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03may10


Scilingo denuncia a los jueces del Supremo que le condenaron por el mismo delito que se atribuye a Garzón


El abogado del ex militar argentino Alfonso Scilingo presentó hoy una denuncia ante el Tribunal Supremo atribuyendo un delito de prevaricación a los magistrados que le condenaron por crímenes contra la humanidad, por haber empleado en su sentencia la misma fundamentación que ha supuesto una querella al juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, en relación a sus investigaciones de los crímenes del franquismo.

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de Scilingo solicita la nulidad de la sentencia dictada por el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo el 17 de julio de 2007, que confirmó la pena de 1.084 años de cárcel contra el ex militar por los crímenes cometidos durante la dictadura argentina (1976-1983).

En concreto, alega que se ha vulnerado el principio de irretroactividad penal, prescripción de los delitos y el principio de legalidad, en la condena a Scilingo, dictada estando vigente en Argentina las Leyes de Obediencia debida y Punto Final, "a semejanza de la Ley de Amnistía" de España.

El abogado defiende la extinción de la responsabilidad penal de Scilingo por razón de estas leyes, que fueron "dictadas por un parlamento democrático, el argentino, y no preconstitucionales, como la ley de amnistía que ahora se opone" a la actuación de Garzón. Las leyes de obediencia debida y punto final argentinas fueron derogadas en 2005.

El abogado denuncia a los magistrados que dictaron la sentencia de 2007, a excepción de los que emitieron votos particulares, entre ellos Luciano Varela, instructor de la causa contra Garzón, por un presunto delito de prevaricación.

Precisamente, recuerda el voto particular de Varela, contrario a la condena de Scilingo y que, según este abogado, "es un calco del contenido de los autos dictados ahora, y refrendados por la Sala en apelación, en la Causa Especial seguida contra Baltasar Garzón, en cuanto a los elementos del tipo de prevaricación que habrían concurrido en su actuar".

"Los magistrados que ahora denunciamos, al condenar a Scilingo, salvaron los mismos 'escollos' que el auto que se imputa como dictado por el ahora aforado querellado (Garzón) en el que asume su competencia, (relativos a) la irretroactividad, la prescripción de los delitos y la extinción de la responsabilidad penal", afirma en su escrito.

Posición hipócrita de la fiscalía

En opinión de este abogado, la postura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y de los magistrados del Tribunal Supremo es "hipócrita, arbitraria y oportunista", ya que no defienden "el mismo criterio en la causa sobre la Guerra Civil y el Franquismo".

Así, denuncia que los jueces sólo se "erigieran en 'Quijotes' cuando se trataba de husmear en el exterior de nuestras miserias patrias, en lugares en los que nadie nos llamaba a impartir justicia, como era el caso de Argentina y Chile, que habrían, según las tesis que ahora mantienen, igualmente resuelto por medio de sus consolidadas instituciones su pasado más reciente".

Según este abogado, la misma "imaginación creativa" que se imputa a Garzón para "construir figuras penales", la tuvieron "todos y cada uno de los que dictaron la sentencia del Pleno", al crear "un tipo penal 'ad hoc'", que "se sacaron de la manga", contra Scilingo, atribuyéndole el delito de 'crímenes contra la humanidad', que "no existe en el Código Penal tipificado".

Además, denuncia que el Tribunal Supremo, por medio del principio de jurisdicción universal, afirmara su competencia sobre este delito, a pesar de que "ni viene recogida expresamente en la Ley Orgánica del Poder Judicial, ni viene impuesta por ningún tratado universal".

"Si Garzón ha cometido el delito por el que ya está formalmente imputado y por el que se le va a abrir, presumiblemente, juicio oral, los magistrados que dictaron la sentencia del Excelentísimo Pleno, también", afirma el escrito.

Sugiere a Garzón que se persone

Por ello, se da traslado de la denuncia al propio Garzón, por si de alguna forma "estuviera legitimado y/o interesado" para personarse en los incidentes procesales que se instan.

Precisamente, la semana pasada el Tribunal Supremo inadmitió un recurso de revisión de condena interpuesto por el ex militar argentino contra la resolución del propio alto tribunal. Scilingo pretendía la revisión de su pena en base a una carta en la cual se señala la falta de confianza depositada en él por parte de sus superiores porque al parecer bebía.

Con este documento, pretendía justificar que no participó en las desapariciones de personas que se le atribuyen dada la desconfianza hacia él de los mandos argentinos. También aportaba documentación que recoge la normativa legislativa y reglamentaria que regía en Argentina en el momento de los hechos.

El Supremo, en coincidencia con el criterio de la Fiscalía, subrayó entonces "la ausencia de fundamento legal para la revisión" de la condena al ex militar argentino. "Aquí falta ese carácter de novedad, pues el condenado insiste en argumentaciones y elementos probatorios que ya pudieron hacerse valer en el curso del proceso", señalaba el auto, del que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro.

Añadía también que "las alegaciones sobre obediencia debida y la regulación legal de las torturas son cuestiones jurídicas ya examinadas y rechazadas en la sentencia y desde luego nunca podrían constituir la base de un recurso de revisión".

[Fuente: Europa Press, Madrid, 03may10]

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