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DERECHOS


25may07


Texto del acuerdo del Consejo de Ministros del Reino de España solicitando autorización a los Estados Unidos de México para la reextradición de Ricardo Miguel Cavallo de España a Argentina.


Referencia del Consejo de Ministros
viernes, 25 de mayo de 2007

ACUERDO de solicitud a los Estados Unidos de México de consentimiento para la reextradición de Ricardo Miguel Cavallo de España a Argentina.

PETICIÓN DE CONSENTIMIENTO A MÉXICO PARA QUE AUTORICE LA EXTRADICIÓN DE RICARDO CAVALLO A ARGENTINA

*También se ha acordado la continuación del procedimiento de segunda ampliación de extradición pasiva del argentino Ricardo Taddei.

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar a México su consentimiento para extraditar al ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo, de España a Argentina.

El presente caso es un supuesto de re-extradición, ya que el ex militar argentino se encuentra en España en virtud de una solicitud de extradición cursada a México. Por ello, la entrega a las autoridades competentes argentinas está condicionada al consentimiento de las respectivas autoridades mexicanas.

En su reunión del 2 de febrero el Consejo de Ministros ya acordó la continuación del procedimiento de extradición de Cavallo, solicitada por las autoridades argentinas. Tras estudiar la petición, el pasado 8 de mayo, el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional estimó procedente la demanda de extradición solicitada.

Primera extradición

Ricardo Cavallo fue extraditado a España, desde México, el 29 de junio de 2003, a petición del Juzgado Central de Instrucción número 5, por los delitos de genocidio y terrorismo. Posteriormente, la Audiencia Nacional se inhibió para que fueran las autoridades jurisdiccionales penales de Argentina las que conocieran de la causa, quienes, finalmente, presentaron solicitud formal de extradición.

Esta decisión se encuentra actualmente recurrida ante el Tribunal Supremo por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que considera que este Tribunal sí es competente para entender de estos hechos. Al no ser firme la decisión de la Audiencia, el Alto Tribunal deberá confirmar dicha decisión.

Hechos que fundamentan la solicitud de extradición

Cavallo está imputado en numerosas causas por los hechos ocurridos en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (E.S.M.A.) en los años de la dictadura argentina, entre 1976 y 1983. Durante este período, la ESMA sometió a numerosas personas a privación ilegal de libertad, condiciones inhumanas de vida, torturas físicas y psíquicas y otras acciones realizadas en el marco de los delitos de lesa humanidad.

Los hechos por los que Argentina solicita la extradición del ex militar se corresponden con los delitos de detención ilegal, torturas, extorsión, robos con violencia e intimidación y falsificación documental del Código Penal español vigente de 1995.

Ampliación de extradición de Ricardo Taddei

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha acordado la continuación del procedimiento de segunda ampliación de extradición pasiva de Ricardo Taddei, de nacionalidad argentina, entregado a las autoridades argentinas el pasado 26 de abril por la primera extradición.

El acuerdo se ha adoptado en virtud del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal suscrito entre España y Argentina en 1987, y conforme a la legislación española.

Durante la investigación de los crímenes cometidos por el Estado argentino durante la dictadura militar se descubrió la existencia de aproximadamente 340 centros clandestinos de detención, entre los cuales destacan los denominados "Atlético", "Banco" y "Olimpo".

El reclamado, con el apodo de "Cura" o "Padre", estuvo a cargo de grupos operativos en dichos centros, dirigiendo sesiones de tortura y participando, de marzo de 1977 a noviembre de 1978, en veintiocho casos de personas ilegalmente detenidas, sometidas a torturas hasta su liberación o que permanecen desaparecidas hasta la fecha.

Los hechos por los que Argentina solicita la ampliación de extradición se corresponden con los delitos de detención ilegal y torturas recogidos en el Código Penal español vigente.

[Fuente: Referencia del Consejo de Ministros, viernes, 25may07]

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