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31ene07


Una cuestión de impunidad.


Cavallo, acusado de crímenes contra la humanidad, y a un paso de haber sido juzgado en España por estos delitos tan graves, queda en libertad unas cuantas horas y luego nuevamente detenido, pero esta vez con objeto de "asegurar su entrega" a las autoridades argentinas que solicitaron su extradición.

En un comunicado anterior la AAPDH-M, comunicaba la posibilidad de que el oficial de marina imputado quedara en libertad a partir de la decisión singular de los jueces de la Sala III de lo Penal de la Audiencia Nacional, integrada por los magistrados Alfonso Guevara Marcos (Presidente), Ricardo Rodríguez Fernández y Fermín Javier Echarri Casi, que se declararon incompetentes para juzgar a Cavallo y que invitaban a las autoridades argentinas a que solicitaran formalmente su extradición. Les daban cuarenta días de plazo para proceder.

Pues bien, con celo digno de mejor causa lo dejaron en libertad el lunes 29 de enero al cumplirse el plazo. Si ya es suficientemente grave que adoptaran esta decisión hacia una persona acusada de los crímenes más graves a nivel internacional – de lesa humanidad – que son imprescriptibles y para cuya persecución el Tribunal Constitucional español consideró que está habilitada la concurrencia, es decir que deben ser perseguidos en cualquier país democrático de la comunidad internacional, independientemente del país de origen de los delitos, es igualmente grave que ahora el Auto del Juzgado de Instrucción Nº 4 vuelva a dictar su prisión provisional, comunicada e incondicional, esta vez con el objeto de "asegurar su entrega a las autoridades argentinas".

En el ínterin, les había llegado la solicitud de extradición de las autoridades argentinas, previo paso por el Ministerio de Justicia español. No parece dejar lugar a dudas que las autoridades judiciales argentinas, también con igual celo, habían preparado a lo largo del tiempo, los documentos necesarios para atender la reclamación de los abogados de Cavallo, que solicitaban su envío a Argentina. Ahora bien, en Argentina no se le reclama por crímenes de lesa humanidad, que son imprescriptibles. En el Auto del Juzgado de Instrucción Nº 4, que es donde se lleva ahora su proceso de extradición y el que decreta la prisión, se mencionan los crímenes de los que se le acusa por el Juzgado de Instrucción Nº 12 a cargo del juez Torres: privación ilegal de la libertad, torturas, extorsión, imposición de tormentos con resultado de muerte, robo, falsedad ideológica y otros. Es decir, delitos que pueden no haber sido cometidos en el marco de un plan generalizado y sistemático de ataque contra la población, que es lo que define cualitativamente y le da su especial característica al delito de lesa humanidad.

Cabe resaltar que la AAPDH-M ha recurrido el Auto de la sala III que declara su incompetencia para juzgar a Cavallo. Lo que agrava aún más las decisiones que los jueces tomaron en su día.

Madrid, 31 de enero de 2007

Asociación Argentina Pro Derechos Humanos-Madrid (AAPDH-M) ,
acusación popular en los juicios contra Scilingo, Cavallo y Fotea.


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