardia Civil con el Código Penal Militar y la desaparición de las sanciones de arresto y privación de libertad, por mandato de la propia sentencia del TEDH de noviembre del año 2006.

Así se ha llegado al año 2007, fecha en la que se aprobó la ley Orgánica Reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil con el objetivo de dotar a este Cuerpo de un Estatuto regulador de los derechos y deberes de sus miembros. Entre las novedades más importantes destaca la introducción del «derecho de asociación profesional de los miembros de la Guardia Civil de acuerdo con lo previsto en los artículos 22 y 104.2 de la Constitución, para la representación y promoción de las condiciones profesionales de sus miembros».

El paso de los años ha demostrado que las reivindicaciones realizadas en su día por los movimientos sindicales clandestinos y, posteriormente, por las asociaciones de guardias civiles eran justas y, que el poder político, tras varios años, las ha acometido por considerarlas necesarias para la modernización y puesta al día de este colectivo.

En la IX legislatura, el 30 de septiembre de 2009, se aprobó en el Congreso de los Diputados, por unanimidad, una Proposición no de Ley en el mismo sentido que velaba por la readmisión de los agentes de la Guardia Civil perseguidos y expulsados del servicio por solicitar el derecho de asociación. El Gobierno del Partido Socialista Obrero Español no llevó a cabo las modificaciones al respecto y terminó incumpliendo el mandato de la cámara.

Por eso, en este momento de cambios tan importante y de ajuste del colectivo de la Guardia Civil a la realidad constitucional, tantos años negada, creemos que debe procederse a la rehabilitación de los guardias civiles injustamente represaliados por solicitar de forma pacífica el reconocimiento de los derechos constitucionales para su colectivo, que hoy, con muchos años de retraso, finalmente se les reconoce. Además, se reclama su regreso con todos los derechos a la carrera de la que fueron injustamente separados. Es el caso del Sargento 1.º don José Morata Gargallo, el Cabo 1.º don Manuel Rosa Recuerda, el Guardia 2.º don Manuel Linde Falero y el Guardia 2.º don José Carlos Piñeiro González.

Para terminar, conviene recordar que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no son directamente ejecutivas pero imponen la obligación a los Estados de acatar su doctrina por los medios que consideren más adecuados para tal objetivo y que según una reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en caso de declaración de incumplimiento el Estado queda obligado a suprimir con efectos retroactivos las consecuencias de la infracción.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Unión, Progreso y Democracia presenta la siguiente Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Revisar de manera inmediata e individualizada los casos de guardias civiles expedientados por reivindicar sus derechos constitucionales, anulando a todos sus efectos todas las sanciones injustas.

2. Que se adopten las medidas para cumplir el acuerdo del Parlamento resarciendo en todo caso a los perjudicados que hayan sufrido la consecuencia de 105 actos y decisiones adoptados en su día sobre la base del régimen disciplinario posteriormente declarado ilegal.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de marzo de 2012.--Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia.


162/000241

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado de Coalición Canaria-Nueva Canarias, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta para su debate en Pleno la siguiente Proposición no de Ley relativa al programa Campus de Excelencia Internacional.

Exposición de motivos

El Campus de Excelencia Internacional es un programa creado en 2008 por el Gobierno de España en coordinación con las comunidades autónomas de acuerdo a la Estrategia Universidad 2015, que estableció como ejes fundamentales «la contribución socioeconómica de las universidades al territorio» y «al desarrollo regional mediante la relación entre universidad, ciudad y territorio».

El programa CEI tiene como objetivo la agregación estratégica de universidades y de instituciones relacionadas con el conocimiento, como organismos públicos y privados de investigación, centros tecnológicos, parques científicos y agentes socioeconómicos y del sector productivo que, actuando en un entorno o campus, busquen tanto una mayor influencia del conocimiento y la innovación en el desarrollo regional, como su posicionamiento en el contexto internacional. A partir de dicha agregación se pretende alcanzar un proyecto que en el horizonte 2015 logre mayores niveles de excelencia y especialización, diferenciación e internacionalización en alguno de los sectores que presenten mayores fortalezas y oportunidades.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, señalaba el carácter estratégico de este programa para transformar la economía española en una economía sostenible basada en el conocimiento.

Canarias se incorporó a esta iniciativa a través de sus dos universidades, que pusieron en marcha el Campus Atlántico Tricontinental con el objetivo de crear un marco de referencia atlántico en Europa, como eje receptor y catalizador de talento en proyectos docentes de investigación, innovación y transferencia con África y Latinoamérica en Ciencias y Tecnologías Marinas y Marítimas, Astrofísica y Biomedicina Aplicada a la Cooperación al Desarrollo, bajo el denominador común de un modelo de sostenibilidad integral para su desarrollo.

El Campus Atlántico Tricontinental se perfilaba como un elemento relevante para el desarrollo de una nueva estructura económica, productiva y social de Canarias. Al mismo se adhirieron el Gobierno de Canarias; el Parlamento de Canarias; el Cabildo de Gran Canaria; el Cabildo de Tenerife; el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; el Ayuntamiento de Telde; el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna; la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información; el Instituto Canario de Ciencias Marinas; el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables; el PLOCAN; Puertos de Las Palmas; el Clúster Marítimo de Canarias; la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria; la Confederación Canaria de Empresarios y la Cámara de Comercio de Gran Canaria, entre otros.

Desde la creación del CEI el Gobierno de España ha invertido casi 700 millones de euros. En sus tres años de andadura han participado en la convocatoria la totalidad de las universidades públicas y más de la mitad de las privadas conformando distintos proyectos de agregación estratégica. La comunidad canaria recibió sólo el 3,22% del importe total de las tres convocatorias.

Mediante carta de la Secretaria general de Universidades del 16 de febrero de 2012, se comunica a la Comunidad Autónoma de Canarias que se deja sin efecto las ayudas correspondientes al subprograma de excelencia del programa campus de excelencia internacional convocadas por Orden EDU/1539/2011, de 2 de junio, y resueltas el 27 de octubre pasado.

Esta decisión del Gobierno central de paralizar la financiación para el Campus de Excelencia es una mala noticia que provocará una mayor dependencia del tejido productivo español de otros países de la Unión Europea. Este hecho constituye un elemento de diferenciación muy importante con los países con los que nos queremos comparar. Alemania y Francia son pioneros en este tipo de iniciativas en donde se dedican entre 2.000 y 7.000 millones de euros a programas similares, con excelentes resultados desde el punto de vista de su competitividad.

En tiempos de crisis es cuando más hay que invertir en I+D. Producir desarrollo solo es posible si hay un conocimiento científico que lo avale. Este programa era una manera de que las universidades pudieran ganar en competitividad. Los fondos retirados constituían un estímulo importante a un sistema que necesita un apoyo firme y decidido. La cancelación del programa se produce sin haberles dado a las Comunidades Autónomas la oportunidad de gestionar los fondos asignados.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus universidades este hecho es especialmente grave ya que es público el deterioro de la economía canaria, afectada con mayor virulencia por la crisis que en el resto del territorio español, por su alto nivel de desempleo, por sus escasos recursos y escasas alternativas de diversificación de su actividad económica.

Además no consideramos razonable ampararse en la disposición adicional cuadragésimo primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, sobre la base del incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria para los ejercicios 2009, 2010 o 2011, toda vez que la Comunidad Autónoma de Canarias se encuentra entre las que menos desviaciones ha tenido (-1,78), Y sin embargo se han concedido las ayudas a una comunidad como La Rioja con desviaciones superiores (-1,97).

Por todo lo expuesto se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:

1. Reponer las ayudas a la investigación y transferencia del conocimiento del programa Campus de Excelencia Internacional y de todos sus subprogramas, abonando las ya aprobadas referentes al ejercicio 2011 y manteniendo el programa y subprogramas en el ejercicio 2012.

2. En cualquier caso, que dichos programas se repongan y mantengan en el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias dadas sus singularidades específicas y sus dificultades estructurales y permanentes a la hora de competir en condiciones de igualdad con otros territorios.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2012.--Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.-- Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000242

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la liberalización de los derechos de plantación de viñedos, para su debate en Pleno.

Exposición de motivos

La liberalización de los derechos de plantación de viñedos a partir del año 2015 prevista por la OCM ha generado una fuerte oposición en el seno de la Unión Europea.

Dicha normativa, incluida en el marco de la futura PAC 2014-2020, establece que a partir del año 2015, y teniendo como fecha límite el año 2018 para que los Estados Miembros la apliquen, la liberalización de los derechos de plantación será un hecho en toda la Unión Europea.

Las críticas han sido tan numerosas que Bruselas ha accedido a crear un Grupo de Alto Nivel para abordar el, según palabras textuales del Comisario del ramo Dacian Ciolos, «complejo» asunto de la liberalización de los derechos de plantación del vino. Este equipo de expertos presentará sus conclusiones a finales de año para que Bruselas lo tenga en cuenta de cara a una eventual reforma.

El Estado español no ha sido una excepción y las organizaciones agrarias, las cooperativas agroalimentarias y los Consejos Reguladores Vitivinícolas se han manifestado en contra de la liberalización de los derechos de plantación de viñedos.

Sin embargo, España no suscribió una carta enviada al Comisario europeo de Agricultura en abril de 2011, firmada por nueve Ministros de Agricultura de la Unión Europea (Alemania, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Austria, Portugal y Rumanía).

En el escrito expresaban su preocupación, directamente en nombre del sector vitivinícola de los países que representan, ante la cercanía del plazo dado por la OCM para la supresión de los derechos de plantación de viñedo y solicitaban la prórroga del actual sistema de derechos en la PAC 2014-2020.

El Estado español no firmó el escrito, a pesar de que, tal y como se ha citado anteriormente, organizaciones, cooperativas y los propios Consejos Reguladores del vino han expresado la misma preocupación al Ministerio español de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Los detractores de la pretendida reforma defienden, en primer lugar, que el actual sistema permitió al Estado tener un sistema puntero en el mundo, y suprimirlo supondría acabar con el modelo de éxito de producción de vino europeo.

En este mismo sentido, argumentan que dicha medida conllevaría una importante pérdida patrimonial para los agricultores y ocasionaría un fuerte desequilibrio medioambiental así como un serio deterioro paisajístico.

Un reciente estudio elaborado por la AREV (Asamblea de Regiones Europeas Vitivinícolas) desmonta los argumentos que avalan la liberalización de los derechos de plantación de viñedos; determina que la liberalización no corrige los desequilibrios de mercado. El informe concluye también que la existencia de derechos no perjudica el crecimiento de las explotaciones agrícolas y las regiones vitícolas.

Por otro lado, la también pretendida creación de organizaciones de productores de vino (OPV) no está exenta de polémica. Esta figura, tan solo desarrollada en el sector de frutas y hortalizas, acabaría con el único mecanismo de control sobre las producciones, y ha demostrado enormes carencias, tal y como el propio Tribunal de Cuentas de la UE afirma en su informe 8/2006.

Según este documento, pese a las ayudas comunitarias disponibles para los miembros de las organizaciones de productores, la mayoría de los agricultores europeos elige no participar en este régimen.

Asimismo, este sistema, dirigido a los miembros de las organizaciones y que excluye a los demás productores, exige una evaluación de los beneficios que conlleva esta concentración de la oferta, ventajas que aún no se han demostrado.

Por todo lo anterior, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

«1. Posicionarse de forma clara y rotunda en contra de la liberalización de derechos de plantación de viñedos.

2. Sumarse a la iniciativa franco-italiana, firmada por nueve países de la UE, de prorrogar el actual sistema de derechos de plantación en la PAC 2014-2020.

3. Rechazar la creación de organizaciones de productores en el sector vitivinícola.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de marzo de 2012.--Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


162/000243

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Mixto, a instancia del Diputado don Alfred Bosch i Pascual, de Esquerra Republicana-Catalunya- Sí (ERC-RCAT-CATSí), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la restitución de la soberanía y los derechos históricos de Catalunya, para su debate en Pleno.

Exposición de motivos

El Principat de Catalunya disponía de plena subjetividad jurídica internacional y ejercía plenamente su soberanía hasta septiembre del año 1714 y la posterior publicación del Decreto de Nueva Planta el 9 de octubre de 1715. La misma condición era ostentada y disfrutada por los reinos de Valencia y Mallorca hasta la publicación de los correspondientes Decretos de Nueva Planta.

La soberanía de Catalunya y las instituciones que la representaban, fueron ilegalmente suprimidas por parte del rey Felipe V de Castilla, incumpliendo el ordenamiento constitucional vigente, el cual establecía que éste no podía contradecirse por decretos o sentencias reales tal y como se contempla en los siguientes fragmentos legales:

... Statuim i ordenem que les Constitucions de Cathalunya, Capitols, y Actes de Corts no pugan esser revocades, alterades, ni suspeses, sino en Corts Generals i si lo contrari sia fet no tinga ninguna força ni valor. (lib. 1. tit. 17. const. 19. pag. 52).

«Poch valdría fer Lleis i Constitucions si no havien d'ésser, per lots los ciutadans i en especial pel rei i llurs oficials, extrictament observades i rigurosament complídes, perxó, confirmant els Usatges de Barcelona, volèm i manèm que sian observades al peu de la lletra, per lo que no es válida cap contravenció als usos, práctiques, costums ó constitucions de Catalunya, ancar que fós dictada pel rei ó llurs oficials.» (Corts de Montsó, anys 1289 i de Barcelona, 1481).

«Com que les Constítucions i demés Lleis perque's regeix la terra catalana, son elaborades única i solament per les Corts de Catalunya, sols aquestes tenen poder i forsa per derogar ó esmenar les dites ordenances de modo qué les ordres contraries als Usos, Privilegis generals ó especials, Capitols de Corts, Constitucions, no deuen obehirse ni acatarse ancar que fossin ó haguessin sigut dictades pel Rei ó el primogenit seu.» (Corts de Barcelona, any 1422).

«A Catalunya no's cursen ni resolen causes ó sentencies de tribunals forasters.» (Corts de Barcelona, any 1283).

En la actualidad, no debe pasar desapercibido que, situados a los inicios del siglo XXI, España forma parte de las más altas instancias y organismos internacionales como son las Naciones Unidas, la Unión Europea, la Organización del Tratado del Atlántico Norte y el Fondo Monetario Internacional entre otras.

Asimismo, ha suscrito decenas de tratados y convenciones internacionales ratificados por esta Cámara y apoyado diferentes resoluciones de las Naciones Unidas en defensa de los más elementales derechos humanos y de los pueblos, entre ellos el derecho a la autodeterminación.

En definitiva, podemos convenir que la actuación internacional pretende representar a un país moderno y justo que de forma indubitada configura en su seno el orden mundial civilizado que propugna y pretende el equilibrio económico, social y la paz mundial.

Por su parte, a lo largo de tres siglos, el pueblo catalán ha manifestado en infinidad de ocasiones, siempre pacífica y legalmente su voluntad de ejercer con libertad su futuro como pueblo, en paz, democracia y solidaridad. Buen ejemplo y resumen de ello son las resoluciones 98/III y 631/VIII emanadas y aprobadas por el Parlament de Catalunya en representación del pueblo catalán.

España, atendiendo a lo anteriormente expuesto, así como interpretando la voluntad y la realidad del marco del derecho internacional actual, asumido por las Cortes españolas en tanto y cuanto representantes de la ciudadanía española, debe pasar página y cerrar el capítulo histórico y jurídico que supuso la ilegítima e ilegal imposición unilateral de un nuevo ordenamiento legal en Catalunya mediante el Decreto de Nueva Planta.

El Decreto de Nueva Planta en el Principat de Catalunya, Valencia y Mallorca fue impuesto por derecho de conquista, incumpliendo el ordenamiento legal y el derecho internacional vigente en el siglo XVII-XVIII (incumplimiento del Tratado internacional de paz de Utrecht de 1713, la contravención de las condiciones sucesorias impuestas por Carlos II en disposiciones testamentarias, así como el abjuramiento del rey Borbón a las Constituciones Catalanas y el desprecio a las instituciones).

En este sentido, las Cortes españolas se proponen reparar las consecuencias que supusieron para el pueblo catalán la ocupación militar, administrativa y cultural de Catalunya, así como su bloqueo económico continuo, que configuran unas actuaciones a todas luces hoy, consideradas jurídica y voluntariamente por España, actuaciones ilegales.

El mismo vicio de nulidad de pleno derecho que adolece el Decreto de Nueva Planta instaurado sobre Catalunya, es aplicable a los Decretos de Nueva Planta expresamente dictados para los reinos de Mallorca y Valencia.

Consecuentemente, el Parlamento español debe restituir los derechos y libertades catalanas y reconocer al pueblo de Catalunya la soberanía nacional de Catalunya, la cual podrá ejercer directamente o a través de sus representantes.

Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

«El Congreso de los Diputados reconoce que Catalunya fue independiente hasta 1714, momento en que perdió su soberanía a causa de una invasión ilegítima por parte de las tropas castellanas y francesas e insta al Gobierno español a:

1. Derogar los Decretos de Nueva Planta de Valencia, Mallorca y Catalunya por contravenir la legalidad vigente cuando fueron promulgados.

2. Reconocer al pueblo de Catalunya como depositario de su soberanía nacional.

3. Restituir la libertad de Catalunya y todos sus derechos históricos.

4. Crear una Comisión bilateral Estado-Generalitat de Catalunya con la finalidad de iniciar todos los trámites legales necesarios para la restitución y compensación de las consecuencias políticas, territoriales, jurídicas y económicas derivadas de la imposición del Decreto de Nueva Planta.»

Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de marzo de 2012.--Alfred Bosch i Pascual, Diputado.--Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


OTROS TEXTOS

ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

430/000001

El Pleno de Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha debatido el Acuerdo por el que se fija el objetivo de estabilidad presupuestaria para 2012 del conjunto del sector público y de cada uno de los grupos de agentes que lo integran y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2012, publicado en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 52, de 9 de marzo de 2012, habiendo procedido a su aprobación.

Lo que publica en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2012.--P.D. El Secretario del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


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